jueves, 23 de diciembre de 2021

 

HISTORIA DEL TELETRABAJO EN LA GVA

El Periódico Levante se hace eco de la desigual implantación del teletrabajo en la GVA y en los organismos autónomos.

 

El teletrabajo se extiende en el sector público pero sigue pendiente en las conselleries

 

El pasado mes de abril se publicó en el DOGV el Decreto 49/2021, de 1 de abril, del Consell, de regulación del teletrabajo como modalidad de prestación de servicios del personal empleado público de la Administración de la Generalitat.

 

El teletrabajo es una modalidad de prestación de servicios de forma no presencial que supone ventajas tanto para la Administración como para el empleado público, entre las que cabe destacar la reducción del tiempo en desplazamientos, la sostenibilidad ambiental o la mejora de la conciliación vida familiar-laboral.

CSIF fue el único sindicato que no apoyó el texto presentado por la administración para regular el Teletrabajo y sus razones fueron, entre otras, las siguientes:

              Rechazo a que se articule el teletrabajo mediante los denominados “Programas de teletrabajo”, CSIF considera que todos los empleados públicos tienen derecho al teletrabajo y que la administración debe garantizarlo y no supeditarlo a la puesta en marcha de los “programas”.

              CSIF considera que en las RPTs debería añadirse un apartado relativo a si un determinado puesto de trabajo es susceptible de ser desempeñado en la modalidad no presencial.

              Consideramos discriminatorio que se establezca, para  los empleados públicos que desarrollan teletrabajo, un sistema de control y evaluación y un horario obligatorio para el desempeño del mismo.

 

Os anexamos el Infoymas elaborado desde CSIF con información práctica sobre cómo pedir el teletrabajo y otros aspectos de interés.

 

 


 Desde CSIF, pese a considerar que este no era el mejor de los modelos, sí hacemos una apuesta firme por la implementación del teletrabajo en la GVA  y teniendo en  la mente la experiencia del anterior decreto -que nunca llegó a ponerse en marcha-, decidimos apostar firmemente por esta modalidad de trabajo y solicitamos reuniones con todas las consellerias y organismos autónomos.

Hemos mantenido reuniones de trabajo con todas las consellerias que han contestado a nuestra petición.

En concreto se han mantenido reuniones con las siguientes consellerias: Igualdad y Políticas Inclusivas; Sanidad; Economia Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo; Educación, Cultura y Deporte; Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital; Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática y con los siguientes organismo autónomos: Agencia Tributaria Valenciana, Labora e INVASSAT.

Estas reuniones han servido para dejar constancia de la apuesta firme de CSIF por esta modalidad de prestación de servicios no presencial y así se les ha hecho saber a todas las consellerias.

Desde todas las consellerias nos trasladan las dificultades que han tenido para elaborar los programas de teletrabajo por la complejidad de todo lo que hay que cumplimentar.

Detectamos buena predisposición en bastantes organismos, aunque otros son bastante más reticentes y se nota en la que algunos ya tienen preparados los programas y otros aún ni han empezado su elaboración.

Desde mediados del mes de septiembre en que la Comunidad Valenciana estuvo varios días sin declarar un solo contagio por coronavirus, el incremento en el número de contagios ha sido constante y alarmante, por ello desde CSF en todos los foros en los que hemos sido convocados por la administración hemos pedido, en vista de ese incremento constante de los contagios y las dificultades de padres que sus hijos están confinados para poder atenderlos, la instauración del teletrabajo, al menos para un 30% de la plantilla de la GVA.

Ante la situación actual -no puesta en marcha del Decreto de teletrabajo al no haberse aprobado ningún programa- y coincidiendo con el nuevo foro impulsado por la nueva Secretaria Autonómica de Justicia, mesa  “NUEVOS CANALES DE COMUNICACIÓN” en la reunión celebrada el  día 17 de diciembre de 202, CSIF vuelve a hacerse eco de esta necesidad.

Respecto al tema del TELETRABAJO, de lo hablado en esa reunión, destacar:

 

              Queda patente, y así se nos transmite literalmente, que la consellera no tiene ninguna intención de establecer porcentaje de teletrabajo -hemos solicitado que se permita teletrabajar, al menos, al 30% de la plantilla-.

 

              Considera la consellera, como justificación de esta decisión, que los índices de contagios no son altos y menos aún entre trabajadores de la GVA; que existe un elevado porcentaje de personas vacunadas; que los contagios que se producen lo son por relaciones sociales no por acudir al trabajo; y, que las dependencias de la GVA tienen establecidos protocolos de seguridad que garantizan la protección de los trabajadores.

 

              Por tanto, la consellera no ve necesario adoptar ninguna otra medida de contención para evitar la propagación de la Covid-19 y tampoco impulsar el teletrabajo en la GVA.

 

              CSIF protesta por ello y considera que es una decisión carente de todo sentido y basada sólo en los prejuicios que se ha demostrado existen por ese departamento hacia esta modalidad de prestación no presencial de servicios.

 

              Con respecto a nuestra solicitud de que se permita acogerse al permiso por deber inexcusable a aquellos funcionarios que, por cuidado de hijos confinados, deben quedarse en casa al cuidado de los mismos, se nos manifiesta que eso no es posible y que no existe voluntad política de que ello sea así. Que para esa eventualidad, los funcionarios tienen los días de libre disposición o pueden hacer uso de sus vacaciones anuales retribuidas.

 

              Con respecto a los programas de teletrabajo presentados por las diferentes consellerias, en concreto hemos preguntado por el de la Consellería de Economía, se nos informa que se presentó el viernes y está incompleto al faltar el informe de la DGTIC -preceptivo-. Que lo están estudiando y que cuando se sepa algo informarán a la Comisión de Seguimiento del Teletrabajo de la GVA.

 

              Durante la reunión se habla de que la DGTIC ha comunicado a las diferentes consellerias que sólo dispone de unos 2000 ordenadores portátiles y que carece de dotación presupuestaria para hacer frente a la totalidad de las necesidades, por lo que la compra de más equipos tendrá que salir del presupuesto de las mismas consellerias.

 

 

Con respecto a nuestra reivindicación de que los padres con hijos menores de 14 años confinados por motivo del protocolo Covid-19 puedan acogerse al teletrabajo. Consideramos que de esta forma los padres pueden cumplir con la obligación legal de atender a sus hijos y la administración no pierde efectivos en estos momentos tan delicados, señalar:

              Desde Función Pública no se ha adoptado medida alguna para facilitar esta alternativa, por lo que desde CSIF rechazamos la postura de la conselleria que considera que para cubrir esta eventualidad están los días de asuntos propios y las vacaciones anuales.

              Consideramos que la vía ajustada a derecho para poder ausentarse de su puesto de trabajo en estas circunstancias es solicitar el permiso por deber inexcusable, por lo que hemos preparado un modelo para solicitar este permiso ajustado a las circunstancias de confinamiento de un menor. Nuestros delegados os pueden facilitar el modelo si estás en estas circunstancias.

              En este sentido destacar que CSIF acaba de ganar la primera sentencia de España que reconoce a los padres el derecho a disfrutar de este permiso -Permiso por deber inexcusable del artículo 38 del Decreto 42/2019- cuando tengan hijos confinados por motivo del protocolo Covid-19.

              Se trata de la Sentencia 248/2021, de 17 de diciembre de 2021 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Logroño, que estima el recurso interpuesto por el recurrente sobre su derecho a disfrutar del permiso por deber inexcusable por tener un hijo menor de catorce años confinado por razón de protocolo COVID-19.

              Entre el fundamento expuesto por la citada sentencia señalar  que “se trata de un permiso de carácter residual entendiendo en tal caso que la situación que se pretende proteger -en ese caso cuidar domiciliariamente a un hijo menor de catorce años confinado por protocolo COVID-19- no puede ampararse en otros permisos recogidos en la legislación de función pública y en menor medida en vacaciones y que se otorga, además, por el "tiempo indispensable"- cinco días en este caso- mientras que otros permisos se "otorgan por un plazo previamente determinado en la disposición normativa correspondiente- de modo que se conceden por el tiempo mínimo pero necesario para atender la obligación o el deber que el mismo ampara.

              Asimismo la citada sentencia, en contra del criterio mantenido por la Dirección General de Función Pública, establece que “No pueden aplicarse o imputarse este tipo de permisos a los días de vacaciones pendientes de disfrutar correspondientes al año 2020 o a otro tipo de permisos.”

              Y concluye “Como ya señalara la STSJ de Galicia, de 17 de enero de 2011 (№ de Recurso: 5906/2007, No de Resolución: 3098/2011) "la presencia de un deber inexcusable de carácter público y personal, para justificar la ausencia, también está presente, desde el momento en que, en el artículo 110 de Código Civil, se establece la obligación de los padres de velar por los hijos menores; en que esta obligación tuitiva es insoslayable y con un matiz público evidente.”

 

Así las cosas nos hemos plantado en el mes de diciembre con casi 4.000 casos diarios notificados, cifra muy alarmante si pensamos que en las mismas fechas de hace un año la Comunitat notificaba menos de la mitad de casos.

En esta situación, las autoridades sanitarias han empezado a establecer restricciones para contener la expansión del virus -incluyendo incentivar el teletrabajo en las empresas privadas- y, sin embargo, la administración valenciana sigue sin considerar oportuno/conveniente facilitar el teletrabajo a sus empleados.

 

Asimismo nos encontramos con discriminaciones dentro de estos empleados. Desde CSIF hemos denunciado públicamente que el Instituto Valenciano de Finanzas tiene a sus trabajadores teletrabajando lo que supone una discriminación frente al resto de trabajadores públicos.

Señalar que la Conselleria de Justicia y Administración Pública sigue obstinada en su postura de no autorizar el teletrabajo para los empleados públicos por razón de la crisis sanitaria y tampoco se pone en marcha el teletrabajo “ordinario” - sin situación de crisis ya que no hay programas aprobados por la conselleria.

 

 

 

 

 

martes, 15 de junio de 2021

 

 Ya está aquí la XXIII Edición de Premios de Investigación y Estudios en Prevención de Riesgos Laborales  




Os animamos un año más a participar para seguir ayudando a la sociedad presente y futura en materia de prevención.

 Medalla del primer lugar Premio 1.000 € 

Medalla del segundo lugar Premio 500 € 

Medalla del tercer lugar Premio 300 € 

Toda la información la tienes aquí 👇🏻

 https://csif.es/sites/default/files/field/file/PDF%20UNIDO.pdf 

NOVEDAD EN FUNCIONAMIENTO DE AUT

 Instrucciones de funcionamiento de los actos únicos telemáticos tras la implantación de la nueva aplicación GVBORSES, os dejamos el link aquí abajo 👇🏻 

https://cjusticia.gva.es/es/web/recursos-humanos/instruccions-aplicacio-gvborses-funcio-publica


miércoles, 9 de junio de 2021

SE PUBLICA LA PREVISIÓN DE FECHAS PARA LAS PRÓXIMAS CONVOCATORIAS DE CONCURSOS GENERALES DE TRASLADOS


GRACIAS LA INSISTENCIA DE CSIF, LA ADMINISTRACIÓN POR FIN HACE PUBLICA LA PREVISIÓN DE FECHAS PARA LOS CONCURSOS DE TRASLADOS DE DISTINTAS CATEGORIAS.




lunes, 7 de junio de 2021

INFOymás ley 4/2021

 



RESUMEN DE LA COMISIÓN DE BOLSAS DE 3 DE JUNIO DE 2021




 COMISIÓN DE BOLSAS DEL PASADO 3 DE JUNIO DE 2021


 LA ADMINISTRACIÓN NOS INFORMA SOBRE LA SITUACIÓN DE LAS BOLSAS QUE ESTÁN EN PROCESO DE    BAREMACIÓN:


-Bolsa  A1-27, tienen previsto sacar el listado provisional en 10 días.

-Bolsa C2-01 correspondiente a la OEP 16, previsto en finales de junio, listado provisional.

-A1-24, médicos. Nace agotada.

-Bolsas que tienen previsto baremar durante los meses de junio/julio:

      - A1-01 OEP 16

     - C1-01, Arquitectos

     - A1-18,

     - Aytes. de residencia (APF-05)

     - Psicólogos (A1-20): con idea de sacar listados provisionales entre los meses de julio y septiembre.

-Revisión de alegaciones de la bolsa A2-01 de OEP15.

También se nos informa de que tienen muchos puestos por ofrecer en acto único de los cuerpos A2-01 y C2-01, pero que estarán unos días sin ofrecer nada ya que se  va a poner en marcha la nueva aplicación informática que facilitará la tarea de baremación y adjudicación de AUT y ADC. Pero que como toda herramienta informática necesita de una migración de datos y esto puede suponer que durante unos días no puedan realizar adjudicaciones.


GESTIÓN DE BOLSAS

Se nos informa que las personas que estén en un programa temporal de 3 años, si la Administración decide ampliar el programa por un año más (que es lo que la Ley permite) en el caso de renunciar a esa prórroga, será penalizado con la expulsión de la bolsa. Esta es la decisión que toma la Administración ya que entienden que una persona que durante 3 años ha estado desarrollando el trabajo decida no continuar supone un perjuicio al servicio público.

En el  articulo 5.5  de la orden de bolsas dice que hay que solicitar la activación en el plazo de los 10 días después de finalizar el nombramiento o bien cuando se recibe el alta tras una IT, si lo hace fuera de este plazo, no se le expulsara de la bolsa pero estará penalizado por 3 meses a contar desde el momento que solicita la activación. 


UTILIZACIÓN DE LOS LISTADOS DE APROBADOS

Como consecuencia de la utilización de los listados, algo que permite la orden de bolsas, y todas las dudas que sobre su gestión están surgiendo hemos solicitado a la Presidenta de la Comisión de bolsas que elabore una nota aclaratoria de la gestión de los mismos.


LLAMAMIENTOS DESDE LABORA

La presidenta de la Comisión nos plantea que tienen un número importante de plazas que tendrán que cubrir. Nos informa que de momento es para cubrir las peticiones que se hacen por parte de las Consellerias sobre programas temporales como consecuencia de la aprobación en el mes de abril del plan de actuación, esto quiere decir, que esos programas salen del presupuesto de cada conselleria nada que ver con la futurible puesta en marcha de los Fondos de Recuperación Económica, cuyas condiciones de gestión se desarrollan en la Ley 6/2021, de de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la Covid-19.

El problema es que con las bolsas de las que se dispone en Función Pública parece que no será suficiente para cubrir todo y ahí es donde Función Pública tiene un problema.


La Ley 4/2021 de Función Pública Valenciana, deja bien claro que para poder formar parte de una bolsa de trabajo debe de haberse aprobado un examen y sin embargo la Ley 6/2021 indica que en caso de no disponer de bolsa podrá acudirse a LABORA para poder cubrir estos puestos. Todos sabemos que el personal que salga de una oficina de empleo no está obligado a tener aprobado y ni siquiera ha haberse presentado a la convocatoria del cuerpo por el que se le hará el nombramiento.


Desde CSIF ya lo indicamos en el momento de la aprobación de la Ley 6/2021, así como en la Comisión de Seguimiento. Es necesaria la modificación de la Ley 4/2021 para evitar este agravio que se produciría pidiendo requisitos diferentes para un mismo puesto de trabajo


miércoles, 12 de mayo de 2021

Conclusiones de la Mesa Sectorial de Función Pública 11 de mayo 2021

El orden del día de la reunión es el siguiente: 

1. Aprobación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat y organismos públicos gestionados por la Conselleria competente en materia de función pública. 

2. Borrador de DECRETO XX /2021, de XX de XX , del Consell, de aprobación de la oferta de ocupación pública de 2021 para la Administración de la Generalitat. 

3. Borrador del Decreto XX /2021, de XX de XX , del Consell por el que se modifica el Decreto 220/2017, de 29 de diciembre, del Consell, por el que se regula la bolsa de empleo temporal de personal experto docente y se aprueban las bases del procedimiento de selección y nombramiento para la realización de acciones formativas en las que participe el SERVEF. 

4. Ruegos y preguntas. 


Aprobación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat y organismos públicos gestionados por la Conselleria competente en materia de función pública.

Por parte de la Administración se da cuenta de la necesidad de la aprobación de la RPT por las nuevas estructuras de las consellerias. Argumenta la necesidad de tener una “foto fija” ante la entrada en vigor de nueva LFP que supone la reducción de cuerpos. 

Las modificaciones por tanto son como consecuencias del desarrollo de los ROFs de las Consellerias. Se incorporan amortizaciones e incorporaciones, la mayoría temporales para la realización de programas temporales, y acumulación de tareas. 

Desde CSIF hemos manifestado la inoportunidad de la aprobación de la LFP y la precipitación que está suponiendo para toda la negociación, ya que la propia Administración quiere evitar  los preceptos de la nueva Ley que han aprobado.

No podemos apoyar la aprobación de las RPT dado que no existe de una planificación de recursos humanos en la GVA, quedando siempre abocados a la improvisación y al oportunismo. 

Exponemos claros ejemplos de dicha política errática y personalista, con ejemplos de amortizaciones de plazas de auxiliar administrativo a la vez que se inician programas temporales con plazas de auxiliar; o los cambios de Jefaturas que pasan de A1 a A2 y otras que pasan de A2 a A1 sin criterio ni orden, quedando la sospecha de la discrecionalidad en las modificaciones.

Tampoco entendemos como Función Pública no exige reciprocidad en la apertura de puestos a otras administraciones. 

Además denunciamos la constante amortización de puestos en una estructura que va paulatinamente perdiendo efectivos en favor de puestos de Jefatura, que finalmente no disponen de plantilla.


Borrador de DECRETO XX /2021, de XX de XX , del Consell, de aprobación de la oferta de ocupación pública de 2021 para la Administración de la Generalitat 

El Director General de Función Pública explica que la OPE va a ser de 719 plazas. Añade la incorporación de agentes medioambientales y considera qe resulta una OPE centrada en Administración General y ciertos cuerpos específicos como informáticos y psicólogos. Por ultimo indica que ha incluido una disposición por si existen medidas que permitan ampliar los puestos ofertados.

Desde CSIF hemos reiterado la denuncia de las prisas en la publicación de la nueva OPE para que no afecte la entrada en vigor de la nueva Ley de Función pública, y evitar que el 50% de plazas sean convocadas sin fase de concurso. Recordamos que somos el único sindicato que no apoyó dicha Ley, y sin embargo comprobamos que ni la propia administración que la aprueba ni las fuerzas sindicales que la respaldaron se la creen ni quieren aplicarla.

Consideramos que la aprobación de la OPE es precipitada,  ya que está prevista una reducción o eliminación de la tasa de reposición, y sin embargo la GVA lanza una OPE antes con las plazas limitadas, lo que demuestra que la aprobación de la LFP además de no ser consensuada fue precipitada.

Hemos solicitado datos sobre la realidad de los puestos de trabajo, ocupadas, vacantes, ocupadas por personal interinos, ya que resulta del todo inaceptable que las fuerzas sindicales no dispongamos de la información para poder valorar las propuestas de la administración, en un ejercicio que manifiesta la opacidad de la gestión de esta administración.

Por todo ello, CSIF no da su apoyo a la OPE 2021


Borrador del Decreto XX /2021, de XX de XX , del Consell por el que se modifica el Decreto 220/2017, de 29 de diciembre, del Consell, por el que se regula la bolsa de empleo temporal de personal experto docente y se aprueban las bases del procedimiento de selección y nombramiento para la realización de acciones formativas en las que participe el SERVEF.

La administración explica las modificaciones, considera que algunas las modificaciones son de corrección de errores detectados en su aplicación, otras para clarificar el contenido de algunos artículos, se añade una disposición adicional relacionada con el agotamiento de bolsas. 

En CSIF trasladamos que no ha existido negociación en la Mesa Técnica y por tanto solicitamos la retirada de este Decreto de esta Mesa Sectorial, una solicitud respaldada por todas las fuerzas sindicales.

La Administración consciente del error de bulto de plantear este Decreto sin negociación previa lo retira del orden del día.


Ruegos y preguntas

Desde CSIF hemos insisitido en varios temas que denunciamos periódicamente, como la solicitud de calendarización de concursos de traslados (cuyo avance ya trasladamos en lista de difusión y cuya solicitud realizamos por escrito). 

Funcionarios habilitados en registros

Además hemos insistido en la denuncia del incumplimiento de la legistalción en materia de habilitación de funcionarios de registros para la tramitación electrónica. En este sentido ha quedado patente la descoordinación entre las porpias consellerías para su aplicación.

Teletrabajo

Ante la consulta realizada el Director General confirma que los niveles de trabajo no presencial se mantendrán vigentes.

Conductores

Hemos preguntado que sucede con este colectivo ante su inclusión como personal eventual, y hemos manifestado que no se ha dado respuesta a la solicitud realizada por escrito. Desde la administración trasladan que las personas que están ocupando ese puesto siguen en ese puesto ya que no hay cese ni amortización y que habrá una modificación del decreto de eventuales

Privatización de traductores de Educación.

Denunciamos en lista de difusión la inadmisible privatización de este servicio a través de prórrogas de contratos que se eternizan. Solicitamos que se aumenten los efectivos y que el servicio sea público y de prestación pública.

Solicitud de CSIF para que los cursos de valenciano de la administración habiliten en el acceso a la misma 

Desde CSIF no compartimos que el valenciano sea un requisito para el acceso a la administración, como ya hemos explicado en numerosas ocasiones. A estos efectos, y a otros tantos, no apoyamos la Ley que incluye dicho requisito.

Si bien, hemos solicitado a la administración, que aquellos empleados públicos que hayan recibido formación en valenciano por parte de la administración, estén exceptuados del requisito.

CSIF considera que las explicaciones del DG sobre los cursos habidos hasta ahora están fuera de lugar y que la administración no ha hecho nada para abordar esta situación generada tras la aprobación de la LFP.