jueves, 23 de diciembre de 2021

 

HISTORIA DEL TELETRABAJO EN LA GVA

El Periódico Levante se hace eco de la desigual implantación del teletrabajo en la GVA y en los organismos autónomos.

 

El teletrabajo se extiende en el sector público pero sigue pendiente en las conselleries

 

El pasado mes de abril se publicó en el DOGV el Decreto 49/2021, de 1 de abril, del Consell, de regulación del teletrabajo como modalidad de prestación de servicios del personal empleado público de la Administración de la Generalitat.

 

El teletrabajo es una modalidad de prestación de servicios de forma no presencial que supone ventajas tanto para la Administración como para el empleado público, entre las que cabe destacar la reducción del tiempo en desplazamientos, la sostenibilidad ambiental o la mejora de la conciliación vida familiar-laboral.

CSIF fue el único sindicato que no apoyó el texto presentado por la administración para regular el Teletrabajo y sus razones fueron, entre otras, las siguientes:

              Rechazo a que se articule el teletrabajo mediante los denominados “Programas de teletrabajo”, CSIF considera que todos los empleados públicos tienen derecho al teletrabajo y que la administración debe garantizarlo y no supeditarlo a la puesta en marcha de los “programas”.

              CSIF considera que en las RPTs debería añadirse un apartado relativo a si un determinado puesto de trabajo es susceptible de ser desempeñado en la modalidad no presencial.

              Consideramos discriminatorio que se establezca, para  los empleados públicos que desarrollan teletrabajo, un sistema de control y evaluación y un horario obligatorio para el desempeño del mismo.

 

Os anexamos el Infoymas elaborado desde CSIF con información práctica sobre cómo pedir el teletrabajo y otros aspectos de interés.

 

 


 Desde CSIF, pese a considerar que este no era el mejor de los modelos, sí hacemos una apuesta firme por la implementación del teletrabajo en la GVA  y teniendo en  la mente la experiencia del anterior decreto -que nunca llegó a ponerse en marcha-, decidimos apostar firmemente por esta modalidad de trabajo y solicitamos reuniones con todas las consellerias y organismos autónomos.

Hemos mantenido reuniones de trabajo con todas las consellerias que han contestado a nuestra petición.

En concreto se han mantenido reuniones con las siguientes consellerias: Igualdad y Políticas Inclusivas; Sanidad; Economia Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo; Educación, Cultura y Deporte; Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital; Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática y con los siguientes organismo autónomos: Agencia Tributaria Valenciana, Labora e INVASSAT.

Estas reuniones han servido para dejar constancia de la apuesta firme de CSIF por esta modalidad de prestación de servicios no presencial y así se les ha hecho saber a todas las consellerias.

Desde todas las consellerias nos trasladan las dificultades que han tenido para elaborar los programas de teletrabajo por la complejidad de todo lo que hay que cumplimentar.

Detectamos buena predisposición en bastantes organismos, aunque otros son bastante más reticentes y se nota en la que algunos ya tienen preparados los programas y otros aún ni han empezado su elaboración.

Desde mediados del mes de septiembre en que la Comunidad Valenciana estuvo varios días sin declarar un solo contagio por coronavirus, el incremento en el número de contagios ha sido constante y alarmante, por ello desde CSF en todos los foros en los que hemos sido convocados por la administración hemos pedido, en vista de ese incremento constante de los contagios y las dificultades de padres que sus hijos están confinados para poder atenderlos, la instauración del teletrabajo, al menos para un 30% de la plantilla de la GVA.

Ante la situación actual -no puesta en marcha del Decreto de teletrabajo al no haberse aprobado ningún programa- y coincidiendo con el nuevo foro impulsado por la nueva Secretaria Autonómica de Justicia, mesa  “NUEVOS CANALES DE COMUNICACIÓN” en la reunión celebrada el  día 17 de diciembre de 202, CSIF vuelve a hacerse eco de esta necesidad.

Respecto al tema del TELETRABAJO, de lo hablado en esa reunión, destacar:

 

              Queda patente, y así se nos transmite literalmente, que la consellera no tiene ninguna intención de establecer porcentaje de teletrabajo -hemos solicitado que se permita teletrabajar, al menos, al 30% de la plantilla-.

 

              Considera la consellera, como justificación de esta decisión, que los índices de contagios no son altos y menos aún entre trabajadores de la GVA; que existe un elevado porcentaje de personas vacunadas; que los contagios que se producen lo son por relaciones sociales no por acudir al trabajo; y, que las dependencias de la GVA tienen establecidos protocolos de seguridad que garantizan la protección de los trabajadores.

 

              Por tanto, la consellera no ve necesario adoptar ninguna otra medida de contención para evitar la propagación de la Covid-19 y tampoco impulsar el teletrabajo en la GVA.

 

              CSIF protesta por ello y considera que es una decisión carente de todo sentido y basada sólo en los prejuicios que se ha demostrado existen por ese departamento hacia esta modalidad de prestación no presencial de servicios.

 

              Con respecto a nuestra solicitud de que se permita acogerse al permiso por deber inexcusable a aquellos funcionarios que, por cuidado de hijos confinados, deben quedarse en casa al cuidado de los mismos, se nos manifiesta que eso no es posible y que no existe voluntad política de que ello sea así. Que para esa eventualidad, los funcionarios tienen los días de libre disposición o pueden hacer uso de sus vacaciones anuales retribuidas.

