jueves, 28 de febrero de 2019

Tablas retributivas primer semestre 2019


En marzo de 2018, CSIF y otras organizaciones sindicales acordamos con el Gobierno de la Nación incrementos salariales hasta 2021; el año pasado se implementó en los Presupuestos Generales del Estado, y posteriormente en la GVA con un Decreto Ley retributivo (el D Ley 3/18) que modificaba nuestra ley presupuestaria. Este año, ante la previsión de que podrían no aprobarse unos PGE –como finalmente ha ocurrido– desde CSIF nos movilizamos hasta que el Gobierno aceptó aprobar un Real Decreto Ley que incorporaba el incremento salarial desde el 1 de enero, aplicado en la GVA con el Decreto Ley 1/19.
Frente a las congelaciones salariales en PGE que hemos sufrido varios años, el esfuerzo de los empleados públicos a quienes representamos ha logrado la situación opuesta: subida salarial a pesar de no aprobarse los presupuestos en el Congreso.

Dos tablas salariales en 2019

El acuerdo salarial incluye cada año dos incrementos generales, sin perjuicio de los fondos adicionales: uno con carácter fijo y efectos del 1 de enero (para 2019, del 2,25%); y otro variable que depende del crecimiento del PIB, con efectos desde el 1 de julio de cada año (en 2019, de hasta el 0,25%).

Como ocurrió en 2018 y sucederá en 2020, en 2019 tenemos dos “tablas retributivas”; la que estás leyendo, aplicable en el primer semestre, y aquella que compartiremos el segundo semestre con un nuevo incremento salarial cuya cuantía aún no podemos determinar.





martes, 26 de febrero de 2019

Información hoja de ruta, y recurso OPE18

Concursos; Desarrollo de las OPEs 17/18 y 19

En la mesa técnica, a pesar de versar sobre carrera, desde CSIF preguntamos por la "hoja de ruta" de las cuestiones pendientes, y muy brevemente os podemos comentar lo siguiente:

Concursos admon general : Siguen su tramitación, y se prevé la convocatoria esta legislatura tanto del concurso de puestos base del grupo C2, como las jefaturas de sección de A1/A2.

OPE 2017-18 : Queda pendiente aún una reunión de la comisión de seguimiento del acuerdo de criterios de OPE, para tratar cuestiones de gestión. Como ya indicamos desde CSIF (y la Consellera filtró a la prensa), el Consell desea comenzar a convocar cuanto antes.

OPE 2019 : Al no haber Presupuestos Generales del Estado que permitan una mayor tasa y (según la GVA) habiendo publicado prácticamente todas las vacantes entre las restantes OPEs, se prevé que la de 2019 sea únicamente una OPE con el 100% de tasa de reposición ordinaria, lo que supondría un número de plazas muchísimo menor que en 2017/18.

En breve se pretende comenzar a negociar el Decreto de oferta de 2019 (según la ley, aunque se ha incumplido todos los últimos años, debe hacerse en el primer trimestre).

OPE 2018: emplazamiento de recurso publicado en el DOGV

En el DOGV 26/2/19 se ha publicado el emplazamiento al que la norma procesal obliga en un procedimiento contencioso; si se recurre una disposición de carácter general (como es el Decreto de la OPE), destinada a una pluralidad indeterminada de personas, para que cualquier interesado pueda personarse en el procedimiento:

Desde CSIF, y con pleno respeto a la decisión que pueda tomar cualquier organización sindical en defensa de los derechos colectivos que representamos, a causa de las numerosas preguntas, te comentamos dos datos importantes.

Por un lado, que el emplazamiento para personarse en 9 días es algo procesal, que te permite ser parte en el proceso pero sólo como codemandado (es decir, "a favor" de la Administración), por lo que no suele ser recomendable la personación: la GVA ya dispone de defensa jurídica a través de Abogacía de la Generalitat.
Si estás a favor del demandante en un proceso, no puedes personarte en este tipo de emplazamientos, sino que habrías de iniciar tu propio recurso contencioso.

Por otro lado, os reiteramos el resumen de la negociación de la OPE 2018, que se realizó en noviembre y donde CSIF se mostró disconforme con el mismo, al contener pocas plazas ofertadas, y que no todos los cuerpos/escalas/APF donde hay personal trabajando temporalmente desde hace más de tres años se convocasen en procesos de estabilización (como es el caso especial de los orientadores, donde todos los sindicatos al unísono pedimos que fueran por estabilidad):

lunes, 25 de febrero de 2019

Gvcarrera4: puesta en marcha en ¿marzo? y decisión del Consell

Carrera Profesional: situación de su puesta en marcha, cambios en DGFP

En la mesa técnica del martes, la GVA respondió a pregunta de CSIF sobre la puesta en marcha de gvcarrera4 que se está trabajando intensamente en ello -en especial, con la aplicación informática-, que debía publicarse una Orden que regulara el procedimiento telemático como se hizo en 2015, y la resolución de inicio, previendo desde Función Pública todo ello para el primer trimestre (es decir: marzo).

Hoy el Consell ha acordado en su sesión de gobierno dos actuaciones referidas a la gestión de la carrera profesional (os dejamos enlace a notas de prensa):

Control financiero de la carrera profesional

Se sustituye la intervención previa por el control financiero permanente en esta materia. La GVA indica que se prevé la tramitación, durante el presente ejercicio, de un importante número de expedientes de difícil cuantificación (es el motivo de la modificación en el control financiero, para resultar más ágiles en la gestión, de lo que se desprende que planifican toda la tramitación este año).

Carrera profesional cambia de servicio en la DGFP

Se modifica el ROF de la Conselleria de Justicia y AP, para que el Servicio de Selección se centre exclusivamente en los procesos de acceso debido a la carga de trabajo que suponen las numerosas OPEs, y la gestión de la carrera pasa al Servicio de Relaciones Sindicales.

domingo, 24 de febrero de 2019

Comisión de Bolsas y no penalización en bolsa de ME si concursas

No penalización en la bolsa de mejora si te incorporas en un concurso

En la última reunión de la Comisión de Bolsas destaca la respuesta de la Administración a las solicitudes de CSIF para que el personal en mejora de empleo que, al participar en un concurso de traslados, obtenga un puesto y esté obligado a incorporarse al mismo, no sea penalizado en la bolsa desde donde se le llamó para la mejora. CSIF lo planteó en diversas reuniones, presentamos dos escritos sobre fomento de la mejora de empleo, y finalmente la Administración responde que es un tema de gestión y que desde el servicio de bolsas han tomado la decisión de NO EXPULSIÓN de todos aquellos trabajadores que estén en mejora o se les nombre en mejora mientras se resuelve el concurso al que han participado.

