jueves, 27 de febrero de 2020

Baremos de bolsas ¿Como debe puntuar la experiencia profesional?

Con la publicación de la ORDEN 18/2018, de 19 de julio, de la Conselleria de Justicia, administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, sobre regulación de bolsas de empleo temporal, cambió el sistema de provisión de puestos de trabajo empleado hasta ese momento.

La constitución de las nuevas bolsas derivadas de la OPE 15 están generando dudas sobre posibles errores en la baremación, es por ello que desde CSIF queremos aclarar los diversos conceptos existentes en el sector público instrumental.

La orden de bolsas establece:

Experiencia profesional. 

Se valorará hasta un máximo de 36 puntos la experiencia profesional de las personas participantes de acuerdo con la siguiente puntuación: 

a) Tiempo de servicios prestados en puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat, o de sus organismos autónomos cuyas competencias en materia de personal se ejerzan por la conselleria competente en materia de función pública, que pertenezcan al mismo cuerpo, agrupación profesional o escala al del puesto que haya de proveerse: 0,15 puntos por cada mes completo de servicio en activo. 

Se trata, de los puestos de trabajo de la Generalitat, sus consellerías, y los organismos autónomos dependientes de ellas: IVAJ, IVIA, ICV, LABORA, INVASSAT, AVFGA, ATV, ASEM, ATMV, ISEACV.




b) Tiempo de servicios prestados en puestos de trabajo de la administración de la Generalitat, o de sus organismos autónomos cuyas competencias en materia de personal se ejerzan por la conselleria competente en materia de función pública, no contemplados en el anterior apartado: 0,10 puntos por cada mes completo de servicio en activo. 

Estaríamos en el mismo caso que el supuesto anterior, pero en puestos de diferente cuerpo al pretendido.

c) Tiempo de servicios prestados en otras administraciones públicas, entidades públicas empresariales de la Generalitat y otras entidades de derecho público del sector público de la Generalitat, en puestos con iguales funciones a las correspondientes al mismo cuerpo, agrupación profesional o escala a la de los puestos que haya de proveerse: 0′08 puntos por cada mes completo de servicio en activo.

Se trataría de la experiencia en otras administraciones (Ayuntamientos, Universidades...), o en entidades como IVAM, IVACOR, IVC, IVACE, IVASS, AVAP, IVF, AVI, CVMC, FGV, EPSAR o EVHA. Además, del personal estatutario de la Consellería de Sanidad, que no se ajusta a los supuestos anteriores por tener una Dirección General de Recursos Humanos que ejerce las competencias de personal.




Respecto de las sociedades mercantiles de la Generalitat

Las sociedades mercantiles de la Generalitat son entidades mercantiles cuya experiencia no estaría reconocida en la orden de bolsas, y por tanto no podría ser considerada en dicha baremación. Se trata de empresas como Ciegsa, Vaersa, SGISE, CIRCUITO RT, Aeroport Castelló, CO, SPTCV.




Desde CSIF hemos comunicado a Bolsas los errores detectados para que sean revisados y corregidos en su caso ajustándose a las determinaciones de la Orden y a la naturaleza jurídica de las entidades.

lunes, 10 de febrero de 2020

Movilidad insostenible de los empleados públicos.

Como es sabido, el gobierno de España declaró el pasado 21 de enero la emergencia climática en respuesta al consenso generalizado de la comunidad científica, que reclama acción urgente para salvaguardar el medio ambiente, la salud y la seguridad de la ciudadanía.

Sin embargo, la situación de los empleados públicos en este ámbito no es precisamente la de la ejemplaridad de la administración, ni mucho menos. Bastaría analizar la eficiencia energética de los edificios de la Generalitat, con casos como los de los edificios PROP, donde se pueden encontrar aislamientos en fachada insuficientes, accesos por los que se disipa el calor o el frío, máquinas antiguas e ineficientes, etc. Situaciones que se repiten en otros tantos centros y que suponen un despilfarro energético además de procurar unas condiciones de trabajo inaceptables para los empleados públicos, como tantas veces hemos denunciado desde CSIF.

