Desde CSIF nos genera inquietud que la administración haya decidido publicar posteriormente la parte específica sin que se convoque la comisión para revisar la reducción realizada, más si cabe considerando el carácter disperso de la elaboración de los temarios de la administración especial, lo cual conllevará ineludiblemente a criterios desiguales de reducción de temarios de administración especial entre sí y con respecto a la administración general. Del mismo modo esta falta de revisión, justificada en la diligencia por realizar las convocatorias, puede provocar la reiteración de errores de contenido en la administración especial.
"Habida cuenta de las convocatorias de especial que están publicándose estos días, reclamamos que en la parte especial de los temarios de administración especial no se está produciendo, tal y como adelantamos en las anteriores reuniones, la reducción del contenido del temario."
Tras la publicación de muchas de las convocatorias de la administración especial, podemos asegurar que las advertencias de CSIF, además de haber sido ignoradas por la administración, han confirmado la mediocridad de la metodología efectuada para la elaboración de los temarios específicos de la administración especial, y ya veremos que ocurre con los de la adminitración general.
Y para muestra un botón, hemos realizado el ejercicio de comparación de dos convocatorias, turno libre y promoción interna, donde se comprueba, no solo que no se ha realizado una reducción del contenido de los temas, sino que además, SE HA AMPLIADO EL CONTENIDO con respecto a la anterior convocatoria juntando temas para la confección de los nuevos temas, una burla sin paliativos.
Convocatoria 55/18 Arquitectura turno libre:
Es escandaloso comprobar como en esta, como en otras convocatorias, lejos de realizar la concrección de títulos o apartados de las leyes, al contrario, SE HA DUPLICADO EL CONTENIDO DE LOS TEMAS, REALIZANDO UN TEMA DE ESTABILIDAD CON 2 DEL TEMARIO DE LA OPE 16, sin disimulo alguno:
El tema 30 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 25 y 27 de la ope 16.
El tema 33 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 30 y 31 de la ope 16.
El tema 43 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 21 y 42 de la ope 16.
El tema 44 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 39 y 20 de la ope 16.
El tema 45 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir el tema 60 de la ope 16 y un nuevo tema abstracto sobre aplicaciones informáticas.
Por tanto, en lugar de una reducción del contenido de los temas, se produce una AMPLIACIÓN DE 5 TEMAS.
Convocatoria 56/18 Arquitectura promoción interna:
Más doloso, si cabe, comprobar el mismo procedimiento en promoción interna:
El tema 2 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 2 de la ope 16 (PI) y 58 (Tl) de la ope 16.
El tema 5 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 6 y 8 de la ope 16 (TL)
El tema 16 de la convocatoria 56/18 es el resultado de ampliar el tema 34 de la ope 16.
El tema 21 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 6 y 13 de la ope 16.
El tema 24 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 15 y 16 de la ope 16.
El tema 26 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 17 y 18 de la ope 16.
El tema 27 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 20 y 21 de la ope 16.
El tema 28 de la convocatoria 56/18 es el resultado de UNIR LOS TEMAS 22, 23 Y 24, de la ope 16.
El tema 34 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 32 y 33 de la ope 16.
¡EN TOTAL UNA AMPLIACIÓN DE 10 TEMAS! Quedaría (oh sorpresa) el mismo número de temas que en la promoción interna de la ope 16, por tanto ni reducción de número de temas ni contenido, ¡UNA ESTAFA!
Una práctica, que incumple de modo fragrante el acuerdo del plan de estabilidad.
¿Que hacer?
Desde CSIF vamos a denunciar por escrito la situación detectada, por lo que os solicitamos que si sois conocedores de situaciones similares en vuestras convocatorias, como la duplicidad de temarios, introducción de temas obsoletos, incongruentes con las tareas o la titulación, y demás situaciones anómalas, nos lo comuniquéis, por wassap al teléfono de difusión CSIF (658 968 999) o mediante comentarios en esta entrada.
Además tenéis la posibilidad de impugnar las convocatorias, interponiendo recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación en el DOGV, ante la Consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este sentido, en CSIF ponemos a disposición de nuestros afiliados el servicio jurídico.