Más información, con enlace a los escritos presentados por CSIF, en el siguiente enlace:
http://csifgva.blogspot.com/2019/02/comision-de-bolsas-febrero19-temas.html

Fomento de la Mejora de Empleo.

Te dejamos un extracto de los escritos presentados por CSIF:

Propuesta para la no baja automática en la bolsa de empleo.

Desde CSIF consideramos que se han de realizar las actuaciones oportunas para que la incorporación a un puesto obtenido por concurso no suponga la baja automática de la bolsa desde donde se ha llamado a la persona que ocupaba un puesto en mejora de empleo.
Al estar obligada la persona interesada a incorporarse al puesto, debe considerarse una renuncia al puesto y cese no voluntarias, y por tanto, suponer la activación de nuevo en la bolsa de empleo temporal correspondiente, en el orden de prelación en que se encontraba, y disponible -si así lo desea- para futuros llamamientos.

Proponemos desde CSIF que tal cuestión se manifieste expresamente en el ámbito oportuno para ello, sea éste el que se considere adecuado para garantizar la seguridad jurídica del personal afectado; pudiendo tratarse de una modificación en la normativa aplicable al caso (orden de bolsas), una instrucción / aclaración pública efectuada por la Dirección General de Función Pública, la constancia de dicha interpretación en una Mesa de negociación, o un acuerdo público al respecto de la Comisión de Bolsas.

Por todo ello,

SOLICITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por hechas las manifestaciones realizadas, y en virtud de éstas, realice las actuaciones oportunas para evitar la baja automática de la bolsa del personal que, estando en mejora de empleo, sea obligado a incorporarse a un puesto obtenido en un concurso de traslados, dando cuenta de ello a la COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL en su caso.


A)  Concursar desde mejora de empleo para obtener reserva del puesto de trabajo

Desde CSIF consideramos que el personal empleado público, por ocupar un puesto en nombramiento provisional en mejora de empleo, no debe sufrir ningún perjuicio en el resto de sus derechos de movilidad y promoción.

Es un acierto la transitoria tercera del Decreto 3/17, que permite al personal de la mejora de empleo regularizada participar en un concurso y optar por incorporarse al puesto que pudiera obtener, o continuar en mejora obteniendo únicamente la reserva del puesto; pero nos parece insuficiente dada la coyuntura actual (falta de plantilla, alta temporalidad, demasiado tiempo sin concursos de traslados -lo que provoca que ahora en los próximos concursos se oferte una gran cantidad de puestos vacantes, y en futuros concursos las posibilidades de movilidad serán menores).

Como se ha indicado en otro escrito paralelo a éste presentado por CSIF, es absolutamente necesario que, si se obliga a incorporarse al personal a quien se le adjudique un puesto por concurso, debe considerarse el cese en mejora como no voluntario, y no suponer la baja automática de la bolsa desde donde se le ofertó la mejora de empleo.

Pero esta solución (la no expulsión de la bolsa) no debe ser el funcionamiento general de la mejora de empleo, sino que para evitar cualquier perjuicio, y fomentar realmente la movilidad del personal y la mejora de empleo, tendría que permitirse concursar siempre desde el nombramiento de mejora de empleo para obtener la reserva del puesto de trabajo, y sin obligación de incorporarse al puesto que se le adjudique, en su caso.

En caso contrario, se seguirán produciendo agravios en la práctica, ya que a un empleado público que esté en mejora se le obliga a decidir entre concursar (y cesar en mejora) o poder continuar en su nombramiento (y por tanto, perder el derecho al concurso), pero si se le oferta un puesto en mejora el día después de tomar posesión puede mantener la reserva y ser nombrado en mejora de empleo, en un derecho que obviamente debe ser respetado y ejercido si se desea por la persona interesada. Ello supone que va a existir un límite temporal arbitrario sobre la reserva y la mejora de empleo, que únicamente se soluciona en caso de permitir concursar desde mejora y optar entre incorporarse y seguir en mejora con reserva en todos los casos.

Circunstancia a la que se debe añadir el perjuicio sufrido por parte del colectivo: que está en mejora de empleo no regularizada, pero no tiene reserva de ningún puesto de trabajo (porque antes de ser llamado a mejora ocuparía un puesto en su grupo de origen en adscripción provisional, por ejemplo), y si participa en un concurso está igualmente obligado a incorporarse, a pesar de que en la práctica está en la misma situación que los regularizados (sin reserva del puesto).

Por tanto, concluimos que se debe estudiar y analizar el cambio en la normativa y métodos de funcionamiento para que el personal en mejora de empleo, en todos los casos, pueda participar en un concurso de traslados y en caso de adjudicársele un puesto en el mismo, optar entre incorporarse al mismo u obtener la reserva continuando en su nombramiento de mejora de empleo.

B)  Celeridad en el reconocimiento de gvcarrera4 para la mejora de empleo

Tras la aprobación y publicación del Decreto 211/18, sobre carrera profesional horizontal, que pone en marcha el sistema “gvcarrera4”, texto consensuado entre la Administración y las organizaciones sindicales, se va a reconocer la carrera en el grupo donde se presta servicios en mejora de empleo, suponiendo un DPCR y posiblemente un complemento de garantía al cesar en mejora de empleo, que suponen una ventaja para las condiciones laborales y retributivas de la mejora de empleo.

Considerando un acierto esta normativa en lo que respecta a la mejora de empleo, deseamos que se ponga en marcha cuanto antes, y que especialmente la Administración actúe con celeridad en la regularización y encuadramiento inicial, re-encuadramiento o adaptación del grado de carrera que corresponda al personal en mejora de empleo.

El GDP/DPCR reconocido en el sistema de carrera profesional al personal que se encuentre en mejora de empleo, o que aspire a un nombramiento en mejora de empleo, tiene otros efectos además del retributivo, como le consta a la Administración; entre ellos, su valoración entre los méritos de un concurso de traslados.
Por ello, desde CSIF proponemos que la Administración priorice el reconocimiento de GDP/DPCR al personal que participe en un concurso de traslados -siendo el abono de la carrera profesional en mismos términos temporales para todos los afectados por el nuevo sistema, para no crear agravios comparativos de ningún tipo-; siendo el objeto de tal reconocimiento su correcta valoración en los procesos de movilidad voluntaria.


C)  Mejora de empleo en todos los colectivos; incluyendo A2-01 y cuerpos y escalas de administración especial

El funcionamiento de la mejora de empleo, de acuerdo al Decreto 3/17 y la Orden 18/2018, se basa en la existencia de bolsas de empleo temporal donde se ha inscrito personal funcionario de carrera que cumple con los requisitos y aspira a un llamamiento en un grupo donde acudir en mejora de empleo.

