viernes, 19 de enero de 2018

Gvcarrera3 (interinos): la GVA nos mintió

Hagamos un poco de memoria:

En el sistema de carrera profesional, tenemos la primera versión del mismo (gvcarrera1), con el primer texto del Decreto 186/14; una segunda versión para el personal que ha prestado servicios en dos o más grupos como funcionario de carrera o laboral fijo (gvcarrera2, la actualmente vigente, tras el Decreto 93/17); una tercera versión que debe dar cumplimiento a la carrera para el personal interino y temporal (gvcarrera3), y debido a los agravios que crea esta última, la previsión de una versión final (gvcarrera4) donde compute todo el tiempo prestado.

Respecto al sistema gvcarrera3, la carrera para interinos/temporales en aplicación de las sentencias de TSJ y TS; en octubre tuvimos una reunión informativa sobre la misma (te lo contamos en esta entrada del blog), pero a finales de octubre se decidió en una Mesa General que se consultaría al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) si la interpretación que hacía la GVA del sistema era la correcta o no.
Quedabamos, pues, a la espera de que el TSJ se pronunciara sobre la interpretación (estricta, a nuestro parecer) de las sentencias para aplicar el sistema.

Si en un primer momento la GVA preveía que en diciembre se pusiera en marcha el sistema, el encontrarnos a la espera de respuesta por el TSJ lo iba retrasando, cuestión que nos comunicaron ante las preguntas de CSIF al respecto en las mesas sectoriales de negociación del 6 de noviembre o del 18 de diciembre, o de la reunión ente DGFP y CSIF del 1 de diciembre, donde te contábamos esto:
CARRERA PROFESIONAL
GVCARRERA2 (promocionados): se están elaborando  las resoluciones y saldrán en el mes de enero, pero no antes. Como indica el decreto 93/17, los efectos económicos serán desde el 1 de septiembre de 2017.
GVCARRERA3 (interinos): ya se ha solicitado informe al TSJ sobre si la ejecución que plantean es correcta, y no se va a debatir / tratar nada sobre esta cuestión hasta que no haya respuesta del TSJ.
Posiblemente se comente sobe ambas cuestiones en la Mesa Sectorial de la 3º semana de diciembre.

Y esta semana nos hemos enterado, tras conversaciones con la Dirección General de Función Pública, de que NO SE HA CONSULTADO NADA AL TSJ. La GVA nos ha mentido (a las oganizaciones sindicales y a los empleados públicos afectados).

Parece ser que desde función pública se envió a Abogacía de la Generalitat la petición de consultar al TSJ sobre la aplicación de la Sentencia; pero desde Abogacía entendieron que no era necesario u oportuno hacerlo, en contra de lo decidido en Mesa General, y siendo conscientes de ello casi cuatro meses después, en los que "se ha dejado pasar el tiempo" mareando la perdiz y tomándonos el pelo a los funcionarios y laborales del Consell.

Desconocemos si Abogacía y Función Pública nos han mentido a los empleados, o Abogacía se ha mofado de Función Pública y de los empleados, creyendo también los responsables de la DGFP que la consulta estaba realizada y por eso debíamos mantenernos a la espera.

Según fuentes de la DGFP; en las próximas semanas tendremos una Mesa Sectorial donde seguiremos tratando esta cuestión, y desde la GVA se aplicará la sentencia con la intepretación estricta de la que nos informaron en octubre del año pasado.
Desde CSIF vamos a hacer constar que los empleados públicos nos sentimos insultados, nuestra decepción con este asunto -sea responsabilidad de función pública, de la abogacía, o de ambos-, y lo absolutamente intolerable que nos parece lo sucedido.

14 comentarios:

  1. Nos toman como tontos y caemos. Ha usado la excusa de la consulta al TSJ para retrasar más la aplicación sin saber que, de cualquier modo, van a tener que pagar con retroactividad.

    ResponderEliminar
  2. Pues sí que estamos apañados... Es un insulto porque para hacer una consulta no se necesitan 4 meses.

    ResponderEliminar
  3. La cuestión ya está en el TS gracias a otros sindicatos y otras administraciones. Por eso no hay ninguna prisa en la GVA. Cuando el TS se pronuncie, obrarán en consecuencia. Normal. No hay que ser ningún genio para entenderlo. No oculteis información

    ResponderEliminar
  4. Hola: Luego de leer los comentarios, en el ultimo de ayer a las 15:06 hs, manifiesta controversia, me gustaría y supongo que a mi y mas afectados, de parte del Csif aclarase tal cuestión, gracias y un saludo

    ResponderEliminar
  5. La persona de ayer parece que no leyó que Función Pública ha reconocido que no se ha elevado ninguna consulta al TSJ pq abogacía de la Generalitat no lo ha considerado oportuno. Yo no veo ninguna controversia. Han querido ganar tiempo pero no se para qué.

    ResponderEliminar
  6. Quizá una querella contra los responsables de no ejecutar las decenas de sentencias sobre carrera profesional les haga recapacitar sobre su inactividad.
    Tic tac tic tac .... la ruleta rusa ya está girando.

