domingo, 15 de septiembre de 2019

Baremos de APF (42/16 y 43/16) ¿Trato desigual?



El Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, supone la derogación de la normativa reglamentaria existente hasta ese momento en dicha materia que no estaba adaptada a las nuevas previsiones legales.



A consecuencia de este decreto, se publicó la orden 12/2017 de aprobación de los baremos de aplicación a los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat.

El artículo 44  del Decreto 3/2017, establece que las convocatorías deberán ajustarse a los baremos contemplados en la orden. Asimismo, el apartado segundo del mismo artículo prevé que la primera fase de la convocatoria de los concursos específicos deberá regirse por los baremos previstos en la orden, y que serán objeto de negociación los criterios generales a los que deba someterse la segunda fase de estos procesos.

Las convocatorias 42/16 y 43/16 de pruebas de acceso para el cuerpo APF-01-01(Subalternos) fueron publicadas con baremos que se apartan del contenido de la orden de 12/2017, así como de los baremos del resto de convocatorias dejando, entre otros, sin valorar los cursos de formación ni los másters. Se ha producido de este modo, un grave perjuicio al personal aspirante a este cuerpo, más si cabe a aquellos funcionaros interinos que realizaron cursos de formación. 

CSIF ante dicho agravio y a propuesta de compañeros afectados por este error, trasladó a la administración el problema detectado, para que se pudiera realizar de oficio una corrección de errores que subsanara el perjuicio generado. La respuesta por parte de la administración, ha sido publicar una nota informativa insistiendo en el contenido de las bases.


¿Que hacer?
Desde CSIF hemos instado por escrito a la administración para que subsane los errores detectados y disponga de un nuevo plazo para la presentación de méritos. No obstante, ponemos a disposición de nuestros afiliados el servicio jurídico para realizar cuantas actuaciones sean pertinentes. En el caso que la administración perservere en el mantenimiento del baremo publicado, los afectados dispondrán, tras la publicación del listado provisional, de un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación para que formulen las reclamaciones oportunas.


5 comentarios:

  1. HOLA, yo he aprobado el examen y he presentado la documentación según las bases publicadas ( sin cursos de formación ). Soy afiliada del CSIF y me gustaría saber como puedo solicitar el servicio jurídico vuestro para poder reclamar si hiciera falta.
    Gracias y un saludo

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  2. Puedes llamar al 96 315 30 25 y pedir cita con el servicio jurídico de autonómicas, un saludo

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  3. Hola,soy una afiliada y es la segunda convocatoria que apruebo. Estoy de acuerdo en que se reclame que se cumpla el Decreto, (os trasmito mi modesta opinión) pero veo injusto y desproporcionado que un grupo APF en el que no hace falta para el acceso ninguna titulación previa se puntúen también los máster.

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  4. Desde mi punto de vista, creo CSIF que deberíais haber recurrido las bases de la convocatoria en su momento, es decir, en enero cuando salieron. Si a nadie le cuentan los cursos de formación y los másteres, no me parece trato desigual, me parece desigual si a unos le cuentan y a otros no, de la misma convocatoria.

    Lo que me parece desigual es que se estén ofertando en actos únicos y como difícil cobertura puestos de ayudante de cocina y ayudante de mantenimiento a personas que nos hemos presentado a subalternos. Y me parece también trato desigual, que los puestos destinados a subalternos lo estén ocupando ayudantes de limpieza.

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  5. Es normal que ofrezcan cualquier puesto a los subalternos? Parece que cualquier persona puede hacer cualquier cosa, pues vaya... :( Sabeis si habrá otro llamamiento de subalternos pronto?

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