domingo, 24 de febrero de 2019

Comisión de Bolsas y no penalización en bolsa de ME si concursas

No penalización en la bolsa de mejora si te incorporas en un concurso

En la última reunión de la Comisión de Bolsas destaca la respuesta de la Administración a las solicitudes de CSIF para que el personal en mejora de empleo que, al participar en un concurso de traslados, obtenga un puesto y esté obligado a incorporarse al mismo, no sea penalizado en la bolsa desde donde se le llamó para la mejora. CSIF lo planteó en diversas reuniones, presentamos dos escritos sobre fomento de la mejora de empleo, y finalmente la Administración responde que es un tema de gestión y que desde el servicio de bolsas han tomado la decisión de NO EXPULSIÓN de todos aquellos trabajadores que estén en mejora o se les nombre en mejora mientras se resuelve el concurso al que han participado.

Más información, con enlace a los escritos presentados por CSIF, en el siguiente enlace:
http://csifgva.blogspot.com/2019/02/comision-de-bolsas-febrero19-temas.html

Fomento de la Mejora de Empleo.

Te dejamos un extracto de los escritos presentados por CSIF:

Propuesta para la no baja automática en la bolsa de empleo.

Desde CSIF consideramos que se han de realizar las actuaciones oportunas para que la incorporación a un puesto obtenido por concurso no suponga la baja automática de la bolsa desde donde se ha llamado a la persona que ocupaba un puesto en mejora de empleo.
Al estar obligada la persona interesada a incorporarse al puesto, debe considerarse una renuncia al puesto y cese no voluntarias, y por tanto, suponer la activación de nuevo en la bolsa de empleo temporal correspondiente, en el orden de prelación en que se encontraba, y disponible -si así lo desea- para futuros llamamientos.

Proponemos desde CSIF que tal cuestión se manifieste expresamente en el ámbito oportuno para ello, sea éste el que se considere adecuado para garantizar la seguridad jurídica del personal afectado; pudiendo tratarse de una modificación en la normativa aplicable al caso (orden de bolsas), una instrucción / aclaración pública efectuada por la Dirección General de Función Pública, la constancia de dicha interpretación en una Mesa de negociación, o un acuerdo público al respecto de la Comisión de Bolsas.

Por todo ello,

SOLICITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por hechas las manifestaciones realizadas, y en virtud de éstas, realice las actuaciones oportunas para evitar la baja automática de la bolsa del personal que, estando en mejora de empleo, sea obligado a incorporarse a un puesto obtenido en un concurso de traslados, dando cuenta de ello a la COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL en su caso.


A)  Concursar desde mejora de empleo para obtener reserva del puesto de trabajo

Desde CSIF consideramos que el personal empleado público, por ocupar un puesto en nombramiento provisional en mejora de empleo, no debe sufrir ningún perjuicio en el resto de sus derechos de movilidad y promoción.

Es un acierto la transitoria tercera del Decreto 3/17, que permite al personal de la mejora de empleo regularizada participar en un concurso y optar por incorporarse al puesto que pudiera obtener, o continuar en mejora obteniendo únicamente la reserva del puesto; pero nos parece insuficiente dada la coyuntura actual (falta de plantilla, alta temporalidad, demasiado tiempo sin concursos de traslados -lo que provoca que ahora en los próximos concursos se oferte una gran cantidad de puestos vacantes, y en futuros concursos las posibilidades de movilidad serán menores).

Como se ha indicado en otro escrito paralelo a éste presentado por CSIF, es absolutamente necesario que, si se obliga a incorporarse al personal a quien se le adjudique un puesto por concurso, debe considerarse el cese en mejora como no voluntario, y no suponer la baja automática de la bolsa desde donde se le ofertó la mejora de empleo.

Pero esta solución (la no expulsión de la bolsa) no debe ser el funcionamiento general de la mejora de empleo, sino que para evitar cualquier perjuicio, y fomentar realmente la movilidad del personal y la mejora de empleo, tendría que permitirse concursar siempre desde el nombramiento de mejora de empleo para obtener la reserva del puesto de trabajo, y sin obligación de incorporarse al puesto que se le adjudique, en su caso.

En caso contrario, se seguirán produciendo agravios en la práctica, ya que a un empleado público que esté en mejora se le obliga a decidir entre concursar (y cesar en mejora) o poder continuar en su nombramiento (y por tanto, perder el derecho al concurso), pero si se le oferta un puesto en mejora el día después de tomar posesión puede mantener la reserva y ser nombrado en mejora de empleo, en un derecho que obviamente debe ser respetado y ejercido si se desea por la persona interesada. Ello supone que va a existir un límite temporal arbitrario sobre la reserva y la mejora de empleo, que únicamente se soluciona en caso de permitir concursar desde mejora y optar entre incorporarse y seguir en mejora con reserva en todos los casos.

