miércoles, 17 de octubre de 2018

Negociación Anteproyecto LFPV: disposiciones adicionales y transitorias

Finalizando la negociación del texto del Anteproyecto de Ley de Función Pública Valenciana, esta semana nos reuniremos para debatir sobre las disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales.

Tras este debate, que tendrá lugar esta misma semana, el Anteproyecto de la norma estará debatido al completo en mesas técnicas, encontrándonos pendientes de Mesa General para su negociación final, previa a la aprobación como Proyecto de Ley por el Consell y su remisión a Les Corts, donde tendrá por delante todo el trámite parlamentario.

En el siguiente enlace tenéis a vuestra disposición la propuesta de la Administración:


Consideraciones de CSIF

Respecto a esta propuesta de la GVA, en CSIF estamos preparando nuestras consideraciones, que distribuimos en tres grandes grupos:

A) Disconformidad con el requisito lingüístico

El texto incluye una Disposición Final con la siguiente regulación:

3. Las previsiones contenidas en esta Ley relativas a la acreditación de los niveles de conocimiento lingüístico, entrarán en vigor cuando se apruebe el reglamento previsto en el apartado segundo de la disposición final segunda. No obstante, si transcurrido un año desde la entrada en vigor de la presente Ley no se hubiere aprobado por el Consell el referido reglamento, el nivel exigible de los conocimientos de valenciano que habrán de acreditarse para el acceso en el ámbito del empleo público de la Comunitat Valenciana, serán los siguientes:
a) A1, A2, B: Certificado C1
b) C1: Certificado B2
c) C2: Certificado B1
d) Agrupaciones profesionales funcionariales: Certificado A2
 La acreditación de dichos conocimientos de valenciano deberá realizarse mediante certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixementes de Valencià.
Excepcionalmente, en el ámbito sanitario y de la salud, si hay necesidad de personal y este no dispone de la competencia lingüística acreditada, primará la garantía de la debida prestación de los servicios públicos en los términos que se determinen reglamentariamente.

Desde CSIF, como hemos manifestado en varias ocasiones, estamos en contra de que el valenciano deba considerarse requisito lingüístico, considerando que debe ser siempre mérito para el acceso, provisión o carrera profesional.

Por tanto, proponemos la eliminación de este apartado del texto de la Ley; sin perjuicio de ello, y siendo conscientes de que la voluntad política del Consell es imponer el requisito, queremos poner encima de la mesa las siguientes cuestiones:

i) Debe eliminarse el requisito lingüístico y que el nivel de conocimientos del valenciano sea mérito; en caso de mantener el requisito -y aunque no lo aceptaremos-, se debería actuar considerando lo que indicamos seguidamente:
ii) Debe modificarse la regulación para que sea un requisito a posteriori y no a priori, de forma que si no dispones del mismo puedas presentarse a las pruebas de acceso y obtenerlo después
iii) Todos los puestos deberían tener, como máximo, el nivel que se homologa en los estudios medios cursados en la Comunitat Valenciana, esto es, el elemental (actual B1), y no solicitar niveles superiores
iv) Los niveles marcados son superiores a los actuales, ya que para el grupo C1 se exige el B2, superior al actual elemental
v) En último término, si se impone el requisito, debe establecerse una moratoria para su aplicación, tal y como ha ocurrido -no exenta de polémica- con el personal docente

B) Procedimientos sobre personal: plazo para resolver y silencio administrativo

En la Disposición Adicional Vigésimosegunda (DA 22), se establecen los plazos máximos para resolver por parte de la Administración, y el sentido del silencio administrativo en cada uno de ellos.

Para nuestra sorpresa, faltan algunos procedimientos administrativos (como la solicitud de vacaciones), la mayoría indican una duración de tres meses que consideramos demasiado extensa, y en la práctica totalidad el silencio es desestimatorio; cuando precisamente la norma general de la Ley 39/2015, como la anterior Ley 30/92, es que el silencio ha de ser positivo.

Nos atrevemos a pedirte que revises dichos procedimientos, y nos hagas llegar tu valoración respecto de dichas cuestiones: qué procesos faltan, qué duración consideras que es incorrecta, y en qué casos el silencio debería cambiar de sentido respecto a lo propuesto por la GVA (que, para CSIF, te adelantamos que son la mayoría).

