miércoles, 30 de agosto de 2017

Tablas retributivas 2017

Tras la actualización de nuestras retribuciones con el incremento general del 1% y el porcentaje del 100% de percepción del complemento de carrera profesional, te dejamos nuestro Informa sobre las tablas retributivas:



En este enlace encontrarás este documento en formato pdf.

miércoles, 16 de agosto de 2017

Recapitulemos: OPEs en marcha

En estos momentos, se encuentran en desarrollo tres OPEs distintas desde la Administración del Consell, más la OPE 2017 que se comenzará a negociar en septiembre -según los responsables de función pública, y a pesar de que desde CSIF hemos insistido en que deberíamos estar hablando ya de los criterios de dicha OPE y la consolidación de empleo-.

Recapitulemos qué hay en cada OPE y cuál es la situación:

OPE 2014
Se convocaron cinco categorías, más la de Agentes Medioambientales que es de la OPE 2014 pero se ejecuta conforme a la convocatoria de la OPE 2010.

Convocatoria 1/14, A2-30, Superior de Gestión de Tributos (12 puestos turno libre)
Finalizada, tomaron posesión en agosto de 2016

Convocatoria 2/14, C1-02, Especialistas en Sistemas y Tecnologías de la Información (7 puestos turno libre)
Finalizada fase oposición, en fase de concurso

Convocatoria 3/14, C1 Administración General (18 puestos, sólo promoción interna)
Finalizada fase oposición, en fase de concurso (se publicó en julio la valoración provisional de los méritos)

Convocatoria 4/14, A1-02, Abogados de la GVA (2 puestos turno libre)
Aún en fase de oposición, se ha realizado y corregido provisionalmente el 2º ejercicio.

Convocatoria 5/14, APF-Subalternos, diversidad funcional intelectual (2 puestos turno libre)
Tras listado definitivo de admitidos/excluidos, el examen será el lunes 25 de septiembre.

Convocatorias 22/10 y 23/10, C1-13-03, Agentes Medioambientales (3 puestos, 1 TL, 2 PI)
Tras declararse desierta la convocatoria de promoción interna, se publicó el listado provisional de la fase de concurso en julio de 2016.

OPE 2015
Se han realizado diversas convocatorias, aún queda una única categoría por convocar: las 5 plazas de turno libre para el grupo APF-Subalternos, diversidad funcional intelectual.

A2-30, Superior de Gestión de Tributos
Convocatoria 1/15, turno libre, 9 puestos, en fase concurso, listado provisional de baremación de méritos en julio.
Convocatoria 2/15, promocion interna, 3 puestos, declarada desierta (no se pueden sumar al turno libre por la tasa de reposición)

C1-14-03, Agentes Medioambientales
Convocatoria 15/15, turno libre, 12 puestos, en fase oposición (en junio se publicaron las notas del primer ejercicio)
Convocatoria 16/15, promoción interna, 3 puestos, en fase oposición (en junio se publicaron las notas del primer ejercicio)

Convocatorias de los grupos A1 y A2, Administración General y Especial, que disponen de listado de admitidos/excluidos y sobre los que la GVA ha anunciado que los EXAMENES SE CELEBRARÁN A PARTIR DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017:

A1-01, Administración General, 77 puestos (22 turno libre, 55 promoción interna)
A1-03, Cuerpo Superior de Intervención y Auditoría, 5 puestos (3 TL, 2 PI)
A1-06, Cuerpo Superior de Ingeniería en Informática, 14 puestos (8 TL, 6 PI)
A1-12, Cuerpo Superior Técnico de Ingenieria Industrial, 6 puestos (4 TL, 2 PI)
A1-13, Cuerpo Superior Técnico de Ingenieria de Minas, 1 puesto (1 TL)
A1-14, Cuerpo Superior de Ingeniería Telecomunicación, 3 puestos (2 TL, 1 PI)
A1-17, Cuerpo Superior Técnico de Ingeniería de Montes, 4 puestos (2 TL, 2 PI)

