viernes, 8 de septiembre de 2017

Versión gvcarrera2: modelos de solicitud / impugnación

En las últimas entradas de este blog hemos relatado la situación del sistema de carrera profesional tras la publicación del Decreto 93/2017, y la aplicación web del sistema que la GVA denomina gvcarrera2.

En la entrada del blog "Carrera para promocionados: pistoletazo de salida", detallamos las novedades del nuevo sistema, y la situación especial del personal que promocionó por planes de empleo / planes de ordenación del personal.

Posteriormente, en la entrada "Carrera para promocionados: mejora de empleo, trabajo en otras AAPP, progresión inmediata", explicábamos tres situaciones que podrían dar lugar a tener que solicitar la ponderación "en papel" (personal regularizado en mejora de empleo y aún no encuadrado en la carrera), hacer alegaciones (personal que promocionó pero en otra Administración Pública), o solicitudes tras el re-encuadramiento (por tener derecho a una progresión de grado inmediata).

En esta entrada, como os prometimos, ponemos a vuestra disposición "modelos de solicitud / alegaciones" que os puedan ser útiles ante toda la casuística.

A) Alegaciones básicas

La orden que abre plazo (hasta el 30 de septiembre) para solicitar la adaptación al sistema gvcarrera2, en principio obliga a utilizar la aplicación web, que incluye un apartado de alegaciones donde se puede incluir un texto escrito en el cuadro de texto, o adjuntar documentación -acreditativa de aquello que se alega, o un escrito de alegaciones-.

Si tu situación es la que comentaremos en los siguientes apartados, posiblemente te interese presentar el modelo de solicitud en papel, o adjuntarlo como documentación anexa; pero si es una alegación más sencilla, podría utilizarse el cuadro de texto de la aplicación.

Captura del apartado de alegaciones en la aplicación gvcarrera2
Pongamos dos ejemplos (posible texto de la "alegación" en rojo):

1. Te han calculado mal el tiempo de prestación de servicios en alguno de los grupos.

La persona interesada presenta la siguiente alegación a los datos propuestos por la Administración:

- Que en dichos datos existe un error respecto al tiempo de prestación de servicios en el grupo profesional (PONER GRUPO), ya que en realidad la experiencia en dicho grupo es mayor que la calculada por la Administración, como se puede acreditar con la documentación que se anexa (ANEXAR DOCUMENTACIÓN DONDE SE HAGA EL CALCULO CORRECTO), resultando un total de (AÑOS, MESES, DIAS) en el referido grupo.

- Que, realizando el cálculo y ponderación correctos teniendo en cuenta toda la antigüedad, los datos finales deben proponer una antigüedad total en el grupo actual de (PONER AÑOS, MESES, DIAS), con un GDP de nivel (PONER NIVEL) y con la siguiente fecha de progresión al próximo GDP: (PONER FECHA)

Solicita que sea tenida en cuenta la presente alegación y, en virtud de la misma, se reconozca todo el tiempo trabajado según lo expresado, admitiendo los datos de antigüedad, GDP propuesto y progresión al próximo GDP indicados en el párrafo anterior

2. El cálculo está bien, pero tienes en el Juzgado pendiente de sentencia una demanda sobre carrera por haber promocionado y deseas ponerlo de manifiesto.

La persona interesada MANIFIESTA que la solicitud que se realiza en esta aplicación electrónica se presenta sin perjuicio de mantener su pretensión sobre el cómputo del tiempo trabajado en varios grupos dentro del grupo superior íntegramente, realizada en su día ante la Administración del Consell, y actualmente pendiente de resolución judicial al respecto, siendo objeto del Procedimiento (PONER NUM PROCESO) en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo (PONER NUMERO DE JUZGADO Y CIUDAD); considerando que dicha solicitud satisface sólo en parte la referida pretensión, cuestión que se hará constar en el proceso judicial en su momento oportuno.


B) Solicitud para el personal promocionado por planes de empleo / planes de ordenación del personal


En el caso del personal que haya promocionado a través de un plan de empleo / plan de ordenación del personal (como por ejemplo, los colectivos de Tecnicos de Menores, Agentes Medioambientales, EIS, etc), se debe computar el 100% del tiempo trabajado en dicha categoría en el grupo superior, y no con la tabla de ponderación anterior.

Lo establece el propio Decreto, ya que esta pretensión de varios funcionarios afectados se ha ido ganando en los tribunales mayoritariamente:


Decreto 93/17: Artículo 11.3.
Los servicios prestados en puestos de trabajo de un colectivo profesional que hubiera sido objeto de una reclasificación mediante un plan de ordenación de personal que supusiera el paso a un grupo o subgrupo superior, se entenderán prestados en este último sin la aplicación de los factores de ponderación previstos en el apartado 1 del presente artículo.