C) Otras cuestiones

Junto a las dos materias señaladas, hay otras cuestiones que entendemos debe alegarse sobre las mismas; a modo de ejemplo, se regula entre las Transitorias que los puestos de SGA, subdirector general o director territorial deben pasar a considerarse personal directivo público, respecto del cual no se negocian las condiciones de trabajo ni las retribuciones, ni tienen porqué ser ocupados por personal funcionario de carrera. Eliminan dichos puestos de trabajo del empleo público, propuesta sobre la que vamos a alegar en contra.

Además, regulan las 'Unidades Administrativas de Servicios Comunes' y las 'Unidades Administrativas de Apoyo Temporal', que pueden cambiar el mapa de puestos de trabajo en la estructura de la Administración -aunque puede ser para mejorar la eficiencia y las condiciones de trabajo, por lo que vamos a debatir sobre ellas pero desde una perspectiva favorable-.

¿Qué opinas?

Lo más importante es tu opinión; por ello, desde estas líneas mostramos nuestra disponibilidad a escucharte, estudiar tus ideas, y proponerlas a la GVA para optimizar el texto que regule nuestro régimen jurídico. Dinos: ¿qué opinas sobre estas propuestas de la GVA?

viernes, 12 de octubre de 2018

Propuesta gvcarrera4: primeras impresiones

El viernes 28 de septiembre, la Administración valenciana nos comunicó su propuesta de Decreto para regular la carrera profesional, que sustituiría al actual Decreto 186/14 (reformado por el Decreto 93/17), y que tras el fiasco de la propuesta que tumbó el Consell Jurídic Consultiu, hemos venido denominando "gvcarrera4".

El mismo viernes lo pusimos a tu disposición en el blog; y con esta entrada deseamos reiterar los enlaces al texto propuesto por la GVA, y puesto que las organizaciones sindicales debemos presentar el lunes 15 las consideraciones iniciales al texto, deseamos hacerte llegar ya una primera impresión.

¿Qué opinas?

Para optimizar el texto del decreto, a través de las alegaciones que presentemos, te pedimos que nos hagas llegar -por ejemplo, en comentarios de este blog, o en nuestro correo electrónico- tu valoración del decreto, o de las primeras impresiones de CSIF que recogemos en esta entrada.

Tu opinión, así como la "casuística" que puedes conocer, son importantísimos para lograr un sistema de carrera profesional justo e integral, sin más agravios comparativos entre unos y otros empleados públicos.

Texto propuesto por la GVA

Puedes descargar, en formato pdf, en los siguientes enlaces, el texto propuesto por la Administración:



Este texto, junto con las consideraciones de cada sindicato, será debatido en mesas técnicas hasta dar el apoyo (o no) en una Mesa Sectorial / CIVE, y tras ello continuar con su tramitación, que deberá incluir un nuevo dictamen del CJC previo a la aprobación por el Consell y publicación en el DOGV.

¿Dará tiempo a publicarlo antes de que acabe 2018? Tenemos dudas (muchas) sobre si dará tiempo y dudas (algunas) sobre los efectos de no publicarlo, como la prescripción de acciones; pero profundizaremos en ello en una próxima entrada.

Primeras impresiones de CSIF

Aspectos positivos a destacar:

Nos agrada que se tenga en cuenta toda la antigüedad para determinar el GDP/DPCR, y no únicamente el último nombramiento y si éste era superior a cinco años; cuestión que era la principal discrepancia entre la GVA y las organizaciones sindicales y los empleados públicos que éstas representan.

A su vez, aplaudimos que en las diversas Transitorias -sin perjuicio de las mejoras necesarias en las mismas-, se indique explícitamente que los efectos serán desde el 1 de enero de 2015, o en su caso, desde que se cumplan los requisitos si esta fecha es posterior.

Y también nos parece un acierto la Transitoria Tercera, por la que se reconoce el derecho del personal en mejora de empleo o que accedió tras enero de 2015 a re-encuadrarse con las perspectivas favorables de este decreto.

Posibles Alegaciones Generales:

Principal: diferenciación personal fijo y temporal
A pesar de que el CJC indicó que debía integrarse en el sistema de carrera profesional a todo el personal, la GVA en su propuesta sigue realizando la diferenciación entre personal fijo (que se integra en el sistema) y el personal interino (con derecho únicamente a la "percepción de la retribución correspondiente".
Esta diferenciación se hace patente en el artículo 1 (definición) y artículo 5 (donde crea el GDP y el DPCR), incluyendo en todo el resto del articulado.
Para CSIF, tal distinción es incomprensible: no entendemos las razones de hacer esta distinción, y por ello solicitaremos de inicio una explicación oportuna a la misma.

Laborales.
Inclusión de alguna referencia, en el preámbulo, a que todo lo acordado se aplicará en los mismos plazos al personal laboral.
Inclusión de la experiencia como personal laboral dentro del cómputo para el encuadramiento.