Tras la costosa puesta en marcha de la mejora de empleo, se están efectuando nombramientos en tal situación en casi todos los cuerpos de administración general -a excepción del subgrupo A2, cuerpo A2-01-, pero no en los cuerpos de administración especial, ante la falta de bolsas libres para mejora de empleo y bolsas derivadas de procesos selectivos de las últimas OPEs.

Consideramos desde CSIF que el Consell, en su política de empleo público, debe apostar por la promoción del personal funcionario de carrera dentro de la estructura de los puestos de trabajo creando oportunidades de ascenso en la misma; a su vez, tratándose de “personal de la casa” que conoce la práctica laboral y ha ejercido con eficacia sus funciones y tareas, fomentar la mejora de empleo supone más eficiencia y mayor profesionalidad en la Administración.

Desde los órganos con competencia en función pública deben analizarse las fórmulas que hagan posible la mejora de empleo en todos los colectivos de empleados públicos; mediante la creación de bolsas libres de mejora (como se ha comprometido la DGFP con CSIF respecto al A2-01 de administración general), o mediante cualquier otra técnica; siendo urgente que se lleve a cabo en los cuerpos de administración especial, para evitar el agravio en la práctica que sufre el personal funcionario de especial para lograr una verdadera promoción y movilidad en nuestra Administración.

Por todo ello,

SOLICITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por hechas las manifestaciones realizadas, y en virtud de éstas, realice las actuaciones oportunas para FOMENTAR LA MEJORA DE EMPLEO en el ámbito de la Administración del Consell, bajo las premisas expuestas en el presente escrito: agilizando el reconocimiento de la carrera, permitiendo el concurso desde mejora de empleo continuando en tal nombramiento, y extendiendo la práctica de la mejora a todos los colectivos de personal empleado público..


Otras cuestiones reunión Comisión de Boslas (llamamientos EEI, bolsa libre agentes tributarios)

También se debatió en la comisión que se producirán llamamientos para EE Infantil desde la bolsa de EE Especial, pudiendo el personal renunciar sin penalización en su bolsa de origen al finalizar el curso escolar, y la próxima convocatoria de bolsa libre del C1-20, administrativos de la AV Tributaria, que tendrá una prueba y desde la que se proveerán numerosos puestos de trabajo.

jueves, 21 de febrero de 2019

CONCURSOS: Listados provisionales A1-18, A2-17, A1-11, A2-08

Desde CSIF te informamos de la publicación en Guía Prop de los listados provisionales de cinco concursos de traslados respecto a cuatro cuerpos de administración especial: uno de jefaturas de sección y nivel 24 común a los cuatro cuerpos, y uno por cada uno de los cuerpos afectados.
Tras este listado provisional, donde se indican las puntuaciones baremadas y el puesto que se adjudica provisionalmente, se abre un plazo de diez días hábiles para alegaciones o justificación de méritos, conforme se indica en cada uno de los edictos; este plazo finalizará el lunes 4 de marzo (concursos 68,69,70, listado publicado el 18/02) o el martes 5 de marzo (concursos 71,72, listado publicado el 19/02).

Estamos a tu disposición en CSIF para cualquier duda, consulta o preparación de alegaciones en defensa de tus derechos.

Concurso 68/18, jefaturas de sección y nivel 24 cuerpos A1-18, A2-17, A1-11, A2-08

Concurso 69/18, Cuerpo A1-18, superior de Arquitectura

Concurso 70/18, Cuerpo A2-17, gestión en Arquitectura

Concurso 71/18, Cuerpo A1-11, Ingeniería de caminos, canales y puertos

Concurso 72/18, Cuerpo A2-08, Ingeniería técnica en obras públicas

miércoles, 20 de febrero de 2019

Bolsa libre C2 admon general: listado 15 a 20 puntos

En la Guía Prop (tablón de anuncios) se publica el listado provisional, entre 15 y 20 puntos, de la bolsa libre; recomendamos una lectura comprensiva de las primeras cuatro hojas, donde la GVA resuelve dudas y comentarios sobre la bolsa, los méritos y alegaciones:

Al publicarse con fecha 18/02/19, y con un plazo de alegaciones de diez días hábiles, desde CSIF te calculamos que se podrá alegar hasta el lunes 4 de marzo. La web de la bolsa y etapa de alegaciones, donde se indica la forma de hacerlo, es la siguiente:

(datos erróneos según corrección de errores posterior)

Valoración en la Bolsa de los exámenes de la OPE 2016

Respecto a la valoración en esta bolsa libre de los exámenes de la convocatoria 9/2016, sobre la que nos habéis preguntado varios en privado, os comentamos que en la convocatoria de la bolsa libre no se señala que deba actualizarse la bolsa o abrir un nuevo plazo para que los aprobados en la 9/16 se integren en la misma.
Depende, por tanto, de la voluntad de la GVA el actualizar/abrir plazo para la bolsa con los aprobados de los exámenes de 22 de septiembre y 9 de febrero (lo que supondría su rebaremación) y debido a la complejidad de la gestión de una bolsa con más de 21.000 solicitudes, nos consta que la GVA no va a re-baremar la misma.

Todos los aspirantes de la conv 9/16 que hayan aprobado algún ejercicio podrán integrarse en la bolsa del C2 derivada de la OPE, que será una bolsa prioritaria (la bolsa libre pasará a ser supletoria de ésta), y donde la puntuación obtenida será el principal mérito según el baremo de la nueva Orden de Bolsas.

Actualización con corrección de errores

Bolsa libre del C2: corrección errores listado 15-20 puntos, y plazo alegaciones cinco días

En la Guía Prop, con fecha 19/02/19, se publica una corrección del listado entre 15 y 20 puntos en la bolsa libre del C2-01; el nuevo listado que se ha colgado es el siguiente:

Desde CSIF hemos detectado algunos errores en la baremación efectuada (a modo de ejemplo, el no haber computado correctamente por la GVA todos los servicios prestados, al haberse dejado fuera un periodo en que las personas interesadas ocuparon un puesto de programas de caracter temporal), que ya hemos trasladado a Función Pública.
Debido a ello, aconsejamos revisar detalladamente que la baremación que se ha aprobado sea la correcta.

Como os comentamos en un mensaje anterior, la previsión de la GVA es no incorporar ni actualizar esta bolsa con las notas de los aspirantes en la convocatoria 9/16.

