Sorteo de la letra para procesos selectivos y concursos: la F
El 7 de enero se sorteó la letra para determinar "el orden alfabético de actuación de las personas aspirantes en cada una de las pruebas selectivas de ingreso que se celebren durante el año", como indica el artículo 17.1 del DECRETO 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana:
Artículo 17. Normas generales para la celebración de las pruebas
1. La consellera o el conseller que tenga atribuida la competencia en materia de función pública determinará, mediante un único sorteo público, el orden alfabético de actuación de las personas aspirantes en cada una de las pruebas selectivas de ingreso que se celebren durante el año. El resultado del sorteo se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Entre las veintisiete letras, el azar determinó que la letra fuera la F.
Tengamos en cuenta que esta letra también se utiliza para dirimir empates:
En concursos de traslados, según el artículo 10 de la Orden 12/17 (publicada en DOGV 03/07/17) regula como último criterio de desempate, se indica que la plaza se adjudicará por orden alfabético entre los apellidos de las personas empatadas, iniciándose el orden por la letra resultante del último sorteo celebrado a los efectos de la resolución de empates en los procesos selectivos.
En los procesos selectivos, en todas las convocatorias se incluye igualmente la letra como último criterio de desempate.
Un ejemplo con la convocatoria 9/16, del grupo C2, publicada en el DOGV de 2 de octubre de 2017:
8.6. Puntuación final del concurso-oposición
La puntuación final del concurso-oposición se obtendrá sumando la puntuación obtenida en ambas fases.
A continuación se configurarán dos listas, ordenadas por puntuación de mayor a menor que se interrumpirá cuando el número de personas incluidas en ellas coincida con el número de puestos convocados por cada turno, incluido lo previsto en la base 1.2. Éstas constituirán las listas definitivas de personas aprobadas.
Los casos de empate que se produzcan se dirimirán de la siguiente manera: se atenderá, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y, si persistiese el empate este se dirimirá por la mayor puntuación obtenida en los distintos apartados del baremo del concurso, por el mismo orden en el que figuran relacionados.
En caso de persistir el empate se atenderá, en tercer lugar, en favor de la persona con diversidad funcional y si el empate se produce entre dichas personas se elegirá a quien tenga acreditado un mayor porcentaje de discapacidad.
En caso de persistir el empate se atenderá, en cuarto lugar si el empate fuera entre personas de distinto sexo, se dirimirá a favor del sexo femenino en caso de que esté infrarrepresentado dentro del colectivo de personas que formen parte del Cuerpo Auxiliar de la Administración, Escala Auxiliar de Gestión, C2-01-01, en la fecha de publicación de la presente convocatoria.
Por último, si aún persistiese el empate, este se dirimirá finalmente por orden alfabético del primer apellido de las personas aspirantes empatadas, iniciándose el citado orden por la letra «B» conforme el resultado del sorteo celebrado el día 10 de abril de 2017 (DOGV 8034, 08.05.2017).
NOTA: Este desempate, que en el caso de la convocatoria 9/16 se hace por la letra B, se hará por la letra F en los procesos convocados en 2019, según el sorteo celebrado este mes de enero.
Esta letra es la que establece también la prioridad en los procesos de escolarizacion en caso de empate?
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