En el caso de la movilidad de los empleados públicos, podemos afirmar que se produce una situación similar a la descrita. La administración no ha sido ejemplarizante una vez más, con la promoción de una movilidad sostenible, podríamos citar varios ejemplos, como la falta de espacio de aparcamiento para bicicletas y patinetes en centros de trabajo, la carencia de puntos de recarga para vehículos en sus parkings...

Cabe destacar, que la flota de vehículos al servicio de los funcionarios para realizar funciones de visita o de inspección está formada en su mayoría por vehículos muy antiguos (más de 15 años), y altamente contaminantes ¡Tanto rebombo en prensa y manifestaciones sobre la emergencia climática pero no hay interés ni capacidad para proveer de vehículos híbridos o eléctricos a sus trabajadores!

Los planes de movilidad
La ley 6/2011 establece respecto a los servicios públicos de carácter supramunicipal, la obligación de formular un plan de movilidad específico. Además, para centros existentes establece que la autoridad competente en materia de transporte podrá instar a los titulares de los centros que generen niveles especialmente relevantes de movilidad, a que formulen un plan de movilidad. Algo que la administración puede exigir, pero sin embargo no aplica en la mayoría de sus centros.

Un caso peculiar es el de la ciudad Administrativa 9 de Octubre, donde se concentra una gran cantidad de empleados públicos. El 26 de abril del pasado año se aprobó el plan de movilidad de la ciudad administrativa, una singularidad de este centro respecto al resto de edificios públicos de la administración pero que como vamos a ver, no ha supuesto un gran cambio en cuestiones básicas.

De las 620 plazas disponibles en su parking estaba previsto en el plan crear únicamente 4 plazas con cargadores eléctricos para uso EXCLUSIVO de la flota de vehículos oficiales, que en la actualidad no dispone de NINGÚN VEHÍCULO de estas características.
Por otro lado, estaba previsto que se reservaran 4 plazas para aquellos trabajadores que acudiesen con vehículos eléctricos puros o enchufables, en aras de promover los vehículos sostenibles, pero que incomprensiblemente dicha reserva no supone el acceso al punto de recarga. Los trabajadores, han demandado en diversas ocasiones poder acceder a los puntos de recarga previstos para los vehículos oficiales (que como hemos comentado no hacen uso por que no existen vehículos oficiales eléctricos) pero se han topado con la negativa salvo en situaciones de emergencia.
Es a todas luces la previsión de este plan nada acorde con la situación declarada de emergencia climática, y un ejemplo ridículo para la sociedad. ¿No sería más coherente que en los centros públicos de la Generalitat existieran puntos de recarga accesibles para sus empleados? ¿Que sentido tiene crear puntos de recarga exclusivos para una flota de vehículos oficiales que utilizan incomprensiblemente los combustibles fósiles?

Otras propuestas incumplidas, las bicis eléctricas.
El Plan anunciaba la creación, en el plazo de 2 años, de una flota de 10 bicicletas eléctricas para desplazamientos de trabajo, algo que, por más que deambulamos por el centro no hemos podido comprobar, aparentemente por que no existen.

Si hablamos de las lagunas que tiene el Plan de Movilidad de la Ciudad Administrativa, mejor no comentar la situación de los otros centros de trabajo de los empleados públicos de la Generalitat, algo que genera gran desigualdad de condiciones de trabajo de los empleados públicos y abunda en la falta de interés ante la situación declarada de emergencia climática.

jueves, 30 de enero de 2020

Conclusiones comisión de seguimiento Plan de estabilidad 30/01/2020

Esta mañana ha tenido lugar la comisión de seguimiento del Plan de Estabilidad, convocada por la administración a petición de todos los sindicatos tras la publicación de las convocatorias de la OPE 17-18. En esta entrada trataremos de trasladaros las conclusiones de la reunión, las noticias que de ella hemos podido obtener, la postura de CSIF en la reivindicación del cumplimiento del acuerdo y en la mejora de las convocatorias, y los compromisos y respuestas de la administración.

