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sábado, 22 de diciembre de 2018

Resumen Sectorial/CIVE del viernes 21

El viernes 21 se celebró una Mesa Sectorial de Función Pública, y posteriormente una reunión de la CIVE (para personal laboral), donde se trataron cinco cuestiones relevantes, además de lo comentado en el apartado de ruegos y preguntas.

En esta extensa entrada del blog, te informamos de todo lo ocurrido en ambas reuniones.

DECRETO DE CONDICIONES DE TRABAJO

Tras seis mesas técnicas desgranando el proyecto de Decreto de condiciones de trabajo, que servirá como mejora y sustitución del Decreto 175/2006, se negoció el mismo en la Mesa Sectorial y CIVE, tras lo cual continuará sus trámites (incluido informe del Consell Juridic Consultiu) y será aprobado por el Consell.


En la CIVE se hizo constar que, una vez el mismo se publique en el DOGV, se realizará una adhesión para que sea íntegramente aplicable al personal laboral de la Adminitración valenciana,

CSIF avaló la propuesta del Consell, al igual que UGT y CCOO; desde Intersindical no se pronunciaron al respecto, alegando que un Decreto no es un acuerdo y que no hay que firmarlo o rechazarlo, sino "darlo por negociado"; efectivamente, quien tiene la potestad de aprobar decretos es el Consell y no la Mesa Sectorial ni las organizaciones sindicales, pero es cierto que estos textos deben negociarse al afectar a nuestras condiciones de trabajo, y desde CSIF opinamos que ha existido una voluntad negociadora en esta cuestión, y que la nueva disposición mejorará las condiciones actuales.

Tras el debate, quedó pendiente la negociación -tras las festividades- de la concreción de la bolsa de horas del 5% por motivos de conciliación, respecto a la que desde las organizaciones sindicales enviaremos propuestas a la GVA.

Contenido del nuevo Decreto

En anteriores entradas y "grageas" de CSIF hemos detallado los cambios del Decreto -quedándonos aún algunas cuestiones pendientes por informar-; la principal novedad del Decreto será la aplicación, cuando lo permita la normativa estatal, de una jornada de 37:30 y 35 horas (reduciendo en 1:15 horas la jornada actual) para el personal cuya jornada según el D175 era de 38:45 o 36:15 respectivamente.

Mientras eso sucede, y para mejorar el horario, se amplía la reducción especial de 2h30min (jornada de verano) desde el 15 de mayo al 15 de octubre, tal y como se reflejaba antes de los recortes de 2010-12.

Posición de CSIF

Desde CSIF, en su día apoyamos el Decreto 175/06 que mejoraba la regulación anterior, y el Decreto 68/12 que mejoraba el 175 (que, cumpliendo con los recortes impuestos desde Madrid, suponía la eliminación de las tardes obligatorias, en una negociación donde el resto de sindicatos se levantaron y nos dejaron solos a CSIF), debemos avalar, por coherencia, este Decreto que entendemos mejora de nuevo las condiciones de trabajo.

También insinuamos que en un futuro próximo se publique una circular o instrucción, en sustitución de la circular 1/13, teniendo en cuenta que cada Conselleria interpreta a su gusto, incumpliendo la norma, algunos elementos (por ejemplo, en la Territorial de Igualdad de Avda del Oeste minoran la reducción horaria de Pascua y Navidad a únicamente una semana, y no a todas las vacaciones escolares; o como indicamos en las mesas técnicas, debe solucionarse que el personal de centro de educación tenga derecho a los días adicionales de vacaciones y asuntos propios).

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

Se dio cuenta por la GVA de la nueva RPT, que será publicada próximamente, y que desde la GVA consideran que no debe negociarse.
Todas las organizaciones sindicales rechazaron las mismas por la falta real de negociación de la clasificación de los puestos de trabajo, y el sistema de la Comisión Mixta que nos parece -unánimemente- poco útil.

Indicó la GVA que en esta RPT se publicarán integrados en la misma los puestos de trabajo que devienen de la integración del IVF (Instituto Valenciano de Finanzas, perteneciente al Sector Público Instrumental) en la Administración del Consell.

Aquí, enlace -en formato ZIP- a la propuesta de RPT de diciembre 2018

Posición de CSIF

Indicamos que no podemos avalar la nueva RPT, debido a cuatro factores, de los que dos nos agradan, pero el peso de los otros dos es suficiente para rechazar el sistema:

Nueva RPT para una "foto real"
Apoyamos la voluntad de Función Pública de publicar una RPT para ofertar todas las plazas creadas y modificadas en el concurso.
Preguntamos en la mesa si las Jefaturas de Sección de A1/A2 de admon. general van a esperar a ser convocadas tras la publicación de esta nueva RPT, y respondieron afirmativamente: sí van a esperar.