A2-01, Administración General, 69 puestos (19 turno libre, 50 promoción interna)
A2-02, Cuerpo Superior de Gestión en Ingenieria Técnica en Informática, 14 puestos (8 TL, 6 PI)
A2-09, Cuerpo Superior de Gestión de Ingenieria Tecnica Industrial, 8 puestos (8 TL)
A2-10, Cuerpo Superior de Gestión de Ingenieria Tecnica de Minas, 3 puestos (3 TL)
A2-11, Cuerpo Superior de Gestión en Ingenieria Técnica Telecomunicación, 3 puestos (3 TL)
A2-13, Cuerpo Superior de Gestión en Ingenieria Tecnica Forestal, 4 puestos (4 TL)

Convocatorias al Cuerpo Superior Técnico de Investigadores Científicos:
Escala A1-28-01, Científico Titular: 8 puestos (7 Tl, 1 PI)
Escala A1-28-02, Investigador: 11 puestos (10 TL, 1 PI)
En todas estas convocatorias el plazo de presentación de solicitudes para participar en las pruebas selectivas finalizó el 4 de julio de 2017.

OPE 2016
Sin tener en cuenta los procesos de "funcionarización por OPE", que son restringidos para el personal que ostente la condición de personal laboral fijo -y que, por tanto, ya superó unas pruebas selectiva y ahora se trata de regularizar su situación-, la OPE 2016 dispone de las siguientes categorías:

A1-01, Administración General (23 puestos, 8 TL, 15 PI)
A1-02, Abogacía de la GVA (2 puestos, sólo TL)
A1-08-01 Superior Tècnico de Archivística, Biblioteconomía y Documentación. Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas (11 puestos, 7 TL, 4 PI)
A1-11 Superior Técnico de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos (6 puestos, 4 TL, 2 PI)
A1-15 Superior Técnico de Ingeniería Agrónoma (16 puestos, 10 TL, 6 PI)
A1-18 Superior Técnico de Arquitectura (25 puestos, 15 TL, 10 PI)
A1-20 Superior Técnico de Psicología (10 puestos, sólo TL)
A1-24 Superior Técnico de Administración Socio-Sanitaria (16 puestos, 11 TL, 5 PI)
A1-25-02 Superior Técnico de Prevención de Riesgos. Escala Medicina del Trabajo (6 puestos, 4 TL, 2 PI)

A2-03 Superior Gestión de Promoción Lingüística (4 puestos, sólo TL)
A2-04-01 Superior Gestión Archivística, Biblioteconomía y Documentación. Escala Técnica de Archivos y Bibliotecas (7 puestos, 5 TL, 2 PI)
A2-08 Superior Gestión de Ingeniería Técnica en Obras Públicas (5 puestos, sólo TL)
A2-12 Superior Gestión de Geodesia y Cartografía (2 puestos, sólo TL)
A2-14-01 Superior Gestión de Ingeniería Técnica Agrícola. Escala ITA General (30 puestos, sólo TL)
A2-16-03 Superior Gestión de Acción Social. Escala Trabajo Social (15 puestos, 10 TL, 2 PI)
A2-17 Superior Gestión Arquitectura (10 puestos, 8 TL, 2 PI)
A2-19 Superior Gestión de Administración Sociosanitaria  (15 puestos, 10 TL, 2 PI)
A2-20 Superior Gestión Fisioterapia (3 puestos, sólo TL)
A2-30 Superior Gestión Tributos (18 puestos, 10 TL, 8 PI)

C1-01 Administrativo Administración General (110 puestos, 38 TL, 72 PI)

C2-01-01 Auxiliar de la Administración General (180 puestos, 65 TL, 115 PI)

APF-01-01 Servicios auxiliares generales. Escala Subalterna (144 puestos, 47 TL, 97 PI) 
APF-01-01 Servicios auxiliares generales. Escala Subalterna (diversidad funcional intelectual), (18 puestos, sólo TL)
APF-05-01 Servicios auxiliares sociosanitarios y educativos. Escala Ayudantes de Residencia/Servicios (16 puestos, sólo TL)

De todas estas categorías, sólo se ha convocado lo siguiente (por ahora):

Convocatoria 1/16, A2-03, Promoción Lingüística
Publicada el 24/07/17, 20 días de plazo para solicitudes de participación en las pruebas selectivas (hasta el 22 de agosto)

Convocatorias del A2-30, Gestión de Tributos:
Conv 2/16, turno libre y conv 3/16, promoción interna, 
Publicada el 4/08/17, 20 días de plazo para solicitudes de participación en las pruebas selectivas (hasta el 4 de septiembre)

martes, 8 de agosto de 2017

Carrera para promocionados: mejora de empleo, trabajo en otras AAPP, progresión inmediata

Desde la activación del sistema "gvcarrera2", en aplicación del Decreto 93/17 para el personal que haya prestado servicios en dos o más grupos profesionales en la GVA como funcionario de carrera o laboral fijo, nos hemos encontrado con determinada casuística de la que deseamos informaros.