En relación a los recursos y correcciones previstas
El Director General ha anunciado que han recibido 143 recursos, más del doble que la anterior ocasión. Como era previsible, ha adelantado que resolverán la totalidad desfavorablemente, por lo que, para defender lo recurrido habrá que asistir a la vía contencioso-administrativa, para lo cual, los servicios jurídicos de CSIF están a disposición de sus afiliados.
También quedará desestimada la vía de hecho presentada por otra organización sindical.
En cuanto al contenido, nos trasladan que gran parte de ellos se referían al incumplimiento de la reducción del temario (modelo confeccionado por CSIF) y que otros se referían a discrepancias respecto de las titulaciones de acceso.
La administración corregirá de oficio, los errores en cuanto a la exigencia del valenciano, sin abrir nuevo plazo de presentación de solicitudes. 
Se van a volver a publicar, lo que comportará nuevo plazo de inscripción, las convocatorias siguientes:
 
    • CONVOCATORIA 1/18: Cuerpo  superior técnico  de  comunicación  y  relaciones  informativas  de  la  Administración  de  la  Generalitat,  A1-05, turno libre.
    • CONVOCATORIA 2/18: Cuerpo superior técnico  de  comunicación  y  relaciones  informativas  de  la  Administración  de  la  Generalitat,  A1-05, promoción interna.
    • CONVOCATORIA 3/18: Cuerpo superior técnico de ingeniería en informática, A1-06, turno libre y diversidad funcional.
    • CONVOCATORIA 4/18 : Cuerpo superior técnico de ingeniería en informática, A1-06, promoción interna.
    • CONVOCATORIA 5/18:  Cuerpo superior de gestión en ingeniería técnica en informática de la Administración de la Generalitat, A2-02, turno  libre  general  y  personas con diversidad funcional.
    • CONVOCATORIA 6/18: Cuerpo superior de gestión en ingeniería técnica en informática de la Administración de la Generalitat, A2-02, promoción interna.
    • CONVOCATORIA 7/18: Cuerpo superior de gestión en ingeniería técnica forestal de la Administración de  la  Generalitat,  A2-13, turno  libre  general  y  personas  con  diversidad  funcional.
    • CONVOCATORIA 8/18: Cuerpo superior de gestión en ingenieria técnica forestal de la Administración de la Generalitat, A2-13, sector administración especial, turno de promoción interna.
Además, ha anunciado la corrección del temario de educación especial y de agentes medioambientales.

Respecto de la reducción de los temarios específicos y otras cuestiones relacionadas.
CSIF, en concordancia con lo defendido durante todo el proceso, y ahora en concordancia con el resto de organizaciones sindicales, ha reivindicado la reducción real y la concreción de la parte específica de las convocatorias, tanto de administración general como de administración especial.
La administración va a estudiar la solicitud, remitiendo a las consellerías en el caso de la administración especial, para que se pronuncien al respecto, algo que debiera concretarse durante el mes de febrero.
Revisarán además, casos como el ocurrido en el C2 con el amplísimo tema referido a la informática.
Además CSIF ha planteado la cuestión de la inadecuada adaptación de temarios específicos, previstos para procesos cuyos exámenes eran de desarrollo, y que en la actualidad no son coherentes con los exámenes previstos tipo test, dado que se refieren a cuestiones que no están referenciadas a una norma o a una bibliografía, y que por tanto abre un campo infinito de estudio y una ambigüedad en la corrección que puede ser objeto de recurso. La propuesta de CSIF ha sido que mediante nota informativa se exima de estos temas para el primer examen tipo test, o que se realice una referencia normativa o bibliográfica a estos temas.

Calendarización y previsiones
Uno de los puntos del orden del día era la comprometida calendarización de los procesos por parte de la administración, con el fin de que los opositores dispongan de una previsión que permita la organización del estudio. La respuesta ha sido que se está trabajando en su definición, y que la intención es publicarla en cuanto sea posible. En este sentido, el interés sería poder comenzar las convocatorias antes de verano, algo que va a depender del ritmo de los procesos pendientes.

El caso de las promociones internas, un perjuicio para el funcionario de carrera.
El acuerdo del plan de estabilidad establecía que las convocatorias definirían que pruebas o que materias estarían exentos los opositores. CSIF ha denunciado que las promociones internas de los grupos A1 y A2 no contemplan ni reducción de temario ni reducción de ejercicios (algo totalmente fuera de sentido, puesto que realizan el mismo número de ejercicios y con igual contenido que en una OPE ordinaria, examinandose además dos veces respecto del mismo temario).
Algo que supone un grave perjuicio para el personal funcionario de carrera, y que en función pública se han comprometido a estudiar.