El plazo de alegaciones / subsanación tras esta publicación es de cinco días hábiles ( ver base Quinta.5 de las bases de la bolsa, publicada en el DOGV 02/08/18 ), ya que se trata de una bolsa constituida por procedimiento de urgencia. Lamentamos las confusiones al haber publicado la GVA en principio un plazo de diez días cuando en realidad es de cinco; si hay que alegar, el plazo correcto sería hasta el martes 26 de febrero.

martes, 19 de febrero de 2019

Convocatoria APF Subalternos PI de la OPE16: toda OPE16 en marcha

En el DOGV 18/02/19 se ha publicado la convocatoria 43/16, escala APF-01-01 subalterno, turno promoción interna y turno promoción interna para personas con diversidad funcional, donde se ofertan 97 puestos: 88 PI y 9 PI-DF:

Plazo y forma de solicitudes
Es de 20 días hábiles tras la publicación; finalizaría el lunes 18 de marzo, pero siendo el día exento de asistencia al trabajo (y siendo festivo el día 19), posiblemente finalice el miércoles 20 de marzo.
Las solicitudes deben presentarse de forma electrónica, de igual manera que la convocatoria de APF de turno libre, siendo la tasa de 10 euros.

¿Quién puede presentarse?
Al tratarse del grupo APF, sólo se oferta la modalidad de promoción interna horizontal, a la que podrán presentarse cualquier funcionario de carrera de otra agrupación profesional funcional, incluyendo al personal laboral fijo que se haya funcionarizado (tras la modificación de la Ley 10/2010 que desde CSIF pedimos a los grupos parlamentarios).

Pruebas selectivas
Se realizará un único ejercicio obligatorio y eliminatorio, de 50 preguntas tipo test (con cuatro respuestas, penalizando las erróneas un tercio, y necesitando el 50% netas para aprobar).

Toda la OPE 2016 convocada
Con la publicación de hoy, se cierran las convocatorias de la Oferta de Empleo Público de 2016, que están todas en marcha (algunas prácticamente finalizadas, otras con fecha de exámenes, sólo con tribunal y sin listados de admitidos, o ésta en plazo de presentación de instancias); también quedan por finalizar algunos procesos selectivos de la OPE 2015.
Con ello, y según prevé la GVA -y ellos mismos filtraron a la prensa-, se van a comenzar a publicar las convocatorias de varios cuerpos/escalas de la OPE17/18, con lo que dispondremos de una primera aproximación a la reducción de temarios, y la seguridad jurídica que supondrá tener los criterios concretos publicados en el DOGV.

domingo, 17 de febrero de 2019

Gvcarrera4: mesa técnica para modificación Decreto 211/18

La Administración nos ha convocado a las organizaciones sindicales a una mesa técnica a celebrar el próximo martes 19 de febrero, con el objeto de tratar una modificación del decreto de carrera para acordarlo en una próxima Mesa Sectorial que se celebraría en breve.

Modificación del Decreto 211/18

En el D211 se recoge que, cuando hay un cambio de grupo de clasificación, operan dos plazos:

  • - para generar derecho al "recálculo" de todo el tiempo trabajado en el grupo superior para adquirir el GDP/DPCR que corresponda en dicho grupo, has de estar seis meses en dicho nombramiento, pudiendo solicitarlo entonces y generando el derecho desde el inicio (desde la toma de posesión)
  • - si has estado más de dos años en dicho grupo superior al de origen, y después se reingresa en el de origen, se tendrá derecho a un complemento de garantía entre el grado que corresponda en el grupo de origen y el DPCR alcanzado en el grupo superior, de forma que se mantiene el mismo nivel retributivo; pero si no has estado esos dos años, no se genera este derecho

Desde CSIF, en las mesas técnicas sobre gvcarrera4, y en especial en la "mesa específica de casos prácticos" que tuvimos en su día, consideramos que sería un problema de gestión y que era más sencillo eliminar tales plazos. Compruébalo en nuestra entrada que hicimos entonces:

Ahora la GVA, admitiendo que supone una gestión más trabajosa, elimina el plazo de seis meses y la solicitud del personal interesado para el recálculo: se hará desde el primer momento, automáticamente y de oficio por la Administración. Se elimina la referencia al plazo de seis meses que había en el actual Decreto.

El motivo del cambio, relatado en el propio acuerdo, es el siguiente:
"en la actualidad se está implementando una aplicación informátca que no solo realizará el nueio encuadramiento inicial por aplicación del Decreto 211/2018, sino que realizará la gestón básica de la carrera profesional horizontal, se pretende no limitar el tempo de permanencia en un puesto y que se realice de ofcio ya que con dicha aplicación no se dará la problemátca que se pretendía paliar con ambos límites"

Suponiendo este cambio una mejora en los derechos del personal empleado público, consideramos que no existirán discrepancias para consensuar el mismo.


Puesta en marcha de gvcarrera4: resolución de inicio

En la mesa técnica preguntaremos sobre la marcha de la aplicación informática que permita publicar la resolución de la DGFP que dé inicio a las solicitudes en gvcarrera4 para el encuadramiento (interinos) o la revisión del encuadramiento hecho en su día (mejora de empleo), y que según fuentes de Función Pública estaba pendiente de la DGTIC más que de otras instancias.

Las últimas noticias son que se está trabajando en ello, y que se espera que esta resolución se publique en el primer trimestre de 2019; hasta su publicación podemos estar tranquilos e ir comprobando cómo queda nuestra situación en carrera, sin que tengamos que realizar ningún trámite administrativo.

sábado, 16 de febrero de 2019

Comisión de Bolsas Febrero'19: temas tratados

En la reunión de la Comisión de Seguimiento de las Bolsas de Empleo Temporal celebrada en el mes de febrero de 2019, se han tratado diversas cuestiones sobre las que os ofrecemos una breve información en la presente entrada del blog.

Mejora de empleo y participación en concurso de traslados.

Cuando estas en mejora de empleo y has de tomar posesión de la plaza que has obtenido en un concurso de traslados, la Administración entendía que al renunciar al puesto que te habían ofertado en la mejora de empleo, te expulsaban de dicha bolsa (ya que la normativa no lo contempla como renuncia justificada); esta situación, que perjudica a la ME, se agrava cuando se elimina la opción de seguir en mejora con la ME sobrevenida, lo que provocó la rectificación de las convocatorias de concursos de traslados.
Debido a ello, desde CSIF se hizo constar en la reunión de enero de la Comisión de Bolsas este agravio, solicitando que no hubiera penalización; los otros sindicatos presentes en la comisión no se posicionaron, y la GVA indicó que lo estudiaría.
Como respuesta, CSIF presentó dos documentos exigiendo la no penalización y más sensibilidad hacia la mejora de empleo (puedes descargar ambos escritos en los siguientes enlaces):


En esta reunión de febrero, en lugar de debatir el escrito, la GVA explica que es un tema de gestión y que desde el servicio de bolsas han tomado la decisión de NO EXPULSIÓN de todos aquellos trabajadores que estén en mejora o se les nombre en mejora mientras se resuelve el concurso al que han participado.

Llamamientos para EE Infantil desde la bolsa de EE Especial

La GVA informa de que, al agotarse la bolsa de EEI, se comenzará a llamar de la bolsa de EEE (lo que nos parece injusto porque precisamente si esta bolsa esta agotada es por haberla utilizado para cubrir puestos de infantil).