Como cuestión previa, aconsejamos prudencia y paciencia; el plazo para solicitar el re-encuadramiento, así como poner de manifiesto cualquier otra situación (progresión, etc) no finalizará hasta, al menos, el 30 de septiembre, por lo que no tiene sentido actuar precipitadamente y sin pensar o consultar adecuadamente la situación de cada uno, a sabiendas de que nos encontramos en el mes típico de disfrute de las vacaciones.
Desde CSIF estamos a tu disposición para pensar a tu lado qué es lo mejor para ti, también en agosto, pero no es necesario que no "desconectes" en tus vacaciones por este tema: podemos avanzar en agosto, pero tendremos todo el mes de septiembre para ello si es conveniente.

Debemos distinguir entre las situaciones a las que da solución el Decreto y la aplicación, y aquellas en las que no es así, de las que -por ahora, a expensas de que nos puedas trasmitir alguna otra- encontramos tres principales:

a) Personal que se regularizó en mejora de empleo y además promocionó como FC, y aún no está encuadrado en la carrera
b) Personal que ha trabajado como FC en otras AAPP en grupos en los que no ha prestado servicios como FC en la GVA
c) Personal que, tras la ponderación, tiene una futura progresión inmediata (en algunos casos, incluso anterior al 1 de septiembre de 2017)

Situación clara: personal que promocionó de grupo


Ejemplo:

- 8 años en el grupo C2, 12 años en el grupo C1

- Hasta ahora, tenía el GDP II del C1 (como el compensatorio del C2 que le correspondería es menor no lo tiene)
- Tras la ponderación, tendrá (8x0,8)+12 = 18,4 años en el C1, por lo que a partir del 1/09/17 cobrará el GDP III del C1 y le quedarán 3,6 años para la próxima progresión

Una situación como la descrita es la más típica y sencilla que se da en la realidad, y en este caso el personal afectado debe entrar en la aplicación web (tiene hasta el 30 de septiembre de plazo para ello), comprobar que los datos que se recogen en la misma son correctos, y solicitar el re-encuadramiento (o como lo denomina la GVA, adaptación del grado de desarrollo profesional al nuevo sistema de carrera profesional)

A) MEJORA DE EMPLEO: aún no encuadrado en la carrera

Es la situación del personal que, desde la situación de falsa mejora de empleo, se regularizó a mejora de empleo tras la publicación del decreto que regula la selección y provisión (Decreto 3/17); en caso de que se regularizara antes del 25 de abril, con efectos desde el 25 de enero de 2017.

A este personal (unas 350 personas según estimaciones de la propia Administración), se le ha reconocido la situación de mejora de empleo (con su cese como interino y nombramiento en mejora), ya no se le descuenta la cotización por desempleo, pero aún no se ha resuelto sobre su encuadramiento en la carrera profesional: función pública nos admitió que -debido a la carga de trabajo pendiente que tienen- no han encuadrado a nadie aún.

Respecto al decreto 93/17 y el nuevo sistema gvcarrera2, la problemática es si el personal afectado, además del grupo donde presta servicios en mejora de empleo, ha prestado servicios como FC en más de un grupo en la GVA: como no está aún encuadrado, la aplicación web no le reconoce y no puede solicitar el re-encuadramiento.

Veamos un ejemplo:
Persona con el siguiente historial:
- 3 años en el C2, donde ha sido FC
- 9 años en el C1, donde es FC
- 4 años en el grupo A2, hasta el 24/1/17 como interino en "falsa mejora", y a partir del 25/1/17 como mejora de empleo
Esta persona, con el sistema de carrera anterior, debe tener reconocido el GDP I del C1 desde el 25 de enero, al estar en activo en su grupo de origen y en mejora en un grupo superior; pero aunque la GVA lo reconocerá sin duda, aún no ha resuelto sobre ello.
A su vez, como ha prestado servicios en dos grupos como FC, debe pedir el re-encuadramiento, ya que a partir del 1 de septiembre se le debería reconocer (3x0,80)+9 = 11,4 años en el C1, y obtendría el GDP II del C1.
No puede solicitarlo en la aplicación web ya que no está integrado en el sistema de carrera profesional.