    ResponderEliminar
  7. Quizá el bigotes necesite compañeros de celda .... y si no lean el artículo 112 de la Ley de la jurisdiccion contencioso administrativa, ¿ME OYEN BIEN LOS DE FUNCION PUBLICA? (que se que de cuando en cuando leen este blog)
    Artículo 112

    Transcurridos los plazos señalados para el total cumplimiento del fallo, el juez o tribunal adoptará, previa audiencia de las partes, las medidas necesarias para lograr la efectividad de lo mandado.

    Singularmente, acreditada su responsabilidad, previo apercibimiento del Secretario judicial notificado personalmente para formulación de alegaciones, el Juez o la Sala podrán:

    a) Imponer multas coercitivas de ciento cincuenta a mil quinientos euros a las AUTORIDADES, FUNCIONARIOS o agentes que incumplan los requerimientos del Juzgado o de la Sala, así como reiterar estas multas hasta la completa ejecución del fallo judicial, sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiere lugar. A la imposición de estas multas les será aplicable lo previsto en el artículo 48.
    b) Deducir el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad PENAL que pudiera corresponder.

    ResponderEliminar
  8. Es discriminatorio, las personas que llevamos años en la Generalitat pero no los 5 años en el mismo puesto, no vamos a cobrar? llevo años en la Administración y creo que tengo el mismo derecho que otra persona que lleve solo 5 años

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Siempre han existido clases y clases, los interinos somos los parias y nos lo han hecho saber muy claramente de muy diversas formas. Yo he trabajado 12 años y tampoco junto 5... hago exactamente el mismo trabajo q mis compis de carrera pero mucho más barato. El decreto de carrera es un insulto a las más mínimas reglas de la decencia y de la honestidad. Se lo han arreglado bien unos cuantos... Conozco gente q entró en 1986 con una oposición para parbulitos, otros q entraron como laborales temporales y de repente eran funcionarios de carrera, otros.... en fin, y muchos cobran 1000 euros más al mes que los q nos estamos partiendo el lomo con una edad ya avanzada por cuatro miserables plazas y sin visos de una estabilidad clara. Cuando tengamos 55 años entonces sacarán oposiocioes... que asco.

      Eliminar
  9. Haber es que hay algo que no entiendo. ¿Porque no se basan en la antigüedad en la administración para poder subir de grado? De esta forma fuera sería mas justo, igual que hacen con la antigüedad en los trienios.

    Es una ¡vergüenza. Que hacemos los que siendo personal fijo hemos estado en dos grupos distintos, y por estar unos años en un grupo superior no existiendo la mejora de empleo en ese tiempo tuvo que solicitar la excedencia automática durante unos años para poder ocupar un puesto de grupo C al volver al grupo D, solicita su ingreso mediante el concurso de traslado convocado en su dia. Ahora no le sirvan esos años para computar el coeficiente que corresponda para aumentar el grado en el grupo D. Al fin y al cabo tanto la excedencia voluntaria como la automática es un derecho que puede acceder el personal fijo de la GVA y tanto uno como otro pueden reingresar a su puesto mediante un concurso traslado. ^¡No entiendo nada! que alguien me lo explique.

    ResponderEliminar
  10. Es más además todas las personas que han perdido un grado en su grupo de origen por haber desempeñado un grupo superior, también les perjudica a la hora de un concurso de traslado ya que puntúan el grado en el cuerpo, por todos los sitios ese personal sale perjudicado.

    ResponderEliminar
  11. El sistema de carrera planteado en sí mismo es una auténtica ignominia contrario a las más mínimas reglas de la decencia. Es profundamente discriminatorio y debería ser derogado. Parece mentira que en el contexto de un gobierno tan progresista e IGUALITARIO como éste, se utilicen todas las argucias para mantener una situación profundamente contraria a la igualdad como ésta. Una vergüenza y una indecencia.

    ResponderEliminar
  12. Esto es más de los mismo, marear y que pase el tiempo. En la Generalitat tratan a los interinos con un desprecio absoluto, solo somos mano de obra barata y silenciosa, quizá deberíamos protestar más y en serio de una vez. Y más vergonzoso aún, como dice el compañero, tratándose de un gobierno "progresista" que hizo unas cuantas promesas electorales. Aquí la igualdad no existe, ni siquiera para los funcionarios de carrera que también sufren otros agravios.
    Por cierto, el Consell ha aprobado hoy el anteproyecto de Ley de función Pública. Otro regalo envenenado, para esto sí que se dan prisa.
    Planteo retomar que solicitemos masivamente la carrera profesional los interinos y a ver entonces qué pasa.
    Y ojalá me equivoque pero todo parece que va encaminado a quitarnos del medio de la forma más barata posible cuando, respetando la ley, hay muchas opciones que otras entidades SÍ están aplicando.

    ResponderEliminar
  13. Paciencia no nos queda otra. Si hechamos la vista atrás en este tema. Recuerdo que la carrera profesional salió por decreto en el año 2009. Y tenía una implantación progresiva hasta el 2012 al 100%. Pero la realidad es otra en el año 2015 en año electoral el PP se acordó del tema y aplicó un 33% de la misma, 6 años después de aprobarla. En el 2017 se cobra el 100% de la. Misma por los F de carrera. 5 años después.
    Parece que este gobierno del botánico va por el mismo camino mismo perro con distinto collar. Me da que para el año 2022 lo cobraremos los interinos. Si tuvimos paciencia con el PP y aguantamos con el Tripartito tenemos que tener paciencia por lo. Que parece

    ResponderEliminar