viernes, 22 de marzo de 2019

Aprobado el nuevo Decreto de condiciones de trabajo

Decreto aprobado

Como se preveía, el Consell en su reunión de hoy viernes 22 ha aprobado el decreto que sustituirá al actual decreto 175/2006, que fue consensuado en Mesa Sectorial con el apoyo de las organizaciones sindicales, y que mejora el régimen actual, suponiendo además un texto refundido de la numerosa normativa vigente -que incluso llega a ser contradictoria-: citado D175, con la reforma del decreto 68/12, II Plan de Igualdad, acuerdo sobre horarios entre GVA y sindicatos, EBEP y resto de normativa estatal.

Prensa y publicación (posterior a 1 de abril)

Os dejamos desde CSIF un interesante enlace a la web del Levante-EMV sobre el nuevo decreto de condiciones de trabajo, que hoy debe aprobar el Consell, según está previsto:
https://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2019/03/21/seran-nuevas-condiciones-trabajo-funcionarios/1851370.html

Según nos indicó la GVA en una mesa técnica, aunque se apruebe hoy, para no colisionar su entrada en vigor con la del RDL estatal que establece los nuevos permisos de nacimiento (paternidad / maternidad) y cuya vigencia el Gobierno demoró hasta el próximo lunes 1 de abril, el nuevo decreto de condiciones no se publicaría en el DOGV hasta pasada dicha fecha.

Nota de prensa del Consell sobre la aprobación del decreto:

Desde CSIF os dejamos en el siguiente enlace el texto del decreto que se aprobó en mesa sectorial para vuestra consulta, a sabiendas de que han habido modificaciones menores en el mismo (por ejemplo, en aplicación del RDL estatal sobre permiso de nacimiento / paternidad), pero creemos oportuno recordar la norma si el decreto aprobado por el Consell aún tardará varias semanas en publicarse.


Posteriormente, os hacemos un brevísimo recordatorio de las medidas más importantes sobre jornada y horarios que entrarán en vigor con el nuevo decreto y que afectarán al conjunto de empleados públicos.

Nuevo decreto de condiciones de trabajo: cambios en jornada/horario

Ante la importancia de esta nueva norma, desde CSIF queremos compartir un brevísimo recordatorio de las principales novedades que traerá el Decreto con su entrada en vigor, y que afectarán a nuestro día a día en el centro de trabajo, sobre jornada y horario (sin perjuicio de la nueva regulación de permisos, licencias y vacaciones):

Horario de verano
Se amplía la “jornada de verano”, que será desde el 15 de mayo al 15 de octubre, además de las vacaciones escolares en Navidad y Pascua.
Esta novedad ya será aplicable a partir del miércoles 15 de mayo de 2019.

Horario de permanencia obligatoria y flexibilidad
La permanencia obligatoria será de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
La parte flexible se amplía, y será de 7:30 a 9 h (lunes a viernes), de 14 a 19h lunes a jueves (todas las tardes, y no sólo los jueves como hasta ahora) y de 14 a 16h los viernes.

Recuperación de horas
La diferencia entre las horas que se deban realizar y las efectivamente prestadas podrán ser objeto de recuperación o compensación en el mes natural o en los dos siguientes (ya no es únicamente recuperar, sino también compensar las que se hayan hecho de más).
Ello sin perjuicio de la compensación horaria por exceso horario, de 2x1 (o 2:30x1 si es en día inhábil), que se produce cuando el exceso es requerido por la Administración.

Justificación de ausencias
Se deberá presentar justificante médico por ausencias por causa de enfermedad o accidente únicamente si la ausencia es de dos o más días, o si hay reiteración; si la ausencia es de un día y es puntual, no se requiere justificante.

Reducción de jornada sin merma retributiva
Se amplía que la hora de reducción de jornada por guarda legal de niñas/os hasta 12 años no comportará merma retributiva en tres casos más:
a) Si el menor requiere especial dedicación (único caso que existía en el actual D175)
b) Si el menor tiene 3 años o menos
c) Si hay dos o más menores hasta 12 años
d) Si es familia monoparental

Sobre la reducción de jornada para mayores de 60 años, sí está incluida en el texto del Decreto, pero no queda claro (antes de pronunciarnos vamos a esperar a su publicación) si comportará o no merma retributiva.

Bolsa de horas del 5%
Se recoge la posibilidad de negociar una bolsa de horas de libre disposición, acumulables, hasta el 5% de la jornada, por motivos de conciliación. Aún no se ha negociado con la GVA su puesta en marcha.

Jornada de 35 horas
El decreto establece una jornada de 37:30 y 35 horas, frente a las 38:45 y 36:15 actuales, pero la misma no entrará en vigor hasta que lo permita la legislación básica estatal (porque se modifique la misma, o por el cumplimiento de la GVA de los objetivos económico-financieros que lo permitan).

En cuanto se publique en el DOGV, os comentaremos desde CSIF con todo detalle toda la nueva regulación, y así que todos podamos ejercer íntegramente los derechos que se nos reconocen.

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