lunes, 16 de julio de 2018

Criterios OPE17-20: Avances en Mesa Técnica lunes 16

Tras varios meses de "parón" respecto a la negociación de los criterios para las ofertas públicas de empleo 2017-2020, este lunes se nos convocó a una nueva Mesa Técnica, donde se han producido algunos avances en la negociación (que, por ahora, son insuficientes).

El documento que propone la Administración, prácticamente idéntico a otros documentos anteriores -aunque con un perjuicio importante respecto a un documento de febrero-, lo puedes descargar en formato pdf desde aquí:

"Tres patas"

La opinión de CSIF es que un proceso de estas características debe incluir tres elementos necesarios para lograr su objetivo: que los actuales interinos/temporales de la administración del Consell puedan consolidar sus puestos de trabajo.
Dichos tres elementos son: que el número de plazas sea suficiente para que los interinos/temporales tengan oportunidades, que el examen sea diseñado de forma adecuada a las características del personal (no ejercicios memorísticos de desarrollo de infinidad de leyes, sino más bien práctico y ajustado a las funciones y tareas, como indica la Transitoria Cuarta del EBEP), y que el principal mérito sea la experiencia en la GVA.

¿Estas "tres patas" se cumplen en la propuesta de la GVA? Aunque se han producido avances, como veremos, no se cumplen realmente.

Número de plazas

Las plazas ofertadas de la OPE'17 y su distribución en los cuerpos/escalas/APF ya se publicaron en el DOGV de diciembre; en aquel momento, no apoyamos el Decreto de la OPE porque no conocíamos los criterios que iban a regir las convocatorias -esos que negociamos ahora- ni teníamos el "mapa" de situaciones de nuestros puestos de trabajo.

En la reunión hicimos constar, como cuestión previa, que necesitamos trabajar junto a la Administración en qué puestos vacantes hay, y si son "vacantes puras" (sin ocupante), ocupadas anteriormente al 1 de enero de 2005 (consolidación), los últimos tres años (estabilización), cuántas plazas hay con ocupante interino pero con titular (en comisión de servicios o excedencia con reserva, por ejemplo), etc; y su distribución entre los cuerpos/escalas/APF.
El objetivo es poder diseñar de forma óptima los procesos, cuántas plazas y de cuántos cuerpos salen en cada proceso, para que los interinos/temporales del Consell tengan las mayores oportunidades posibles.
Desde la GVA sí se comprometieron a trabajarlo con las organizaciones sindicales -que deberemos guardar el debido sigilo, en su caso- cuando dispongan de la información.

Gracias al Acuerdo de marzo con el Gobierno de la Nación que firmamos CSIF, UGT y CCOO, innovando el acuerdo anterior  de 2017, las OPEs con plan de estabilidad ya no son sólo las de 2017 a 2019, sino también la de 2020, y además se amplían los procesos a todos los puestos, incluidos los de administración general.
Debido a ello, podríamos disponer de una OPE'2018 con 3000 puestos ofertados en estabilización, lo que daría cumplimiento a la "primera pata", disponiendo de un número de puestos suficiente.

Exámenes

La propuesta de la GVA establece lo siguiente para los procesos de estabilización:
2. Los procesos de estabiización de empleo se articularán a través del sistema de concurso-oposición en el que la puntuación de la fase de oposición será del 60% y la del concurso del 40% del valor de la nota final. El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos de trabajo objeto de cada convocatoria, las cuales contemplarán necesariamente una reducción de parte del temario. 
3. La fase de oposición se desarrollará mediante el siguiente número de ejercicios, cada uno de los cuales deberá superarse con la puntuación que prevea la convocatoria, que en ningún caso será inferior al 50% de la máxima del ejercicio: 
a) Para los procesos del grupo A (subgrupos A1 y A2), dos ejercicios: el primero de preguntas de test de carácter teórico y el segundo con preguntas de carácter práctico. Cada uno de los exámentes tendrá una puntuación de 30 puntos sobre el total de los 60 puntos que corresponden a la fase de oposición.
b) Para el resto de procesos, un ejercicio con preguntas de test de carácter teórico y práctico. Este ejercicio tendrá una puntuación de 60 puntos.

