jueves, 23 de febrero de 2017

Laborales y mejora de empleo: Acuerdo CIVE, plazos, efectos

En la reunión de la CIVE del 22 de febrero de 2017, la Administración y los tres sindicatos con representatividad en el personal laboral de la GVA (CSIF, UGT y CCOO), firmamos un acuerdo de interpretación y desarrollo de la mejora de empleo que recoge el Convenio Colectivo.

Este acuerdo permite la regularización del personal laboral fijo que es interino en un grupo superior, y por tanto está en "falsa mejora de empleo", para que puedan participar en la funcionarización y en su momento percibir la carrera profesional.

En esta entrada vamos a detallar el acuerdo al que se llegó, tratar sobre los plazos y comentar los efectos. También te adjuntamos un modelo para regularizar tu situación y funcionarizarse.

Contenido del Acuerdo CIVE

En los puntos 1 y 2, el acuerdo permite el acceso a la mejora de empleo del personal laboral fijo en la misma situación que el personal funcionario de carrera:
- podrá participar en las bolsas de mejora
- si se le ofrece un puesto en mejora, tendrá reserva del puesto de trabajo que tenía como laboral fijo

En el punto 3, trata sobre la "falsa mejora de empleo"; la situación del personal laboral fijo que está en excedencia como laboral porque presta servicios como personal funcionario interino.
Dicho personal podrá solicitar la modificación de su excedencia para obtener un puesto en reserva. El Acuerdo prevé que puedan no existir puestos de la categoría del personal afectado, asegurando que se podrá obtener la reserva de un puesto, con el orden de prelación siguiente:
1º el puesto que ocupó como laboral, si sigue vacante
2º otro puesto de su misma categoría y clasificación, si lo hay
3º otro puesto del mismo grupo de titulación (A1,A2,B,C1,C2,APF) si ya no existen puestos de su categoría

¿Por qué es tan importante obtener la reserva de un puesto de trabajo?
Porque es necesaria la reserva del puesto para acceder a la funcionarización.

El personal laboral no puede ser nombrado directamente en mejora de empleo porque ésta es una forma de provisión para los funcionarios de carrera; lo que impedirá que se perciba la carrera profesional hasta después de la funcionarización. Por eso el Acuerdo CIVE comenta que la situación es "excedencia voluntaria automática con reserva del puesto".

1. El personal laboral fijo participará en las bolsas de mejora de empleo en iguales condiciones que el personal funcionario de carrera.

2. En aquellos casos en que la Generalitat Valenciana, mediante la Conselleria con competencias en materia de Función Pública, resuelva nombrar personal funcionario interino a personal laboral fijo al servicio de la Generalitat, en un puesto de trabajo adscrito a un cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial incluido en alguno de los anexos de la LOGFPV, dicho personal será declarado en excedencia voluntaria automática con reserva del puesto que venía ocupando.

3. Aquellas personas laborales fijas al servicio de la Generalitat Valenciana que se encontraran ocupando en la Administración de la Generalitat un puesto de trabajo adscrito a un cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial incluido en alguno de los anexos de la LOGFPV, mediante nombramiento como personal funcionario interino, podrá solicitar la modificación de la declaración de excedencia voluntaria automática como personal laboral, para que se le declare con reserva del puesto que venía ocupando con anterioridad o, si no fuera posible, otro de la misma categoría y clasificación, si lo hubiera, y si no lo hubiera del mismo grupo de titulación, con efectos desde la solicitud.

Plazos para regularización y funcionarización.

El Acuerdo CIVE será objeto de publicación en su momento, pero es efectivo desde el momento de su firma; es decir, el Acuerdo ya está en vigor desde el 22 de febrero, y el personal interesado puede pedir la regularización de su situación desde ya.

Dentro de dos semanas, aproximadamente, se publicará la orden de funcionarización que abre plazo para solicitar la participación en la misma; el objetivo de este planteamiento es permitir que se pueda regularizar con un poco de antelación a la participación en la funcionarización.

Desde el 22 de febrero: Se puede solicitar modificación de la excedencia para obtener reserva de puesto
Dentro de dos semanas: Se publica orden de funcionarización, con un mes para presentar solicitudes, durante el cual se podrá seguir solicitando la modificación de la excedencia y, una vez hecho esto, la solicitud para funcionarizarse.

El puesto que se ocupaba en "falsa mejora" como personal funcionario interino seguirá ocupándose como interino hasta que se produjera la funcionarización, en cuyo caso sí podría ser un nombramiento en mejora de empleo, con las consecuencias que de ello se deriven.
Por ello, la recomendación de "esperar a la sentencia de carrera profesional sobre interinos" que hemos realizado respecto a los funcionarios de carrera en falsa mejora, no es aplicable en esta situación, o al menos no en este momento: sí es recomendable solicitar la regularización del Acuerdo CIVE.

Para ello hemos elaborado un breve modelo que te adjuntamos al final de esta entrada,

Efectos: carrera profesional tras la funcionarización

Junto al resto de efectos positivos derivados de la funcionarización (mayor estabilidad, mejor cotización, posibilidades de movilidad y promoción profesional en una estrcutura funcionarizada, etc), el Acuerdo CIVE tiene dos mejoras importantes que ya hemos comentado:

a) Obtención de un puesto de trabajo en reserva en tu grupo de origen
b) Una vez producida la funcionarización -pero no antes-, tu situación podrá ser la de mejora de empleo que tienen los funcionarios de carrera, con la misma reserva del puesto de trabajo y con la percepción y cómputo del tiempo para la carrera profesional

Para todo lo expuesto, y encontrándonos a tu disposición para cualquier matización, duda, propuesta, etc., hemos confeccionado un sencillo modelo que puedes descargar en pdf desde aquí.

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