Al final, se debate y se plantea por la Administración plantea que haciendo uso del art. 16.3  de la Orden de Bolsas (disponible especial)  se puede renunciar, y se indicará a todos los EEI que están trabajando como EEE para decirles que harán un acto único para el próximo curso (aproximadamente en agosto) para que en ningún momento puedan quedarse en situación de desempleo. Así, si lo desean, podrán acudir al acto único y si algún puesto les interesa, por orden de nota en bolsa elegirán y tendrán cese y toma de posesión en la misma fecha.

Esta renuncia al final del curso escolar es sólo para el personal que preste servicios en centros educativos; en el caso de personas que no estén en puestos de educación, e tomará como referencia la fecha del nombramiento y al año puede solicitar la renuncia y no se le penaliza. Por ejemplo: si te han nombrado el dia 3 de abril del 2018, se puede presentar la renuncia y volver a la posición que se tuviera en la bolsa el 3 de abril de 2019.

Bolsa libre del C1-20 (Administrativos Tributarios)

Se va a convocar una bolsa libre para el nuevo Cuerpo C1-20, personal administrativo en la Agencia Valenciana Tributaria.
Será una bolsa libre con prueba (examen) para quienes deseen integrar la misma, y posiblemente será útil para el nombramiento de bastantes puestos de nueva creación.

viernes, 15 de febrero de 2019

OPE 2016: tribunal A1-01, primer ejercicio A1/A2 Admon especial

OPE 16: Nombramiento tribunal A1 admon general

En el DOGV 14/02/19 se publica el órgano técnico de selección en las dos convocatorias de acceso al Cuerpo A1-01, administración general (es el mismo tribunal para turno libre y promoción interna); esta OPE continúa siendo los mismos criterios de fase de oposición y concurso que tenía la OPE 2015.

Conv 31/16, turno libre:
Conv 32/16, promoción interna:


Desde CSIF te recordamos que el nombramiento del tribunal debe publicarse con una antelación mínima de un mes al comienzo de las pruebas (art. 28.2 del Decreto 3/17, reglamento de selección, provisión y movilidad); aunque antes de ello debe publicarse un listado provisional de admitidos y excluidos (que aún no se ha publicado en el caso de estas convocatorias), un plazo para alegaciones/subsanaciones sobre este listado, y un listado definitivo junto al cual se publicará el primer ejercicio con una antelación mínima de 15 días hábiles (art.15.2 Decreto 3/17).

Nota informativa OPE 16 A1/A2 Administración especial

Como os hemos ido informando desde CSIF, en los subgrupos A1 y A2 de todos los cuerpos y escalas de administración especial en la OPE 16 se ha constituido una comisión de selección para el primer ejercicio común, cuyas fechas ya se han publicado: primer examen del A1 Admon especial el 16 de febrero, este sábado; y primer examen de A2 Admon especial el 2 de marzo.

En la guía prop se han publicado dos notas informativas, que os enlazamos:
Para las convocatorias de A1:
Para las convocatorias de A2:

El contenido de las notas informativas, además de identificar las convocatorias y cuerpos de cada una, es el siguiente:
- Que si hay personal aspirante en más de una de las convocatorias, puede realizar el examen en cualquiera de las aulas a las que haya sido convocado, y la puntuación obtenida será para todas las convocatorias a las que haya concurrido.
- Que respecto al temario sobre legislación de contratos, los conocimientos se solicitarán sobre la nueva Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, actualmente vigente (curiosamente, esta advertencia sólo aparece en la nota del subgrupo A2)

Actualizado con la planilla del examen de A1
Examenes Administración especial; compartimos contigo la información de la que disponemos

Subgrupo A1: 16 de febrero de 2019

Compartimos contigo una planilla provisional (que hemos corregido y elaborado nosotros mismos desde CSIF), y en cuanto dispongamos de un modelo de examen también te lo haremos llegar.


Descarga la planilla en formato jpg.

Subgrupo A2: 2 de marzo de 2019:

¡Suerte a todos los aspirantes! (en su momento también compartiremos información)

jueves, 14 de febrero de 2019

Publicación en el BOE de Leyes Medidas y Presupuestos GVA

Desde CSIF te información de la publicación en el BOE 14/02/19 de tres leyes de Les Corts (que ya se encontraban en vigor tras su publicación en el DOGV, pero la publicación en el BOE es preceptiva además de útil para disponer de una legislación consolidada general). Son las siguientes:

Según el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomia, las leyes de la Generalitat serán promulgadas, en nombre del Rey, por su President y publicadas, en las dos lenguas oficiales en el "Diario Oficial de la Generalitat" en el plazo de quince días desde su aprobación, y en el "Boletín Oficial del Estado". Para su entrada en vigor regirá la fecha de publicación en el "Diario Oficial de la Generalitat".

Ley 28/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2019.

Ley 27/2018, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat.

Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia.

Recordemos que, aunque se ha publicado la Ley de Presupuestos GVA en el BOE; ésta ha sido modificada a su vez por el Decreto Ley 1/19, del que te dejamos enlace al DOGV 28/01/19, y a nuestra referencia al mismo en el BLOG:
http://www.dogv.gva.es/datos/2019/01/28/pdf/2019_626.pdf

miércoles, 13 de febrero de 2019

Conv 9/16: C2-01, TL, OPE16: Plantilla 2º ejercicio y alegaciones

En respuesta a las numerosas consultas que nos habéis hecho, desde CSIF queremos daros respuesta en común sobre esta prueba del proceso selectivo; en primer lugar, te enlazamos la página web de la convocatoria, cuya última etapa es la publicación de la hoja de respuestas:

Planilla oficial y copia del segundo examen

Se ha publicado la plantilla oficial del segundo ejercicio, tipo test sobre informática - LibreOffice - celebrado el pasado sábado 9 de febrero de 2019; te adjuntamos enlace a la plantilla publicada, en la que por ahora el órgano técnico de selección considera todas las preguntas válidas:

Respecto a la plantilla provisional que desde CSIF compartimos ayer por este medio, hay 4 diferencias; os indicamos cuales son las preguntas donde nosotros no acertamos y la respuesta que es correcta:
Pregunta 12, la correcta es la B
Pregunta 26, la correcta es la C
Pregunta 51, la correcta es la B
Pregunta 53, la correcta es la C


Posibilidad de alegaciones

¿Es posible impugnar o alegar contra las preguntas del examen?
Sí, es posible; el artículo 76 y 53.1.e) de la Ley 39/2015 establece el derecho de las personas interesadas -como son todos los aspirantes- a formular alegaciones, que deberán ser tenidas en cuenta por el órgano competente.