Sistema del Decreto 56: Comisión Mixta.
El sistema actual es malo cuando el de la CCT (comisión de condiciones de trabajo, anterio al Decreto 56/13) era sólo regular; recordamos que en la Mesa General la Consellera se comprometió a solucionar la negociación de las RPTs a través del desarrollo reglamentario.
Así que preguntaremos si vamos a comenzar a negociar un nuevo Decreto de clasificación, esta misma legislatura.
Desde la GVA se nos indicó que las RPTs ya no son una disposición de carácter general sino un acto administrativo, y que la Consellera habló de negociar los criterios, pero no la "foto fija" que entienden es la clasificación. Tras debatir sobre ello -los sindicatos en conjunto, no únicamente CSIF, deseamos una mejor negociación-, sí admitió la GVA que debe modificarse el sistema.

Parte de la GVA sí tiene voluntad negociadora: Igualdad / SERVEF.
Desde CSIF reconocimos que en determinados departamentos, como la Conselleria de Igualdad para alguno de sus ámbitos -como la reclasificación a una jornada de 38,45h a todos los colectivos-, y recientemente el SERVEF / Labora en una propuesta reciente que está siendo estudiada, sí existe una voluntad de debatir las mejoras y dar participación a los empleados públicos.

Resto Consellerias: sin voluntad.
Pero, con las excepciones comentadas, en la mayor parte de Consellerias se actúa unilateralmente con la clasificación, las mejoras y las prioridades para todo ello, sin negociación real, lo que impide avalar esta RPT debido a la falta de participación.

CARRERA PROFESIONAL: PROGRESIÓN

Todos los años se debe aprobar una resolución para el progreso de GDP / DPCR en el sistema de carrera profesional horizontal, que nos "indica" (hay que hacer un cálculo) el número de horas necesarias para progresar.
Este año la resolución es idéntica que en años anteriores, y debe analizarse junto a la ORDEN 2/2015, de 3 de diciembre,de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se desarrolla el sistema de evaluación del desempeño, así como el acceso y el procedimiento de progresión dentro del sistema de carrera profesional horizontal del personal empleado público de carácter fijo de la Administración de la Generalitat, que puedes encontrar aquí:

A modo de resumen, para progresar es necesario tener una serie de puntos, que se logran con desarrollo o transferencia de conocimientos, de forma que:
Asistir a cursos de formación: 0,2 puntos la hora
Ser docente en cursos de formación: 0,75 puntos la hora (0,30 puntos si son ediciones posteriores)

Siendo exigible en 2019 (al igual que en anteriores años) lo siguiente, según la resolución debatida en la Mesa Sectorial:

  • Para el GDP/DPCR I y II en los subgrupos A1 y A2 y el grupo B, 20 puntos (100 horas)
  • Para el GDP/DPCR III y IV en los subgrupos A1 y A2 y el grupo B, 22 puntos (110 horas)
  • Para los subgrupos C1 y C2 y agrupaciones profesionales funcionariales, 16 puntos (80 horas)
  • (entre paréntesis, número de horas como alumno en cursos de formación)


Posición de CSIF

Desde CSIF, entendiendo que esta resolución no se negocia sino que se da cuenta de ello, solicitamos que se amplíen las posibilidades de méritos para la progresión, como indicamos en la negociación del Decreto 211/18, como:
- valoración del nivel de valenciano acreditado por la JQCV 
- otros idiomas comunitarios, en su caso
- formación reglada (obtención de títulos)
- formación realizada por los sindicatos o los Colegios Profesionales

Todo ello con la idea de que deben ampliarse las posibilidades para progresar, ante la evidencia de que el IVAP no llega a ofertar lo suficiente y los 'autoformativos' de 15 horas ya los ha gastado casi todo el mundo para encuadrarse o progresar anteriormente.

La GVA nos respondió que no puede aprobarse dicha cuestión en la resolución porque debería modificarse la Orden 2/2015; desde CSIF protestamos que en su momento se nos dijera que se incluirían en la resolución sin necesidad de modificar otras normas -lo contrario de lo afirmado ahora-, y en todo caso, que si existe tal voluntad nos sentemos cuanto antes a negociar una mejora de la citada Orden.

También preguntamos si los cursos de valenciano y otros idiomas, o los cursos realizados por el CEFIRE y EVES sí se computan dentro del posible desarrollo o transferencia de conocimientos, y desde la GVA nos respondieron que sí deben computarse y son válidos para progresar.