Respecto a ello, desde CSIF consideramos que:

1º Se indica la reducción de parte del temario, que habrá de comprobarse respecto a OPEs anteriores de la misma categoría; no nos gustaba el reducirlo a un número determinado de temas, ya que puede ser un avance tramposo (con juntar varios temas en uno...); respecto a la promoción interna se producirá una nueva reducción del temario, con lo que se valora positivamente.

2º La promoción interna afecta a los procesos de estabilización se beneficiará de los criterios de estos procesos, como indica expresamente el Acuerdo -cuestión que ha sido admitida por la GVA en todo momento y que es absolutamente necesario para que el proceso pueda ser exitoso-.

3º Los procesos ordinarios, que provengan de la tasa de reposición ordinaria, no serán un concurso-oposición 60/40, sino un proceso 65/35 equiparable a los criterios de las OPEs 2015 y 2016; preferimos, como otras organizaciones sindicales, que los criterios sean idénticos para todos los procesos que se convoquen en las OPEs 2017-2020, aunque podría aceptarse que se tratara de criterios distintos, pero siempre que dispongamos de la información sobre el "mapa" de situaciones y no se perjudique a ningún interino/temporal.


Veámoslo con un ejemplo.
En el Cuerpo Y, hay 60 vacantes, de las que 40 están ocupadas por interinos desde hace más de tres años, y otras 20 son "vacantes puras".

Si se convocan en procesos ordinarios en la OPE18 hasta 20 puestos con los criterios 65/35, y después se convocan en la OPE19 las 40 restantes en un proceso de estabilización, estamos totalmente conformes.
Pero si en la OPE18 se convocan 30 puestos en un proceso ordinario 65/35, después sólo quedarán 30 vacantes para el proceso de estabilización cuando hay 40 interinos que deberían tener derecho a esta oportunidad.

4º Hemos reiterado que, como ocurrió en el anterior plan de estabilidad (OPE 2004), en los exámenes tipo test no deberían descontar las respuestas erróneas; e incluso, buscando un mayor consenso, hemos solicitado que descuenten con un porcentaje menor. Si en los procesos típicos cada tres erróneas eliminan una pregunta acertada, que en lugar de 3-1 fuera 5 o 6 a 1 (cinco o seis erróneas para descontar una correcta).
La Administración nos responde que en el Acuerdo que se firmó para la OPE 2004 ello no constaba, sino que se hizo constar únicamente en la convocatoria; siendo eso cierto, hemos solicitado que se haga constar en el acta de la reunión de negociación que se valorará tal posibilidad.

Méritos: experiencia

Como dijimos en la mesa técnica, ésta es la principal discrepancia entre la propuesta de la GVA y la opinión de CSIF ante el documento. En un documento anterior, la GVA sí diferenciaba entre la experiencia lograda en la Administración del Consell, y la experiencia lograda en otras AAPP -o en otros sectores de la GVA-; y por eso manifestamos en la mesa que nos agradaba más el anterior documento.

La propuesta de la GVA (para los procesos de estabilización por turno libre) es:
a) Experiencia (30 puntos máximo):
 a1) Experiencia en puestos de trabajo de la administración de la Generalitat Valenciana y en otras Administraciones públicas que sean de igual grupo o subgrupo de titulación y funciones idénticas o análogas a las del cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial que las plazas convocadas..………………………………………….........................0,125 puntos por mes trabajado 
a2) Experiencia en puestos de trabajo de la administración de la Generalitat Valenciana o de otras Administraciones públicas, que sean distintos a los previstos en el apartado a1......………........0,08 puntos por mes trabajado. 
a3) Experiencia en puestos de trabajo del Sector Publico Instrumental de la Generalitat que sean de igual grupo o subgrupo de titulación y funciones idénticas o análogas a las del cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial de las plazas convocadas ………..............0.06 
a4) Experiencia en puestos de trabajo del sector privado o en el Sector Público Instrumental dependiente de Administraciones públicas distintas a la de la Generalitat que sean de igual grupo de titulación o subgrupo y funciones idénticas o análogas a las del cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial de las plazas convocadas………..............0.04

Junto a algunas mejoras en la redacción que sí se aceptaron (en lugar de "funciones idénticas o análogas" sería "funciones que se correspondan con las del cuerpo/escala/APF"), discrepamos abiertamente con el mismo cómputo entre GVA y otras AAPP.

