miércoles, 29 de agosto de 2018

Valenciano como requisito: situación, noticias en docentes, notas en JQCV

Esta semana se ha publicado una noticia respecto a la moratoria del requisito lingüístico para el personal docente, y a su vez la Junta Qualificadora ha comunicado algunas notas y ha abierto matrícula para determinados niveles.
En esta entrada de nuestro blog, te informamos de ambas cuestiones -incluyendo los matices de nuestra opinión-, comenzando por un resumen de la situación actual y prevista del requisito lingüístico en la GVA.

Situación requisito lingüístico en Función Pública

Normativa actual

Ley 10/2010, de Ordenación y Gestión de la Función Pública valenciana, artículo 53.2:
Quienes superen las pruebas selectivas, acreditarán sus conocimientos de valenciano mediante la presentación de los certificados, diplomas o títulos que hayan sido homologados por la Generalitat, o mediante la realización de un ejercicio específico al efecto. El personal que no pueda acreditar dichos conocimientos deberá realizar los cursos de perfeccionamiento que a este fin organice la administración de la Generalitat.

Decreto 3/17 (selección y provisión):
El artículo 20 establece los niveles exigibles:
a) A1, A2, B: Grau Mitjà
b) C1, C2: Grau Elemental
c) Agrupaciones profesionales funcionariales: Coneixements orals
Reitera dicho artículo la obligación de asistir a los cursos de perfeccionamiento en caso de no acreditar el conocimiento del nivel exigido.

Con la novedad de los niveles que establece el Decreto 3/17, continua la situación "de siempre" en los procesos de acceso: debe acreditarse el nivel de valenciano "a posteriori" de haber superado la oposición, y en caso de no hacerlo quedas obligado a realizar los cursos de perfeccionamiento hasta que lo acredites.

Normativa prevista en el futuro

El nuevo Anteproyecto de LPFV que actualmente está negociándose en mesas técnicas pretende:

Artículo 60: establece la acreditación del valenciano como un requisito "a priori": si no se dispone del mismo, se denegaría la solicitud de participación en las pruebas selectivas, excluyendo al aspirante

Disposición Final Segunda: establece un plazo de seis meses para aprobar un reglamento específico sobre el requisito lingüístico, siendo la mayor prioridad del desarrollo reglamentario de la Ley para este Consell

Disposición Final Tercera: regula los siguientes niveles por si acaso en un año no se hubiera aprobado tal reglamento (los niveles son distintos para el C1 que en el actual Decreto 3/17):
a) A1, A2, B: Certificado C1
b) C1: Certificado B2
c) C2: Certificado B1
d) Agrupaciones profesionales funcionariales: Certificado A2

Puedes encontrar el Anteproyecto y las alegaciones de CSIF -contrarios a que el valenciano sea requisito y a favor de que sea mérito- y la respuesta en nuestra página del blog:

Conclusión: ¿habrá requisito?

Esta legislatura -en la que se debe convocar los procesos de la OPE 2017, al menos- no habrá requisito a priori, ya que ni siquiera creemos verosímil que finalmente se vaya a aprobar la nueva Ley de Función Pública: el mandato en Les Corts finalizará antes que el trámite parlamentario para aprobar una Ley (y el requisito iba en el desarrollo reglamentario de dicha Ley).

Respecto a la próxima legislatura, no se puede aventurar qué objetivos y prioridades tendrá el Consell; desde CSIF mantendremos nuestra coherencia y exigiremos que el valenciano sea mérito y no requisito.

Y finalmente, en el caso de que se aprobara en el futuro, consideramos que debería establecerse una extensa moratoria para que el personal empleado público (tanto de carrera para promoción interna y concursos, como interino para el acceso) pueda obtener dicho requisito, de forma análoga a como se ha realizado en el sector docente.

Noticia sobre requisito lingüístico en sector docente

A modo de ejemplo sobre lo que puede suceder en el futuro en el sector de función pública, podemos recordar que en 2013 se aprobó incorporar el requisito lingüistico -conocimiento del mitjà- para el personal docente, con una moratoria de 4 años que finalizó en 2017, y que supuso una importante polémica el curso anterior.

Finalmente, y tras la presión del personal empleado público, la Conselleria ha aceptado una nueva moratoria de cuatro años para obtener el requisito (hasta la finalización del curso 2021-22):

Exige la GVA que los docentes sin requisito se matriculen en los cursos de formación, y que el valenciano sea mérito y no requisito hasta entonces (como defendemos desde CSIF que debe ser para siempre).


Curiosamente, el mismo día se publicita una noticia sobre otra organización sindical que pide eximir del requisito a los docentes con más de 45 años y 10 años de servicios:

Con el debido respeto, no podemos dejar de manifestar nuestra sorpresa porque otras organizaciones sindicales que han pactado con la Consellera Bravo la imposición del requisito lingüístico en el ámbito de función pública dentro de esta legislatura -algo que no van a lograr por la lentitud de la GVA-, posteriormente soliciten en otro sector más moratorias y exenciones.


Os enlazamos la noticia en su día sobre el acuerdo para el requisito lingüistico, solicitado por varios sindicatos y acordado por Bravo y Marzà (esperamos que en su momento -como han hecho en la enseñanza- recobren el sentido común y no limiten los derechos de los empleados públicos, fomentando el idioma propio de la CV como mérito y no requisito como proponemos desde CSIF):

Información Junta Qualificadora

RESULTADOS VALENCIANO JUNTA QUALIFICADORA
(NIVELL A2 I B1; Llenguatge administratiu, Mitjans de Comunicació i Correcció de Textos)

En el DOGV de 31/08/18, se publica la resolución por la que se da publicidad a la lista de resultados provisionales de estos niveles.
Nivell A2 y B1 (coneixements orals / elemental):
Pruebas de capacitación técnica: llenguatge administratiu, llenguatge en els mitjans de comunicació y correcció de textos:

Desde CSIF destacamos que los resultados en sí se colgaron en la web de la JQCV el día 3 de agosto, y los has de consultar directamente desde la web:
Recordemos que los nuevos niveles están adaptados a Europa, y la correspondencia con los antiguos niveles es:
Coneixements orals és ara A2; Elemental és B1; Mitjà és C1 i Superior és C2.

Aún está pendiente de publicación -esperemos que se publique en breve- el resultado de las pruebas del nivel C1 (antiguo mitjà).

PLAZO DE MATRÍCULA

Desde el 1 de septiembre -y hasta el sábado 15- estará abierta la matrícula para los niveles B2 y C2:
Lo iremos reiterando, debido a la importancia (tanto como posible futuro requisito de acceso (*) como por su peso como mérito) del nivel obtenido en los diversos procesos (acceso, movilidad, carrera, etc) de función pública.

La inscripción ha de ser necesariamente por vía telemática, desde el enlace siguiente:

(*) Sin perjuicio de que en CSIF consideramos que el valenciano ha de ser siempre mérito y no requisito, recomendamos ser previsores y, en la medida de lo posible, obtener el nivel más alto posible de acuerdo a la capacidad de cada uno.

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