DISTRIBUCIÓN 0,20% FONDOS ADICIONALES

Posición general de CSIF

De entrada, desde CSIF indicamos que rechazamos la voluntad de la GVA sobre la distribución del 0,20% de fondos adicionales; en Mesa General se decidió unilateralmente por la Administración que el 60% de tales fondos se destinaran al Sector Publico Instrumental (SPI) de la GVA, y vamos a recurrir en vía judicial dicha actuación administrativa.

El 100% de estos fondos debería dedicarse a la mejora retributiva de los empleados públicos del ámbito de la Administración de la Generalitat, y no a otras cuestiones como el SPI o la creación de puestos; la GVA, para financiar acuerdos en otras entidades como el IVASS o Ferrocarrils ha impuesto un reparto con el que ninguna organización sindical está conforme.

Propuesta de la GVA

Este era el único punto del orden del día donde la GVA no había adjuntado documentación; una vez en la Mesa Sectorial, se nos indica que de los (aproximadamente) 3 millones de euros que se destinaba a los empleados públicos, dividiendo dicha cuantía entre los recursos de cada sector (educacion, sanidad, justicia, y función pública), al nuestro le corresponden 463.498 euros.

Sobre esta cantidad, la GVA propone financiar el proceso restringido del personal educador de educación infantil, y personal delineante, al nuevo grupo B; reconociendo que también existe el mismo compromiso con el personal educador de educación especial.

La Administración indica que se elaborará un calendario de actuaciones y prioridades, incluyendo el personal EEI y delineante, el personal EEE, otros colectivos como los auxiliares de enfermería, y resto de situaciones que minoren o eliminen la brecha salarial; pudiendo dedicar los próximos fondos adicionales de los siguientes ejercicios a todo ello.

Posición concreta de CSIF sobre la propuesta GVA

En CSIF por supuesto que avalamos que se convoquen los planes de empleo al nuevo grupo B para el personal a quien se le exigió la titulación (como el caso de EE Infantil, delineantes y EE Especial, entre otros), así como los mismos planes de empleo al grupo C1 -como es el caso del personal auxiliar de enfermería).

Pero ello no obsta la cuestión principal: los 463 mil euros que se van a destinar a ello no deberían ser dicha cantidad, sino otra mucho mayor, prácticamente el triple de la misma, y reiteramos nuestra voluntad de recurrir la actuación de la GVA en esta materia.
Con 1,2 millones de euros (cantidad más cerca al 0,2% de la masa salarial de nuestros puestos) podríamos llegar a bastantes más mejoras que con la cantidad que se va a destinar; cualquier otra posición de la Administración es en realidad un recorte de derechos y una tomadura de pelo respecto a lo pactado con el Gobierno de la Nación en marzo de 2018.

CIVE: ADHESIÓN LABORALES A GVCARRERA4

Tal y como solicitamos recientemente a la GVA, y nos comprometimos todos en una CIVE anterior, se va a producir la adhesión del personal laboral -fijo, temporal e indefinido no fijo- al Decreto que pone en marcha el sistema gvcarrera4, y reconoce efectos desde enero de 2015.

En cuanto se publicó el Decreto 211/18, desde CSIF enviamos la siguiente solicitud:

SOLICITA A LA PRESIDENCIA DE LA CIVE que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por hechas las manifestaciones en el mismo contenidas, y en virtud de éstas, convoque a la mayor brevedad una sesión de la CIVE donde se incluya aprobar la adhesión del personal contratado laboral -fijo, temporal o indefinido- al sistema de carrera profesional establecido por el Decreto 211/2018, incluyendo los efectos administrativos y económicos de dicho sistema desde el 1 de enero de 2015.

Puedes encontrar la misma en la siguiente entrada del blog:

En cumplimiento de lo pactado, se acordó por unanimidad de los presentes que el personal contratado laboral -de cualquier tipo, obviamente- tenga derecho a gvcarrera4, mediante adhesión de la CIVE al citado Decreto.


RUEGOS Y PREGUNTAS

Finalmente, se realizó la típica rueda de ruegos y preguntas; desde CSIF consultamos acerca de la hoja de ruta, las normas y mesas técnicas pendientes, una referencia a la mejora de empleo, a la recuperación del poder adquisitivo y cuestiones retributivas, o a la administración especial.

Os comentamos, muy brevemente, la respuesta de la GVA a las cuestiones planteadas:

HOJA DE RUTA

Resolución de inicio de gvcarrera4 (la resolución de la DGFP que dará inicio al plazo de solicitudes en la aplicación informática).
Se está trabajando con la DGTIC para la aplicación, previendo desde dicha dirección general que la aplicación estará disponible en febrero/marzo (la resolución de Función Pública ha de esperar a la aplicación).

