viernes, 15 de abril de 2016

2º Mesa Tecnica sobre el Acuerdo de Legislatura

Esta mañana se ha celebrado la segunda Mesa Técnica de Mesa General para debatir acerca del Acuerdo de Legislatura que propone la GVA a los cinco sindicatos presentes en la mesa (CSIF, UGT, CCOO, Intersindical, y FSES).

Dicha propuesta estaba incompleta (puedes verla en la anterior entrada de este blog), y tras la reunión... sigue incompleta. Falta incorporar todo el apartado retributivo del Acuerdo (bajo la rúbrica "recuperación del poder adquisitivo"), más otras cuestiones de valoración polítca por el nuevo Consell.

El apartado económico depende de Hacienda y de las posibilidades del Consell para alcanzar acuerdos y condiciones retributivas que les permita la legislación estatal básica. En este sentido, la Directora General de Función Pública nos ha informado de que hoy mismo se encontraban reunidos en Madrid responsables autonómicos y del Gobierno central hablando de presupuestos.
Sabemos que la financiación autonómica actual supone un agravio para los valencianos, y hay que ser cautos ante las disponibilidades presupuestarias de la GVA, por lo que esperamos se consiga todo lo posible para dignificar las retribuciones de los empleados públicos valencianos.

Además, hay otras cuestiones más "políticas" que aún debe responder el Consell, como la creación de la Mesa de Negociación de todas las Administraciones Públicas Valencianas (Ayuntamientos, otros Entes Locales, Universidades, y la Generalitat), o la ampliación de la carrera profesional al personal interino y temporal.

También quedan otras cuestiones más prácticas por definir en el Acuerdo, como el cronograma para el cumplimiento y negociación de los compromisos o pactos derivados del mismo en las Mesas sectoriales de sanidad, educación, justicia o función pública.

¿Cómo se completará y negociará el Acuerdo entonces?

A propuesta de la GVA y de los sindicatos, se ha consensuado el siguiente calendario para acabar la negociación del Acuerdo:
- 18/19 abril: la GVA nos entregará el documento completo del Acuerdo, incluyendo la parte de retribuciones
- dos días tras el documento, las organizaciones sindicales podremos presentar alegaciones al mismo (¡esperamos y necesitamos tus aportaciones!)
- lunes 25, la GVA nos enviará el documento cuasi-definitivo del Acuerdo
- miércoles 27, tercera sesión de la Mesa Técnica para debatir el acuerdo
- posteriormente, Mesa General de Negociación

martes, 12 de abril de 2016

Nueva versión -incompleta- acuerdo legislatura

Este trimestre, las organizaciones sindicales presentes en Mesa General y la GVA estamos negociando un "Acuerdo de legislatura" que sirva de marco  para establecer los temas y compromisos a debatir y aprobar en los próximos años.

Teníamos un primer borrador al que presentamos alegaciones, cuyo contenido y resumen puedes
en nuestra página Pacto de legislatura, ¿qué opinas?, donde además te pedimos que nos dejes tu opinión sobre el mismo.

Tras las primeras alegaciones y la reunión sobre el mismo, se nos ha convocado a una segunda reunión técnica para debatir sobre el pacto el viernes 15 a las 9:30 horas en la Ciutat Administrativa 9 d'octubre, y se nos ha entregado una versión.
Esta versión, que se encuentra incompleta (ya que un tema esencial como la recuperación del poder adquisitivo se encuentra "pendiente"), puedes descargarla en pdf desde aquí:



lunes, 11 de abril de 2016

Lista de difusión por Whatsapp

Desde CSIF Autonómicas GVA queremos ofrecerte un nuevo servicio gratuito de información: la lista de difusión de la aplicación "whatsapp", donde cada día iremos informando de las novedades que se produzcan en el ámbito de la administración del Consell.

