La Mesa Sectorial de Función Pública celebrada este viernes 20 ha finalizado sin acuerdo de la mayoría sindical a la propuesta de la GVA sobre criterios de las OPEs 2017-2020, debido a la cerrazón de la Consellera Bravo para solucionar la mayor discrepancia: la diferencia entre el cómputo de la experiencia en la GVA frente a la experiencia en otras AAPP -u otros sectores de la propia GVA-.
Ha sido una Sectorial celebrada en tres partes (con dos recesos, uno de media hora y otro superior a las dos horas), y con una intensa negociación en la que debemos agradecer los ímprobos esfuerzos del personal de la Dirección General de Función Pública, y todas las organizaciones sindicales, sin que al final hayan tenido éxito por la decisión final de la Consellera.
En el siguiente enlace puedes descargar la última propuesta de la GVA, que incluye las mejoras debatidas en la mesa técnica del lunes, como los 3 puntos por exámenes aprobados incluyendo la OPE 2004:
En una primera intervención, desde CSIF hemos manifestado lo indicado en la mesa técnica de la que te informamos anteriormente: las tres patas, que trabajasemos la información del mapa de situaciones, que constara en acta que se iba a estudiar que las erróneas en un test descontaran en un porcentaje menor, y sobre todo esta cuestión de la experiencia.
Es más, hemos manifestado que prácticamente teníamos un "pre-acuerdo", ya que únicamente modificando la experiencia podríamos apoyar el documento, cediendo por parte de nuestra organización con otras cuestiones (como la valoración del Sector Público Instrumental, o la sobreponderación del valenciano).
Propuesta conjunta CSIF / UGT y valoración otros sindicatos
Previamente a la reunión, desde CSIF y UGT preparamos una propuesta conjunta de cómputo de la experiencia, que firmamos ambas organizaciones y presentamos a la Mesa Sectorial.
Esta propuesta se resumen en la siguiente:
a1. Experiencia en puestos de las mismas funciones (mismo cuerpo/escala/APF) y en la GVA: 0,125 puntos el mes trabajado (se alcanzan los 30 puntos con 20 años)
a2. Experiencia en puestos en otras AAPP -sean de las mismas funciones o no-, y puestos en la GVA de distinto cuerpo/escala/APF: 0,08 por mes
a3. Experiencia en Sector Público Instrumental de la GVA con mismas funciones: 0,06 por mes
a4. Experiencia en SP de otras AAPP o en el sector privado, con mismas funciones: 0,04 por mes
Estando topado los puntos a alcanzar por cada uno de los apartados a2, a3 y a4 hasta un máximo de 15 puntos.
Cobertura jurídica
Dicha propuesta, al diferenciar entre la experiencia en la GVA frente a la experiencia en otras AAPP, pero únicamente respecto a los puestos objeto de la convocatoria, a nuestro entender tiene cobertura jurídica en la Disposición Transitoria Cuarta del EBEP, que ya realiza esa diferencia:
Disposición transitoria cuarta. Consolidación de empleo temporal.
1. Las Administraciones Públicas podrán efectuar convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotados presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2005.
2. Los procesos selectivos garantizarán el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
3. El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria. En la fase de concurso podrá valorarse, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.
Los procesos selectivos se desarrollarán conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 3 del artículo 61 del presente Estatuto.
(esta previsión de la DT 4º del EBEP se refiere a la consolidación -anteriores a 1-1-2005- y no a estabilización, pero desde la GVA se unieron ambos procesos con el compromiso de "tratar tan bien a estabilización como a consolidación", lo que nos ha parecido muy adecuado desde el principio; lo que no puede ocurrir ahora es que se pierdan algunas de las ventajas que nos hemos comprometido a aplicar a todos los interinos/temporales afectados por el proceso)
Esta cuestión supera la jurisprudencia que nos indicó la GVA, ya que se trata de legislación básica sobre la que no hay tal jurisprudencia; teniendo además en cuenta las muy numerosas convocatorias de procesos de todo tipo (principalmente Entes Locales) que también realizan esta diferenciación.
A modo de ejemplo, y sin "bucear" en otras convocatorias, te enlazamos un Informe del defensor del pueblo andaluz que reitera nuestra posición, y que se hizo constar en la Mesa Sectorial:
Posición otras organizaciones sindicales
Las otras organizaciones podían no estar de acuerdo con la misma, aunque era sencillo llegar a un consenso:
Intersindical indicó que antes de posicionarse sobre los criterios debía realizar una consulta asamblearia; y que de la propuesta conjunta CSIF/UGT no le agradaba que varios de los apartados estaban topados.
Por nuestra parte (tanto CSIF como UGT), ya indicamos en el receso que no había problema alguno en eliminar el tope a 15 puntos de nuestra propuesta en búsqueda de un mayor consenso.
CCOO indicó que esta cuestión debía solucionarse cuanto antes para desbloquear las OPEs -algo en lo que estamos absolutamente de acuerdo- y propuso, para un mayor consenso, que se incluyera un nuevo apartado donde se puntuara más si la experiencia había sido en puestos objeto de la convocatoria. Cuestión en la que también podríamos estar de acuerdo, y que coincide -a falta únicamente de matizar y concretar la puntuación- con nuestra posición.