Cronograma de OPEs.
Se hace referencia a la reciente reunión sobre criterios de OPEs (cuya información ya os detallamos), y que en breve se dará publicidad a un nuevo y más completo cronograma de procesos selectivos.

Funcionarización por OPE y otros procesos selectivos en marcha.
Sobre las notas de los procesos de administración general pendientes (sobre todo C2 de la OPE 16 y A2 de la OPE 15), indican que saldrían a lo largo del día de la propia Mesa.
Sí es cierto que se publicaron las notas del segundo examen del A2-01 turno libre, pero no así las del C2, cuyo examen se celebró hace más de tres meses. Esperemos que haya sido un error en el día, pero que se publiquen antes de fin de año -como expresó la GVA en la mesa-.

Respecto a la funcionarización por OPE, también indicaron que se estaban comprobando las aulas para el examen, y que se iba a publicar de un momento a otro el listado definitivo de admitidos y excluidos, y la fecha del ejercicio del proceso selectivo.

Formación.
Se indica por el Subdirector general encargado del IVAP que en 2019 existirán dos convocatorias de formación para empleados públicos, una de ellas se negociará en enero tras la Ley de Presupuestos de la GVA, para su publicación inmediata; e invita a las organizaciones sindicales a proponer acciones formativas.

NORMAS Y MESAS PENDIENTES

Desde CSIF identificamos las siguientes normas y mesas pendientes, nombrando entre otras, las siguientes:
  • Mesa técnica sobre oficinas de asistencia en materia de registro (Props)
  • Mesa técnica para los procesos de acceso al nuevo grupo B
  • Mesa técnica condiciones de trabajo de agentes medioambientales
  • Mesa técnica organización de las OCAPAs
  • Modificación orden de bolsas para la renuncia justificada si estás en mejora y concursas a tu grupo de origen, regresando al mismo
  • Nuevo decreto de clasificación de puestos de trabajo (y sistema de negociación que sustituya la actual Comisión Mixta)
  • Nuevo decreto retributivo

Respecto a todas ellas, desde la GVA indican que a partir de enero se trabajará en su desarrollo.

MEJORA DE EMPLEO

Respecto a la mejora de empleo, desde CSIF hicimos constar tres cuestiones para su valoración o respuesta en la Mesa Sectorial.

Devolución cotización por desempleo
Siendo una de las consecuencias de regularizarse a ME el no cotizar por desempleo, se encuentra aún pendiente en algunas Consellerias la devolución del desempleo indebidamente cotizado (ya que diversos empleados se regularizaron a ME con efectos de enero'2017, y la resolución llegó pasado el verano de dicho año; nos consta que la Seguridad Social ha devuelto las cotizaciones de ese periodo -entre la solicitud y la resolución de regularización-).
Parece ser -según nos indican desde Conselleria- que Intervención impide hacer efectiva la devolución.
Dicho por CSIF en Mesa Sectorial, desde la GVA indican que se informarán al respecto.

Relación concursos y mejora de empleo (sobre la ME sobrevenida)
Preguntamos a la GVA sobre el cambio de opinión sobre la mejora sobrevenida (ser llamado a mejora una vez finalizado el plazo de solicitar participación en un concurso), donde según la convocatoria se podría optar pero se va a rectificar, y se obligará a incorporarse al puesto obtenido en el concurso, en su caso. Te informamos sobre ello, y las próximas modificaciones de la convocatoria y de la orden de bolsas, en la siguiente entrada del blog:

Valoración del GDP/DPCR en los concursos de traslados
El personal que se regularice ahora a ME, o lo haya hecho recientemente, con intención de participar en un concurso de traslados, no dispondrá de una resolución de encuadramiento en el sistema gvcarrera4 (según el Decreto 211/18) para valorar el GDP/DPCR al que tenga derecho en el concurso.
Hemos de tener en cuenta que cada grado en carrera vale 2 puntos en el concurso, y que cuando se resuelva gvcarrera4 (tarde la GVA lo que tarde en resolver), lo hará con efectos desde el 1 de enero de 2015 en adelante.
Planteado el problema desde CSIF a la Mesa Sectorial, desde la Administración aceptan que el personal afectado se valore el GDP/DPCR al que tendrá derecho en gvcarrera4, aunque no disponga de resolución sobre ello. Desde CSIF ampliaremos información al respecto, incluyendo una referencia que os pueda ser útil incorporar en observaciones en la participación en el concurso.