 

              Con respecto a los programas de teletrabajo presentados por las diferentes consellerias, en concreto hemos preguntado por el de la Consellería de Economía, se nos informa que se presentó el viernes y está incompleto al faltar el informe de la DGTIC -preceptivo-. Que lo están estudiando y que cuando se sepa algo informarán a la Comisión de Seguimiento del Teletrabajo de la GVA.

 

              Durante la reunión se habla de que la DGTIC ha comunicado a las diferentes consellerias que sólo dispone de unos 2000 ordenadores portátiles y que carece de dotación presupuestaria para hacer frente a la totalidad de las necesidades, por lo que la compra de más equipos tendrá que salir del presupuesto de las mismas consellerias.

 

 

Con respecto a nuestra reivindicación de que los padres con hijos menores de 14 años confinados por motivo del protocolo Covid-19 puedan acogerse al teletrabajo. Consideramos que de esta forma los padres pueden cumplir con la obligación legal de atender a sus hijos y la administración no pierde efectivos en estos momentos tan delicados, señalar:

              Desde Función Pública no se ha adoptado medida alguna para facilitar esta alternativa, por lo que desde CSIF rechazamos la postura de la conselleria que considera que para cubrir esta eventualidad están los días de asuntos propios y las vacaciones anuales.

              Consideramos que la vía ajustada a derecho para poder ausentarse de su puesto de trabajo en estas circunstancias es solicitar el permiso por deber inexcusable, por lo que hemos preparado un modelo para solicitar este permiso ajustado a las circunstancias de confinamiento de un menor. Nuestros delegados os pueden facilitar el modelo si estás en estas circunstancias.

              En este sentido destacar que CSIF acaba de ganar la primera sentencia de España que reconoce a los padres el derecho a disfrutar de este permiso -Permiso por deber inexcusable del artículo 38 del Decreto 42/2019- cuando tengan hijos confinados por motivo del protocolo Covid-19.

              Se trata de la Sentencia 248/2021, de 17 de diciembre de 2021 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Logroño, que estima el recurso interpuesto por el recurrente sobre su derecho a disfrutar del permiso por deber inexcusable por tener un hijo menor de catorce años confinado por razón de protocolo COVID-19.

              Entre el fundamento expuesto por la citada sentencia señalar  que “se trata de un permiso de carácter residual entendiendo en tal caso que la situación que se pretende proteger -en ese caso cuidar domiciliariamente a un hijo menor de catorce años confinado por protocolo COVID-19- no puede ampararse en otros permisos recogidos en la legislación de función pública y en menor medida en vacaciones y que se otorga, además, por el "tiempo indispensable"- cinco días en este caso- mientras que otros permisos se "otorgan por un plazo previamente determinado en la disposición normativa correspondiente- de modo que se conceden por el tiempo mínimo pero necesario para atender la obligación o el deber que el mismo ampara.

              Asimismo la citada sentencia, en contra del criterio mantenido por la Dirección General de Función Pública, establece que “No pueden aplicarse o imputarse este tipo de permisos a los días de vacaciones pendientes de disfrutar correspondientes al año 2020 o a otro tipo de permisos.”

              Y concluye “Como ya señalara la STSJ de Galicia, de 17 de enero de 2011 (№ de Recurso: 5906/2007, No de Resolución: 3098/2011) "la presencia de un deber inexcusable de carácter público y personal, para justificar la ausencia, también está presente, desde el momento en que, en el artículo 110 de Código Civil, se establece la obligación de los padres de velar por los hijos menores; en que esta obligación tuitiva es insoslayable y con un matiz público evidente.”

 

Así las cosas nos hemos plantado en el mes de diciembre con casi 4.000 casos diarios notificados, cifra muy alarmante si pensamos que en las mismas fechas de hace un año la Comunitat notificaba menos de la mitad de casos.

En esta situación, las autoridades sanitarias han empezado a establecer restricciones para contener la expansión del virus -incluyendo incentivar el teletrabajo en las empresas privadas- y, sin embargo, la administración valenciana sigue sin considerar oportuno/conveniente facilitar el teletrabajo a sus empleados.

 

Asimismo nos encontramos con discriminaciones dentro de estos empleados. Desde CSIF hemos denunciado públicamente que el Instituto Valenciano de Finanzas tiene a sus trabajadores teletrabajando lo que supone una discriminación frente al resto de trabajadores públicos.

Señalar que la Conselleria de Justicia y Administración Pública sigue obstinada en su postura de no autorizar el teletrabajo para los empleados públicos por razón de la crisis sanitaria y tampoco se pone en marcha el teletrabajo “ordinario” - sin situación de crisis ya que no hay programas aprobados por la conselleria.

 

 

 

 

 

1 comentario:

  1. Totalmente de acuerdo. Es una irresponsabilidad que no se dé la opción de teletrabajar en estos tiempos de elevados contagios. Muchos funcionarios tenemos los portátiles guardados en los armarios de casa, mientras acudimos diariamente a oficinas donde trabajamos hacinados, compartiendo un baño para 25 mujeres o 3 ascensores para un edificio de 12 plantas (por ejemplo).Enrocarse en que la presencialidad es garantía de productividad es una creencia del pasado y demuestra nula confianza en la profesionalidad y responsabilidad de la gran mayoría de los empleados públicos. Gracias por aportar sentido común.

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