martes, 14 de febrero de 2017

Modelo (simplificado) de progresión en la carrera profesional

En esta entrada os informábamos del procedimiento de progresión en el sistema de carrera profesional horizontal; como aún no se ha incorporado el procedimiento electrónico para ello, lo correcto sigue siendo presentar la solicitud de progresión por registro de entrada (recomendamos visitar la entrada por los ejemplos prácticos que contiene).

En su día compartimos un modelo para solicitar la progresión con referencia a la situación y la normativa explicitada, pero una vez dicho proceso ya es más común en el seno de la función pública, hemos elaborado un modelo más simple -de una sola hoja- con la información necesaria para solicitar la progresión: modelo de solicitud de progresión.

A su vez, te recordamos dos cuestiones básicas para solicitar la progresión:

A) Periodo de permanencia
El plazo es de tres meses tras cumplir con el periodo mínimo de permanencia; se ha solicitar siempre después de haber cumplido con dicho periodo, y no antes.
Si se solicita en plazo, los efectos serán desde el cumplimiento del periodo, y si se solicita después será con efectos desde la fecha de la solicitud.
Recordemos que el periodo mínimo de permanencia son : 5 años para el grado de desarrollo profesional I, 10 años para el GDP II, 16 años para el GDP III y 22 años para el GDP IV.

B) Formación y/o docencia
Además del periodo mínimo de permanencia, se ha de contar con la puntuación necesaria para obtener una "evaluación positiva" de dicho periodo; por ahora tal puntuación está referida únicamente a la formación y docencia.
Esta formación y docencia debes tenerla cumplida en el periodo de permanencia, o no se podrá conceder la progresión hasta que se tenga cumplida. Por eso, si te falta poco tiempo para cumplir los 5/10/16/22 años, te recomendamos revises tu formación, y si no tienes otra opción, realices la formación on line que te presta el IVAP.

¿Cuánta formación necesitas? Recordamos lo que indicamos en nuestra entrada de noviembre de 2015 (no ha cambiado desde entonces):

En 2017 al personal se le solicitará sólo formación y docencia para el ascenso de GDP, siendo necesarios los siguientes puntos:
  • El valor de la hora de formación son 0,2 puntos
  • El valor de la hora de docencia son 0,75 puntos (o 0,30 si hay más sesiones de una misma actividad formativa)
· Grupos A1-A2-B:
· 20 puntos (100 horas de formación) para ascender a los GDP I y II
· 22 puntos (110 horas de formación) para ascender a los GDP III y IV
· Grupos C1-C2-APF:
· 16 puntos (80 horas de formación) para ascender a cualquier GDP

Dicha puntuación debe ajustarse proporcionalmente al tiempo que quedara para solicitar la progresión considerando el remanente que quedara tras el encuadramiento inicial –que puedes comprobar en tu resolución de carrera que notificaron el primer trimestre de 2015-.

El ajuste puedes calcularlo con una regla de tres; por ejemplo, si en 5 años son 110 horas de formación, y sólo te quedaban 2 años para progresar, deberás hacer 44 horas.
Además de ello, las horas de formación que pudieras haber hecho en el tiempo remanente también te servirán para la progresión de grado en la carrera.

Sobre el futuro: ¿qué pasa si se reforma el decreto de carrera?
Si el decreto de carrera se modifica en el sentido de tener en cuenta al personal que ha promocionado de grupo profesional, ponderando el tiempo de permanencia en un grupo para que cuente como tiempo de permanencia en otro grupo distinto, se deberá hacer un re-encuadramiento inicial, y tras ello, la progresión deberá tener en cuenta el tiempo de permanencia ordinario o ponderado.

Pero, esperando que eso ocurra -de lo que iremos informando-, seguirá siendo necesaria la solicitud de progresión en el sistema y la evaluación positiva para ello, con lo que el modelo que os presentamos será igualmente útil.

Exactamente igual para el supuesto de que finalmente el Tribunal Supremo reconozca el derecho del personal interino y temporal a integrarse en el sistema de carrera profesional horizontal.

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