También manifestamos desde CSIF nuestra discrepancia con puntuar más el Sector Público Instrumental de la Generalitat que puestos del sector privado, pero en aras de un mayor consenso, consideramos que es una cuestión menor (sólo mejor de 0,04 el mes a 0,06), y admitimos que aceptaríamos dichos apartados a3 y a4.

Respecto a la diferencia principal, la Administración hizo hincapié en los criterios comunes establecidos por el Ministerio y las AAPP, así como jurisprudencia respecto a que deben computarse igual los servicios prestados en las mismas funciones, sea en la Administración Pública que sea. 
Por nuestra parte, desde parte de las organizaciones sindicales indicamos que existen multitud de convocatorias (basta una búsqueda sencilla en internet, en el BOE o en los diarios oficiales de la CV o de otras CCAA) que sí distinguen, poniendo como ejemplo las propias convocatorias del sector de Sanidad en la GVA.

Queda abierta tal discrepancia, que se debatirá en la Mesa Sectorial de negociación.

Experiencia en promoción interna

Por otro lado, en la experiencia para los procesos de promoción interna ya no existe tal discrepancia, ya que los aspirantes en el mismo no pueden ser personal de otras AAPP, sino personal propio de la Administración del Consell.
Así, la GVA proponía lo siguiente:
3. En todos los procesos de promoción interna, para la valoración de la experiencia dentro de la fase de concurso se establecerá la siguiente puntuación: 
a1) Experiencia en puestos de trabajo de igual grupo de titulación y categoría de las plazas convocadas en la administración de la Generalitat Valenciana, o en otras Administraciones públicas o en Entidades de Derecho Público, vinculadas o dependientes de una Administración Pública Territorial, ya sea como personal funcionario, laboral o estatutario..............................................................0,15 puntos por mes trabajado. 
a2) Experiencia en puestos de trabajo del grupo de titulación desde el que se participa en el proceso de promoción interna.................................0,1 puntos por mes trabajado. 
a3) Experiencia en otros puestos de trabajo en la Administración de la Generalitat Valenciana, ..........................0,05 puntos por mes trabajado

Para no perjudicar al personal que promociona desde su cuerpo, pero manteniendo las ventajas del personal que se encuentra en mejora de empleo, desde CSIF propusimos mejorar el apartado a2 (cómputo de la experiencia en el grupo de origen) hasta los 0,12 puntos por mes trabajado, matización que respaldaron el resto de organizaciones sindicales y que aceptó la GVA.
A su vez, la referencia al Sector Público, incluida la propuesta en el apartado a1, se elimina del mismo y se incluye en el apartado a3, con un cómputo de 0,05 por mes trabajado.

Méritos: formación y otros

Desde CSIF hicimos hincapié en que, ante la discrepancia del cómputo de la experiencia, debemos mejorar la posible puntuación en otros méritos del personal empleado público de la Administración del Consell, primando aquellos méritos que nos pertenecen.

La propuesta de la GVA previa a la reunión era la siguiente:
b) Otros méritos (10 puntos máximo): 
b1) Tener titulaciones académicas oficiles iguales o superiores a la exigida en la convocatoria ........................ 1,5 puntos por cada titulación hasta un máximo de 3 puntos 
b2) Conocimiento del valenciano...........................hasta un máximo de 5 puntos 
b3) Conocimiento de idiomas comunitarios.....hasta un máximo de 2 puntos 
b4) Exámenes aprobados en procesos selectivos de la misma categoría convocados en los 10 años anteriores a la convocatoria o en los procesos selectivos de las dos últimas convocatorias cuando no hubiesen habido al menos dos procesos selectivos de esa categoría en los ultimos 10 años...............1 punto por exámen hasta máximo de 2 puntos. 
b5) Formación.................hasta un máximo de 2 puntos por el número de horas de formación que se determine para cada grupo de titulación en cursos convocados u homologados por cualquier centro u organismo público de formación..