¿Cómo impugnar y qué plazo hay?
En su momento (y precisamente a raíz de la problemática surgida con el primer examen) compartimos en nuestro blog un modelo sencillo, elaborado por CSIF, para formular alegaciones en un examen tipo test:
Esta vez no hay plazo para ello, aunque podría entenderse por analogía que se repite el plazo de diez días que indicaron en el primer ejercicio; todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer recurso de alzada, según comentamos seguidamente, e impugnar las preguntas que se consideren anulables en el mismo.

Posible recurso de alzada
El art. 31 del Decreto 3/17 (y la base 14.2 de la convocatoria) regulan el posible recurso de alzada contra los acuerdos del órgano técnico de selección, ante la persona titular de la Conselleria; la hoja de respuestas puede considerarse como únicamente informativa, y posteriormente habrá un acuerdo con las notas provisionales, y sería frente a este documento contra el que interponer un recurso de alzada.

Desde CSIF consideramos que se puede alegar en estos momentos contra el examen, y posteriormente recurrir en alzada el listado de notas, o hacer únicamente una de ambas actuaciones. En ambos casos, el órgano técnico de selección deberá tener en cuenta y resolver sobre las alegaciones/fundamentos efectuados.

--
Redactamos esta entrada, que avanzamos en su día por medio de nuestro servicio de whatsapp, enviamos este mensaje deseando señalar la plena consideración por parte de CSIF a la discrecionalidad técnica de todos los tribunales de selección así como al trabajo realizado por sus integrantes (que están poco reconocidos por su labor), así como el respeto desde CSIF por el derecho de los aspirantes al acceso al empleo público a ejercer la defensa de sus pretensiones.

martes, 12 de febrero de 2019

Aluvión de oposiciones en 2019 (titular en prensa)

En el diario Levante-EMV se ha publicado una noticia referente a las OPEs 17-18, con una referencia a la calendarización de procesos selectivos y el diseño de las pruebas selectivas, de forma similar a como se debatió en la comisión de seguimiento del acuerdo sobre criterios de OPEs; el enlace a la noticia es el siguiente:



Consideramos desde CSIF muy interesante que la prensa ya publique estos criterios, y que la GVA prevea la convocatoria cuanto antes de algunos de los cuerpos/escalas/APF, para que éstos sean definitivos y sigan vigentes durante todo el desarrollo de las ofertas, sin depender de los cambios que puedan producirse tras las diversas elecciones.

Por la redacción del texto es evidente que ha sido trasladada la información desde la GVA, y en la misma hay interesantes datos (en el texto del diario escrito) como una identificación, entendemos que orientativa, sobre los cuerpos/escalas que se van a ir publicando.

Criterios orientativos de las prioridades de la GVA (según se ha filtrado a prensa):
Reproducimos los datos que han aparecido en prensa, donde curiosamente no se hace referencia a las convocatorias de administración general

Primer trimestre: 20 convocatorias, 900 plazas
Auxiliares enfermería, Informática, Gestión de tributos, Ing Tec Forestal, Psicopedagogia, Educacion Social, Veterinaria

Segundo trimestre: 25 convocatorias, 1300 plazas
Intervencion, Inspección de Tributos, Educadores Especial, Educadores Infantil, diversas Ingenierias, Admon Cultural

Tercer trimestre: 18 convocatorias, 1100 plazas
Telecomunicaciones, Agrónomos, Psicólogos, Medio Ambiente

Cuarto trimestre: 22 convocatorias, 1125 plazas
Emergencias, Aytes Residencia, Aux Mantenimiento, Medicina del Trabajo, Archivos y Bibliotecas

Te dejamos enlace a nuestro blog donde puedes descargarte la Guía que hemos elaborado desde CSIF, con todas las plazas ofertadas en la OPE 17+18, y el detalle de los criterios, tanto los publicados en el acuerdo como los consensuados y que se deben concretar en las convocatorias:
http://csifgva.blogspot.com/2019/01/guia-opes-2017-2018.html

domingo, 10 de febrero de 2019

Dudas sobre gvcarrera4 (previo a su puesta en marcha)

Tras la publicación del Decreto 211/18, en el DOGV de 10 de diciembre de 2018, os hemos ido relatando en este blog cuestiones importantes sobre el sistema gvcarrera4, que aún no está "puesto en marcha"; somos conscientes de que es un tema complejo y cuya tramitación nos preocupa, de forma que vamos a intentar responder en público -y lo más brevemente que podamos- algunas de las consultas que nos habéis hecho a través de nuestros delegados o nuestro servicio de WhatsApp.

PostData: si no nos explicamos bien en esta entrada, por favor, dínoslo en comentarios e intentamos mejorar nuestra redacción. Y si crees que además de estas preguntas, debemos aclarar otras dudas o cuestiones, dinos y actualizaremos esta entrada.

Al publicarse el Decreto, ¿prescribe la carrera profesional?

Hicimos una entrada en el blog específica sobre ello: al publicarse en 2018, dentro de los cuatro años siguientes a la existencia del sistema, y reconociendo el propio Decreto que los efectos serán desde el 1/1/15 y regula un sistema para la aplicación del mismo. La Administración está obligada por sus propias normas, con lo que deberá poner en marcha el sistema y reconocer la fecha de efectos:

¿Cuándo se va a poner en marcha el sistema?

En la entrada en el blog sobre la publicación del Decreto 211/18 te contamos los siguientes trámites que seguirían a la aprobación del decreto:

Según fuentes de la GVA, depende de la DGTIC (Informática) tener preparada la aplicación informática para que la DG de Función Pública emita y se publique la resolución de inicio del proceso, tras lo que habrá un mes para solicitar el encuadramiento, reencuadramiento, o lo que corresponda con el nuevo sistema gvcarrera4.

Cuando lo preguntamos oficialmente en la última Mesa Sectorial, se nos comentó que la resolución de inicio podría publicarse en el mes de febrero o marzo de 2019.

Hasta que se publique la resolución, hay que estar tranquilos, y podemos prever nuestra situación (vida profesional, méritos para encuadramiento o progresión que consten en registro de personal) analizando la hoja de servicios. Nuestra hoja de servicios puede obtenerse en pdf desde el siguiente enlace:

Me lío con el encuadramiento y progresión y los requisitos. ¿Qué diferencia hay?

El encuadramiento (o reencuadramiento/adaptación de efectos septiembre'2017) es la "entrada en el sistema": se reconoce todo el tiempo trabajado en la GVA -y en determinados casos, el tiempo en otras AAPP-, y se entiende que se ha valorado positivamente si se dispone de un mérito de encuadramiento. En un encuadramiento, se te coloca directamente y de inicio
Es el primer acceso al sistema; y cuando ha cambiado el sistema (como con el Decreto 93/17, o ahora con el Decreto 211/18), se permite revisar el encuadramiento que se hizo en su momento a quien ya esté integrado.
Los méritos para encuadrarse son varios: tener el mitjà, horas de formación (50 para A1, 40 A2, 30 C1, 20 C2, 15 APF), haber promocionado, etc.