Cambios relación jurídica.
Referencia expresa a que los cambios de relación jurídica (de laboral fijo a FC tras funcionarización; o de laboral temporal en un nombramiento a FIU en otro al cambiar los puestos), así como el pasar de nombramiento temporal a permanente o viceversa (FC que es nombrado interino), no tienen efectos desfavorables sobre el personal.

Garantía retributiva si se regresa a un grupo inferior.
Debido a las circunstancias de la mejora de empleo, conocer qué ocurre si se regresa a un grupo inferior, y el alcance en tal sentido de la transitoria cuarta.

Progresión tras 2015
Inclusión como transitoria de una garantía para que el personal que generó derecho a progresar desde 2015 hasta el momento actual (tanto el interino, como el FC revisando su situación) pero no tenía los méritos (formación) suficiente para ello, pueda progresar desde la fecha que le correspondiera.

Relación con el plan de estabilidad
Estudio de si para la valoración positiva del tiempo trabajado en el sistema de carrera será necesaria la formación proporcional durante cada año, y sus efectos en el baremo de estabilidad.

Algunas cuestiones concretas articulado:

Artículo 2:
Dentro del objeto, sólo se nombra al funcionario de carrera.

Artículo 4:
Debería expresarse el derecho no sólo a conocer la situación del expediente, sino a ser evaluado y a que se le certifique dicha evaluación (para el cómputo del tiempo evaluado positivamente como mérito en las OPEs venideras)

Artículo 7:
Dentro del personal que acceda a otro cuerpo/APF, no queda demasiado claro qué ocurre con el funcionario interino que apruebe y pase a ser FC, ni si el tiempo para GDP se pondera y “reconvierte” en DPCR y viceversa.

Artículo 8:
Inexplicablemente, en la referencia a la progresión sólo se hace referencia al GDP, y no al DPCR; consideramos que es una (grave) errata y que se establecerá expresamente que el personal interino y temporal, así como el de mejora de empleo, progresan cuando cumplen los requisitos para ello, con igualdad con el personal funcionario de carrera, y tal y como indicaba el CJC como observación esencial.

Artículo 16:
La fecha de la progresión debe ser desde cuando se cumpliera el tiempo de permanencia aunque no se haya producido el reingreso, para no demorar el tiempo de permanencia para el GDP aún superior.

Artículo 19:
Aunque se vaya a determinar por orden los efectos en la evaluación del desempeño en caso de incapacidad temporal, debería manifestarse que en ningún caso podrán ser desfavorables por estar en dicha situación.

Artículo 30:
Incluir todo tipo de formación realizada por las organizaciones sindicales, y una referencia expresa a los cursos realizaciones con el aprendizaje o perfeccionamiento de idiomas (ya que están excluidos de valoración en los sistemas de acceso a la función publica).
En caso de ser posible, en dicho artículo u otro lugar más aconsejable, referencia a que no se podrá denegar la evaluación positiva por falta de formación si ésta no ha sido concedida al empleado afectado por culpa de la Administración (o ha sido denegado por necesidades del servicio).

Adicional Primera:
Junto a la referencia al personal que el 1-1-2015 tenia la condición de interino, también debería establecerse respecto al personal que tuvo esa condición con anterioridad o posterioridad a esa fecha.

Transitoria Primera:
La transitoria primera, además de para el personal interino que ahora pueda encuadrarse, debería seguir manteniéndose para el personal FC en excedencia cuando pudiera reingresar al servicio activo.
Debe aplicarse, en su ámbito personal de aplicación, no sólo al personal que el 1-1-2015 fuera interino, sino también a todo el personal que lo haya sido con posterioridad o anterioridad a esa fecha.
Siendo conscientes de que el único mérito para la progresión es la formación, y que en caso de no elegir qué requisito se usa para el encuadramiento se sigue el orden de prelación de dicha transitoria, sería preferible que la formación fuera el último requisito a “escoger” de oficio.
Computan con el mismo valor las horas de formación cursadas que las impartidas como docente, cuando éstas podrían valorarse más (y siendo necesarias menos horas para entender cumplido el requisito).

Transitoria Cuarta:
Debemos estudiar la casuística de dicha situación, si se refiere al complemento compensatorio de “gvcarrera1”, o también en caso de ponderación al regresar a un grupo inferior.

jueves, 11 de octubre de 2018

¿Mesa General en septiembre? La exigimos

En la Mesa General de Negociación celebrara en Valencia el 12 de julio de 2018, y ante las numerosas cuestiones a tratar, desde la Presidencia de la Mesa se manifestó el compromiso de convocar una nueva sesión de la Mesa General de Negociación en el mes de septiembre de 2018, donde se abordarían todas las cuestiones que desearan plantear las organizaciones sindicales.