Circunstancias objetivas para la diferencia en experiencia GVA
Tras los acuerdos firmados en 2017 y 2018 por CSIF, UGT y CCOO con el Gobierno de la Nación, los órganos de coordinación entre Administraciones Públicas establecieron una serie de criterios comunes para estos procesos.
Puedes descargar los criterios comunes en el siguiente enlace:
Hay que destacar que estos criterios, aunque afectos al acuerdo entre Gobierno y sindicatos, no son elaborados ni negociados con las organizaciones sindicales, sino que es un trabajo interno de las Administraciones Públicas.
A su vez, así como otra organización sindical indica que son "de obligado cumplimiento", lo cierto es que en su introducción indican claramente que "tienen como objetivo exponer unos
criterios comunes de actuación que puedan servir de guía de actuación a las diferentes
Administraciones Públicas, sin perjuicio de que la competencia corresponde en todo caso a
la Administración correspondiente".
Respecto a la cuestión discrepante, los criterios indican:
Dadas las características del proceso de estabilización, puede resultar conveniente que los
servicios prestados a valorar sean únicamente los correspondientes a la misma categoría
profesional o cuerpo de funcionarios, o al menos que exista una graduación que permita
valorar en mayor medida los servicios prestados en la misma categoría o cuerpo. En cambio,
y para un mismo tipo de trabajo o funciones concretas, no procede diferenciar la puntuación
dependiendo de la Administración para la que se prestaron los servicios, salvo que existan
circunstancias objetivas que justifiquen lo contrario y así se hubiera acordado en negociación
colectiva.
Desde CSIF indicamos, a lo largo de la mañana del viernes que:
- La diferenciación necesita de que se haya acordado en negociación colectiva, pudiendo validar los criterios esta negociación, y precisamente estamos en el ámbito de una Mesa de Negociación, que podría consensuarlos; rogamos a la GVA que no perdiéramos la oportunidad.
- Admitimos que deben existir circunstancias objetivas que lo justifiquen, pero estamos disponibles para estudiar esas posibles circunstancias, que debe establecer la Administración valenciana.
Las circunstancias objetivas, en nuestra opinión, tienen la cobertura jurídica de la Transitoria Cuarta del EBEP, que hemos comentado anteriormente; y junto a ello, ofrecimos varias soluciones que podíamos acordar fácilmente:
a) la simple traslación de la DT 4º del EBEP, que es legislación básica
b) La modificación en la estructura de cuerpos y escalas de la Administración del Consell que se produjo con la Ley 10/2010 y las RPTs a partir de 2013, que nos diferencian de otras AAPP
c) las competencias propias de la GVA, que es la que más nos gustaría a CSIF.
Sobre las competencias de la GVA, desde CSIF propusimos a la Mesa lo siguiente:
- Que, debiendo computar igual un mismo trabajo o funciones concretas, se aceptara computar igual únicamente la experiencia en la GVA junto a la experiencia en otras Administraciones autonómicas, y no valorar igual las funciones en Administraciones de Entes Locales, del Estado, ni mucho menos del Sector Público o de Universidades.
- Con la motivación de que nuestras funciones las realizamos sobre unas competencias (las de las Comunidades Autónomas) que no realizan el personal interino/temporal de AAPP de distinto ámbito territorial
Entendemos que dicha solución sería la más adecuada en términos de justicia, ya que quienes "blindan" a sus interinos puntuando más la experiencia en sus propia Administración son precisamente los Entes Locales y las Universidades, que no permiten esta reciprocidad.
En el caso de que la experiencia valiese igual en la GVA o en la Junta de Andalucía -por ejemplo- al ser las mismas competencias, otorga la ventaja para el personal interino/temporal del Consell en el apartado de 'otros méritos' donde suman los exámenes de la OPE 2004 o el nivel de valenciano.
Tercera parte de la Sectorial: NO de la Consellera
Tras el intenso debate y mañana, y con la esperanza de llegar a un acuerdo vista la voluntad de Función Pública de posibilitar el consenso, a las 13 horas se reanudó la Mesa Sectorial y el Secretario Autonómico nos informó de que se mantenía la propuesta inicial de la GVA.
Las organizaciones sindicales CSIF y UGT lamentamos profundamente la oportunidad perdida (se llegó a decir expresamente en la Mesa referencia a la "chulería" de la persona responsable); por parte de CSIF, seguimos mostrándonos dispuestos a llegar a un consenso sobre todo lo tratado en las próximas semanas.
Intersindical reiteró su voluntad de tratarlo en una consulta asamblearia, y CCOO sí apoyó la propuesta de la GVA.
Tras ello, se realizó el apartado de ruegos y preguntas (del que te informamos en otra entrada de este blog), y las organizaciones sindicales que hemos rechazado el pacto por no proteger a nuestros interinos/temporales nos reuniremos próximamente para realizar las actuaciones oportunas, de lo que os informaremos debidamente.
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