Circunstancia a la que se debe añadir el perjuicio sufrido por parte del colectivo: que está en mejora de empleo no regularizada, pero no tiene reserva de ningún puesto de trabajo (porque antes de ser llamado a mejora ocuparía un puesto en su grupo de origen en adscripción provisional, por ejemplo), y si participa en un concurso está igualmente obligado a incorporarse, a pesar de que en la práctica está en la misma situación que los regularizados (sin reserva del puesto).

Por tanto, concluimos que se debe estudiar y analizar el cambio en la normativa y métodos de funcionamiento para que el personal en mejora de empleo, en todos los casos, pueda participar en un concurso de traslados y en caso de adjudicársele un puesto en el mismo, optar entre incorporarse al mismo u obtener la reserva continuando en su nombramiento de mejora de empleo.

B)  Celeridad en el reconocimiento de gvcarrera4 para la mejora de empleo

Tras la aprobación y publicación del Decreto 211/18, sobre carrera profesional horizontal, que pone en marcha el sistema “gvcarrera4”, texto consensuado entre la Administración y las organizaciones sindicales, se va a reconocer la carrera en el grupo donde se presta servicios en mejora de empleo, suponiendo un DPCR y posiblemente un complemento de garantía al cesar en mejora de empleo, que suponen una ventaja para las condiciones laborales y retributivas de la mejora de empleo.

Considerando un acierto esta normativa en lo que respecta a la mejora de empleo, deseamos que se ponga en marcha cuanto antes, y que especialmente la Administración actúe con celeridad en la regularización y encuadramiento inicial, re-encuadramiento o adaptación del grado de carrera que corresponda al personal en mejora de empleo.

El GDP/DPCR reconocido en el sistema de carrera profesional al personal que se encuentre en mejora de empleo, o que aspire a un nombramiento en mejora de empleo, tiene otros efectos además del retributivo, como le consta a la Administración; entre ellos, su valoración entre los méritos de un concurso de traslados.
Por ello, desde CSIF proponemos que la Administración priorice el reconocimiento de GDP/DPCR al personal que participe en un concurso de traslados -siendo el abono de la carrera profesional en mismos términos temporales para todos los afectados por el nuevo sistema, para no crear agravios comparativos de ningún tipo-; siendo el objeto de tal reconocimiento su correcta valoración en los procesos de movilidad voluntaria.


C)  Mejora de empleo en todos los colectivos; incluyendo A2-01 y cuerpos y escalas de administración especial

El funcionamiento de la mejora de empleo, de acuerdo al Decreto 3/17 y la Orden 18/2018, se basa en la existencia de bolsas de empleo temporal donde se ha inscrito personal funcionario de carrera que cumple con los requisitos y aspira a un llamamiento en un grupo donde acudir en mejora de empleo.

Tras la costosa puesta en marcha de la mejora de empleo, se están efectuando nombramientos en tal situación en casi todos los cuerpos de administración general -a excepción del subgrupo A2, cuerpo A2-01-, pero no en los cuerpos de administración especial, ante la falta de bolsas libres para mejora de empleo y bolsas derivadas de procesos selectivos de las últimas OPEs.

Consideramos desde CSIF que el Consell, en su política de empleo público, debe apostar por la promoción del personal funcionario de carrera dentro de la estructura de los puestos de trabajo creando oportunidades de ascenso en la misma; a su vez, tratándose de “personal de la casa” que conoce la práctica laboral y ha ejercido con eficacia sus funciones y tareas, fomentar la mejora de empleo supone más eficiencia y mayor profesionalidad en la Administración.

Desde los órganos con competencia en función pública deben analizarse las fórmulas que hagan posible la mejora de empleo en todos los colectivos de empleados públicos; mediante la creación de bolsas libres de mejora (como se ha comprometido la DGFP con CSIF respecto al A2-01 de administración general), o mediante cualquier otra técnica; siendo urgente que se lleve a cabo en los cuerpos de administración especial, para evitar el agravio en la práctica que sufre el personal funcionario de especial para lograr una verdadera promoción y movilidad en nuestra Administración.

Por todo ello,

SOLICITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por hechas las manifestaciones realizadas, y en virtud de éstas, realice las actuaciones oportunas para FOMENTAR LA MEJORA DE EMPLEO en el ámbito de la Administración del Consell, bajo las premisas expuestas en el presente escrito: agilizando el reconocimiento de la carrera, permitiendo el concurso desde mejora de empleo continuando en tal nombramiento, y extendiendo la práctica de la mejora a todos los colectivos de personal empleado público..


Otras cuestiones reunión Comisión de Boslas (llamamientos EEI, bolsa libre agentes tributarios)

También se debatió en la comisión que se producirán llamamientos para EE Infantil desde la bolsa de EE Especial, pudiendo el personal renunciar sin penalización en su bolsa de origen al finalizar el curso escolar, y la próxima convocatoria de bolsa libre del C1-20, administrativos de la AV Tributaria, que tendrá una prueba y desde la que se proveerán numerosos puestos de trabajo.

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