En cambio, la progresión significa que, una vez estás dentro del sistema de carrera profesional y se te ha encuadrado en un GDP/DPCR, generas el derecho a progresar de grado, al estar el tiempo de permanencia y disponer de la formación necesaria para ello.
Los méritos para progresar de grado son únicamente la formación, sea por desarrollo de conocimientos (alumno) o transferencia de conocimientos (profesor).

Las horas que se piden para progresar, y cuándo adquirirlas, las detallamos en la pregunta siguiente y la gragea que compartimos contigo; lo importante es saber diferenciar entre encuadramiento (entrar al sistema) y progresión (ya estás en el sistema y asciendes dentro del mismo).
En ambos casos necesitas aportar méritos, pero con las siguientes diferencias:
- el mérito de encuadramiento pueden ser diversos elementos (formación, mitjà, otras titulaciones, etc), mientras que en el de progresión es sólo la formación
- si son cursos de formación, en el caso del encuadramiento ha de haberse obtenido desde 2005 a 2015, y en la progresión durante el tiempo de permanencia (los últimos cinco o seis años antes de progresar)
- las horas que se piden son distintas, y son bastante más en el caso de la progresión

Soy funcionario de carrera y mejoraré con gvcarrera4; si progreso ahora, ¿me espero al nuevo sistema o pido la progresión ya?

El supuesto es que un FC vaya a progresar ahora según el sistema antiguo, pero que al mejorar con el nuevo sistema de carrera (por ejemplo, por disponer de tiempo trabajado como interino que no se haya computado en su momento), cuando éste se ponga en marcha no haría falta esta progresión.

No podemos recomendar dejar de pedir la progresión cuando todos conocemos el plazo de tres meses tras cumplir los requisitos para progresar (tiempo de permanencia y formación suficiente) y que sea con efectos de la progresión.
Si se solicita la progresión y después, tras poner en marcha gvcarrera4, el acceso a ese GDP/DPCR superior se produce con mucha anterioridad sin problema alguno, es cierto que no hacía falta pero tampoco se pierde nada por ello.

Te informamos de todo lo relativo a la progresión en esta entrada:
http://csifgva.blogspot.com/2019/01/progresion-en-gvcarrera4-todo-lo-que.html

Puedes bajar desde aquí la gragea 53 sobre progresión:



ENTRADA EN PROCESO DE ELABORACIÓN; éstas son las preguntas que vamos a ir respondiendo, pero "atendemos peticiones" en comentarios.

Soy interino y no entiendo qué tiene que ver la gragea esa larga que hizo CSIF sobre la progresión.


¿Va a valorarse el GDP/DPCR de gvcarrera4 en los concursos de tralados?


http://csifgva.blogspot.com/2018/12/valoracion-de-gvcarrera4-en-los.html

He leído que si voy a mejora de empleo a los seis meses puedo pedir que me recalculen el GDP/DPCR; ¿qué hay de eso? ¿lo puedo pedir ya?


¿Qué diferencia hay entre personal de otras AAPP y personal de la GVA con experiencia en otras AAPP? ¿Y qué efectos tiene en la carrera?






sábado, 9 de febrero de 2019

Novedades convocatoria 9/16: C2-01 Admon general, TL

Información del tribunal; Distribución aulas, y anulación preguntas primer examen

Desde CSIF te informamos sobre la publicación en la web de la convocatoria 9/16 de las siguientes novedades:

- Publicación de la motivación por la cual se anularon preguntas del primer ejercicio:

(incluye una corrección de las personas que solicitaron anulación de preguntas, y al final del pdf la motivación de las que finalmente sí se anularon)

- Distribución aulas para el examen de 9 de febrero en las Universidades de Alicante, Castellón y Valencia:

Planilla provisional examen informática

Debido a numerosas peticiones, compartimos con todos vosotros una planilla provisional de respuestas del examen del segundo ejercicio del proceso selectivo con un test de informática, celebrado el 9 de febrero de 2019:



Considerad el documento como muy provisional y útil como orientación de las respuestas, a la espera de la hoja de respuestas que publique el órgano técnico de selección; al no tratarse de un test sobre normativa donde es sencillo buscar la literalidad de la norma, la corrección que realice el tribunal puede distar de la nuestra o las otras planillas que circulan por ahí.

Además, desde CSIF debemos señalar el problema de diseño de una prueba como ésta: la pericia en ofimática se puede acreditar con un ordenador delante y realizando una tarea en el mismo, no con un tipo test.

viernes, 8 de febrero de 2019

OPE 16: Primer examen A2 admon especial (2 marzo), sin examen funcionarización

SUBGRUPO A2, CUERPOS DE ADMINISTRACION ESPECIAL

LISTADOS DEFINITIVOS

Desde CSIF te informamos de que en el DOGV 05/02/19 se publica el listado definitivo de admitidos y excluidos de los siguientes cuerpos y escalas del subgrupo A2 de administración especial:

Cuerpo A2-04-01 Gestión de archivística, biblioteconomía y documentación, escala técnico de archivos y bibliotecas:
Conv 12/16, turno libre:

Cuerpo A2-08, Ingeniería técnica en obras públicas:
Conv 16/16, turno libre:

Cuerpo A2-17 Gestión en arquitectura:
Conv 17/16, turno libre:
Conv 18/16, promoción interna:

Cuerpo A2-14-01, Ingeniería técnica agrícola, escala ingeniería técnica agrícola:
Conv 19/16, turno libre:

Cuerpo A2-16-03 Gestión en acción social, escala trabajo social:
Conv 23/16, turno libre:
Conv 24/16, promoción interna:

Cuerpo A2-19 Gestión de administración sociosanitaria (Enfermería):
Conv 25/16, turno libre:
Conv 26/16, promoción interna:

Cuerpo A2-20 Gestión en fisioterapia:
Conv 27/16, turno libre:

 NOTA: Hay un error en el listado definitivo del Cuerpo A2-19 y A2-20; desde CSIF nos pusimos en contacto con la GVA para advertir el error, y nos confirman que habrá una corrección de errores.

Cuerpo A2-12 Gestión en geodesia y cartografía:
Conv 30/16, turno libre:


Contra estos listados se puede interponer recurso de reposición (plazo: 1 mes) o contencioso (plazo: 2 meses); en las convocatorias de promoción interna se distingue entre el personal aspirante por cada una de las tres modalidades: vertical, horizontal y mixta -en cada una de ellas los exámenes y temarios son distintos-.

Errores en dos de los listados

En el DOGV 08/02/19 se publican dos correcciones de errores de los listados definitivos de admitidos y excluidos en los procesos de la OPE 16, respecto al Subgrupo A2 en dos cuerpos de administración especial.