La formación de los tribunales
Debemos agradecer y celebrar que función pública, tras las insisitentes reclamaciones de CSIF, y en atención al cumplimiento de lo acordado en mesa general, anuncie que está trabajando en un curso de IVAP que será de carácter obligatorio para los miembros de los OTS. Dicho curso, albergará cuestiones como la normativa a la que están sometidos los tribunales, la formación en cuanto a la confección de exámenes y su corrección, la elaboración de plantillas, baremación...
Solo quedará, por parte de CSIF, insistir en la mejora del proceso de selección de OTS, en aras a su transparencia y objetividad.
Esperamos que la puesta en marcha de estas reivincidaciones, contribuya a la mejora de los procesos de oposición.

Las convocatorias de gestión de tributos
CSIF ha preguntado respecto de las anomalías detectadas en las convocatorias 75/18 y 76/18 de gestión de tributos, al comprobar que no existe reducción del número de ejercicios y que el temario general difiere del común. En función pública van a revisar el caso y nos comunicarán el por qué de dicha anomalía y si cabe corrección.

¿Que va ha hacer CSIF?
Por un lado, como hemos comentado, vamos a defender los recursos interpuestos por parte de nuestros afiliados, a través de nuestros servicios jurídicos por la vía de contencioso.
A su vez, vamos a comprobar la reacción de la administración ante las denuncias y propuestas realizadas en la comisión. En caso de que no se corrijan los errores e incumplimientos, iniciaremos los actos de protesta que sean necesarios para denunciar los incumplimientos en su caso.
 


 

miércoles, 22 de enero de 2020

Resumen mesa técnica IVAP 21-01-2020

Ayer tuvo lugar la mesa técnica del IVAP donde se revisó la acción formativa del 2019 y se avanzó información sobre la oferta prevista para 2020. Cabe destacar que la primera parte del Plan de Formación del IVAP para este año 2020 será publicada entre la semana que viene y la primera semana de febrero. Es previsible que la próxima tenga lugar entre abril y mayo.

Balance del IVAP en cuanto a acciones formativas del plan anterior 2019

Parte General
523 ediciones, de las cuales 302 cursos presenciales, 205 cursos on line y 16 semipresenciales. 
TOTAL 20.385 certificados 

Parte Especializada/Específica
186 ediciones de las cuales 155 fueron presenciales, 19 on line y 12 semipresenciales. 
TOTAL 3.553 certificados

Esto da un total de 23.938 certificados y una ejecución del Plan en un 86%.

Propuesta de la primera parte del Plan de 2020.
Como ya adelantamos en la lista de difusión de CSIF, en el mes de diciembre, debido a la falta de aprobación de presupuestos, el INAP no ha realizado la tranferencia de fondos necesarios, por lo que se realizará una primera parte del Plan 2020 muy limitada, con fondos propios. 
La propuesta que se nos presenta incluye 130 cursos y 218 ediciones. La postura del IVAP es de nuevo priorizar la parte General y fomentar la formación on line.

A la oferta de cursos autoformativos abiertos todo el año se le añade uno nuevo (“Curso básico de ciberseguridad”) quedando en total seis cursos de autoformación que suman 100h. 

¿Cual es la postura de CSIF?
CSIF considera la propuesta formativa insuficiente para dar respuesta a las necesidades de formación reales de los empleados públicos. Si a esto le añadimos que en la práctica, a pesar de lo que pone el decreto de carrera profesional, el peso de la progresión recae exclusivamente en los cursos acreditados por el IVAP resulta muy complicada la progresión para el empleado público. Desde el IVAP aseguran que cuando alguien en la situación de falta de proogresión por no disponer de formación suficiente se pongan en contacto con ellos para solucionarlo. 