Para estar incluido en la lista de difusión, debes enviar a nuestro número (658 968 999) la palabra "alta" más tu nombre, y a la vez grabar ese número en tu lista de contactos (ya que si no incluyes el número como contacto, la aplicación no puede enviarte mensajes por considerarlo spam). Puedes llamar al número "csif gva", "csif", o como prefieras.

Para que te borremos de la lista, con enviar la palabra "baja" es suficiente.



domingo, 20 de marzo de 2016

Convocades les proves de coneixement de valencià

Se han convocado las pruebas para la obtención de los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano; puedes revisar la resolución de convocatoria en el DOCV de 17 de marzo de 2016.

Te animamos a solicitar y obtener el grado de valencià que se ajuste a tu capacidad, ya que no sólo es una oportunidad de aprender y ampliar conocimientos, sino que el valenciano es un requisito lingüístico para la prestación de servicios en la GVA (y el actual Gobierno quiere hacer reformas en ese sentido), y es un importante mérito a valorar en el acceso, la provisión de puestos, o el sistema de carrera profesional.


El plazo para presentar tu solicitud (en papel por registro, o telemáticamente si tienes DNI o firma electrónica) es desde el lunes hasta el viernes 22 de abril de 2016; ¡no te olvides!

Descárgate el llibre "noves proves" de la Junta Qualificadora de su propia web: LLIBRE.

Convocatoria
DOCV 17/03/2016
Plazo
Desde 21 de marzo hasta el 22 de abril
Tasas
20,40 € :oral y elemental
25,50 €: mitjà y superior
27,54 €: capacitació técnica
(hay exenciones y bonificaciones)
Niveles
Coneixements Orals de valencià.
Grau Elemental de coneixements de valencià.
Grau Mitjà de coneixements de valencià.
Grau Superior de coneixements de valencià.
Capacitació Tècnica, Llenguatge Administratiu.
Capacitació Tècnica, Llenguatge als Mitjans de Comunicació.
Capacitació Tècnica, Correcció de Textos.
Requisitos
Tener 16 años o cumplirlos en 2016
Para graus de capacitació técnica, tener el mitjà (llenguatge administratiu o als mitjans de comunicació) o el superior (correcció de textos)
Niveles marco europeo
– Certificado de conocimientos orales: A2.
– Certificado de grado elemental: B1.
– Certificado de Grado Medio: C1.
– Certificado de grado superior: C2.
Calendario
Primer período
Día 28 de mayo de 2016:
– Certificado de Conocimientos Orales.
– Primera fase del Certificado de Grado Medio (áreas 1 y 2).
– Certificado de Lenguaje Administrativo.
Día 4 de junio de 2016:
– Certificado de Grado Elemental.
– Primera fase del Certificado de Grado Superior (áreas 1 y 2).
Día 11 de junio de 2016:
– Segunda fase del Certificado de Grado Medio (áreas 3 y 4).
– Certificado de Lenguaje en los Medios de Comunicación.
Día 18 de junio de 2016:
– Segunda fase del Certificado de Grado Superior (áreas 3 y 4).
– Certificado de Corrección de Textos.

Segundo período
Día 5 de noviembre de 2016:
– Certificado de Conocimientos Orales.
– Primera fase del Certificado de Grado Medio (áreas 1 y 2).
– Certificado de Lenguaje Administrativo.
Día 12 de noviembre de 2016:
– Certificado de Grado Elemental.
– Primera fase del Certificado de Grado Superior (áreas 1 y 2).
Día 19 de noviembre de 2016:
– Segunda fase del Certificado de Grado Medio (áreas 3 y 4).
– Certificado de Lenguaje en los Medios de Comunicación.
Día 26 de noviembre de 2016:
– Segunda fase del Certificado de Grado
Localidades
Conocimientos orales, grado elemental, medio y superior: Alicante, Alcoy, Alzira, Benidorm, Buñol, Burriana, Castellón de la Plana, Dénia, Elda, Elche, Gandia, Llíria, Ontinyent, Orihuela, Paterna, Sagunto, Segorbe, Sueca, Torrent, Valencia, la Vall d’Uixó, Villena, Vinaròs y Xàtiva.