Pese a haber transcurrido el mes de septiembre, no se ha realizado convocatoria alguna de la Mesa General ni de la Junta de Portavoces previa a la misma; considerando desde CSIF que resulta urgente y necesario debatir, negociar y aprobar, en su caso, determinadas materias, hemos exigido por escrito a la Presidencia de la Mesa General (la Consellera Bravo) su convocatoria, así como una relación inicial de cuestiones a tratar en la misma.

Te dejamos enlace al documento presentado a la GVA aquí.

Y a su vez, te dejamos el siguiente enlace a un medio de comunicación que se hace eco de nuestras reivindicaciones:

Captura de la noticia en prensa
Cuestiones a tratar en la MGN (propuestas por CSIF):

a) MEJORAS EN LA JORNADA
Traslación al ámbito de la Comunitat Valenciana de lo acordado el 9 de marzo de 2018 entre el Gobierno de la Nación y las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito nacional, CSIF entre ellas; en especial, respecto a:
i. Jornada de trabajo semanal de 35 horas
ii. Bolsa de horas del 5% del cómputo de la jornada flexible por motivos de conciliación personal, familiar y laboral
iii. Jornada de 18 horas lectivas para el personal docente

b) RECUPERACION DEL PODER ADQUISITIVO
Recuperación del poder adquisitivo del personal empleado público, y en especial:
i. distribución de los Fondos adicionales del 0,2% del Capítulo I / masa salarial, al amparo del citado Acuerdo de 9 de marzo de 2018 y según lo referido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018
ii. avance en la recuperación íntegra de los derechos que fueron recortados a los empleados públicos en el periodo 2010-2012, incluyendo las pagas extraordinarias completas

c) PLAN ACTUACION JUSTICIA
Plan de actuación del personal de la Administración de Justicia (referido explícitamente por CSIF en la MGN de 12 de julio, habiendo respondido la Conselleria que se trataría en la MGN de septiembre)

d) BAJA MEDICA AL 100% INCLUIDOS INCREMENTOS
Estudio de la mejora de retribuciones en caso de baja médica, incorporando a la complementación hasta el 100% de salario los incrementos que se puedan producir (como incremento salarial anual, o el devengo de nuevos trienios o ascensos en el sistema de carrera profesional / sexenios) durante la baja, según lo comentado en la MGN de 12 de julio.

e) CARRERA PROFESIONAL PARA TODOS
Situación del reconocimiento de la integración y derecho al sistema de carrera profesional horizontal para todo el personal empleado público (sea personal fijo, temporal/interino o en mejora de empleo), incluyendo la previsión respecto a su tramitación y abono, así como la carrera profesional para el personal del ámbito de las Universidades Públicas o del Sector Público Instrumental de la Generalitat

f) OPES Y ESTABILIZACION
Situación y previsión de las Ofertas de Empleo Público que se aprueben al amparo del Acuerdo de 9 de marzo de 2018 con el Gobierno de la Nación -incluyendo los criterios de tales OPEs y los procesos de estabilización y consolidación ligados a las mismas, como la voluntad de ofertar el mayor número de plazas posibles-.

g) REFORMA LEY 10/2010
Diversas mejoras de la regulación de la función pública valenciana a través de la modificación de la Ley 10/2010, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana; entre otras:
i. Mejora del sistema de requisitos de titulación en los cuerpos, escalas y agrupaciones profesionales funcionariales
ii. Derecho del personal laboral que haya participado en los procesos de funcionarización a la promoción interna

h) Cualquier otro asunto de interés de la Mesa General de Negociación a debatir y negociar, según se trate en la Junta de Portavoces previa a la misma

miércoles, 10 de octubre de 2018

Seguimiento Pactos EEE-EEI-Fisios Oct'18

Este miércoles 10 de octubre de 2018, después de que lo solicitara CSIF reiteradamente, se han constituido las Comisiones de Seguimiento de los Pactos de Mesa Sectorial sobre las condiciones de trabajo del personal educador de educación especial, educador de educación infantil, y fisioterapeuta.

Junto a la constitución de dichas Comisiones (aspecto formal), se realizó una primera valoración del seguimiento de los pactos, entre las organizaciones sindicales presentes (todas, ya que los Pactos se firmaron por unanimidad) y los titulares de las Direcciones Generales de Función Pública y de Centros Docentes (Eva Coscollà y Ximo Carrión).