Instrucciones de uso.
Como la edición anterior, cada empleado público podrá solicitar hasta 5 acciones formativas quedando fuera de ese cómputo los cursos autoformativos, jornadas y seminarios y los relacionados con violencia de género. 
El IVAP dará preferencia a las peticiones de aquellos solicitantes que no hayan realizado cursos de formación en los últimos 3 años. 
Recordaros también que tendrán preferencia durante un año las personas que se hayan incorporado al servicio activo procedentes del permiso de maternidad/paternidad o hayan reingresado desde la situación de exdencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad. 
COMO NOVEDAD, las secretarías generales administrativas podrán proponer la admisión de aquellas personas que se hayan incorporado a su puesto de trabajo con posterioridad a la publicación de la última convocatoria, a aquellas acciones formativas directamente relacionadas con su puesto y en las que se considera necesaria su participación.     

lunes, 6 de enero de 2020

Incumplimiento del plan de estabilidad: ¿Que va a hacer CSIF?

Con la publicación de las convocatorias de la OPE 17-18 de estabilidad de los cuerpos de administración general, se concluye un proceso de negociación del seguimiento del plan de estabilidad en el que CSIF, ha denunciado reiteradamente los continuos incumplimientos del acuerdo del plan de estabilidad. 

 ¿Cuales son estos incumplimientos?

En cuanto a la formación de los OTS.
El 4 de noviembre, con carácter previo a la negociación ya advertíamos de uno de los grandes problemas detectados en la OPE 16, la selección opaca, ineficiente y discrecional de los tribunales y su falta de preparación: 

https://csifgva.blogspot.com/2019/11/merecemos-tribunales-profesionales-en.html 

El acuerdo de MGN establecía la necesaria formación de dichos tribunales, por tanto tenemos el primer incumplimiento. 

El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones.
Vistos los temarios de administración especial se puede concluir que se ha incumplido este punto, con temas incongruentes, desfasados o ajenos al cuerpo convocado.
Lo denunciamos el 27 de noviembre, al confirmar función pública su interés en publicar la parte específica de las convocatorias sin negociarla en con los sindicatos:

https://csifgva.blogspot.com/2019/11/reunion-sobre-los-temarios-del-plan-de.html 

Las convocatorias contemplarán necesariamente una reducción de parte del temario.
Este es el más grave de los incumplimientos, que provoca que un acuerdo de mínimos como el del plan de estabilidad se quede en papel mojado por el desinterés de la administración en llevar a cabo una auténtica estabilización. Se ha incumplido este punto absolutamente, en las convocatorias de administración especial, donde no ha habido reducción alguna, como explicábamos el 22 de diciembre en la siguiente entrada:

https://csifgva.blogspot.com/2019/12/incumplimiento-del-acuerdo-de.html 

Se ha desatendido el acuerdo, especialmene en la parte específica de los temarios de administración general, donde la reducción es insignificante. 

Se reservará una cuota no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas por personas con diversidad funcional.
Se ha incumplido la cuota de reserva de plazas para personas con diversidad funcional (Convocatorias 63/18, 65/18, 67/18y 69/18) 

Las convocatorias determinarán de que pruebas o materias estará exento el personal que participe a través de cada una de las modalidades de promoción interna.
Ni se ha reducido el número de pruebas (dándose el absurdo de que en a1 y a2 las convocatorias establecen dos pruebas sobre el mismo temario) ni se ha reducido las materias, por cuanto se ha elaborado un temario que abarca el mismo contenido, juntando en un tema el contenido de varios. 

Comisión de seguimiento, con las funciones de interpretación y control del presente acuerdo.
No se ha permitido por parte de función pública, el desarrollo de las funciones de control del acuerdo en cuanto a la elaboración de la parte específica de los temarios, que han sido publicados sin control ni revisión alguna de la comisión de seguimiento. En CSIF, como hemos publicado en nuestro blog a lo largo del periodo de negociación, hemos sido el único sindicato que ha mantenido una actitud vigilante y crítica a las propuestas de la administración. Desde la publicación de las primeras convocatorias, denunciamos el incumplimiento del acuerdo de estabilidad, como publicamos el 22 de septiembre:

https://csifgva.blogspot.com/2019/09/la-administracion-no-cumple-con-el.html 

Gracias a esta denuncia, la administración convocó la comisión de seguimiento del plan de estabilidad. Durante las negociaciones, hemos ido alertando de que la administación hacía caso omiso a nuestras propuestas, y que la estabilidad que se estaba configurando era insuficiente. 

¿Que va a hacer CSIF al respecto?

Finalizada la negociación, siendo que CSIF considera que se incumple de manera notable el acuerdo de estabilidad, vamos a impulsar diversas acciones: 

Elaboración de escrito de denuncia del incumplimiento del plan de estabilidad a la Dirección General de Función Pública. 
Impugnación de las convocatorias a través de nuestro servicio jurídico a solicitud de nuestros afiliados 
Elaboración de notas de prensa para denuncia pública del incumplimiento del acuerdo Movilizaciones de protesta frente a la sede de la Consellería de justicia, interior y administración pública. 

 ¡¡Os mantendremos informados!!

domingo, 22 de diciembre de 2019

Incumplimiento del acuerdo de estabilidad en los temarios específicos de la A. Especial.


Desde CSIF nos genera inquietud que la administración haya decidido publicar posteriormente la parte específica sin que se convoque la comisión para revisar la reducción realizada, más si cabe considerando el carácter disperso de la elaboración de los temarios de la administración especial, lo cual conllevará ineludiblemente a criterios desiguales de reducción de temarios de administración especial entre sí y con respecto a la administración general. Del mismo modo esta falta de revisión, justificada en la diligencia por realizar las convocatorias, puede provocar la reiteración de errores de contenido en la administración especial.

"Habida cuenta de las convocatorias de especial que están publicándose estos días, reclamamos que en la parte especial de los temarios de administración especial no se está produciendo, tal y como adelantamos en las anteriores reuniones, la reducción del contenido del temario."

Tras la publicación de muchas de las convocatorias de la administración especial, podemos asegurar que las advertencias de CSIF, además de haber sido ignoradas por la administración, han confirmado la mediocridad de la metodología efectuada para la elaboración de los temarios específicos de la administración especial, y ya veremos que ocurre con los de la adminitración general.
Y para muestra un botón, hemos realizado el ejercicio de comparación de dos convocatorias, turno libre y promoción interna, donde se comprueba, no solo que no se ha realizado una reducción del contenido de los temas, sino que además, SE HA AMPLIADO EL CONTENIDO con respecto a la anterior convocatoria juntando temas para la confección de los nuevos temas, una burla sin paliativos.

Convocatoria 55/18 Arquitectura turno libre:

Es escandaloso comprobar como en esta, como en otras convocatorias, lejos de realizar la concrección de títulos o apartados de las leyes, al contrario, SE HA DUPLICADO EL CONTENIDO DE LOS TEMAS, REALIZANDO UN TEMA DE ESTABILIDAD CON 2 DEL TEMARIO DE LA OPE 16, sin disimulo alguno:
El tema 30 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 25 y 27 de la ope 16.
El tema 33 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 30 y 31 de la ope 16.
El tema 43 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 21 y 42 de la ope 16.
El tema 44 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir los temas 39 y 20 de la ope 16.
El tema 45 de la convocatoria 55/18 es el resultado de unir el tema 60 de la ope 16 y un nuevo tema abstracto sobre aplicaciones informáticas.
Por tanto, en lugar de una reducción del contenido de los temas, se produce una AMPLIACIÓN DE 5 TEMAS.
 
Convocatoria 56/18 Arquitectura promoción interna:
Más doloso, si cabe, comprobar el mismo procedimiento en promoción interna:
El tema 2 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 2 de la ope 16 (PI) y 58  (Tl) de la ope 16.
El tema 5 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 6 y 8 de la ope 16 (TL)
El tema 16 de la convocatoria 56/18 es el resultado de ampliar el tema 34 de la ope 16.
El tema 21 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 6 y 13 de la ope 16.
El tema 24 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 15 y 16 de la ope 16.
El tema 26 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 17 y 18 de la ope 16.
El tema 27 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 20 y 21 de la ope 16.
El tema 28 de la convocatoria 56/18 es el resultado de UNIR LOS TEMAS 22, 23 Y 24, de la ope 16.
El tema 34 de la convocatoria 56/18 es el resultado de unir los temas 32 y 33 de la ope 16.
¡EN TOTAL UNA AMPLIACIÓN DE 10 TEMAS! Quedaría (oh sorpresa) el mismo número de temas que en la promoción interna de la ope 16, por tanto ni reducción de número de temas ni contenido, ¡UNA ESTAFA!
Una práctica, que incumple de modo fragrante el acuerdo del plan de estabilidad. 