En este caso, además, no es conveniente realizar la solicitud por la aplicación electrónica sin más, sino:
a) realizar la solicitud "en papel" haciendo constar dicha situación; ya que la aplicación electrónica computaría el tiempo del grupo inferior de forma ponderada
b) presentar alegaciones a la solicitud en papel

Te adjuntamos el modelo que preparamos desde CSIF, para que lo utilices como solicitud, o como documentación anexa en las alegaciones:



C) Solicitud para personal regularizado en mejora de empleo que haya prestado servicios como funcionario de carrera / laboral fijo en más de un grupo, pero aún no no está encuadrado / activado en el sistema de carrera,


Es la situación del personal que, desde la situación de falsa mejora de empleo, se regularizó a mejora de empleo tras la publicación del decreto que regula la selección y provisión (Decreto 3/17); en caso de que se regularizara antes del 25 de abril, con efectos desde el 25 de enero de 2017.

A este personal (unas 350 personas según estimaciones de la propia Administración), se le ha reconocido la situación de mejora de empleo (con su cese como interino y nombramiento en mejora), ya no se le descuenta la cotización por desempleo, pero aún no se ha resuelto sobre su encuadramiento en la carrera profesional: función pública nos admitió que -debido a la carga de trabajo pendiente que tienen- no han encuadrado a nadie aún.

Respecto al decreto 93/17 y el nuevo sistema gvcarrera2, la problemática es si el personal afectado, además del grupo donde presta servicios en mejora de empleo, ha prestado servicios como FC en más de un grupo en la GVA: como no está aún encuadrado, la aplicación web no le reconoce y no puede solicitar el re-encuadramiento.

¿Cómo puede solicitar el personal en esta situación su adaptación del GDP al nuevo sistema?
Necesariamente, debe solicitarlo "en papel" por registro de entrada, haciendo constar su situación.

No es buena idea esperar a disponer de la resolución de encuadramiento en la carrera desde el 25 de enero para pedir entonces en "re-encuadramiento", porque se habrá pasado el plazo para hacerlo con efectos económicos desde el 1 de septiembre: debe hacerlo con solicitud impresa y por registro de entrada, con plazo hasta el 30 de septiembre.
Para solicitarlo, te dejamos a tu disposición el siguiente modelo:


D) Personal que ha prestado servicios en otros grupos pero sólo en otras Administraciones Públicas.

El nuevo sistema de carrera profesional "busca" tomas de posesión como FC (o laboral fijo) en la GVA en diversos grupos, y una vez que encuentra alguna, computa toda la antigüedad en dicho grupo.
Eso significa que te contará todo el tiempo trabajado -sea como interino, fijo, temporal, etc., de acuerdo a la antigüedad según la Ley 70/78- en un grupo donde has sido FC o LF en la GVA; pero no te computará el tiempo trabajado en aquellos grupos donde sólo hayas sido interino o temporal, o hayas sido FC pero no en la GVA. Desde CSIF consideramos que esta interpretación no es la adecuada, y ue debería computarse toda la antigüedad en todos los grupos en que se haya prestado servicios (como fijo / de carrera, a la espera de la puesta en marcha de la carrera para interinos, obviamente).

El personal en esta situación puede aceptar la misma sin más, o reclamar que se le compute todo el tiempo trabajado como FC / LF en cualquier Administración Pública, sea mediante la presentación de alegaciones en el apartado creado a tal efecto en la aplicación web, o con una solicitud en papel.

Te dejamos nuestro modelo (para solicitarlo o para adjuntar como anexo en las alegaciones):


E) Personal que tras el re-encuadramiento tiene una PROGRESIÓN DE FORMA INMEDIATA

El decreto 93/17 comienza su vigencia el 20 de julio de 2017; y al ser una consecuencia del mismo, la aplicación web gvcarrera2 indica la situación del personal que ha solicitado el re-encuadramiento a esa misma fecha: 20 de julio de 2017.

Debido a la muy diversa casuística del personal afectado, es posible -en CSIF ya nos han transmitido casos particulares en dicho sentido- que el "próximo GDP" que lograría obtener el personal sea casi inmediato.

En estos casos, no se debe realizar ninguna alegación en la aplicación gvcarrera2, ya que la misma ha generado la información correctamente.Debe solicitar la progresión, y según el propio decreto de carrera, tendrá tres meses para ello desde el cumplimiento del periodo de permanencia.

El próximo martes días 12 subiremos una entrada a este blog con la información sobre progresión tras la versión gvcarrera2, y un modelo para solicitar la misma.

1 comentario:

  1. Soy funcionaria de carrera del grupo C1 (promocionada desde el C2) y actualmente me han regularizado mi situación a mejora de empleo (desde el 25/1/2017), pendiente de encuadrar en el sistema de carrera. Mi duda es la siguiente: Al solicitar ahora el encuadramiento para poder empezar a percibir el complemento de la carrera, ¿puedo sumar los 7 años trabajados hasta el 24/1/2017 como FIU para calcular el GDP en el grupo C1? Es que en vuestro modelo de solicitud parece que sólo se puede contar con la posibilidad de añadir el tiempo transcurrido desde el nombramiento en mejora de empleo (desde el 25 de enero de este año hasta la fecha actual), es decir, sólo unos 8 meses.

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