Te resumimos lo tratado en dichas reuniones:

Cuestiones generales a todos los colectivos

Cumplimiento de los pactos:
La Conselleria de Educación reiteró que los pactos deben cumplirse en todo su contenido y tenor literal, que se habían producido reuniones con los directores de los centros y con la Inspección educativa para reiterar la obligación de respetar el pacto "a rajatabla", y que se iban a producir unas instrucciones aclaratorias sobre la interpretación de los mismos, para evitar 

Junto a ello, se destacó que en la mayoría de los centros se han cumplido adecuadamente tras algunas confusiones iniciales -cosa que reiteramos las organizaciones sindicales-, y se realizó una valoración positiva al respecto.

Se reiteró que aquellas discrepancias se van a resolver conforme acordamos el 3 de julio; los educadores y fisios no son monitores de comedor, y en ningún caso deben realizar tales funciones, y se deben contratar monitores para ello; incluso se indicó que Conselleria asumiría el déficit si algún centro lo argumentaba como excusa para imponer la atención directa.

Desde CSIF solicitamos que pudiéramos trabajar conjuntamente para elaborar dichas aclaraciones, y así optimizar el día a día en los centros de educación.

Nuevo grupo B:
CSIF, junto con el resto de organizaciones, reiteró el compromiso de la GVA de iniciar nada más transcurriera el verano la negociación para que el personal EEE y EEI pudiera acceder, con un título de Técnico Superior en Formación Profesional, al nuevo grupo B.

Tal y como se nos respondió en la Mesa Sectorial de septiembre, se está elaborando el texto de la convocatoria para iniciar tales procesos.

Horarios y COMIMED:
La negociación de horarios del personal implica que, una vez realizados por los centros docentes, con la conformidad o no de los empleados públicos afectados, se trasladan a las Direcciones Territoriales para que éstas lo notifiquen a su vez a las organizaciones sindicales, podamos realizar alegaciones y posteriormente reunirse en la Comisión Mixta de Mediación (COMIMED) para resolver discrepancias.
EN el momento actual, hicimos saber a la Conselleria que no han llegado ni una tercera parte de los horarios de los diversos colectivos en las tres provincias -por ejemplo, falta la mitad de los horarios de EEE de Valencia-; tomando nota la GVA de ello.

La Conselleria se comprometió a que en este primer trimestre del curso se habrá reunido la COMIMED y reducido las discrepancias a la mínima expresión.

Formación:
Todas las organizaciones sindicales solicitamos que se mejore la oferta formativa para el personal educador y fisioterapeuta, incluyendo la del IVAP, EVES y CEFIRE, y siendo la misma un mérito para los procesos tramitados en función pública, como -a modo de ejemplo citado en la reunión- la carrera profesional.

Fisioterapeutas

Hemos transmitido que las plazas no permanentes de fisioterapeutas (no adscritas a los CEE; ni experimentales ni proyectos piloto), que según el pacto debían de convertirse en puestos permanentes, pero en la práctica no se han modificado en las RPTs.
Función Pública nos informa de que están pendiente de modificar y que se hará próximamente, habiendo dado prioridad por el personal EEE y EEI porque habían puestos de nueva creación.

Respecto a los horarios, no se ha presentado disconformidad alguna, aunque aún no se han notificado todos los horarios (falta provincia de Castellón y Alicante, aunque parece que no existen tampoco disconformidades).

Educadores E. Infantil

Hay una importante problemática sobre las condiciones de trabajo del colectivo sobre la aclaración del significado de seguimiento, que ha presentado muchas discrepancias en los centros, ya que las direcciones e inspección son reacios a que el personal EEI no entren en el comedor y en las actividades extra-escolares; se debate en la comisión largamente sobre las situaciones concretas sucedidas.
Desde la Conselleria de Educación se reitera que se van a respetar los pactos y que se realizarán unas aclaraciones por escrito para ello.

Educadores E. Especial

Reiteramos que son necesarias las aclaraciones sobre las condiciones de trabajo del personal EEE, y que deseamos realizar las consideraciones oportunas al documento que elabore la Conselleria; también insinuamos que debe hacerse hincapié en el cumplimiento del pacto tanto con las direcciones de los centros como con la Inspección educativa, relatando un suceso sobre Inspección que (erróneamente) determinaba la obligación de entrar en el comedor para el personal.

También preguntamos por los 30 puestos (aprox.) de jornada no completa que desde la Administración se comprometió a ampliar hasta el 100% de la jornada y aún no se ha realizado; desde la GVA se confirmó que se está trabajando en ello.

También se trató sobre los puestos de educadores que aún están sin cubrir -y en la GVA nos pidieron que trasladásemos información de qué puestos son en concreto para determinar su situación y posible solución-, y de la referencia al personal educador en el desarrollo de la normativa sobre inclusión (la Orden que seguirá al Decreto de Inclusión).

lunes, 8 de octubre de 2018

Listado provisional bolsa libre C2 Admon General

El listado provisional del C2 que se publicó el viernes 5 de octubre lo puedes encontrar, junto con el resto de tramitación, en el siguiente enlace:


Funcionamiento de este listado provisional:

Paso 1. Se han comprobado las baremaciones superiores a 30 puntos, incluyendo los puntos que se otorgan por pruebas selectivas (que no se sumaban en el autobaremo cumplimentado por los aspirantes, sino de oficio por la GVA)

Paso 2. Con las baremaciones comprobadas, se han publicado dos listados: el de admitidos a baremaciones superiores a 30 puntos, y el de excluidos provisionales de tales baremaciones. A su vez, y para que la gente pueda comprobar que efectivamente su solicitud está en los expedientes, han sacado un listado -sin baremo-- de solicitudes presentadas.

Paso 3. Hay un plazo, hasta el martes 16 de octubre, para reclamar sobre los listados provisionales publicados, pudiendo hacerlo en el siguiente enlace:
Una vez resueltas las reclamaciones, se podrán ir haciendo llamamientos al listado de la bolsa.

No toca "reclamar" porque se tienen 25 puntos en el baremo y no sales en ninguno de los listados, ya que si tienes 25 puntos lo normal es que aún no se haya comprobado la baremación y por eso no sales. Si se detectan otro tipo de errores (que es fácil que existan, en una bolsa con 20 mil solicitudes) sí se puede y debe reclamar.

Paso 4. A CSIF nos consta que se están comprobando más baremaciones por debajo de 30 puntos, para poder hacer uso de las mismas en cuanto se acabase con el primer listado (de los cuales la inmensa mayoría ya están trabajando).

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Esta situación, que es la aceptada para un funcionamiento efectivo de las bolsas de empleo libres y que permitan la mejora de empleo, está generando bastante confusión entre el personal afectado; por favor, hacednos llegar -en comentarios de esta misma entrada, por ejemplo-vuestras dudas o consultas para poder resolverlas adecuadamente, o en caso de un funcionamiento incorrecto/irregular, trasladarlo a la GVA. ¡Gracias!
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Ejemplos:

Ataúlfo (*)  tiene en el autobaremo 34 puntos. Una vez comprobada, tiene en realidad 35,2. Debe estar en el listado 1 y será llamado según su orden de prelación.

Sigerico tiene en el autobaremo 32 puntos. Pero se ha sumado mal la experiencia, y en realidad tiene 27,5. Saldrá en el listado 2 como excluida de esta primera remesa, al no llegar a 30 puntos. Pero siempre se le llamará antes que cualquiera con una puntuación inferior.

Walia tiene en el autobaremo 27,6 puntos. No se ha comprobado su baremación, de forma que no sale en el listado 1 ni en el 2. Cuando la GVA, por necesidades del personal, vaya baremando, se comprobarán sus méritos. Si efectivamente es correcto que tiene 27,6 puntos, se le llamará antes que a Sigerico, que tiene 27,5.
Atención a esto: Sigerico no sale ganando por haber puesto más puntos, ni hay ningún agravio comparativo. Para llamar a alguien, se debe comprobar antes su baremación.

Teodoredo tiene en el autobaremo 28,5 puntos. No se ha revisado aún, y por eso no sale en el listado 1 ni 2, pero cuando se revise se darán cuenta de que en realidad tiene 30,3 puntos. En este caso, pasará adelante inmediatamente y se le llamará la primera.

Éste es el único caso en que alguien estaría agraviado, por haberse autobaremado por debajo de su puntuación real, de lo que sólo se darán cuenta cuando llegue a comprobarse. Debido a ello, siempre es aconsejable, ante la duda, puntuar todo lo que uno considere que puede ser aceptado 


(*) Primer rey visigodo en la península ibérica; para que nadie se sienta identificado, en los ejemplos preferimos indicar nombres no comunes.


Recordemos: ¿Quién tenía derecho a esta bolsa? es una bolsa LIBRE

La convocatoria de la Bolsa se publicó el 2 de agosto en el DOGV:

Se trata de una bolsa libre, y por tanto, tiene derecho a participar en la misma cualquier ciudadano que cumpla con los requisitos (que son los de titulación: estar en posesión del título de ESO o equivalente), siendo baremado de acuerdo con la convocatoria.

La única diferencia entre los aspirantes deviene de que aquellos que ocupen un puesto del mismo Cuerpo C2-01, y hayan sido nombrados desde función pública, no serán baremados hasta que cesen, manteniéndose como laboralmente activos hasta entonces:

(apartado segundo) 4. El personal interino o en mejora de empleo que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes señalado en la base quinta, esté desempeñando un puesto de trabajo encuadrado en el cuerpo C2-01 (auxiliar de la administración de la Generalitat) para el cual haya sido nombrado de la bolsa gestionada por esta dirección general, podrá solicitar su inscripción en la presente bolsa, si bien será baremado por la comisión de seguimiento en el momento que cese en el citado puesto, y en tanto ello se produce, constará como laboralmente activo.

A sensu contrario, el personal que ocupe un puesto del cuerpo C2-01, pero no haya sido nombrado en el mismo por la bolsa gestionada por función pública sino por otra bolsa específica (del SERVEF, de la Conselleria de Igualdad, o de la Conselleria de Educación), sí puede pertenecer a la bolsa y además será baremado como el resto de aspirantes.

domingo, 7 de octubre de 2018

Acuerdo criterios OPEs 2017; ¿cuál es el paso siguiente?

En la Sectorial/CIVE del miércoles 3, se acordaron los criterios que regirán las OPEs de 2017 a 2020, incluyendo los planes de estabilización; una vez aprobado el acuerdo por el Consell, ¿cuál es el paso siguiente? Lo que nos insinúa la GVA: números de la OPE 2018 y acumulación de OPEs.

Acordado en Mesa Sectorial y CIVE

El Consell, en su reunión del viernes 5, aprobó el Acuerdo; te dejamos enlace:

Te dejamos el texto (original) del Acuerdo firmado por unanimidad entre todos los sindicatos con representación en el ámbito de función pública:

Fotografía de representantes de la GVA y sindicatos tras la firma del acuerdo
Noticias en medios de comunicación sobre la firma:


Próximas convocatorias: GVA piensa en la acumulación de OPEs

Tras el Acuerdo, la GVA podría convocar cualquier Cuerpo / escala / APF incluido en el Decreto de la OPE 2017, y posiblemente la voluntad sería realizar las primeras convocatorias antes de finalizar el año 2018, pero para ello existe un doble impedimento:

a) Las categorías que sufren la 'problemática de las titulaciones', que deseamos resolver a través de la modificación de la Ley 10/2010 con la Ley de Medidas, no deben convocarse hasta que la misma esté resuelta, del todo o parcialmente; por lo que deben esperar a 2019 para ser convocadas-.


b) La GVA plantea acumular todas las categorías donde sea posible hacerlo junto a las de la OPE 2018, para ahorrar burocracia y procesos selectivos; por lo que dichas categorías -entre las que debería incluirse toda la Administración General- tampoco se convocarían hasta 2019.


NÚMEROS OPE 2018
Antes de todo ello, es necesario que la GVA nos indique su previsión de plazas a ofertar en la OPE 2018, y negociemos la distribución de cuerpos/escalas/APF, así como las plazas destinadas a la promoción interna o las categorías que se publicarían como turno libre ordinario y no en procesos de estabilización.
Para ello, desde CSIF hemos solicitado a la GVA que se nos comunique la situación actual de la plantilla: puestos vacantes puros, vacantes con ocupantes, y si éstos la ocupan desde los últimos tres años (procesos de estabilización) o desde antes de enero de 2005 (transitoria cuarta del TREBEP), etc, para un diseño óptimo de la Oferta de Empleo Público.

ACUMULACION OPES: ¿QUE OPINAS?
Aunque aún no es más que una previsión con la que trabaja función pública, somos conscientes de que su intención es acumular en lo posible las OPEs de 2017 y 2018.
Antes de realizar una valoración al respecto, queremos escucharte: ¿qué opinas sobre acumular OPEs?

sábado, 6 de octubre de 2018

Bolsas de trabajo: llamamiento aprobados, listado C2, otras novedades

Junto con lo acordado en Mesa Sectorial sobre las bolsas de empleo temporal, te podemos informar de otras novedades sobre las bolsas de empleo temporal: se ha publicado el listado de la bolsa libre del C2, se activaron a los desactivados tras el error de la GVA en el acto único del 31 de julio, y se prevén otras bolsas libres.

