Prácticamente finalizada la OPE 16, caracterizada por ser desastrosa en cuanto a las incidencias sucedidas en todas las convocatorias, con el avance de la publicación de los temarios, se inicia el proceso de estabilidad.
Un proceso, que lamentablemente reincidirá en los errores cometidos en la OPE 16, ya que la administración ha desoído las propuestas de CSIF en cuanto a la profesionalización de los tribunales y asistentes a exámenes.
Pero..¿que es el plan de estabilidad?
Tanto en el EBEP como en la Ley de función pública se establece que, anualmente, el Consell
determinará las necesidades de personal, mediante la aprobación de la oferta de empleo público, que será publicada en el DOGV.
Las leyes de presupuestos limitan la incorporación de nuevo personal en relación con
una tasa de reposición de efectivos. Aunque en ellas se prevé la posibilidad de disponer de dos tipos de tasas adicionales para estabilización de
empleo temporal durante los ejercicios 2017,2018, 2019 y 2020. Supone la posibilidad de incluir en las ofertas de esos años las plazas
de naturaleza estructural que, perteneciendo a determinados ámbitos y
sectores y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas
de forma temporal e ininterrumpida al menos durante los tres años anteriores a 31 de diciembre de la OPE a desarrollar.
En los acuerdos de la administración y los sindicatos de 9 de junio de 2016 y 5 de octubre de 2018 en el seno de la
Mesa General de Negociación del Personal de la Generalitat consta la voluntad de publicar durante los años 2017, 2018, 2019 y 2020 ofertas de empleo que incluyan el mayor número de puestos de
trabajo, desarrolladas en las OPES y el plan de estabilidad. Todo ello sin olvidar la
inclusión de plazas de sectores que, si bien no pueden verse favorecidos
por las medidas de estabilización, se considera necesaria la convocatoria
de plazas en esta oferta.
Explicación del proceso de estabilidad.
Desde CSIF desarrollamos a principios de este año una guía muy útil sobre las plazas a convocar en la OPE 2017-2018, con detalle de cuales se ofertan por estabilidad y cuales por proceso ordinario y que puedes descargar en este enlace.
No obstante, para simplificarte el trabajo, te relacionamos los criterios por los que se regirán las próximas convocatorias. A este respecto, destacar que:
Las convocatorias de estabilidad son de libre concurrencia.
En las OPES referidas habrán convocatorias de estabilidad (Con condiciones especiales como veréis más adelante) y convocatorias ordinarias (Similares a las últimas OPES)
La OPE 17 y la OPE 18 serán acumuladas, se realizarán conjuntamente, y por tanto los puestos del mismo cuerpo de ambas OPES se sumarán en una convocatoria, siempre que respondan al mismo tipo de proceso (estabilidad u ordinario).
Esta previsto que sea un proceso rápido, y la administración se ha comprometido que tras las convocatorias habrá una previsión aproximada de fechas de exámenes.
Para acceder a los criterios de cada convocatoria pincha el correspondiente enlace:
Criterios convocatoras estabilidad
Al respecto de los criterios, CSIF denunció en la última comisión de seguimiento, el trato desigual que se produce en la promoción interna de los grupos A1 y A2, donde no hay reducción de número de exámenes (Son 2 de la parte especial), algo que la administración se negó a corregir, penalizando una vez más al personal funcionario de carrera de estos grupos.
Criterios convocatoria ordinaria (similares a procesos anteriores)
Sobre los temarios de las convocatorias.
Como ya hemos comentado anteriormente, desde CSIF se denunció que la administración había comenzado a publicar convacatorias de estabilidad sin la reducción de temarios acordada. Tras la denuncia de CSIF se convocaron dos reuniones para establecer la reducción de temas y para concretar el temario de la parte general. En dichas reuniones, a diferencia de otros sindicatos (UGT y CCOO solicitaron la inclusión de nuevos temas) CSIF reclamó reducir el contenido con la referencia de las convocatorias publicadas por la Consellería de Sanidad. Además Función Pública, en su dinámica habitual de ignorar y menospreciar a la administración especial, delegó la elaboración de los temarios a personal designado de otras Consellerías. Sabemos, por la experiencia caótica de la OPE 16, que esto supondrá temarios erróneos, inadecuados, y que no dispondrán de una reducción de contenido de los temas en el peor de los casos, o que este será desigual entre sí o con respecto a la administración general. Una designación transparente de tribunales profesionales permitiría que los propios tribunales pudieran participar en la elaboración de la parte específica.