Desde CSIF solicitamos que:

1º Se hiciera referencia en la formación a que fuera la homologada o convocada por el IVAP, y no por otras entidades u organismos; desde la GVA nos indicaron que también existía jurisprudencia que obliga a computar la formación de igual forma, además de que hay empleados públicos del Consell que tienen formación del INAP y otros organismos, de forma que admitimos dicha cuestión.

2º Consideramos necesario que se amplíe el apartado de haber aprobado exámenes en procesos selectivos de la misma categoría, otorgando más puntos en el mismo y entrando la OPE 2004 (anterior plan de estabilidad) en el cómputo; ya que ésta es la cuestión más "propia" de nuestros interinos/temporales, y debemos establecer una ventaja competitiva para el personal que ya lleva muchos años prestando servicios y logrando que funcione la Administración valenciana.

Debatimos tal posibilidad, y desde la GVA también se indicó que el nivel de valenciano supone una ventaja de la que sólo disponen los empleados valencianos, así que desde CSIF manifestamos que -a pesar de que opinamos que el valenciano está sobre-ponderado-, admitiríamos que se sumara un punto más en el valenciano si también se sumaba un punto en los exámenes aprobados incluyendo la OPE 2004 (todo ello siempre y cuando no se restara punto alguno a los otros elementos).

Desde la GVA, y el resto de organizaciones sindicales, se aceptó tal cuestión, de forma que:
- Se aumenta hasta TRES puntos el apartado b4, siendo un punto por cada examen aprobado en las últimas tres convocatorias (lo que incluye la OPE2004 para todas las categorías en la OPE17), con un máximo de tres
- Se aumenta hasta SEIS puntos el conocimiento del valenciano (dichos seis puntos equivaldrán al nivel C2 -antiguo superior-)

A pesar de que en CSIF no nos agrada dicho peso del valenciano, lo admitimos para lograr que se incluyera la OPE2004 y se pudieran lograr hasta 3 puntos en otros méritos por exámenes aprobados; en la propuesta de la GVA habían 14 puntos posibles en este apartado -con un máximo de 10, es decir, puedes lograr esos 10 de máximo de diversas formas-, y con la propuesta final acordada hay 16 puntos posibles para lograr dicho máximo de diez.

Discrepancia hasta la Sectorial

Finalmente, y manteniendo como principal discrepancia la diferencia en el cómputo de la antigüedad en la GVA frente a otras AAPP, se indicó que negociaríamos en una Mesa Sectorial convocada al efecto este próximo viernes 20 de julio.
Os informaremos debidamente al respecto.

4 comentarios:

  1. No me parece correcto vuestra propuesta de que en méritos, respecto a los examenes puntuen los examenes del plan de estabilidad de la ope del 2004. Esos examentes estaban tirados y no son comparables con los examenes de las opes de 2008, 2010 especialmente y 2015.

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    1. Pues que no te pongan a ti el examen facil de consolidación.

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  2. Tan difícil va a resultar hacer un plan d estabilidad como el d 2004.. viva los sindicatos..!!! Ahí mucho debatir pero pocos resultados

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  3. Algunas hemos tenido que pasar (y aprobar con plaza) más de una oposición en la Administración, ahora, los interinos que llevan años sin presentarse (o sin aprobar) una oposición parece que tienen "derecho" a que les pongan un examen facilito, donde les van a indicar incluso qué artículos (pocos, de pocas leyes) hay que estudiar. Y a eso se dedican los sindicatos por un lado (todos miran unicamente por los interinos) y la Administración.

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