domingo, 31 de diciembre de 2017

Consideraciones CSIF a la propuesta sobre plan de estabilidad

Compartimos en este blog las consideraciones que hemos realizado desde CSIF a la propuesta de la GVA para un Acuerdo sobre el Plan de Estabilidad 2017-19; puedes descargarte el archivo original desde aquí.
En enero comenzará la negociación y debate de esta cuestión con la GVA, de la que os mantendremos informados puntualmente.
Agradecemos sinceramente a todos los que nos habéis hecho llegar vuestra opinión; en breve nos comunicamos con vosotros para valorar el texto. ¡Gracias!

INTRODUCCIÓN: Tres elementos para el éxito del proceso

Desde CSIF venimos reiterando desde hace varios ejercicios la necesidad de articulación de una solución extraordinaria a la altísima temporalidad en la Administración de la Generalitat.
Un primer avance práctico para ello alcanzado en marzo de este año fue la celebración del Acuerdo entre el Ministerio competente en función pública y las organizaciones sindicales, CSIF entre ellas, para la mejora del empleo público.

En nuestra opinión, para que el proceso que se pretende realizar tenga éxito, debe incluir los siguientes tres elementos (entendiendo el ‘éxito’ del proceso como la consolidación del mayor porcentaje posible de los actuales empleados interinos y temporales, desde la perspectiva del personal, y la estabilización de la plantilla y mayor eficacia/eficiencia en el funcionamiento del servicio público, desde la perspectiva de la organización):

1)    Número de plazas
Debe ser un número suficiente para que el personal interino y temporal pueda adquirir la condición de personal funcionario de carrera (como resulta obvio, si existen 5000 personas prestando servicios con una relación jurídica temporal, y se convocan 2000 plazas, sólo podrá estabilizar un 40% del personal afectado).

2)    Valoración de méritos del actual personal interino y temporal.
El personal de la Administración de la Generalitat –que ha contribuido al desarrollo de la misma, ha sido formado en su seno, y conoce su funcionamiento y características, siendo por tanto el mejor preparado para la prestación del servicio público-, tras demasiados años como interino/temporal, tiene unas circunstancias vitales, laborales y familiares que le impiden competir con los restantes aspirantes, por lo que consideramos adecuado que exista una ventaja competitiva para dicho colectivo: baremando principalmente el trabajo realizado en la Generalitat frente a otras Administraciones Públicas, con formación del IVAP; o considerando un mérito haber superado convocatorias anteriores de la administración del Consell.

3)    Pruebas selectivas sencillas y prácticas
Las pruebas selectivas que se convoquen deben de adecuarse a la acreditación de conocimientos prácticos y capacidad de realizar las funciones y tareas del puesto que se pretende consolidar, y no a la superación de varios exámenes eliminatorios de tipo memorístico.


CUESTIONES PREVIAS

(a)  Información sobre la actual situación de la plantilla

Considerando que la Administración valenciana comparte el interés de las organizaciones sindicales por ofertar el mayor número de puestos de trabajo que permita la legislación estatal y la tasa de reposición, así como la denuncia de la existencia misma de dicha tasa de reposición, agradecemos el compromiso de convocar dicho máximo; pero consideramos que es insuficiente con ello.

Es esencial que las organizaciones sindicales (a través de las mesas de negociación, o de la comisión de seguimiento que se incluye tras la formalización del acuerdo) dispongamos de toda la información real y actualizada de la situación de la plantilla del ámbito personal del acuerdo: puestos de trabajo ocupados y vacantes, distribuidos por cuerpos/escalas/APF, circunstancias del personal interino y temporal ocupante (si pertenece al colectivo de personal laboral indefinido no fijo, previo al 1 de enero de 2005, los últimos tres años, o nombramientos más recientes, etc.).

El diseño del proceso, en cuanto a las plazas, e incluso en cuanto a los criterios o circunstancias como la acumulación de los puestos que queden desiertos en la promoción interna al turno libre, deben ajustarse a la situación concreta de la Administración, con el fin de optimizar el resultado del plan.

(b)  Características del turno libre en convocatoria ordinaria

Reflexionamos que, como mínimo, en ningún caso los criterios pueden aprobarse con un porcentaje y méritos en la fase de concurso que aquellos criterios que han regido las Ofertas de empleo público de 2015 y 2016, cuyas convocatorias se están desarrollando en la actualidad, ya que nos encontramos en misma situación coyuntural de alta temporalidad en la plantilla de la Administración.

Por otro lado, los criterios deberían ser idénticos a los procesos de estabilización si se trata de cuerpos/escalas/APF donde coexistan puestos vacantes sin ocupantes y puestos ocupados por personal interino y temporal, para no producir un agravio que vulnere el principio de igualdad de oportunidades del mismo.
(a modo de ejemplo: si en un cuerpo hay 40 vacantes de las que 30 están ocupadas por interinos de larga duración, y en el ‘proceso ordinario’ se convocan 25 vacantes, se está impidiendo en la práctica que todos los puestos que podrían convocarse en ‘procesos de estabilización’ y restando oportunidades al personal afectado, ya que tras el proceso ordinario quedarían 15 vacantes para 30 interinos)

Para un diseño correcto de estos puestos y criterios, es necesario disponer de la información de la situación de la plantilla referida anteriormente.

(c)  Características de la promoción interna

Indicamos que en los procesos de promoción interna que se convoquen junto a los ‘procesos de estabilización’ en las OPEs de 2017, 2018 y 2019, deben aplicarse los mismos criterios –respecto a la fase de concurso y respecto al diseño de las pruebas selectivas- que en los procesos de estabilización.

Desde CSIF manifestamos que el personal laboral fijo y funcionario de carrera deben tener derecho a la promoción profesional, que ha estado también 'vetada' desde hace años por la tasa de reposición y alta temporalidad, y cualquier oferta de empleo público debe integrar este derecho como parte esencial de la oferta.

Consideramos que el personal funcionario de carrera no debe ‘competir’ con el personal interino y temporal aspirante en los ‘procesos de estabilización’, y por tanto debe tener derecho a aspirar a la promoción profesional con un número de plazas suficiente y unos criterios idénticos.
Además, la mayoría de criterios que defendemos en este proceso –como, en especial, no requerir pruebas memorísticas sino pruebas de tipo práctico- deben ser el diseño adecuado de la promoción profesional para siempre –y no sólo en esta situación puntual-, no ‘obligando’ al personal fijo a ‘superar una segunda oposición’ para ascender en la estructura de la Administración valenciano.

Respecto al hecho de que se computen los puestos ofertados en promoción interna dentro de la tasa de reposición, y que los mismos se puedan acumular al turno libre en caso de quedar plazas desiertas, manifestamos nuestra opinión contraria a dicha decisión unilateral de la Administración.
Siendo conscientes de que tal decisión viene marcada por la falta de vacantes para realizar el proceso cumpliendo las previsiones legales sobre reserva a promoción interna, y sin perjuicio de reiterar nuestra confianza en que la Administración comparte el interés en ofertar el máximo posible, concluimos que para valorar esta cuestión es necesario disponer de la información de la situación de la plantilla referida anteriormente.

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Seguidamente, realizamos una serie de propuestas sobre los tres elementos del proceso, a falta de poder ampliar o concretar las mismas con la información sobre la situación de la plantilla:

ELEMENTO 1: PLAZAS

(d)  Compromiso de máximo de plazas

Según ya insinúa el propio acuerdo, debe incluirse el compromiso de sacar el máximo de plazas que permita la legislación estatal, y negociarlo con toda la información disponible (cuestión previa indicada) con las organizaciones sindicales.
Ello implica la convocatoria de todas las plazas que sean posibles, al estar ocupadas por personal interino y temporal, o las que deje libres este personal o el personal funcionario de carrera que promocione en las convocatorias de una OPE respecto de su oferta en la OPE siguiente.

A este respecto, queda por determinar y aclarar el origen de la “cifra superior a las 5000 plazas, cifra provisional y orientativa” reflejada en la propuesta de acuerdo sobre el epígrafe de los puestos de “plan de estabilidad”.

Para el éxito del proceso, a su vez, esperamos que se cumplan las previsiones sobre la mejora del acuerdo para el empleo público en los Presupuestos Generales del Estado para 2018, que permitan la convocatoria de un número mayor de plazas; agradecemos la referencia a los sectores que “se vayan incluyendo (como prioritarios) en la legislación básica estatal” que realiza la propuesta de la Administración valenciana.

(e)  Garantía de mantenimiento del empleo público

Tenemos que lograr consensuar un elemento jurídico que, respecto a la situación personal de los empleados públicos que prestan servicios como interinos o temporales, se debería establecer alguna garantía de mantenimiento del empleo público mientras se realizan los procesos de estabilización, y tras los mismos, para aquellos empleados públicos que no hayan superado la convocatoria.

ELEMENTO 2: CRITERIOS

(f)   Características del proceso y porcentajes del concurso-oposición

Independientemente de que la Administración valenciana sólo contemple –al tratarse de los únicos criterios prácticos manifestados en la propuesta- que se realice un concurso-oposición con un 60% de puntuación en la fase de oposición y el 40% restante en la fase de concurso, desde CSIF deseamos manifestar que no son las únicas posibilidades para la concreción de un proceso excepcional de solución de la alta temporalidad.

Así, consideramos que también cabe dentro de la legalidad el acceso únicamente por concurso (mediante ley excepcional aprobada al respecto), un proceso con acceso diferenciado –como el recientemente aprobado, y acordado, en el Ajuntament de València-, o una distribución 50%-50% entre las fases de oposición y concurso, como las últimas convocatorias de acceso aprobadas por la Conselleria competente en materia de Sanidad, publicadas el 2 de octubre de 2017 en el DOGV.

Sin perjuicio de no estar conformes en un inicio con el reparto 60/40 porcentual, las restantes consideraciones se realizan bajo el supuesto práctico de dicho 60/40:

(g)  Valor de la experiencia en el trabajo como mérito en fase de concurso

Necesariamente, entendemos que la experiencia debe computarse como mérito principal en la fase de concurso, entendemos que un diseño adecuado podría ser:
-       Experiencia valorada con un 75% de la fase de concurso (es decir, 30 puntos)
-       Se alcanzaría el máximo con una antigüedad entre 16 y 18 años en un puesto de trabajo de la categoría/cuerpo/escala/APF objeto de la convocatoria; a modo de ejemplo, con un valor de 0,15 el mes completo (máximo entonces con 16 años y 9 meses)
-       Esta puntuación de 0,15 el mes se reduciría para otros supuestos:
o   0,10 el mes completo en puestos de la Administración de la Generalitat en otras categorías
o   0,025 el mes completo trabajado en la misma categoría en otras Administraciones Públicas o en el sector privado (lo que supone una proporción de 6 a 1 como las aprobadas en el Ajuntament de València o en las convocatorias de acceso en Instituciones Sanitarias de la GVA)

(h)  Valor de los restantes méritos en la fase de concurso

Adjunto al 75% de la fase de experiencia, entre el 25% restante de la fase de concurso (lo que supondría 10 puntos), debe valorarse cuestiones como:
-       nivel de valenciano homologado por la Junta Qualificadora
-       otras titulaciones de igual o mayor nivel a la exigida
-       idiomas comunitarios

Y junto a ello -como ventaja para el personal que ha prestado servicios en la Administración de la Generalitat, cuestión imprescindible para el éxito de este proceso-:
-       la formación impartida o recibida homologada por el IVAP
-       la superación de alguna de las  pruebas selectivas o toda la fase de oposición -sin haber obtenido plaza- en una convocatoria anterior del mismo cuerpo/escala/APF/categoría, pudiendo esta convocatoria anterior ser la OPE 2004 (anterior plan de estabilidad) o incluso una anterior a ésta

(i)    Garantía de méritos sea cual sea la relación jurídica

Motivadamente, junto a todo lo anteriormente señalado (valor del tiempo trabajado, superación de convocatorias anteriores) ha de valorarse tanto si se ha hecho con una relación jurídica de personal funcionario interino, o personal laboral temporal o indefinido no fijo, sin realizar agravios de ningún tipo derivados de dicha característica.

ELEMENTO 3: PRUEBAS SELECTIVAS

(j)    Especial relación con las funciones y tareas a desarrollar

A las pruebas selectivas en el proceso de estabilización, al incorporar éste el cómputo de plazas ofertadas por los procesos de consolidación, deben tener una especial relación con los procedimientos, funciones y tareas a desarrollar, en cumplimiento de los Acuerdos realizados al respecto y del Estatuto Básico del Empleado Público:

Disposición transitoria cuarta. Consolidación de empleo temporal.
1. Las Administraciones Públicas podrán efectuar convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotados presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2005.
2. Los procesos selectivos garantizarán el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
3. El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria. En la fase de concurso podrá valorarse, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.
Los procesos selectivos se desarrollarán conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 3 del artículo 61 del presente Estatuto.

Respecto a la decisión de la Administración de unir en una misma convocatoria los procesos de consolidación y estabilización, reiteramos que para valorar adecuadamente esta cuestión es necesario disponer de la información de la situación de la plantilla referida anteriormente.

En cumplimiento de dicha previsión para los procesos de consolidación, que deben marcar un mínimo indispensable, consideramos que podrían establecerse las siguientes circunstancias extraordinarias:

(k)  Reducción de número de ejercicios y temario

Una primera adaptación a los procesos de estabilización/consolidación es que las pruebas selectivas deberían reducirse en número y en temario; siendo únicamente dos ejercicios para los grupos A1/A2, y un único ejercicio para los grupos C1/C2/APF

(l)    Características de los ejercicios

-       Respecto al primer ejercicio del grupo A1/A2, y el único ejercicio de los grupos C1/C2/APF (o parte del mismo), debe ser un tipo test, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una es correcta, no descontando las respuestas erróneas, y con un tiempo mínimo de 1 minuto por pregunta para su realización.

-       Y respecto al segundo ejercicio del grupo A1/A2, y -en su caso- parte del único ejercicio de los grupos C1/C2/APF, debe ser un supuesto práctico a resolver, con especial relación con las funciones y tareas del puesto de trabajo que se pretende consolidar, pudiendo el aspirante elegir entre varios supuestos (como ocurre en los procesos acordados en el Ajuntament de València).

(m)   Superación de los ejercicios

Observamos que podría valorarse la posibilidad de que los ejercicios no fueran eliminatorios, sino que todos los aspirantes superasen la fase de oposición y acudieran a la fase de concurso, siendo el orden de prelación tras la suma de las puntuaciones de ambas fases la definitoria respecto de la obtención de un puesto de trabajo tras superar el proceso.

En caso de que los ejercicios deban establecerse como eliminatorios, la fase de oposición debe considerarse superada en las siguientes situaciones:
-       En caso de un único ejercicio, con una puntuación equivalente a un 5 sobre 10 (siendo 10 la puntuación máxima).
-       En el caso de dos ejercicios, con una puntuación equivalente a un 5 sobre 10 en la suma de ambos ejercicios conjuntamente, pudiendo superar el primero con un 4 sobre 10 obteniendo el derecho a realizar el segundo ejercicio.


Se realizan estas manifestaciones por parte de CSIF, en espera de su valoración por la Dirección General de Función Pública, y una mejor concreción y diseño de las mismas en cuanto se disponga de la información sobre la situación de la plantilla.

Valencia, a 31 de diciembre de 2017
EQUIPO DE CSIF GVA

sábado, 23 de diciembre de 2017

Plazo de alegaciones a la Propuesta GVA sobre Plan de Estabilidad


Como te hemos ido relatando estos días, la Administración valenciana nos ha dado traslado de una propuesta de Acuerdo sobre el 'plan de estabilidad', que afectaría a las OPEs de 2017-18-19; dicha propuesta la puedes descargar, en formato pdf, en estos enlaces:


Tras el 'sainete' de la Mesa de negociación del lunes, y su continuación -luego suspendida- del miércoles, la situación es que el Consell ya ha aprobado la OPE 2017 (sólo la distribución de plazas ofertadas), y la GVA nos da plazo a las organizaciones sindicales hasta el 31 de diciembre para realizar "alegaciones/enmiendas" a la propuesta de acuerdo, que comenzaremos a negociar en mesa técnica en el mes de enero de 2018.


Queremos tus ideas y valoración sobre la propuesta de la GVA sobre plan de estabilidad


Debido a la urgencia -que no comprendemos en este preciso momento, y así lo haremos constar- de estos plazos, desde CSIF realizamos una Asamblea / Reunión informativa en la Ciutat Administrativa 9 d'Octubre, con el objetivo de poder trasladaros en persona esta información, y solicitaros vuestra valoración y opinión sobre esta materia.

Esperamos que disculpéis la elección de una fecha inoportuna para dicha reunión (nos comprometemos a reiterarla en enero, una vez pasadas las fiestas), y agradecemos la asistencia de las decenas de compañeros que vinieron a compartir con nosotros sus ideas.

En esta entrada del blog, queremos complementar dicha reunión, incluyendo todas las posibilidades que se comentaron en la asamblea, e invitándote a hacernos llegar tus ideas y valoración.

Contenido de la propuesta de la GVA

Las características principales de la propuesta de Acuerdo que realiza la GVA son las siguientes:


a) El ámbito temporal del acuerdo son las OPEs de 2017, 2018 y 2019; por lo que los criterios que se negocien ahora afectarán a las siguientes dos ofertas indudablemente.
Conocemos los cuerpos/escalas/categorías que se ofertarán en la OPE'17; pero, si eres interino o temporal, aunque la tuya no esté en dicha OPE, estos criterios seguramente te afectarán al estar en alguna de las siguientes.


b) Establece como número orientativo de oferta de plazas afectadas por el acuerdo hasta los 5000 puestos de trabajo; aunque en las mesas de negociación ya nos han comentado que dicho número es muy provisional.

c) Los procesos serán concurso-oposición, siendo la fase de concurso un 40% de la nota final; dicho 60/40, que nos recuerda al Plan de estabilidad de la OPE 2004, parece absolutamente inamovible para la Administración.

d) Antes de finalizar el proceso selectivo, las plazas se ofertarán en procesos de movilidad voluntaria (concursos de traslados) al personal funcionario de carrera.

e) En ningún caso se permita el incremento de gasto público ni de efectivos, de forma que no se crearán plazas, por lo que la oferta de las mismas se encuentra limitada por las que se encuentren vacantes en cada categoría.

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Como se puede observar, en el acuerdo hay pocos criterios (y los que hay no nos satisfacen, teniendo en cuenta que en el sector de Sanidad sí se convocan concursos-oposiciones con una distribución 50/50 y en el sector de función pública nos vemos limitados al 60/40; cuestión sobre la que ya dejamos constancia en la Mesa Sectorial), y parte de las alegaciones podrían consistir en incluir cuestiones más concretas para mejorar las oportunidades del personal interino/temporal para consolidar sus puestos de trabajo.

No sólo estabilidad: también promoción interna

Si bien el personal interino/temporal no hemos podido acceder al empleo público debido a la falta de ofertas y la tasa de reposición que todos -incluida la GVA- deploramos, también es cierto que el personal funcionario de carrera tampoco hemos podido promocionar por el mismo motivo.

Por ello, consideramos que los puestos ofertados a promoción interna deben sujetarse a los mismos criterios del concurso/oposición que disponga el plan de estabilidad, y un diseño de las pruebas selectivas que en ningún caso sea superar una "segunda oposición".
En CSIF creemos que el personal funcionario de carrera y laboral fijo ya ha superado una oposición, ya ha demostrado su capacidad de trabajo y servicio público, y debe tener derecho a promocionar con un proceso basado en sus méritos y en la demostración práctica de su capacidad de trabajo -y no de pruebas memorísticas-.
Además, no queremos que el personal interino/temporal y el personal de carrera / fijo compitan entre ellos por las mismas plazas: queremos un proceso equilibrado, sin agravios comparativos, donde todos tengan igualdad de oportunidades para acceder / promocionar.

Respecto a los puestos del "turno libre ordinario", igualmente deberían tener los mismos criterios, ya que si se proveen puestos con una convocatoria ordinaria, éstos se están restando de aquellas vacantes a las que el personal interino/temporal podría acceder en un proceso de consolidación/estabilización (salvo que más tarde sí se convoquen vacantes suficientes, aunque conociendo en la práctica los colectivos de administración especial de la OPE 17 es evidente que eso no va a suceder).

Tres elementos para el éxito del plan de estabilidad

En multitud de ocasiones hemos reiterado desde CSIF las "tres patas" necesarias para que una solución extraordinaria al gravísimo problema de la temporalidad en la GVA tenga éxito: un número de puestos ofertados suficiente, que los criterios otorguen ventaja competitiva al actual personal interino y temporal de la GVA, y que las pruebas selectivas, en caso de haberlas, sean sencillas y de tipo práctico.

Dentro de estos elementos, compartimos con vosotros las diversas ideas/propuestas que surgieron, por los compañeros de CSIF o los asistentes, en la reunión informativa del jueves; sin que ello signifique que la GVA pudiera aceptar las mismas o que sean un listado exacto o exhaustivo de aquello que podríamos alegar por nuestra organización sindical.

Más bien es un listado de posibilidades para 'situar' el debate:

"Brainstorming" de ideas:

Pata 1: número de plazas
- Considerando que el sacar más o menos plazas no depende tanto de la GVA como de los PGE y la tasa que permiten y que, por ello,  obviamente en el acuerdo va a poner que se sacarán tantas como permita el Estado, indicar que exista transparencia respecto a las plazas que hay en realidad vacantes

Pata 2: criterios (fase de concurso)
- que de los 40 puntos, 30 puntos, o el máximo posible, sean por experiencia
- que la experiencia se logre con un maximo entre 15-18 años
- detalle sobre cuánto compute el tiempo de trabajo en otros grupos,o en la empresa privada en funciones análosas
- que el trabajo en la GVA cuente más que el mismo trabajo en otra AAPP (como ya ocurre en el sector de Sanidad o en el Ajuntament de València, con su proporcion de 6 a 1)
- que entre los 10 puntos restantes se pueda conseguir el tope de puntos por varias vias (valenciano, titulaciones, idiomas), y que incluyan la formacion del u homologada por el IVAP entre las mismas
- que un 5-10% o porcentaje similar se consiga habiendo aprobado algun ejercicio o una convocatoria entera anterior, incluyendo el plan de estabilidad anterior (OPE 2004)

Pata 3: metodología de las pruebas selectivas (fase de oposición)
- que se reduzcan las pruebas; en los grupos A1/A2 solo dos pruebas, un tipo test y un practico, sin el examen de desarrollo; y en los grupos C1/C2/APF sólo una prueba
- que en el test las respuestas erróneas no descuenten
- que el practico sea varios supuestos a elegir uno
- que los ejercicios no sean eliminatorios

¡Haznos llegar tus ideas, valoración, u opinión sobre todo lo manifestado!

viernes, 22 de diciembre de 2017

Sectorial/CIVE 18 de diciembre: breve resumen

El lunes por la tarde se celebró la Mesa Sectorial y CIVE de función pública, para tratar diversos temas como la OPE 2017, el Plan de Estabilidad, el periodo de disfrute de los días adicionales de vacaciones y asuntos propios, etc.

Previamente, se había celebrado una mesa técnica el viernes, cuyo contenido te resumíamos brevemente en la anterior entrada del blog.

Seguidamente, te informamos de las cuestiones que se trataron en dicha Sectorial y CIVE, a expensas de detallarlo con más profundidad en el blog. No hemos actualizado aún toda la información debido al pequeño 'sainete' respecto a esta Mesa de negociación:

- el viernes 15 (mesa técnica) se propuso por la mayoría de organizaciones sindicales que no se llevara a la mesa de negociación la propuesta de Acuerdo de plan de estabilidad (ya que existía la urgencia para que el Consell apruebe el Decreto de OPE este viernes 22, pero no para dicho acuerdo), y la GVA admitió el retirarl y trabajarlo con mayor profundidad

- en la mesa, en lugar de retirar dicha propuesta de Acuerdo, finalmente se suspendió la misma para reaundarla el miércoles (hoy) sobre ese punto e intentar llegar a un consenso más amplio

- finalmente, ayer martes se desconvocó la reanudación de la mesa prevista para hoy, y se retorna a la idea inicial de trabajarlo con mayor profundidad (que, como reiteramos desde CSIF tanto el viernes como el lunes, nos parece mucho más sensato)

OPE 2017

Tras algunos cambios en el número de puestos de la Oferta (que hasta su aprobación este viernes 22 por el Consell, y publicación en el DOGV, no se puede dar por definitiva, ya que pueden haber pequeños ajustes para cumplir con el 40% de reserva de plazas para promoción interna), la misma se dio por negociada con las organizaciones sindicales.

CSIF no apoyó la propuesta de la OPE 2017 por diversos motivos; entre ellos, estar absolutamente disconformes con la tasa de reposición -en lo que coincidimos con la GVA- , con el cómputo de la GVA al incluir la promoción interna en la tasa de reposición, o con el hecho de que no dispongamos de los criterios que van a regir dicha OPE. Siendo una OPE "especial", al tratarse de la primera de tres ofertas públicas con procesos de consolidación/estabilización, el que por ahora aún no se conozcan los criterios hace imposible dar el apoyo a la misma.

A modo de dato puntual, la Administración nos indicó que no se pueden ofertar más plazas debido a la tasa de reposición y la diferenciación que hace el Gobierno de la Nación de sectores prioritarios y no prioritarios. Entre ellos, es prioritario el sector de tributos, pero los actuales empleados públicos del grupo A2 en el IVAT, de gestión de tributos, no tienen la antigüedad necesaria para salir a estabilización (ocupados temporalmente los últimos tres años).

Desde CSIF les respondimos que la propia Administración, con el apoyo de una única organización sindical, cesaron hace un par de años a más de 40 funcionarios interinos del grupo A1 de tributos, que llevaban prestando servicios desde hace bastantes años, y cuyos puestos ahora habrían podido ser objeto de consolidación/estabilización. Desde CSIF denunciamos entonces que se 'despedía' interinos A1 para 'contratar' funcionarios de A2 que hicieran el mismo trabajo por menos dinero, y ahora resulta además que es un sector prioritario y habría ayudado a mejorar la OPE 2017

PROPUESTA DE ACUERDO DE PLAN DE ESTABILIDAD

La Administración nos propuso un texto sobre el Plan de Estabilidad, que finalmente se retiró del orden del día tras el 'sainete' que te comentamos en el mensaje del miércoles.

Finalmente, las organizaciones sindicales podemos presentar alegaciones/propuestas sobre dicho Acuerdo hasta el 31 de diciembre, y en enero nos reuniremos en mesa técnica de negociación para seguir debatiendo y profundizando en el mismo.

El jueves 21 desde CSIF realizamos una reunión informativa / asamblea en la Ciutat Administrativa 9 d'Octubre sobre esta cuestión, y junto a agradecer a los asistentes su participación y propuestas, os invitamos a hacernos llegar vuestra valoración sobre dicho acuerdo (disponible en el blog) y vuestras proposiciones para mejorar el mismo

RUEGOS Y PREGUNTAS

Desde CSIF realizamos diversas preguntas en la Mesa Sectorial, sobre los siguientes temas:

ORDEN DE BOLSAS Y BOLSAS LIBRES DE MEJORA DE EMPLEO

La GVA nos reitera (como ya ha hecho anteriormente en otras ocasiones) que se nos entregará con la mayor brevedad el borrador de la orden de bolsas de empleo temporal, actualizada para incoporar la nueva regulación y la mejora de empleo.

También se reitera que se van a convocar en los próximos días las bolsas libres para mejora de empleo a las que se comprometieron y que exigimos los empleados públicos afectados.

A pesar de las buenas palabras y de que siempre es 'inminente' ambas cuestiones, en el momento actual siguen sin haberse producido.

MEJORA DE LAS RETRIBUCIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS (RECUPERACIÓN PODER ADQUISITIVO)

Indican que la recuperación del poder adquisitivo es una cuestión que excede a función pública (afecta también al resto de sectores de la GVA: docente, sanitario, justicia), y que es un compromiso del Consell en el Seminario de Ademuz. Que en 2018 se constituirá un grupo de trabajo, en el que participaremos las organizaciones sindicales, para avanzar en dicha cuestión.

EXENCION DEL PRIMER EJERCICIO OPE 2016 DERIVADO DEL DERECHO ADQUIRIDO OPE 08-10

A pesar de que se presentó por escrito y 'oficiosamente' se indicó que tenía sentido nuestra solicitud de exención del primer ejercicio en la OPE 2016 para las convocatorias que recogieran ese derecho en las OPEs de 2008 y 2010 (ya que la modificación al respecto del Decreto 3/17 no puede tener efectos retroactivos sobre derechos adquiridos), la GVA nos informa de que no se va a hacer una corrección de errores de las convocatorias para permitir la opción voluntaria de la exención.

Desde CSIF ya recurrimos alguna convocatoria a través de personal afectado, y seguiremos defendiendo en los Tribunales esta posibilidad (aunque no tenemos más remedio que recomendar al personal afectado que estudie y participe en los primeros ejercicios que se vayan produciendo).

GVCARRERA2 Y CONCURSOS DE TRASLADOS

Actualmente se están comprobando las alegaciones realizadas por el personal afectado; se espera que en el mes de enero se pueda haber finalizado y resolver el re-encuadramiento del personal que haya trabajado en dos o más grupos profesionales.

Tras ello, y habiendo asignado el GDP correcto, se podrán convocar los concursos generales de traslados.

GVCARRERA3 (INTERINOS)

Se está a la espera de la aclaración solicitada al TSJ acerca de la ejecución de la sentencia; a su vez, se nos indica que se ha solicitado Informe a la Abogacía de la GVA, y que se nos dará cuenta de ello (en cuanto se disponga, bien del informe de Abogacía, bien de la aclaración del órgano judicial).

GVCARRERA4 (SOLUCION)

Desde CSIF solicitamos que se comenzara a negociar ya el sistema gvcarrera4, que parece ser podría solucionar los agravios comparativos de los sistemas anteriores. Nuestra pretensión es que gvcarrera3, con toda su problemática (interinos que sólo les computa el último nombramiento, personal en mejora de empleo siendo perjudicado por ser funcionario de carrera, etc), tenga la menor duración posible: tener cuanto antes el sistema gvcarrera4 en marcha evitaría la judicialización de la carrera.

Desde la GVA nos indican que no se va a comenzar ningún trámite sobre la versión 4 hasta después de finalizar la versión 3 (que aún no hemos empezado).

"TEXTO REFUNDIDO" DEL DECRETO 175/2006

Solicitamos que se comience a negociar la modificación del Decreto 175/06, para recoger todas las mejoras prácticas del mismo (derivadas del acuerdo de horarios, del plan de igualdad, etc.) y que aún no están incorporadas en el texto, para garantizar su aplicación y perdurabilidad.

NUEVA LEY DE FUNCION PUBLICA VALENCIANA

Preguntamos si de veras se va a plantear una nueva Ley reguladora de la función pública valenciana -como han reiterado altos cargos de la Conselleria en numerosas ocasiones-, y se nos responde que sí, y que desde la GVA se pretende comenzar a negociar en enero (lo que, a nuestro juicio, no resulta verosímil).

viernes, 15 de diciembre de 2017

Notas reunión OPE 17 (viernes 15)


El viernes se celebró una intensa reunión de Mesa Técnica sobre varias cuestiones; a falta de ser concretadas las mismas en la Sectorial y CIVE convocada para el próximo lunes por la tarde, compartimos un breve resumen de lo sucedido en la reunión, para tu información.

En la entrada anterior, indicamos nuestra posición sobre las cuestiones a debatir, que hicimos constar en la mesa técnica; en la siguiente entrada pondremos a tu disposición aquellas cuestiones que queremos tratar en el apartado de 'ruegos y preguntas' de la Sectorial, y debido a la importancia de todo ello, te comentamos que vamos a convocar una REUNION INFORMATIVA / ASAMBLEA sobre OPE 2017 + PLAN ESTABILIDAD el jueves 21 en la Ciutat Administrativa 9 d'Octubre a las 14:30 (en Sala aún por determinar).


Contenido de la reunión del viernes 15

Se trataron el plan de evaluación para progresar de GDP en la carrera profesional, la OPE 2017 (plazas a ofertar), y la propuesta de la GVA sobre plan de estabilidad 2017-19 (que la GVA retiró para estudiarlo y trabajando en profundidad, a propuesta de casi todos los sindicatos -CSIF entre los solicitantes de que se trabaje más dicho documento-).

Debido a la extensión de la reunión no se formularon ruegos y preguntas, pero desde CSIF sí preguntamos sobre cuándo dispondremos del borrador de la nueva orden de bolsas, adaptada al decreto 3/17 y que incorpore la mejora de empleo; la GVA nos respondió que nos lo enviaría cuanto antes (pudiendo ser este mismo lunes).

OPE 2017 Y NÚMERO DE PLAZAS

Se nos ha entregado un cálculo sobre dónde salen las plazas y porqué es ese numero y no otro.
La GVA calcula 293 plazas de tasa de reposicion ordinaria, mas 2161 plazas de procesos de estabilizacion y consolidación que se podían convocar desde 2017 a 2019; de éstas, se convocan 1747.
Los datos más importantes son que existen, según sus datos, 1783 plazas ocupadas por personal temporal los últimos tres años en los "sectores prioritarios" (no es toda la GVA), de las que pueden convocar hasta el 90%; además, hay 771 puestos ocupados desde antes del 1 de enero de 2005 (Transitoria Cuarta del EBEP), coincidiendo 239 puestos en ambos conjuntos (el resto de puestos de la DT 4º EBEP es porque no son de los 'sectores prioritarios').
También se incluyen 37 puestos de los 43 laborales indefinidos no fijos.

Con esos números, se preveía -tras la última modificación de oferta previa a la reunión- 134 puestos de turno libre, más de 1000 a plan de estabilidad, y más de 800 a promoción interna.
¿Porqué si hay 293 de ordinaria y casi 1800 de estabilización, no salen esas plazas a turno libre? El "truco" del reparto que han hecho es que la promoción interna sí será acumulable, en caso de que queden plazas desiertas, con el turno libre (TL) y plan estabilidad (EST), y al ser acumulable SI computa para la tasa de reposición.

Ante las dudas, manifestadas por CSIF, sobre porqué no salían más puestos TL/EST y que la promoción interna no fuera acumulable pero no computara para la tasa de reposición (como se ha hecho en las últimas OPEs),  se responde que el problema es que no hay mas vacantes.

Veamos un ejemplo: del A2 general sacan 80 plazas para estabilidad y 80 para promocion interna. Podrían sacar 160 plazas para estabilidad para no gastar tasa de reposicion con la promocion interna, pero es que tienen solo 170 vacantes del A2. Si las gastan todas en el plan de estabilidad, no puede hacer promocion interna. Con lo que la promocion interna "se come" los puestos para estabilización.


Desde CSIF protestamos por ese cálculo -admitiendo que debemos estudiarlo bien- y también de que no haya consolidación / estabilización. La GVA responde que habiendo libre concurrencia, no tiene sentido hacer esa diferencia entre consolidar/estabilizar, y que "tratarán a todos" (en los criterios) como si fueran para consolidar.

DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS EN LA OPE


Sin perjuicio de que a casi ningún sindicato (por si acaso hay dudas: a CSIF, NO) nos gustara el planteamiento de la OPE, hemos entrado al detalle de las plazas y los cuerpos que salen, para poder optimizarlo.

Tras bastante debate al respecto, se producen los siguientes cambios (solicitados por la mayoría de organizaciones sindicales):
-  las dos plazas de A1-05 periodistas en el  turno libre pasan al plan de estabilidad
- las 4 plazas de A2-21 prevencion de turno libre se convierten en 7 (de las que habrá que detraer alguna para promoción interna)

Además se incluirán (algunas paral plan de estabilidad y otras para promocion interna):
- 11 plazas de A2-05 prevencion 
- 61 plazas de C1-13 personal educador de educacion especial
- 6 plazas de A2-16-05 terapia ocupacional
- 8 plazas de C2-10-01 auxiliares de autopsia

También se reducen los puestos ofertados, en EST y PI para A2-16-02 (TMEN, Educacion Social) y C1-12 Atencion sociosanitaria, que pasan a ofertarse aprox.un 25% de los puestos que aparecían en la tabla ahora, ya que por los sindicatos indicamos que el personal interino no puede intentar estabilizar porque no tiene los actuales requisitos de titulacion de esos puestos, y se los está sacando ahora. Que hay que sacar las plazas en el futuro cuando ellos ya puedan.

Desde CSIF, junto con solicitar que se incluyeran algunos cuerpos -como personal educador o prevención-, hemos preguntado acerca de otros colectivos, como Ing. Telecomunicaciones o Agentes Medioambientales.
Respecto a estos colectivos, la GVA nos responde que existe el riesgo de que si varios empleados interinos afectados no tienen la titulacion, si salen las plazas no se van a poder presentar.
Y otro problema es la inexistencia de vacantes. Ejemplo: imaginemos que hay 30 vacantes del cuerpo X, y todos pensamos en esas 30. Pero en la OPE 15-16 están incluidas 14 plazas ofertadas de dicho cuerpo. Pues nos dice la GVA que aunque pensemos en 30 vacantes, pero en realidad son 16, porque hay que descontar los que accedan.