Os adjuntamos enlaces de los temarios de la parte general para las próximas convocatorias:
Temario general estabilidad
Temario general ordinarias
Existe una reducción adicional (a la del número de temas) consistente en la concrección de las leyes en cada tema. Esto significa que en los temas solo se enuncian los títulos de las leyes que forman parte del examen, quedando los no mencionados excluídos del examen. Esta circunstancia estará suficientemente aclarada en las bases de la convocatoria o en nota informativa de Función Pública.
La administración asumió el compromiso de anular las convocatorias de estabilidad ya realizadas para volver a convocarlas con sujección a los criterios y temarios expuestos.
Como apuntan los compañeros en las entradas anteriores, no es tan importante la reducción en los temarios, sobre la que estáis incidiendo tanto, como el hecho de que la puntuación que nos dan por la experiencia en el concurso va a ser la misma para cualquier administración; esto sí que es preocupante para los interinos de la Generalitat, ya que vamos a tener que competir con interinos de otras administraciones, lo que me parece muy injusto, entre otras cosas porque al revés no sucede igual...
ResponderEliminarBuenos días,
ResponderEliminarEfectivamente, toda la razón en cuanto a la situación que planteas sobre la asimetría en la evaluación de meritos que realiza la administración con respecto a otras AAPP. En CSIF siempre se ha defendido la mayor valoración de méritos del funcionario interino, o de carrera (en el caso de concursos) de la Generalitat con respecto al funcinario de otras AAPP, y que solo aceptaríamos igual valoración, en el caso en el que se acreditase la reciprocidad (algo que como bien señaláis no sucede ni en ámbitos de la propia administración como es Sanidad).Desde Función Pública nunca han querido corregir esta situación, excusándose en que son las otras administraciones las que valoran desigual.El motivo por el que inicidimos estos días en la reducción en cuanto a contenido y número de temario es por que en las comisiones que nos han convocado el orden del día está fijado precisamente en el contenido, desoyendo cualquier petición de otros asuntos, como puede ser el tema de os tribunales, o del número de exámenes.No obstante seguiremos defendidendo la cuestión que planteas, gracias.
Siendo así, ¿por qué firmasteis el acuerdo para el Plan de Estabilidad en el que se establecía que los puntos por experiencia de la fase de concurso contarían igual para todas las Administraciones Públicas? Supongo que en Csif, y otros sindicatos, también tendréis afiliados de Administración Local y del Estado, y trataríais de contentar a todos. Pero para los interinos de la Generalitat fue una gran decepción.
ResponderEliminarPor que no nos dieron más opción. Quien negocia ese plan en CSIF es el sector de autonómicas, por tanto solo se negocia desde dicha perspectiva. Se logró introducir el elemento diferenciador de la carrera profesional, que permitía diferenciar la experiencia de la Administración autonómica con otras AAPP, pero en cuanto a la experiencia FP impuso su criterio.
ResponderEliminarAprecio la voluntad de los compañeros del CSIF más cercanos, pero lo cierto es que nos encontramos ante una FALSA CONSOLIDACIÓN que encierra, en realidad, un despido masivo de los interinos, muchos de ellos con más de veinte años de antigüedad. Sería honesto reconocer que esta farsa está abocada al fracaso, y que lo único para lo que va a servir es para CONSOLIDAR PLAZAS PERO NO PUESTOS DE TRABAJO. Espero que, si la sentencia del TJUE va por el mismo camino que las Conclusiones de la Abogada del Tribunal de Justicia, CSIF se plantee seriamente en impugnar unas convocatarias DISFRAZADAS de estabilidad que son, en realidad, una burla para todos nosotros.
ResponderEliminarTotalmente de acuerdo; los sindicatos deberían adoptar una posición común y, como dices, impugnar las convocatorias del Plan de Estabilidad. En caso contrario el plan de estabilidad va a dejar en la calle a centenares de interinos.
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