Certificados de capacitación técnica (lenguaje en los medios de comunicación, lenguaje administrativo y corrección de textos): Valencia.


sábado, 19 de marzo de 2016

Carrera profesional: sentencia a favor de personal promocionado

CSIF ha conseguido una victoria judicial sobre el sistema de carrera profesional que penaliza al personal que haya promocionado, en defensa de uno de sus afiliados: la Sentencia 65/16 del Juzgado de lo Contencioso Siete de Valencia, dictada el 7/03/2016, estima el recurso que interpusimos en su día.
Puedes bajarte la sentencia (sin los datos personales del interesado, obviamente) desde aquí.

Para tu información, te explicamos qué supone esta sentencia en esta entrada.

¿Cuál es el caso concreto que se ha ganado?

Es la situación de los agentes medioambientales -anteriormente, forestales- de la GVA, cuyos puestos eran del grupo D/C2 hasta que, por medio de un plan de empleo derivado de un acuerdo del año 2000, promocionaron al grupo C/C1 en sus mismos puestos de trabajo y manteniendo las mismas funciones.

Siendo el mismo puesto, la GVA dividía el tiempo trabajado para reconocer el GDP de encuadramiento inicial en la carrera entre el grupo C2 y el grupo C1, reconociendo sólo la antigüedad en éste para determinar el grado.

Lo que el Juez ha dictado es que, siendo el mismo puesto, debe computarse el tiempo de servicios prestados en el C2 para el encuadramiento en el C1.

¿Es firme la sentencia? ¿Pueden recurrirla?

La sentencia no es firme, y la Administración dispone de quince días hábiles judiciales desde que se la notificaron (desconocemos la fecha de notificación a la GVA) para recurrir en apelación al TSJ.
En las próximas semanas sabremos si se ha recurrido (y nos quedaremos a la espera de decisión del tribunal superior, aunque podremos alegar sobre su recurso de apelación) o la sentencia deviene firme.

¿Puedo ir a extensión de sentencia?

Para ir a extensión de sentencia, se requiere:
a) Que la sentencia sea firme (aún no lo es, con lo que en ese sentido estamos a la espera)
b) Que no haya transcurrido un año desde la firmeza
c) Identidad del caso
d) Que no se haya producido cosa juzgada o resolución firme y consentida de la Administración

Estamos a la espera de la firmeza de la sentencia, pero cuando esta se produzca, sólo podrían acudir a extensión de sentencia los que se encontraran en el mismo caso: promocionados por el plan de empleo de los agentes medioambientales.

Si promocionaste con reconversión directa de plazas en la OPE 2004 (plan de estabilidad), u otra situación similar, pero no eres agente medioambiental, no podrías solicitar extensión de esta sentencia. Si eres agente medioambiental, ponte en contacto con nosotros y comentamos cuáles son los plazos y pasos a seguir.

Los juicios de personal promocionado dentro de una OPE se han ido suspendiendo, como te comentamos en la entrada anterior.

¿Por qué algunos juicios se suspendieron y éste no?

Porque sobre los restantes casos (personal interino y temporal; y personal promocionado dentro de una OPE y unas pruebas de acceso pero no un plan de empleo) se había recurrido al Tribunal Supremo y al TSJ de Valencia, y el órgano judicial ha preferido esperar para que la resolución sea idéntica para todos los afectados.

Sobre esta situación (promoción por plan de empleo), aunque es muy similar, no la ha considerado de la misma forma, y existiendo otras sentencias anteriores que estiman la pretensión de los funcionarios (cuyos datos puedes ver en la sentencia), prefirió suspender.

Extracto de la sentencia


¿Da esperanzas al resto de personal promocionado?