¿Cómo puede solicitar el personal en esta situación su adaptación del GDP al nuevo sistema?
Necesariamente, debe solicitarlo "en papel" por registro de entrada, haciendo constar su situación.

No es buena idea esperar a disponer de la resolución de encuadramiento en la carrera desde el 25 de enero para pedir entonces en "re-encuadramiento", porque se habrá pasado el plazo para hacerlo con efectos económicos desde el 1 de septiembre: debe hacerlo con solicitud impresa y por registro de entrada, con plazo hasta el 30 de septiembre.

B) Personal que ha trabajado en OTROS GRUPOS pero sólo en OTRAS AAPP

El nuevo sistema de carrera profesional "busca" tomas de posesión como FC (o laboral fijo) en la GVA en diversos grupos, y una vez que encuentra alguna, computa toda la antigüedad en dicho grupo.
Eso significa que te contará todo el tiempo trabajado -sea como interino, fijo, temporal, etc., de acuerdo a la antigüedad según la Ley 70/78- en un grupo donde has sido FC o LF en la GVA; pero no te computará el tiempo trabajado en aquellos grupos donde sólo hayas sido interino o temporal, o hayas sido FC pero no en la GVA.

Distingamos dos ejemplos:

Ejemplo 1 (sin problemas):
Personal que ha sido:
- FC del grupo C2 en el Ayuntamiento durante 4 años
- Interino del C2 en la GVA durante 3 años
- FC del grupo C2 en la GVA durante 2 años
- FC del grupo C1 en la GVA durante 13 años
A esta persona se le contaría todo el tiempo trabajado en el C2 (4+3+2 = 9 años) para la ponderación, ya que hay una toma de posesión del C2 como funcionario de carrera en la GVA.
Con efectos del 1 de septiembre, esta persona pasaría del GDP II del C1, a tener (9x0.80)+13 = 20,2 años en el C1 y por tanto, obtendría el GDP III de dicho grupo y en menos de dos años progresaría al GDP IV.

Ejemplo 2 (problemático):
Personal que ha sido:
- FC del grupo E/APF en la Administración General del Estado (AGE) durante 13 años
- FIU, y luego FC del grupo C2 en la AGE durante 4 años
- FC del grupo C2 en la GVA durante 4 años
- FC del grupo C1 en la GVA durante 7 años
En este caso, a esta persona sí le computa el tiempo trabajado como C2 -tanto en la AGE como en la GVA-, pero no el tiempo trabajado en el grupo E/APF, ya que sólo ha sido funcionacio de carrera en dicho grupo en otras AAPP.
Esta persona podría entrar en la aplicación web y solicitar la ponderación desde los 7 años del C1 (GDP I) hasta los (8x0,80)+7= 13,4 años en dicho grupo C1 (GDP II), pero no se le reconocerá la ponderación desde el grupo E/APF hasta el C1 actual.
Esta situación no es un error de la aplicación web, sino que desde función pública lo interpretan así.

Desde CSIF consideramos que esta interpretación no es la adecuada, y ue debería computarse toda la antigüedad en todos los grupos en que se haya prestado servicios (como fijo / de carrera, a la espera de la puesta en marcha de la carrera para interinos, obviamente). El propio Decreto 93/17 dice lo siguiente (no indica que necesariamente el tiempo de prestación de servicios en otros grupos haya debido de ser en la GVA);
Primera. Adaptación al nuevo sistema de carrera. 
1. El personal funcionario de carrera que se hubiera incorporado al sistema de carrera profesional horizontal en aplicación de lo previsto en el artículo 8.2 y disposición adicional primera, en relación con las disposiciones transitorias primera a cuarta del Decreto 186/2014, de 7 de noviembre y que, con anterioridad a la entrada en vigor de dicho decreto, hubiese prestado servicios en más de un grupo o subgrupo de titulación, podrá solicitar la adaptación del grado de desarrollo profesional reconocido al nuevo sistema previsto por el presente decreto, acumulando a la antigüedad en el grupo o sugrupo desde el que accedió, la que tuviera reconocida en el resto de grupos o subgrupos en los que tuviera reconocida la condición de personal funcionario de carrera, multiplicada por el factor correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el cuadro que figura en el artículo 11 del Decreto 186/2014 en la redacción dada por el presente decreto. 

¿Qué puede hacer el personal en esta situación?

Si ha trabajado en varios grupos como FC en la GVA -como nuestro ejemplo 2-, la aplicación web le dejará acceder; si no es así, ni siquiera podrá acceder a la misma.
En cualquier caso, puede aceptar la situación sin más, o reclamar que se le compute todo el tiempo trabajado como FC / LF en cualquier Administración Pública, sea mediante la presentación de alegaciones en el apartado creado a tal efecto en la aplicación web, o con una solicitud en papel.

Desde CSIF, en breve os facilitaremos un modelo para realizar esta reclamación.

C) Personal que tras el re-encuadramiento tiene una PROGRESIÓN DE FORMA INMEDIATA

El decreto 93/17 comienza su vigencia el 20 de julio de 2017; y al ser una consecuencia del mismo, la aplicación web gvcarrera2 indica la situación del personal que ha solicitado el re-encuadramiento a esa misma fecha: 20 de julio de 2017.

Debido a la muy diversa casuística del personal afectado, es posible -en CSIF ya nos han transmitido casos particulares en dicho sentido- que el "próximo GDP" que lograría obtener el personal sea casi inmediato.

Veamos tres ejemplos y la solución que consideramos adecuada -tras hablar con función pública sobre ello- al respecto:

Ejemplo 1: tiempo de permanencia ya cumplido.
Personal solicita ahora, 8 de agosto, el reencuadramiento, y la aplicación web le dice que tras la ponderación:
- tiene reconocidos 15 años, 11 meses y 20 días a fecha 20/07/17, obtiene el GDP III
- el 30/07/17 (fecha ya cumplida) podrá progresar al GDP IV

Tengamos en cuenta que los efectos administrativos del nuevo sistema son desde la entrada en vigor del decreto (20 de julio), pero los efectos económicos serán desde el 1 de septiembre en todo caso.

¿Qué puede hacer?
No debe realizar ninguna alegación en la aplicación web, ya que la misma ha generado la información correctamente.
Debe solicitar la progresión, y según el propio decreto de carrera, tendrá tres meses para ello desde el cumplimiento del periodo de permanencia (en este caso, hasta el 30 de octubre).
Aunque la progresion sería en julio, los efectos económicos no comenzarán hasta el 1 de septiembre, ya que el re-encuadramiento tiene esa fecha de inicio.

Ejemplo 2: tiempo de permanencia a cumplir antes de septiembre.
Personal solicita ahora, 8 de agosto, el reencuadramiento, y la aplicación web le dice que tras la ponderación:
- tiene reconocidos 15 años, 10 meses y 25 días a fecha 20/07/17, obtiene el GDP III
- el 25/08/17 podrá progresar al GDP IV

Tengamos nuevamente en cuenta que los efectos administrativos del nuevo sistema son desde la entrada en vigor del decreto (20 de julio), pero los efectos económicos serán desde el 1 de septiembre en todo caso.

¿Qué puede hacer? Es prácticamente idéntico a la situación del ejemplo anterior:
No debe realizar ninguna alegación en la aplicación web, ya que la misma ha generado la información correctamente.
Debe solicitar la progresión, y según el propio decreto de carrera, tendrá tres meses para ello desde el cumplimiento del periodo de permanencia (en este caso, hasta el 25 de noviembre).
Aunque la progresion sería a finales de agosto, los efectos económicos no comenzarán hasta el 1 de septiembre, ya que el re-encuadramiento tiene esa fecha de inicio.

Ejemplo 3: tiempo de permanencia a cumplir después de septiembre.
Personal solicita ahora, 8 de agosto, el reencuadramiento, y la aplicación web le dice que tras la ponderación:
- tiene reconocidos 15 años, 9 meses y 25 días a fecha 20/07/17, obtiene el GDP III
- el 25/09/17 podrá progresar al GDP IV

En este caso, aunque los efectos económicos del nuevo sistema serán desde el 1 de septiembre, el cumplimiento del tiempo de permanencia será posterior.
Aunque, con toda seguridad, en ese momento aún no dispondrá de la resolución de adaptación del GDP al nuevo sistema.

¿Qué puede hacer?
Aunque no tenga la resolución del re-encuadramiento, debe solicitar la progresión, y según el propio decreto de carrera, tendrá tres meses para ello desde el cumplimiento del periodo de permanencia (en este caso, hasta el 25 de diciembre).
Y en este tercer ejemplo, cuando llegara la resolución de re-encuadramiento y la de progresión, la consecuencia práctica es que la persona tendría derecho al GDP III desde el 1 al 24 de septiembre, y al GDP IV a partir del 25 de septiembre.

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Además, en todos estos casos, para progresar deberá cumplir la puntuación correspondiente (que se obtiene a través de la formación recibida o impartida).

Próximamente tendrás a tu disposición un modelo para solicitar la progresión en estos casos que estamos elaborando desde CSIF.

Otras situaciones en que la aplicación web no permite el acceso a la solicitud

Es posible que la aplicación gvcarrera2 no permita el acceso; podrá darte varios tipos de errores, de los que distinguimos dos de ellos:

ERROR: NO HAS PROMOCIONADO
"Su intento de inicio de sesión no ha tenido éxito, inténtelo de nuevo. 
Motivo: Error en servicio web de login al validar al usuario. 
El usuario no ha promocionado en la administración."

Si da este error, es que el sistema gvcarrera2 reconoce que eres un empleado público con derecho a la carrera profesional, pero no encuentra en tu historial dos tomas de posesión como FC  o LF de distintos grupos.
Puede deberse a que en uno de los grupos sólo has trabajado como personal interino / temporal, o a la situación B de esta entrada (has sido FC de otro grupo pero sólo en otra Administración Pública).

ERROR: NO TE RECONOCE ESTAR EN EL SISTEMA
"Su intento de inicio de sesión no ha tenido éxito, inténtelo de nuevo. 
Motivo: Error en servicio web de login al validar al usuario. 
Según los datos que obran en el Registro de Personal, no cumple con los requisitos previstos por el decreto para tener derecho al acceso al sistema de carrera profesional, sin perjuicio de que pueda presentar la solicitud por registro de entrada."

Si da este error, puede deberse a que según el sistema no tienes derecho a la carrera profesional al ser personal funcionario interino o laboral temporal (recordemos que la "carrera para interinos" será la versión 3, y ésta es aún la anterior); o estás en la situación A de esta entrada, te has regularizado a mejora de empleo pero aún no estás encuadrado en el sistema.

En cualquiera de ambos errores, o si te da uno distinto, desde CSIF reiteramos estar a tu disposición para averiguar cuál es tu situación y qué estrategia seguir -dentro de la información que conocemos- para defender mejor tus derechos.

jueves, 3 de agosto de 2017

Reunión sobre nuevo modelo Oficinas Prop

El lunes 31 de julio se celebró una reunión entre la Administración y las organizaciones sindicales para debatir sobre el nuevo modelo de las Oficinas Prop en la GVA, para la que desde la GVA nos hicieron llegar el siguiente borrador, que puedes descargar en pdf desde aquí:


Estamos a tu disposición para recibir propuestas, ideas o preguntas sobre este nuevo modelo, y trasladarlas a la GVA para lograr una mejor y más eficiente Administración, con el modelo más consensuado y garantista de los derechos de los empleados públicos posible.

RESUMEN REUNION NUEVO MODELO OFICINAS PROP

Por parte de la Administración, junto a la Directora General de Función Pública, participaron dando información el Subsecretario de Transparencia, Alfons Puncel, y el Subdirector competente en la materia, Javier Gil.

Respecto al documento, la Administración nos indicó lo siguiente:

- El motivo de hacer un nuevo modelo, además de mejorar el servicio, es que tras las obligaciones de la Ley 39/15, la GVA podría dejar pasar el tiempo y que se obligara a asumir un modelo, o hacerse cargo de la responsabilidad y tener una propuesta propia y liderar la aplicación de la Administración electrónica, también para los Entes Locales; desde Transparencia se ha elegido esto último y por eso se quiere comenzar a aplicar este modelo cuanto antes

- Las oficinas son “Oficinas prop propias en asistencia en materia de registro y en uso de medios electrónicos”, la ley dice que desaparece el registro presencial, pero a las personas físicas hay que darles una asistencia. Los funcionarios hacen de intermediarios con el ciudadano para que el registro sea electrónico, y realizar una serie de tareas con la nueva normativa.
Estas tareas, y el servicio de digitalizacion supone que el tiempo de registro necesario para cada ciudadano se va a disparar (ahora son 4,5 a 5 minutos, y nos vamos a una media de 20 minutos).

- Las oficinas que se plantean que empiecen con ese modelo son CA90 (sería la primera), Prop I, calle Churruca en Alicante (se esta estudiando una segunda), Hermanos Bou en Castellon, y en Elche. Estas oficinas pasarían a ser las de asistencia en el sentido que decimos.

- Las ventajas de este modelo son el ser una apuesta por una atención nueva e integral a la ciudadanía. Todo el personal tendrá las mismas funciones, hay que romper con la idea de la especialización, y el personal ha de ser polivalente. Ademas para evitar problemas de que el ciudadano vea colas y funcionarios sin atender gente, lo que da lugar a quejas, etc.

- Para que esto sea posible, es necesario la dotación necesaria (ahora hay registros donde la gente lo pasa mal porque no hay recursos humanos suficientes), que haya una reclasificación, que haya una dependencia organica única, y una equiparación de niveles; con un complemento que reconozca el trabajo que hagan.
Si el modelo va adelante serán necesarias 25-30 personas en el CA90, en el Prop I unas 25, en el Prop Elx 11, y en Alicante y Castellon aun no está hecha la medida.
Además de eso, si una Conselleria quiere tener información especializada en una mesa la tendrá, pero estamos hablando de los registros y atención de la Ley 39/15.

- Se quiere empezar con un modelo con las seis oficinas que se han puesto encima de la mesa, comenzando por la del CA90, viendo como evoluciona y los problemas que van surgiendo.

- COMENTARIOS DE LA PARTE SINDICAL

- Hacemos hincapié en que el problema de los registros y Props es más global, y que deben homogeneizarse funciones, tareas y retribuciones para todo el personal que preste este servicio, que todo el mundo "haga y cobre" lo mismo, no puede depender que algunos sean del Prop y otros de Consellerias

- Que a pesar de que sí se indica en el documento la clasificación del jefe (A1-26-E047), no se establece con tanta concreción la clasificación del personal que vaya a prestar esos servicios (todos pensamos en el E030 como adecuado pero el que la GVA no lo indique no es buena señal), ni tampoco si la estructura con tanto personal será suficiente (la jefatura podría ser un A1/A2, y se podrían incluir otros mandos intermedios)

- Que debe hacerse un estudio de los medios humanos y materiales necesarios, y no fijarse únicamente en la atención principal, sino en todas las restantes tareas que realiza el personal (especialmente, la valija, Correos y el ORVE); la GVA responde que efectivamente se están fijando en la atención presencial, y que tengamos en cuenta que en el futuro la documentación "en papel" tenderá a disminuir drásticamente

- Que el personal debe tener los mismos derechos que el resto de empleados públicos en cuanto a la jornada, permisos y horarios, cuestión que ahora deviene imposible con el horario de registros; en el documento sólo se indica tímidamente que se deberá reformar el Decreto 175/2006

- Que, sin perjuicio de que no sabemos si las 170 personas que se necesitan son el número adecuado, no queda claro de dónde van a salir, si se van a crear puestos, adscribir los que ya hay, etc.

- Que falta una temporalización de todas estas medidas, cuándo y con qué efectos se van a llevar a cabo, si primero se reclasificarán los puestos y luego se trasladarán, cuando se harán las modificaciones normativas, etc.