RETRIBUCIONES

Respecto a las retribuciones, desde CSIF hicimos constar nuestra petición respecto a:
  • la existencia de los Fondos de compensación para recuperar el poder adquisitivo que se derivan del Acuerdo de legislatura (la GVA nos recordó que no lo firmamos, y efectivamente no lo hicimos porque no se ha cumplido, excepto para las materias donde se ha facilitado con el Acuerdo de marzo de 2018 entre CSIF y el Gobierno de la Nación)
  • la recuperación de todos los recortes sufridos en el periodo 2010-2012, incluida la percepción de las pagas extraordinarias completas
  • la demora en el pago de las FNTs de la Conselleria de Igualdad en Alicante (que detallamos posteriormente)
ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

Sobre los técnicos de administración especial (arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros, ingenieros técnicos), desde CSIF comentamos tres cuestiones para su valoración por la Administración valenciana:
  • Creación de mecanismos que posibiliten la mejora de empleo en la práctica en los cuerpos de administración especial
  • Nos consta la oferta de puestos de jefatura a bolsa para nombramiento provisional como personal interino, cuando existen funcionarios de carrera que, disponiendo de los requisitos para ello, se les impide ocuparlos (la GVA nos respondió que tal situación no ha ocurrido, y que no debemos confundir el requisito de integración en el cuerpo con el requisito de titulación; valoraremos la situación desde CSIF, y en cualquier caso esperamos que se pueda mejorar la movilidad y promoción del personal técnico)
  • Falta de respuesta desde Función Pública al documento que presentó CSIF y el colectivo sobre mejora de las condiciones de trabajo del personal técnico de administración especial

CIVE: PERSONAL DE CONSELLERIA IGUALDAD

En la CIVE, todas las organizaciones sindicales hicimos constar nuestra preocupación por diversas situaciones que afectan al personal (laboral o funcionario) que presta servicios en los centros de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Finalmente, la GVA se comprometió a celebrar una reunión en enero entre las organizaciones sindicales, y la Subsecretaría y las 3 direcciones territoriales de la Conselleria.

Demora en el pago de las FNTs en Alicante

Desde la Subsecretaría se indicó que se esperaba que se cubrieran puestos de gestión en el servicio de personal de la Dirección Territorial de Alicante, para poder minorar o eliminar la demora de varios meses en el pago de los complementos de festividad, nocturnidad y turnicidad (FNTs).
Desde CSIF protestamos ya que el Subsecretario de la Conselleria, en una reunión que celebramos en su día, nos indicó que el problema no era de falta de personal en el servicio de la Territorial, sino más bien de los métodos de trabajo de la Intervención Delegada, y sobre todo, de la obsoleta aplicación informática.

Se tomó nota desde la GVA para dar una respuesta efectiva a cuál es el motivo del retraso endémico en el pago de las FNTs al personal afectado.

Abuso en las jornadas a realizar

Se ha detectado que en algunos centros, respetando el cómputo anual, se pide que el personal trabaje 6 horas al día para que se deban realizar más jornadas según la planilla anual; de forma que, en lugar de las 244-247 jornadas que deben producirse, se llega a exigir hasta 271 jornadas al personal afectado (situación que sucede, por ejemplo, en centros de Castellón de Bienestar Social).

Expuesta la situación, se estudiará desde la GVA, aceptando que se trata de un abuso.

sábado, 24 de septiembre de 2016

Propuestas clasificación puestos: primer avance de opinión de la GVA

En el segundo trimestre de 2016 se reunió la Comisión Mixta para el Estudio de los Puestos de Trabajo (CMEPT) que regula el Decreto 56/2014 del Consell.
En dicha reunión, todas las organizaciones sindicales manifestamos que no se había producido una negociación real por la premura de la misma, consiguiendo que la Administración planteara la hoja de ruta siguiente:
1º Los sindicatos enviamos propuestas a la CMEPT hasta el 31 de julio
2º En septiembre, los responsables de función pública estudiarían nuestras propuestas
3º A finales de septiembre o inicio de octubre, habría una nueva sesión de la CMEPT para la negociación de las mismas.

La semana anterior tuvimos un primer contacto respecto a las propuestas de clasificación de los puestos de trabajo, en el que se nos comunicó que la primera o segunda semana de octubre se reuniría la CMEPT.

Sobre las propuestas que presentó CSIF, que puedes descargar en documento pdf desde aquí, desde función pública nos avanzan lo siguiente:

a) Propuestas con contenido económico (reclasificación retributiva de cualquier tipo)

Se rechaza cualquier propuesta que suponga un incremento de gasto para la Administración; de forma que la única posibilidad de que prosperase alguna de ellas es que la misma se presentara conjuntamente entre los sindicatos y la Conselleria afectada con indicación de que no supone más gasto (por ejemplo, detallando que la reclasificación sale de la amortización de vacantes y expresando los cálculos).