Con toda esta información, desde las organizaciones sindicales tenemos la sensación de que no conocemos las vacantes que hay, que es dificil conocerlas, y que sin compartir esa información por parte de la Administración estamos "a ciegas". Por otro lado, que casi todas las vacantes puras que tenian las han amortizado para ahorrar en presupuestos, tenemos el resultado esperado de que ahora no hay "banquillo" suficiente para convocar.

A lo largo del día actualizaremos esta entrada con una "nueva tabla" de puestos; a sabiendas de que seguirá siendo provisional frente a la que nos enviará la GVA el lunes, ya que pueden necesitar realizar correcciones menores según las vacantes y porcentaje de promoción interna. 

ACUERDO DEL PLAN DE ESTABILIDAD

Sobre la propuesta de la GVA de Acuerdo de Plan de Estabilidad, desde CSIF, junto a otros sindicatos, hemos comentado que si podemos comprender la urgencia para aprobar el Decreto de OPE en 2017 (para no perderla), aunque no podemos apoyar esa OPE sin conocer los criterios -porque no ha dado tiempo por causas ajenas a la voluntad sindical-, en realidad no hay tal urgencia para llegar a un acuerdo sobre plan de estabilidad.
Es mejor poder estudiar los datos, posibilidades, las vacantes que hay, etc, con mayor profundidad.

Junto a ello, sí hemos comentado nuestra posición -contraria al Plan en la propuesta inicial-, tal y como indicamos en la entrada anterior de este blog, y poniendo como ejemplo el Ajuntament de València o el sector de Sanidad.


Finalmente, por parte de la GVA, se retira la propuesta de acuerdo para la sectorial del lunes, con el objetivo de trabajarla más, y se propondrá que podamos hacer alegaciones al texto del acuerdo.
Por nuestra parte, además de informaros y recoger todas las dudas e inquietudes del personal afectado, entendemos como cuestión previa que,  aunque aleguemos lo que sea, no se puede cerrar nada hasta tener los PGE 2018 que pueden mejorar mucho las plazas disponibles.

CARRERA PROFESIONAL: EVALUACION PARA PROGRESO DE GDP EN 2018


Todos hemos dado el visto bueno al texto del plan de evaluacion para progresar en la carrera, ya que es el mismo de todos los años (la norma que regula los puntos -traducidos en horas de formación y docencia- para progresar de GDP).

Se ha recordado por los sindicatos que en la comision de formacion desde la GVA se comprometieron a hacer mas cursos de autoformacion online, y no está hecho aún. También se ha solicitado que el hecho de tutorizar alumnos de la universidad se tenga en cuenta.

Además, desde CSIF hemos puesto encima de la mesa el problema de la progresion para interinos cuando se ponga en marcha gvcarrera3; si alguien no tiene los cursos suficientes no podrá progresar, y si se cumplió el tiempo para ello en 2016 y los hace ahora sólo podrá desde el momento en que disponga de la formación.

En breve explicaremos más detalladamente esta cuestión; pero, por 'darte un avance', te diremos que si eres interino o temporal, revises la formación de la que dispongas y hagas cuanto antes más formación del IVAP en caso de no tener demasiadas horas realizadas.

miércoles, 13 de diciembre de 2017

OPE 2017 y Plan Estabilidad 2017-19: mesa técnica viernes 15

Actualizado 14:59: Tabla de categorías más comprensible y primera valoración de CSIF
Desde la GVA se nos ha convocado a una Mesa Técnica de la Mesa Sectorial de Función Pública y de la CIVE, para el viernes  15 de diciembre de 2017, a las 11 horas, en la Ciudad Administrativa 9 d'Octubre:

1. Proyecto de Decreto del Consell, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2017 para el personal de la administración de la Generalitat.
2. Propuesta de Acuerdo de la Mesa Sectorial de Función Pública para el desarrollo de un plan de estabilidad en el empleo público 2017-2019.
3. Resolución, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba el Plan anual de evaluación para el ascenso en el sistema de carrera profesional horizontal en el año 2018.
4. Ruegos y preguntas.

Los documentos adjuntos sobre estas cuestiones los tienes disponibles, en formato pdf, en los siguientes enlaces:

Propuesta de acuerdo sobre plan estabilidad: castellano y valenciano

Adjuntamos una tabla de las categorías ofertadas con mejor detalle de la incluida en el documento que nos facilita la Administración, para poder comprobar los diversos puestos en cada uno de los procesos para las categorías:
(pinchar en la tabla para ampliar)
Primera valoración de CSIF sobre el texto

CUESTIONES PREVIAS

i. Falta el detalle de los criterios para tener una visión completa

Al encontrarnos en las últimas tres semanas del año, no es posible negociar con profundidad los criterios -en detalle- de las diversas convocatorias, cuestión que se deja para próximas mesas de negociación; pero el que se haya demorado tanto este tema no es responsabilidad de las organizaciones sindicales, sino de la Generalitat, o en su caso, del Gobierno de la Nación y sus PGE.
Por tanto, no es posible hacer una valoración completa, ni dar el visto bueno a ningún planteamiento, si desconocemos cuáles son los criterios en detalle que van a determinar la efectividad de esta OPE y del plan de estabilidad que lleva aparejado.

ii. ¿Y el personal contratado laboral?

No se hace referencia a dicho personal, ni siquiera en la propuesta de Acuerdo del Plan de Estabilidad, y suponemos que se debe a que la GVA considera que ya habrán finalizado los procesos de funcionarización.

Aún así, consideramos que debe referenciarse dicho personal, tanto en la oferta de puestos de funcionarización por OPE para quien lo pudiera requerir, como el que en los restantes procesos se parta de igualdad de oportunidades (para la consolidación del personal laboral temporal, en sus diversas categorías, o para la promoción interna del personal laboral fijo).

iii. Cuestiones de estilo


El texto que se ha enviado tiene determinadas incorrecciones de estilo (algunos códigos del cuerpo o escala incompletos, o la denominación "discapacidad" cuando dicho término ya no es el término correcto técnicamente para definir tal situación).

A su vez, no se ha desglosado el número de plazas entre las ofertadas ordinariamente, en cualquiera de los tres procesos, y las ofertadas para el personal con diversidad funcional; suponemos que dicha circunstancia se debe a la celeridad con la que se ha elaborado el documento -debido a los tiempos para que el Consell llegue a aprobar el Decreto en 2017-, y que en su día sí estarán indicados adecuadamente.

TURNO LIBRE Y PROMOCION INTERNA

iv. El número de puestos ofertados en turno libre (123) y en promoción interna (818) nos parece claramente insuficiente.

Comprendiendo que, en el turno libre, los puestos ofertados en el Plan de Estabilidad se computan "aparte" de la tasa de reposición por ser puestos actualmente ocupados por personal temporal, y cuya cobertura no puede aumentar el gasto público, el número de puestos en sí es muy escaso, y debemos suponer que la tasa de reposición permitiría un número mayor.

La propuesta de la GVA es la OPE más escasa en número de puestos y de categorías ofertadas en turno libre desde hace siete años, cuando la edad media y el número de jubilaciones en el sector de función pública va creciendo cada año.

Es especialmente llamativo (incluso podríamos llegar a pensar que se trata de un 'error material' al transcribir los datos) que no existe oferta de turno libre para administración general.

Respecto a la promoción interna, aunque se agradece el esfuerzo de la GVA por ampliar el número, si no computa para la tasa de reposición, consideramos que el esfuerzo debe ser mayor y suponer, como poco, el 50% del total de la OPE, y no el "40,29%" que supone con esta propuesta.

v. Promoción interna: no una segunda oposición

Como hemos indicado, la propuesta es incompleta hasta disponer de los criterios generales que regularán las convocatorias. En el caso de la promoción interna, dichos criterios deben ser especialmente prácticos y referidos a la valoración de méritos, y para el personal que ya es funcionario de carrera / laboral fijo no debe suponer la superación de una segunda oposición con pruebas memorísticas, ya que superaron su oposición en su día y han demostrado su capacidad de trabajo y eficiencia en la Administración Pública.

PLAN DE ESTABILIDAD

vi. Tres patas.

Como hemos reiterado en otras ocasiones, para CSIF es necesaria una solución excepcional respecto al altísimo porcentaje de temporalidad en la administración del Consell; dicha solución, para cumplir de forma real y efectiva con sus objetivos, debe tener "tres patas" o elementos, que son:
a) Que se oferte un número de plazas suficiente para que los más de 5000 interinos/temporales de la GVA puedan lograr estabilizar su relación laboral
b) Que en los méritos a valorar en el proceso, el mérito principal sea la experiencia en el puesto de trabajo
c) Que, en el caso de haber pruebas selectivas, éstas sean de tipo práctico y referidas a acreditar el conocimiento de las funciones y tareas del puesto desde el que se pretende consolidar la relación laboral

La propuesta de acuerdo que nos presenta la GVA (y que es una propuesta unilateral de la Administración sobre la que las organizaciones sindicales debemos posicionarnos en la mesa de negociación) aún no podemos determinar si cumple la pata 2 (criterios) porque los mismos no se han detallado, ni la pata 3 (carácter práctico de las pruebas) porque sobre ello no se ha pronunciado la Administración.

vii. ¿Dónde está la consolidación?

En otros procesos negociados o propuestos por otras Administraciones Públicas, se hace referencia a procesos de consolidación (plazas ocupadas de forma temporal desde antes del 2005, en aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta del EBEP), y en este caso no se hace referencia a los mismos como un proceso específico dentro del plan de estabilidad.
En el caso de que sí se estén computando estos puestos junto con los de estabilización en el número de plazas ofertadas, el número es insuficiente (según el Plan Estratégico elaborado por la propia GVA en diciembre de 2016 había más de 700 puestos para la "consolidación", además de la estabilización).

viii. Indeterminación del número de plazas.

La propuesta de acuerdo prevé un total de 5000 plazas (apartado cuarto) como cifra provisional y orientativa, que en caso de hacerse realidad sí podrían ser suficientes para cumplir con la "pata 1" del proceso que desde CSIF requerimos.
El problema en este caso es que dentro de la OPE 2017 únicamente se ofertan 1089, aproximadamente un 20% del total, y las previsiones de futuro dependen de la aprobación, publicación y texto de los Presupuestos Generales del Estado para 2018 -que, a su vez, dependen de la resolución de diversos conflictos territoriales, como el asunto catalán, en la política española-. Nos agrada el número (más de 5000 plazas para estabilidad), pero no deja de ser una mera declaración de intenciones.

ix. Avance de los criterios, según el documento consensuado entre MAP y CCAA.

La propuesta de la Administración también recoge un breve avance de los posibles criterios, que coinciden con el documento consensuado entre el Ministerio competente en Administraciones Públicas y las Comunidades Autónomas.
Entre dichos criterios, se encuentra el que los procesos serán de libre concurrencia, por medio del concurso-oposición, con un máximo de un 40% de puntos en la fase de concurso, y valorando el tiempo de servicios prestados en la fase de concurso (y no lo dice la propuesta de acuerdo, pero sí el documento del MAP+CCAA: se valora igualmente se haya prestado en una u otra Administración Pública).

Para CSIF, dichos criterios son insuficientes para un plan de estabilidad, y además, están incompletos porque desconocemos el detalle de los mismos. Preferiríamos más valoración en la fase de concurso, primar más el trabajo en la GVA frente a otras Administraciones, o que se computara el haber superado una prueba (examen) o proceso selectivo ("aprobar sin plaza") de la categoría en una convocatoria anterior, por ejemplo.

x. Agravio comparativo con otros procesos (Ajuntament de València, Instituciones Sanitaria en la propia GVA)

El acuerdo del Ajuntament de València (que ha sido aprobado y publicado en boletín oficial y por ahora no nos consta que se haya impugnado por el Estado, y por tanto debe ser considerado válido) reflejaba una diferencia entre consolidación/estabilización, una prueba selectiva de tipo sencilla (solo un examen tipo test sin descontar respuestas erróneas y un examen práctico con varios supuestos a elegir uno de ellos), y entre los méritos una proporción de 6 a 1 en el tiempo trabajado en Ayuntamiento frente a otras AAPP, o un 5-10% de puntos por haber aprobado un examen de una oposición anterior.

Por su parte, en las actuales convocatorias de acceso para Instituciones Sanitarias, que dependen de la Generalitat al igual que nuestro sector, la proporción entre oposición y concurso de sus procesos es el 50/50, mucho más favorable que el 60/40 propuesto para un plan de estabilidad.

En  nuestra opinión, no hay ninguna razón para que el proceso de estabilización en el sector de función pública tenga unos criterios más restrictivos que otros procesos que son aprobados por Gobiernos o Corporaciones del mismo color político, o por la propia Generalitat en otros sectores.

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A lo largo del día iremos actualizando la información y nuestra valoración en esta misma entrada.