Los errores, que fueron detectados por CSIF y otras organizaciones sindicales y puesto en conocimiento de función pública, consistían en que el listado estaba incompleto. Una vez corregido, la publicación ha sido urgente para cumplir con el plazo de 15 días hábiles antes del primer ejercicio -común para todo el A2 de admon especial- que será el 2 de marzo de 2019.

Se trata de las convocatorias siguiente:

Conv 25/16, Cuerpo A2-19 gestión de administración sociosanitaria (Enfermería) , turno libre:

Conv 27/16, Cuerpo A2-20 Fisioterapia, turno libre:


EXAMEN: SABADO 2 DE MARZO

Junto al listado definitivo de todos los cuerpos y escalas que te comentamos en el mensaje anterior, la GVA publica la fecha del primer ejercicio de las pruebas selectivas; desde CSIF te informamos de sus características.

Fecha y lugar de examen
Sábado 2 de marzo de 2019, a las 10 horas.
Todos los aspirantes (de las tres provincias) en València, en la Universitat de València (campus de Tarongers), aularios Nord, avenida Tarongers.

Convocados al examen
Deben realizar el examen todos los aspirantes del turno libre y los aspirantes de la promoción interna modalidad mixta; los aspirantes en las promociones internas vertical y horizontal están exentos de este primer ejercicio (según establecen las convocatorias).
Hay que señalar que el examen para TL y para PI mixta es distinto, ya que son temarios distintos en las convocatorias.

Características del examen
El examen será común para todos los aspirantes del TL, por un lado, y los de la PI mixta, por otro, sean de una u otra convocatoria, con las mismas preguntas y la misma corrección (es decir, si se anulara una pregunta se anularía para todos).
Para el TL, son 100 preguntas del temario parte general, descontando tres erróneas una acertada, y se puntuará con un máximo de 21 puntos (aprobando con 10,5).

Para la PI mixta, son 100 preguntas del temario parte general, descontando tres erróneas una acertada, y se califica con apto / no apto; en caso de ser apto, se pasa al segundo ejercicio del turno de promoción interna.

FUNCIONARIZACIÓN POR OPE


EL DOGV publica cuatro resoluciones de Función Publica en la que se deja sin efecto la fecha del ejercicio único del proceso que se iba a celebrar el 23 de febrero de 2019.

Como se indica en la resolución, se indicará una nueva fecha con un plazo de antelación de al menos 15 días hábiles (que son, como poco, tres semanas) mediante nueva resolución en el DOGV.
El motivo de esta anulación, según indica la GVA, es la existencia de problemas técnicos que dificultan el acceso de las personas aspirantes al material para preparar el contenido del temario sobre el que versará la oposición, ya que dicho material deberá estar a disposición de aquella

Afecta a todas las convocatorias de funcionarización por OPE; desde CSIF te dejamos los enlaces a cada una de ellas:

Conv 36/16, del subgrupo A2

Conv 37/16, del subgrupo C1

Conv 38/16, del subgrupo C2

Conv 39/16, de las APF (agrupaciones profesionales funcionariales)

Desde CSIF -que pediremos las explicaciones oportunas a la GVA-, manifestamos que este proceso de funcionarización es urgente y debería haberse cuidado especialmente su buena marcha, ya que el personal laboral fijo pendiente del proceso no puede participar en concursos, no puede ir a mejora de empleo, se le descuenta la cotización por desempleo, y tiene derecho a regularizarse adecuadamente.
Esperamos y exigimos que no haya más complicaciones en el futuro y el proceso finalice cuanto antes para respetar los derechos de los trabajadores.

jueves, 7 de febrero de 2019

Puestos de difícil cobertura: funcionamiento y anuncios


Funcionamiento de los "puestos de difícil cobertura"

Los llamamientos de bolsas de empleo temporal para ocupar puestos se realizan telefónicamente, por correo, o asistiendo a un acto único; se ha de respetar la prioridad de unas bolsas a otras, y la orden de prelación dentro la bolsa.
Por tanto, si eres aspirante a ocupar un puesto como interino, o mediante mejora de empleo, y figuras como disponible para ello en la bolsa, has de esperar a que la GVA se ponga en contacto contigo para ofrecerte un puesto que necesite cubrir, o te convoque a un acto único.

Pero hay determinados puestos que se consideran de difícil cobertura (supuestos: art. 11.4 de la Orden), y en tal caso se anuncian en la web para que el personal aspirante pueda solicitarlos.

En el anuncio de DC se indican los puestos, los requisitos que pueden tener los mismos (como alguna titulación en concreto), y las bolsas desde donde estos puestos se pueden proveer, con su propio orden de preferencia.
Todos los integrantes de estas bolsas que estén disponibles pueden solicitar el puesto (no hay que esperar a que Función Pública te llame; si estás en la bolsa que se indica en el anuncio de DC, y te interesa el puesto, la iniciativa es tuya para solicitarlo por correo electrónico).
Si sólo un aspirante solicita el puesto, le será adjudicado para nombrarle interino/mejora; si hay varios aspirantes a un puesto de difícil cobertura, se adjudicará según la bolsa de que provenga y si es prioritaria, y si provienen de la misma bolsa, según su puntuación.

Enlace a la Orden 18/2018, de bolsas de empleo temporal:


Anuncios de DC publicados esta semana


Te informamos desde CSIF de la publicación, a través del tablón de anuncios (Guía Prop), de tres ofertas de puestos de difícil cobertura y una adjudicación:

Anuncio 04/19-DC
Cuerpo A1-01, admon general, en Valencia:
Son 4 puestos, dos de ellos de nivel 24 (sólo pueden optar aspirantes a mejora de empleo)
Plazo: anuncio el 5 febrero, plazo de 5 días hábiles, hasta el 12 febrero
Forma solicitud: correo a bolsas_a1@gva.es

Anuncio 05/19-DC
Cuerpo A2-01, admon general, en Valencia y Alaquas
Son 7 puestos, 6 en Valencia y 1 en Alaquas
Plazo: anuncio el 5 febrero, plazo de 5 días hábiles, hasta el 12 febrero
Forma solicitud: correo a bolsas_a2@gva.es

Anuncio 06/19-DC
Cuerpo C1-01, admon general, en Ayora, Cheste, Benaguasil, Burjassot y Aldaia
Son cinco puestos en los municipios indicados.
Plazo: anuncio el 6 febrero, plazo de 5 días hábiles, hasta el 13 febrero
Forma solicitud: correo a bolsas_c1@gva.es

Cobertura del Anuncio 01/19-DC
11 puestos de los Cuerpos C1-03 EE Especial y C1-04 EE Infantil
Se publica la adjudicación de los puestos anunciados anteriormente: