domingo, 22 de diciembre de 2019

Incumplimiento del acuerdo de estabilidad en los temarios específicos de la A. Especial.


Desde CSIF nos genera inquietud que la administración haya decidido publicar posteriormente la parte específica sin que se convoque la comisión para revisar la reducción realizada, más si cabe considerando el carácter disperso de la elaboración de los temarios de la administración especial, lo cual conllevará ineludiblemente a criterios desiguales de reducción de temarios de administración especial entre sí y con respecto a la administración general. Del mismo modo esta falta de revisión, justificada en la diligencia por realizar las convocatorias, puede provocar la reiteración de errores de contenido en la administración especial.

"Habida cuenta de las convocatorias de especial que están publicándose estos días, reclamamos que en la parte especial de los temarios de administración especial no se está produciendo, tal y como adelantamos en las anteriores reuniones, la reducción del contenido del temario."

Tras la publicación de muchas de las convocatorias de la administración especial, podemos asegurar que las advertencias de CSIF, además de haber sido ignoradas por la administración, han confirmado la mediocridad de la metodología efectuada para la elaboración de los temarios específicos de la administración especial, y ya veremos que ocurre con los de la adminitración general.
Y para muestra un botón, hemos realizado el ejercicio de comparación de dos convocatorias, turno libre y promoción interna, donde se comprueba, no solo que no se ha realizado una reducción del contenido de los temas, sino que además, SE HA AMPLIADO EL CONTENIDO con respecto a la anterior convocatoria juntando temas para la confección de los nuevos temas, una burla sin paliativos.

Convocatoria 55/18 Arquitectura turno libre:

Es escandaloso comprobar como en esta, como en otras convocatorias, lejos de realizar la concrección de títulos o apartados de las leyes, al contrario, SE HA DUPLICADO EL CONTENIDO DE LOS TEMAS, REALIZANDO UN TEMA DE ESTABILIDAD CON 2 DEL TEMARIO DE LA OPE 16, sin disimulo alguno:
El tema 30 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 25 y 27 de la ope 16.
El tema 33 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 30 y 31 de la ope 16.
El tema 43 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 21 y 42 de la ope 16.
El tema 44 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 39 y 20 de la ope 16.
El tema 45 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir el tema 60 de la ope 16 y un nuevo tema abstracto sobre aplicaciones informáticas.
Por tanto, en lugar de una reducción del contenido de los temas, se produce una AMPLIACIÓN DE 5 TEMAS.
 
Convocatoria 56/18 Arquitectura promoción interna:
Más doloso, si cabe, comprobar el mismo procedimiento en promoción interna:
El tema 2 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 2 de la ope 16 (PI) y 58  (Tl) de la ope 16.
El tema 5 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 6 y 8 de la ope 16 (TL)
El tema 16 de la convocatoria 56/18 es el resultado de ampliar el tema 34 de la ope 16.
El tema 21 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 6 y 13 de la ope 16.
El tema 24 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 15 y 16 de la ope 16.
El tema 26 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 17 y 18 de la ope 16.
El tema 27 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 20 y 21 de la ope 16.
El tema 28 de la convocatoria 56/18 es el resultado de UNIR LOS TEMAS 22, 23 Y 24, de la ope 16.
El tema 34 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 32 y 33 de la ope 16.
¡EN TOTAL UNA AMPLIACIÓN DE 10 TEMAS! Quedaría (oh sorpresa) el mismo número de temas que en la promoción interna de la ope 16, por tanto ni reducción de número de temas ni contenido, ¡UNA ESTAFA!
Una práctica, que incumple de modo fragrante el acuerdo del plan de estabilidad. 

¿Que hacer? 
Desde CSIF vamos a denunciar por escrito la situación detectada, por lo que os solicitamos que si sois conocedores de situaciones similares en vuestras convocatorias, como la duplicidad de temarios, introducción de temas obsoletos, incongruentes con las tareas o la titulación, y demás situaciones anómalas, nos lo comuniquéis, por wassap al teléfono de difusión CSIF (658 968 999) o mediante comentarios en esta entrada.
Además tenéis la posibilidad de impugnar las convocatorias, interponiendo recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación en el DOGV, ante la Consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este sentido, en CSIF ponemos a disposición de nuestros afiliados el servicio jurídico.




9 comentarios:

  1. ¿Desde CSIF vais a impugnar las convocatorias? ¿Tenéis algún modelo para poderlo hacer a título individual?

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  2. Buenas tardes,

    Desde CSIF no podemos impugnar puesto que no somos parte interesada y podríamos lesionar intereses particulares. No obstante vamos a realizar un escrito para solicitar la corrección de las anomalías detectadas. Adjuntamos el enlace de una entrada muy útil para elaborar recursos:

    http://csifgva.blogspot.com/2019/04/estructura-y-consejos-para-un-recurso.html

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  3. Convocatoria 55/2019 Ingeniería Agrónoma.
    Respecto a la convocatoria de 2016 en la parte general se han incorporado 4 temas nuevos, el 18, 21, 22, y 25.
    Y en la parte específica hay varios temas que son la unión de 2 ó más temas de la OPE 16.
    El tema 1 es la unión de los temas 1 y 2 de la anterior oposición.
    El tema 2 es la unión de los temas 4 y 5.
    El tema 10 es la unión de los temas 11 y 12.
    El tema 11 es la unión de los temas 13 y 14.
    El tema 13 es la unión de los temas 24 y 25.
    El tema 14 es la unión de los temas 27, 28 y 29.
    El tema 15 es la unión de los temas 30 y 33.
    El tema 20 es la unión de los temas 37, 38, 39, 40 y 41.
    El tema 23 es la unión de los temas 45 y 47.
    El tema 26 es la unión de los temas 15 y 49.
    El tema 34 es la unión de los temas 57 y 58.
    El tema 36 es la unión de los temas 51 y 17.
    Luego existen algunos temas que son nuevos en gran parte de sus epígrafes como son los temas 7, 8, 26 y 30.
    Y otros temas que son totalmente nuevos como son los temas 12, 32, 44 y 45.

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  4. Con la publicación de ayer de las convocatorias de Administración general, comparando por encima la de C1-01. La reducción real es prácticamente nula (se reagrupan temas, se excluye algunos, pero en contra introduce otros nuevos). Un timo.
    Se agradece el acotamiento del temario parte general (a excepción del tema 9 de la UE), pero el temario parte especial (salvo Ley 39/2015) el resto no tiene ningún acotamiento. Un trabajo a medio hacer.

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  5. Gracias por las aportaciones, los incluímos en nuestras reclamaciones.

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  6. En la convocatoria de Arquitectura 55/2018 hay más temas duplicados:

    el tema 6 es una suma de los temas 6 y 7 de la OPE 2016
    el tema 28 es una suma de los temas 23 y 24 de la OPE 2016
    el tema 30 es una suma de los temas 26 y 27 de la OPE 2016

    Probablemente, hayan más temas así, pero lo debo verificar.

    Aparte de este timo, lo verdaderamente preocupante es ver cómo se pueden hacer preguntas tipo test de muchos de los temas de la parte específica. Agradecería que alguien me lo dijera...

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    1. Va a quedar en manos de un tribunal, no profesional, nombrado a dedo y en un proceso opaco.

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    2. "Aparte de este timo, lo verdaderamente preocupante es ver cómo se pueden hacer preguntas tipo test de muchos de los temas de la parte específica. Agradecería que alguien me lo dijera.."
      pues como hacen en la mayoría de oposiciones de ayuntamientos y en otras comunidades autónomas.
      Aquí tienes un ejemplo:
      http://www.almassera.es/sites/default/files/u14/examen_arq_tecnico.pdf
      Y sí, de algunos temas es más difícil hacer preguntas,(los ambigüos que dice un compañero más abajo) ha de haber un texto legal al que poder acudir para ver la "solución", así que para evitar impugnaciones pues supongo que no harán preguntas de esos temas. A saber.

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  7. Muchos temas presentan indefinición y ambigüedad, por lo que no tienen sentido en un proceso de oposición con exámenes tipo test.
    No se entiende el motivo de sacar las convocatorias con tanta prisa para acabar haciendo estas chapuzas.

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