ACUERDO MESA SECTORIAL: LLAMAR APROBADOS / 1 de 19 DIVERSIDAD FUNCIONAL

En la Sectorial/CIVE del miércoles 3, se llegó a un Acuerdo -firmado por CSIF, UGT e Intersindical- sobre lo siguiente:

a) En caso de agotamiento de bolsas, realizar llamamientos al personal que haya aprobado en el primer ejercicio de la convocatoria de acceso que esté en marcha (primero aprobados promoción interna, después aprobados turno libre), y prever en su caso acudir a otros sistemas en circunstancias excepcionales
b) Incluir como excepción al orden de llamamiento al personal en diversidad funcional, para poder llamar cada 19 a una persona en dicha situación

Desde CSIF aceptamos el acuerdo, pero avisando de que estaremos vigilantes para que no se produzcan otros "parches" como ha sucedido últimamente, exigiendo que se vayan convocando bolsas que permitan la mejora de empleo antes que otros llamamientos 'estrambóticos' que producen inseguridad jurídica.

¿Por qué CCOO no firmó el acuerdo de bolsas?
CCOO estaba conforme con la modificación, pero no la apoyó debido a que no apoyó en su día el Decreto 3/17 debido a los últimos movimientos de la negociación de aquel reglamento.
En aquel momento, la GVA propuso que para formar parte de las bolsas de empleo temporal, necesariamente debía aprobarse un ejercicio del proceso selectivo del que derivase la bolsa, y los llamamientos se harían por orden de nota; a dicha propuesta nos negamos los sindicatos, logrando a última hora que se modificara y se mantuviera la regulación actual. Cuando CCOO indica 'movimientos de última hora' debe referirse a aquello -no hubo ningún otro-, por lo que debemos entender que desea que se exija aprobar para estar en bolsa.
Desde CSIF afirmamos que nos vamos a negar siempre a que exista dicho requisito, que vulnera los derechos del personal interino/temporal y dificulta la mejora de empleo. 

En su sesión del viernes 5, el Consell aprobó el Acuerdo de bolsas; os dejamos enlaces al respecto:


Acuerdos firmados (originales escaneados) en Sectorial:

COMISIÓN DE BOLSAS

Tras la más reciente reunión de la Comisión de Bolsas, podemos informaros de lo siguiente:

BOLSAS LIBRES.
Se van a convocar próximamente bolsas libres del Cuerpo A2-01 (A2 admon general), Auxiliares de Enfermería y Médicos (en el caso del A2-01, mientras se convoca y resuelve la bolsa se irán realizando llamamientos al listado de aprobados de marzo de 2018, según lo acordado en la Sectorial).

ACTIVADOS PARA MEJORA.
Tras reconocer la GVA que se equivocó en el acto único de C1 admon general del 31 de julio (y, por tanto, que CSIF tenía razón en lo manifestado en dicha sesión), el personal fijo que quedó desactivado en dicho acto, ha sido cambiado a penalización por tres meses.
¿Porqué es mejor así? Porque si quedas desactivado en una bolsa al estar trabajando como funcionario de carrera, de facto quedas desactivado "para siempre" (ya que nunca dejarás de ser FC), mientras que la penalización al no aceptar un puesto sin motivo es de únicamente tres meses.

CAMBIOS DE PUESTO POR SALUD.
Actualmente en función pública tienen 65 expedientes de personal trabajando y aspirante en una bolsa de empleo con cambio de puesto por motivos de salud, pendientes de resolución.

BOLSA LIBRE C2: Listado provisional aspirantes con 30 puntos o más

Desde CSIF os informamos de la publicación del listado provisional de admitidos en la bolsa libre del Cuerpo C2-01 (admon general) convocada este verano:

Se ha publicado un listado provisional de los aspirantes que tengan al menos 30 puntos, como se decidió en la comisión de bolsas, para poder comprobar baremación de un porcentaje de ellos y realizar llamamientos cuanto antes; A su vez, se ha publicado:
- listado de personal que indicó en la autobaremación que disponía de 30 puntos o más, pero una vez revisado no llega o no cumple los requisitos 
- listado de personal que solicitó su inclusión en la bolsa (sin puntuación), donde puedes comprobar si sí disponen de tu solicitud

Frente a esta resolución, publicada en guia prop el 5 de octubre, cabe presentar alegaciones en cinco días hábiles (hasta el martes 16), según trámite cuya referencia está en la página de la convocatoria que hemos enlazado; si estás interesado o tienes alguna duda al respecto, en CSIF estamos a tu disposición para ello.