Sin perjuicio de ello, desde la GVA se admite que en el futuro deberemos dedicar un esfuerzo importante a mejorar la homogeneización de retribuciones del personal empleado público.

b) Propuestas sobre modificación de los Cuerpos, Escalas y Agrupaciones Profesionales Funcionariales (acerca de los requisitos de titulación, o crear/suprimir/unir cuerpos, escalas o APF)

Entre las intenciones de la GVA para esta legislatura, se encuentra una importante modificación de la Ley 10/2010, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana -cuyo primer borrador se pretende comenzar a negociar antes de que acabe 2016-.
Entre las modificaciones estará una reducción del número de cuerpos, escalas y APF de la que dispone la estructura de la administración del Consell. Los próximos cuerpos y escalas serán mucho más genéricos (sus requisitos de titulación también), con el objetivo de fomentar la movilidad del personal empleado público.

La diferenciación que actualmente se realiza entre unos y otros cuerpos que podrían combinarse en uno solo se haría a través de las RPTs, manteniendo las funciones pero fomentando la movilidad. 

Debido a ello, gran parte de las propuestas se negociarán con la reforma de la Ley de función pública.

c) Funcionarización de todos los puestos de trabajo de las RPTs

Tras las RPTs de 2013 quedaron únicamente unos 80 puestos de naturaleza laboral, que impiden a sus titulares participar de la funcionarización. Solicitamos que todos los puestos fueran funcionariales para no dejar fuera de dicha opción a ningún contratado laboral, y la GVA nos indica que:
- aquellos puestos que ya no tienen contenido real específico (por ejemplo, puesto de estenotipista) serán convertidos a un puesto de administración general
- los restantes puestos, debe justificarse adecuadamente por cada Conselleria, en relación con las funciones y tareas del puesto, para poder convertirlo en un puesto funcionarial

Sobre la creación de un "cuerpo de especialistas judiciales" donde se adscribirían varios de dichos puestos, se debatirá en la modificación de la estructura de cuerpos y escalas en la Ley.

d) Promoción al nuevo grupo B

Desde la GVA se está trabajando para poder llevar a cabo los procesos de promoción del grupo C1 al grupo B que se regulaban en una Disposición Transitoria de la Ley 10/2010, y en los que participaría aquel personal a quien en su momento se exigió una Formación Profesional de nivel superior a la que ahora figura como requisito para su grupo.
A modo de ejemplo, en la reunión se comentó, entre otros colectivos afectados, a los educadores de educación especial e infantil, los delineantes, o los agentes de calidad ambiental.

e) Estabilidad en el puesto de trabajo

La Administración es consciente de la alta temporalidad y de que es necesario buscar una solución a la misma, como se ha podido leer en los medios de comunicación recientemente.
Pero la cuestión de la temporalidad no es materia de la CMEPT y la clasificación de los puestos de trabajo.

f) Barrado de puestos A2/C1

Desde la GVA se insiste en que el EBEP impide barrar un puesto en dos grupos de titulación si hay un grupo intermedio -en referencia al grupo B- (nosotros ya mostramos nuestro desacuerdo en dicha interpretación de la Ley).
Se apunta como posible solución la supresión del grupo B en administración general, lo que podría permitir barrar con esas características -pero sólo en los puestos de administración general-.

g) Jefaturas: de servicio por concurso, y de sección barradas A1/A2

El que las jefaturas de servicio se provean por concurso de traslados y no por libre designación es una propuesta del Gobierno de la GVA que deberá incluirse en la reforma de la Ley 10/2010.

Por otro lado, el barrado A1/A2 de las jefaturas de sección sí se va a aprobar por función pública -permitiendo una "carrera profesional vertical" a diversos funcionarios del grupo A2-; pero no se admitirá con carácter general, sino sólo cuando se justifique adecuadamente (entre ellos, a los jefes de Brigada y Sección en Agricultura, o a jefaturas de Administración especial)

h) Propuestas sobre colectivos específicos:

- En Igualdad, es posible que se cree un Cuerpo de Servicios Sociales que englobe varios cuerpos actuales
- Se aceptará el cambio de denominación propuesto para los TMEN
- Se remite a lo explicado sobre el barrado de puestos A2/C1 para lo solicitado en el SERVEF
- Se igualarán las denominaciones de los puestos de trabajo con las mismas funciones, en referencia a los auxiliares de servicios y los auxiliares de gestión
- El personal portuario y de inspección de pesca, en lo solicitado respecto a los requisitos de sus puestos de trabajo, deberá negociarse en la reforma de la Ley 10/2010
- Sobre la mayoría de puestos de trabajo particulares en los que se había solicitado una modificación, se trata de reclasificaciones económicas

jueves, 23 de enero de 2014

Personal laboral en puesto laboral y... ¿RPT dinámica?

Tras la publicación de las RPTs con "cuerpos y escalas" en septiembre de 2013, prácticamente todos los puestos de la Administración de la GVA pasaron a ser de naturaleza funcionarial, a pesar de seguir existiendo unos pocos miles de empleados con contrato laboral: la circunstancia que esperábamos y que, en su día, dará lugar a la funcionarización.

Pero no todos los puestos eran funcionariales; aún quedaba un pequeño reducto que la Administración dejaba fuera de la "relación jurídica única". Menos de 100 puestos en una estructura de más de 17.000 mil...

Desde CSIF explicamos la situación y distribuimos un modelo, bajo la impresión de que las RPTs iban a ser un instrumento "abierto y dinámico" según palabras de los propios responsables de la Administración valenciana. Luego la realidad ha sido distinta... te lo contamos en esta entrada.
(NOTA: Si ya te sabes la teoría y sólo quieres leer porqué la Administración no ha actuado como si las RPTs fueran abiertas y dinámicas, pincha aquí)

Como Astérix, la GVA se resiste a que la funcionarización llegue a todos sus empleados públicos... si no lo impedimos a tiempo.
Situación con las RPTs'2013

En el DOCV nº 7112 (17/09/2013) se publica la Resolución de 13 de septiembre de 2013, de la directora general de Recursos Humanos (DGRH), por la que se adapta la clasificación de los puestos de trabajo de la administración de la Generalitat a la Ley 10/2010, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana (LOGFPV), y Decreto 56/2013, de 3 de mayo, del Consell, y se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de la administración al servicio del Consell de la Generalitat (RPTs).
A raíz de esta adaptación de todos los puestos de trabajo a la nueva estructura de cuerpos y escalas, la práctica totalidad de los puestos de la Administración del Consell pasan a tener naturaleza jurídica funcionarial; situación en la que cabe destacar dos cuestiones:

a) La mayoría de los puestos de naturaleza laboral se clasifican ahora como puestos funcionariales, conservando el titular/ocupante del puesto la condición de contratado laboral; hecho que dará lugar, en cumplimiento de la Disposición Transitoria Décima de la LOGFPV, a la funcionarización de dicho personal empleado público

b) No todos los puestos de trabajo, ahora clasificados como funcionariales, están necesariamente adscritos a un cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial (APF) determinados; hay otras situaciones, como la de los puestos “no clasificables” (puestos para los que la ley no contempla cuerpo, escala o APF), cuya identificación viene dada en el propio preámbulo de las RPTs


Aun así, hay unas pocas excepciones en que se mantiene la clasificación del puesto como de naturaleza jurídica laboral tras las RPTs (el total de puestos en situación similar no alcanza el centenar de un total de casi 17.000 puestos).

Hemos de considerar que el mantenimiento de puestos laborales es contrario al espíritu de la LOGFPV, y del Acuerdo de 20 de febrero de 2008, normas en las que se pacta y establece el objetivo de la relación jurídica única en la Administración valenciana (entendiendo tal relación única como la funcionarial).

Desde CSIF, entendemos que tales puestos laborales no deberían seguir siéndolo, independientemente de que pudieran integrarse en un cuerpo, escala o APF, o de que no pudieran hacerlo:
  • existen puestos funcionariales “no clasificables”, y si ello es posible desde la aplicación de la nueva normativa tras la LOGFPV, también debería serlo para los puestos laborales;
  • de este modo, si para un puesto laboral se contempla un cuerpo/escala/APF, se integra en el mismo convirtiéndose en puesto funcionarial; y si no se contempla cuerpo/escala/APF alguno, se convierte de igual forma en puesto funcionarial y queda como “no clasificable”.
  • actuar de otra forma supone una discriminación entre las diversas categorías de personal contratado laboral, y por consiguiente, una infracción del ordenamiento jurídico
Interés del personal afectado y modelo de solicitud/propuesta

El personal contratado laboral, sea su puesto funcionarial o laboral según la RPT, mantiene los mismos derechos y la misma relación jurídica "en la teoría", ya que son distintos conceptos jurídicos el puesto de trabajo y el empleado que es titular/ocupa dicho puesto.

A su vez, el empleado público tiene la legitimidad necesaria para impugnar/solicitar/proponer lo que considere oportuno sobre ese puesto de trabajo, convirtiéndose por tanto en "personal afectado".

El que los puestos sigan siendo de naturaleza laboral puede suponer un perjuicio para este personal, ya que:
  • no podrá acogerse a los procesos de funcionarización previstos en la LOGFPV (cuando, por otra parte, dicho proceso se acordó con el compromiso de que afectaría a todo el personal laboral que voluntariamente quisiera “funcionarizarse”)
  • sus condiciones de trabajo quedan en precario en el futuro, ya que al ser el personal laboral que quede tras la funcionarización, pueden verse atrasadas u obsoletas por el II Convenio Colectivo de cobertura, que quedaría aparcado
  • no podrá desarrollar sus derecho a la movilidad voluntaria, sea ésta concursos de traslados, promoción profesional, etc; ya que su puesto “queda fuera” de la estructura de la Administración 
  • la situación constituye un agravio comparativo con los restantes contratados laborales del Consell
Debido a ello, se consideró oportuno que el personal afectado pudiera solicitar, a título individual y como propuesta a función pública, que clasificara su puesto de naturaleza funcionarial, "con las consecuencias jurídicas que de ello se deriven".

Como sindicato al servicio público, elaboramos un modelo para presentar dicha solicitud, que distribuyeron nuestros liberados sindicales (y cuyo contenido es más o menos todo lo que hemos argumentado en los párrafos anteriores); te dejamos la captura del mismo (si quieres bajarte el modelo en pdf, pincha en la captura):
Modelo de solicitud, haz click para descargarlo en pdf


La GVA responde: inadmisión por ¿fuera de plazo? ¿eh?


Tanto los altos cargos como el personal técnico de la Conselleria competente en función pública nos han repetido, hasta la saciedad, que la RPT va a ser un instrumento abierto, que se podrán proponer cuestiones, matizar y limar errores todo el tiempo... e incluso que la reunión trimestral de la CMEPT -Comisión Mixta para el Estudio de los Puestos de Trabajo- es una manifestación de esa voluntad de trabajar con una RPT dinámica.

En ese sentido, tiene cabida la solicitud/propuesta del personal afectado sobre que sus puestos pasen a ser de naturaleza funcionarial; se solicitó por CSIF en la reunión de la CMEPT, y lo solicitaron numerosos contratados laborales.

Hemos tenido acceso a las (muy recientes) respuestas de la Administración sobre varias de las solicitudes formuladas, dejándonos dicha respuesta desconcertados...
La GVA entiende que la solicitud presentada era un recurso de reposición, al ser un recurso sujeto a plazo se presentó fuera de plazo, y se inadmite por extemporáneo, sin entrar a valorar el fondo de la cuestión en momento alguno.

Os dejamos capturas de una de las resoluciones:


Admite la legitimidad del personal afectado para recurrir, pero se "inventa" que se trata de un recurso de reposición, a pesar de que en el modelo constaba claramente que es una solicitud.


Dando el escrito como recurso de reposición, el mismo podía interponerse en el plazo de un mes desde ser dictada la resolución (es decir, hasta el 17 de octubre), y todo lo presentado (¿o propuesto?) después es extemporáneo

(...)

 Al estar "fuera de plazo", la Administración entiende que no corresponde valorar el fondo de la cuestión (en innumerables ocasiones sí lo ha hecho a pesar de estar fuera de plazo de verdad algún escrito)


Finalmente, inadmite el recurso y zanja así la cuestión.



Valoración de la respuesta de la Administración.

La respuesta que da la GVA a la solicitud planteada nos parece del todo inaceptable:

a) No es un recurso de reposición, es una solicitud/propuesta (que no está sujeta a plazo alguno).
Propuesta basada tanto en el derecho del personal empleado público a realizarla sobre su propio puesto de trabajo (sólo faltaría...) como a la voluntad de la Conselleria -reiterada en cada mesa o reunión de negociación o consulta sobre este tema- de unas "RPTs dinámicas".

b) Se utiliza la argucia legal de "inadmisión por tema de forma, no entro en el fondo" para evitar posicionarse sobre la propuesta, haciendo caso omiso de las inquietudes de sus propios trabajadores.

c) Los responsables de la Administración nos han engañado: o no existe esa voluntad de que la RPT sea abierta (y es sólo un truco demagógico), o está "abierta" sólo para unos pocos privilegiados (lo que es aún peor).
Ya que has publicado la RPT, te has encontrado con propuestas sobre la misma, y las inadmites por cuestiones de forma que tú mismo te inventas.

En conclusión, desde CSIF:

  • Proponemos a los contratados laborales en puestos que aún siguen como laborales tras las RPTs, efectuar la propuesta/solicitud que se incluye en esta entrada del blog, que no tiene plazo e informa a la Administración de cuales son nuestras pretensiones.
  • Exigiremos a la Administración que nos dé las explicaciones oportunas sobre lo ocurrido; si las RPTs son abiertas y dinámicas como decían ellos, no cabe la respuesta que han dado a la solicitud. Que rectifiquen, o será evidente su voluntad de tomarnos el pelo.