¿Que hacer? 
Desde CSIF vamos a denunciar por escrito la situación detectada, por lo que os solicitamos que si sois conocedores de situaciones similares en vuestras convocatorias, como la duplicidad de temarios, introducción de temas obsoletos, incongruentes con las tareas o la titulación, y demás situaciones anómalas, nos lo comuniquéis, por wassap al teléfono de difusión CSIF (658 968 999) o mediante comentarios en esta entrada.
Además tenéis la posibilidad de impugnar las convocatorias, interponiendo recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación en el DOGV, ante la Consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este sentido, en CSIF ponemos a disposición de nuestros afiliados el servicio jurídico.




lunes, 16 de diciembre de 2019

Conclusiones reunión de la comisión de seguimiento del plan de estabilidad celebrada el 13/12/2019

Como anunciamos en difusión de CSIF, el pasado viernes tuvo lugar la comisión de seguimiento del Plan de Estabilidad, con el objeto de tratar el temario general de la Administración General, que podéis descargar en los siguientes enlaces:

Materia común Estabilidad:


En dicha reunión, desde este Sindicato se apoyó lo expuesto por otra formación sindical sobre los contenidos obsoletos y excesivos del temario referente a la Unión Europea, y que la administración se ha comprometido a revisar, mediante solicitud de informe al Servicio de Relaciones Europeas. Reclamamos además, la revisión de los temarios de la parte específica. La administración, del mismo modo que hizo con la administración especial, deniega la posibilidad de revisarlos, dejando fuera de la negociación sindical los temarios específicos.
No podremos de este modo, valorar si hay una reducción del contenido del temario, otra piedra más en un proceso de estabilización que se aleja sustancialmente de lo acordado. 

Exponemos la incongruencia que supone, a juicio de CSIF, que el aspirante deba decidir en el primer ejercicio la especialidad jurídica o económica, ya que el concurso posterior será a la totalidad de las plazas de ambas especialidades. A este respecto, Función Pública en el A1 se comprometió a retirar del temario específico para el primer ejercicio los temas correspondientes a la especialidad jurídica/económica.

Planteamos que en el temario de la Ley Orgánica del Tribunal constitucional, en las oposiciones anteriores se preguntaban títulos concretos y en los temarios propuestos se incluye la totalidad de la Ley. Obtuvimos también el compromiso de reducir el contenido del tema referido.

Reclamamos el trato injusto al que se somete al funcionario de carrera con una promoción interna, que lejos de cumplir con lo establecido en la ley de función pública, en su artículo 119: "Las convocatorias podrán establecer la exención de la realización de aquellas pruebas que tengan por objeto acreditar conocimientos ya exigidos en el acceso al cuerpo o escala de origen, por formar parte del mismo itinerario profesional". Han optado por imponer una oposición más complicada y reiterativa, por resultar dos ejercicios con diversos apartados con respecto al mismo temario.

Habida cuenta de las convocatorias de especial que están publicándose estos días, reclamamos que en la parte especial de los temarios de administración especial no se está produciendo, tal y como adelantamos en las anteriores reuniones, la reducción del contenido del temario.

Además desde CSIF solicitamos que las convocatorias no queden a merced de los dispuesto en el Decreto 3/2017 sobre la antelación de 48 horas para convocar el segundo ejercicio, que nos parece del todo insuficiente; más si cabe tras las experiencias de la OPE 16 donde se convocaron ejercicios con 8 días de antelación. Aunque se niegan a incluir un plazo mínimo de 15 días en las convocatorias o a través de nota informativa, trasladan que lo tendrán en cuenta en la calendarización.

Por último preguntamos por la posibilidad de coincidencia de fechas entre proceso ordinario y estabilización de un mismo cuerpo. Nos transmitieron que no harán coincidir las fechas.