En conclusión, la Administración indica que el documento es un borrador, que se debe ir ampliando, concretando más alguna propuesta e incluyendo un cronograma; en septiembre habría una nueva reunión, con el objetivo de que antes de finalizar el año se pueda haber puesto en marcha o visualizar claramente la Oficina del CA90.

miércoles, 2 de agosto de 2017

Carrera: reunión informativa con la GVA (interinos)

El pasado viernes 28 de julio, la Administración y los sindicatos tuvimos una reunión informativa sobre la situación de las modificaciones del sistema de la carrera profesional; estas modificaciones, como hemos comentado en alguna ocasión, serían tres:

Carrera versión 1: la que dio inicio
Carrera versión 2: la modificación ya aprobada por el Decreto 93/17, carrera para promocionados
Carrera versión 3: la ejecución de la sentencia para interinos
Carrera versión 4: una modificación global, en la que todo el tiempo cuente para todos (es la propuesta de la Administración para solucionar los agravios que se producen con las anteriores, nosotros dudamos -como ya les dijimos- de que se vaya a llevar a cabo y de que les quede legislatura para ello)

En esta entrada, te comentamos sobre la información de la carrera para interinos:

Situación actual: trámite de consulta previa

Como te indicamos en esta entrada, la GVA recibirá propuestas de ciudadanos hasta el 10 de agosto respecto al proyecto de modificación del decreto, en un trámite de información pública al que obliga la nueva  Ley de Procedimiento Administrativo.

En cualquier caso, lo colgado por la GVA en su apartado de "normativa en trámite" no recoge el texto de la modificación del decreto que prevén realizar.

En CSIF realizaremos propuestas en dicho trámite, sin perjuicio de nuestra negociación posterior, y para ello puedes enviarnoslas a nuestro correo electrónico, o venirte a la Ciutat Administrativa 9 d'Octubre, donde te atenderemos personalmente el jueves 3 de agosto de 2017, de 11 a 14 horas en la Sala G1 del Edificio A.

¿Por qué se ha tardado en plantear esta modificación y qué le falta al texto?

Según nos comentaron desde función pública, esta modificación no podía comenzarse hasta que se publicara el Decreto 93/17, ya que -entre otras cosas- se corría el riesgo de que el Consell Jurídic Consultiu considerase necesario hacerlo a la vez, perjudicando a un colectivo de empleados públicos y lastrando ambas reformas.

Ahora el texto ya se encuentra completo, a falta de la disposición transitoria que regule la puesta en marcha con la aplicación electrónica que se cree a tal efecto, y que parece ser es extraordinariamente compleja para reunir toda la casuística.

Desde función pública se reunirán en breve con la dirección general encargada de nuevas tecnologías, y esperan poder facilitarnos un "primer borrador" dentro del mes de agosto.

¿Qué contendrá la modificación?


La modificación incluirá diversas referencias al personal interino de larga duración, con estas dos premisas:



a) que el personal interino de larga duración tendrá derecho a la percepción de la retribución correspondiente, siempre que haya obtenido la puntuación mínima para ello -sobre el encuadramiento o la progresión-, y que dicha percepción no implicara en ningún caso el reconocimiento del GDP

b) que a los efectos del decreto tiene la condición de personal funcionario interino de larga duración el que haya tenido el mismo nombramiento durante 5 o más años (y que se encuentre en dicho nombramiento, ya que en caso contrario habría sido PFILD pero ya no lo sería actualmente)


Con dichas premisas, se modificarán los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 18, más las Transitorias que correspondan, además de una transitoria de puesta en marcha de dicho modelo.

Admite la GVA que, al tener efectos la Sentencia durante toda la vigencia del decreto 186/14, los efectos de esta modificación serían desde el 1 de enero de 2015.

¿Qué opinamos de esta modificación?

Desde CSIF manifestamos en la reunión nuestra opinión absolutamente contraria a esta interpretación restrictiva, que no trata igual al funcionario interino y al de carrera (incumpliendo la Directiva 1999/70/CE en la que se basan las sentencias), sobre todo al establecer que sólo vale un nombramiento de más de cinco años, y mientras se permanezca en el mismo, para tener derecho a la carrera, o al establecer que no se tiene derecho al GDP sino a la percepción económica (por lo que, al aprobar, cambiar de puesto, etc, se comienza de cero).

También denunciamos que los partidos políticos que apoyan al Consell incluían en su programa electoral el reconocimiento de la carrera para interinos, y en ese sentido se ha manifestado la Consellera -nuevamente en la Mesa General del pasado lunes 31-; es incoherente que ahora la interpretación sea restrictiva.

Sobre la solución que propone la Administración (la "versión cuatro"), indicamos que podría ser una verdadera solución efectiva, pero que no sabemos si dará tiempo a ello, si Hacienda permitirá dicho gasto, y además, es obvio que los efectos de la misma no serán desde enero de 2015 sino desde su puesta en marcha.