En CSIF consideramos que sí da esperanzas al resto del personal, por tres importantes razones:

1. Porque la argumentación jurídica es la misma.
Como puedes comprobar en el extracto cuya captura adjuntamos, el Juez ve la clave del asunto en que se presta servicios en el mismo puesto y con el mismo contenido, como ocurre en la mayor parte del personal promocionado por reconversión de plazas. No es el mismo caso que el plan de empleo de los agentes medioambientales, pero sí es la misma argumentación: mismo puesto, carrera depende del puesto, que se reconozca todo el tiempo trabajado en el mismo.

2. Porque la GVA se ha comprometido a renegociar el decreto.
Como vimos en la anterior entrada sobre carrera, la GVA se comprometió a negociar, dentro de los primeros cuatro meses de 2016, la normativa sobre el sistema de carrera, teniendo en cuenta los pronunciamientos judiciales (como éste).

3. Porque el Juez condena en costas a la Administración.
Esta sentencia supone una condena en costas a la Generalitat; que puede ser condena doble en caso de que apelaran y el TSJ diera la razón de nuevo al personal funcionario.
Finalmente, la judicialización de la carrera profesional supone un coste añadido a la GVA, que puede evitarse si se reconoce el tiempo prestado y se integra en la carrera al personal interino y temporal; por eso, la condena en costas es útil como "medida de presión" a la GVA para que renegociemos y acordemos las mejoras que deben incluirse en el sistema de carrera profesional horizontal.

lunes, 15 de febrero de 2016

Comienza la funcionarización

Tras varios años de pactos e incumplimiento de los mismos, reclamaciones, demandas en el juzgado interpuestas por CSIF, firmas de compañeros entregadas en Conselleria, hoy estamos de enhorabuena: mañana martes 16 de febrero, se celebrará la primera mesa técnica sobre los procesos de funcionarización.

Era una obligación de la Administración valenciana desde que se acordó una nueva Ley de función pública (en febrero de 2008), y más desde la publicación de dicha ley como Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana (en julio de 2010). Y más que una obligación era una urgencia tras las RPTs (relaciones de puestos de trabajo) de septiembre de 2013, que configuraban los cuerpos y escalas y mantenían a personal contratado laboral en puestos funcionariales "con el pie cambiado" (según expresión de los propios responsables de función pública) en espera de este proceso.

Ahora se abre el proceso, aunque con numerosos interrogantes sobre los plazos y el personal a quien afectará (¿todos? ¿el personal fijo o indefinido no fijo? ¿los que estén en otro puesto por motivos de salud? ¿y si están en excedencia? ¿y si la excedencia es por falsa mejora de empleo?), cuestiones de las que hablaremos con profundidad en la mesa de negociación.

Previamente a la mesa, la GVA nos ha facilitado tres documentos de trabajo, todos ellos aún como borrador, que os facilitamos:
- Borrador de la orden de procesos de funcionarización, bájatelo en pdf aquí
- Borrador de contenidos de los cursos de funcionarización, bájatelo en pdf aquí
- Borrador de solicitud para participar en el proceso, bájatelo en pdf aquí

sábado, 13 de febrero de 2016

Juicios sobre carrera: en espera de tribunales superiores

El 8 de febrero de 2016, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 7 de Valencia tenía señalada la celebración de los primeros juicios sobre el sistema de carrera profesional horizontal para los empleados de la Administración del Consell:

a) Tanto los "juicios sobre interinos"; para decidir si el personal funcionario interino tiene derecho a integrarse en el sistema de carrera profesional con las mismas condiciones que el personal funcionario de carrera

b) Como los "juicios sobre promocionados", para decidir si el sistema penaliza la promoción interna del personal empleado público al dividir su tiempo de servicios prestados entre los distintos grupos en los que haya prestado servicios, aunque la promoción se hiciera en el mismo puesto de trabajo -por reconversión del mismo- o a través de un plan de empleo

En los dos casos (interinos y promocionados), el Juzgado decidió, con acuerdo de las partes, suspender el proceso en espera las futuras sentencias del Tribunal Superior de Justicia -sobre promocionados- y del Tribunal Supremo -sobre interinos-, de forma que tendremos que esperar más para disponer de un pronunciamiento judicial que englobe a todos los afectados.

En esta entrada te explicamos qué ha pasado:

Carrera e interinos: al Tribunal Supremo

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana falló, en primera instancia, que la no inclusión de los interinos en el sistema de carrera era discriminatoria, anulando los artículos del Decreto 186/2014 que correspondían.
La sentencia del TSJ ha sido recurrida en casación, por interés de ley, ante el Tribunal Supremo por la Generalitat Valenciana.
Cuando el Supremo resuelva el recurso de casación, la GVA se verá obligada -en caso de ratificar el Supremo la sentencia del TSJ- a reconocer a todo el personal interino de la Administración del Consell su derecho a la carrera, lo que afectaría tanto a los "interinos puros" como a los funcionarios "en falsa mejora de empleo".
Hasta entonces, la sentencia del TSJ no es firme y no se puede ejecutar, con lo que los interinos debemos quedarnos a la espera del Supremo -que, desgraciadamente, sabemos que tardará bastante tiempo en resolver-.

Puedes bajar la sentencia del TSJ en formato pdf desde aquí.

Carrera y promocionados: en espera del TSJ

Ya se han dictado algunas sentencias favorables en casos individuales de funcionarios que han promocionado de grupo profesional (en el caso concreto de las sentencias que conocemos, se trata de empleados alicantinos que pasaron del grupo D al C por un plan de empleo); pero dichas sentencias han sido recurridas en apelación ante el TSJ por la Administración.

Por otro lado, también se ha recurrido ante el TSJ el decreto en sí (como disposición reglamentaria de carácter general) en el mismo sentido: plantear ante la Justicia la corrección del sistema de carrera profesional que penaliza al personal que haya promocionado.

De esta forma, en el TSJ se encuentra el Decreto de carrera y la situación del personal promocionado por dos vías: recurrido el decreto en sí, y recurrida en apelación por la GVA una sentencia de 1º instancia que da la razón a los funcionarios.

Compromiso de la GVA: renegociar el Decreto

Dentro del primer "pacto" de mesa sectorial, en el que principalmente se trataban cuestiones acerca de la OPE 2015, se incluyó un apartado sobre la carrera profesional.
En dicho apartado (cuyo texto te copiamos como imagen una vez ha sido publicado en el DOCV), se establece la voluntad de renegociar el Decreto y el sistema de acuerdo con lo que vaya indicando la jurisprudencia:

a) tanto en el caso del personal promocionado, en el que el acuerdo ya establece que el espíritu debe ser valorar toda la trayectoria profesional, también del personal que haya promocionado, y que pueda suponer una mejora del complemento de carrera
b) como en el caso del personal interino o temporal, aunque en ese caso sólo se hace referencia a la jurisprudencia

Si la GVA cumple con el acuerdo, en los primeros cuatro meses de 2016 deberemos sentarnos para comenzar a negociar la modificación de la carrera; y, por ahora, todas las sentencias que se van produciendo nos son favorables...
Texto del Acuerdo publicado en DOCV del 19/02/2016
¿Por qué estuvimos de acuerdo en suspender los juicios?

El plazo de prescripción para reclamar obligaciones a la Administración es de cuatro años (lo que incluiría nuevas demandas o extensiones de sentencia), y entrando en vigor la carrera profesional en 2015, podría existir ese plazo hasta el final de 2018. Por tanto, suspender los juicios y esperar no supone una pérdida de derechos ni expectativa de derecho.

El beneficio de suspender es que no existan agravios comparativos ni diferentes situaciones jurídicas entre unos empleados y otros (como, por ejemplo, ha existido con las resoluciones judiciales sobre los "interinos de 25 horas"), sino que los tribunales superiores establezcan una posición común -como sucederá de todas formas-,  y que dicha posición afecte por igual a todos los trabajadores.