El viernes 13 se celebró una Mesa Sectorial de Función Pública y CIVE, con el siguiente contenido, sobre cuyo transcurso te informamos en la presente entrada.
También compartimos contigo este enlace con el escrito que presentamos a la Mesa resumiendo nuestra posición ante todas las materias tratadas.
ORDEN DE BOLSAS 2018
(pinchar en enlace para bajar el texto propuesto por la GVA, al que hay que añadir el siguiente contenido de modificaciones).
La posición de CSIF, presentada por escrito a la mesa, fue la siguiente:
Agradeciendo la adecuación de la normativa
sobre bolsas de empleo temporal al Decreto 3/17 del Consell que regula la
selección, provisión y movilidad del personal empleado público, debemos
manifestar desde CSIF que se trata de un buen texto que mejora ostensiblemente
la regulación actual, y aunque sea optimizable, deseamos su aprobación y su
puesta en funcionamiento cuanto antes.
Consideramos que el sistema y régimen de las
bolsas será más eficiente que el actual con esta norma, y que se amplían los
derechos del personal afectado, en especial en lo referente a la mejora de
empleo -por fin contemplada-, el cambio de puesto por motivos de salud, u otras
cuestiones como un régimen de penalizaciones más justo -propuesto por CSIF en
la negociación técnica-, o la eliminación de los 365 días o el anterior
“artículo 8”.
Aun así, para un mayor respaldo del texto,
consideramos que se debería:
a)
Modificación
del baremo
- Se otorga una
puntuación excesiva al nivel de valenciano acreditado por la JQCV en el
baremo, y proponemos que no pueda superar a la puntuación máxima otorgada
por disponer de otras titulaciones de nivel superior o igual a la exigida.
- Admitiendo la
mejora y negociación en las sesiones técnicas sobre el valor de los
méritos de experiencia profesional y superación / nota de pruebas
selectivas, consideramos que debería valorarse más la experiencia
profesional.
b)
Posicionamiento
del Consell respecto al Anteproyecto de Ley de Función Pública Valenciana
Sin perjuicio de que resulta obvio que una
norma reglamentaria debe adecuarse a la legislación vigente en el momento (en
este caso, la LOGFPV 10/2010), no podemos dejar de lado que el Consell aprobó
recientemente una iniciativa legislativa que incluye dos cuestiones respecto a
la que nos oponemos categóricamente y que modifican el sentido de la norma
reglamentaria que se negocia en la presente Mesa.
Por un lado, el requisito lingüístico “a
priori” de un nivel determinado de valenciano, que provocaría en la práctica que
también fuera un requisito para integrarse en las bolsas; y por otro lado, la
obligatoriedad de haber aprobado una de las pruebas selectivas del proceso para
tener derecho a integrarse en la bolsa derivada del mismo (ambas presentes no
en un documento de declaración política, sino en un Anteproyecto de ley, que
entendemos una actuación del Consell de la suficiente entidad).
Consideramos necesario, al menos respecto al
requisito de haber aprobado -entendemos que el otro afecta indirectamente-, un
posicionamiento claro del Consell sobre que no se aprobará un proyecto de ley
con dicho elemento.
c)
Garantía
de mantenimiento en el puesto de trabajo del actual personal interino y
temporal que no supere el proceso de estabilización / consolidación pendiente
De forma análoga a cómo se ha incorporado en
determinados acuerdos de la Universitat de Valencia o se ha propuesto en el
sector docente por la Conselleria competente en materia de Educación,
consideramos oportuno que se negociara y aplicara alguna garantía de mantenimiento
en el puesto de trabajo para el actual personal funcionario interino y
contratado laboral temporal -o indefinido no fijo- en caso de no superar los
procesos especiales de estabilización y consolidación que se prevén en las
ofertas de empleo público de 2017 a 2020 al amparo de los acuerdos firmados con
el Gobierno de la Nación
.
d)
Avance
en las mejoras tecnológicas y telemáticas en la gestión de las bolsas de empleo
temporal
Finalmente, proponemos que se continúe
avanzando en la eficiencia de la gestión de las bolsas de empleo temporal según
los avances tecnológicos que se puedan desarrollar al respecto en colaboración
con la Dirección General de Tecnologías de la Información, en el sentido
comentado en las sesiones técnicas de negociación.
Así, una información más accesible y
actualizada a través de un acceso único en la sede electrónica de la
Conselleria, los llamamientos u ofertas de puestos, una mejor concreción de la
disponibilidad del personal integrado en las bolsas -por cuestiones de territorialidad,
o admitiendo estar disponible para “vacantes y sustituciones, o sólo vacantes”;
etc., que consideramos adecuados y estamos convencidos de que la Administración
realizará lo posible para avanza en tal sentido.
Conclusión:
La postura de las restantes organizaciones sindicales fue de rechazo -por unas u otras razones-
GVCARRERA3
(pinchar en enlace para disponer del contenido propuesto por la GVA)
Posición de CSIF
En primer lugar, debemos poner de manifiesto
que -incumpliendo el propio programa electoral con el que los partidos
políticos que apoyan al Consell se presentaron a las elecciones autonómicas-,
el Consell no “otorga” el derecho a la carrera profesional al personal interino
y temporal, sino que únicamente realice una actuación obligado por las
resoluciones judiciales del Tribunal Superior de Justicia, ratificadas por el
Tribunal Supremo tras recurso interpuesto por el propio Consell. Este gobierno, a un año de que se acabe la legislatura lo unico que han hecho de verdad por los interinos es echar a los 40 interinos inspectores de tributos los primeros meses, porque ni por ahora hay plan de estabilidad, y si tenemos gvcarrera3 no es porque ellos hayan querido, sino porque les obliga el Tribunal, e interpretan tal obligacion de la forma más restrictiva posible
Respecto al documento en sí que establece el
sistema “gvcarrera3”, desde CSIF consideramos que es claramente insuficiente,
ya que continua adoptando la interpretación más estricta posible para el
derecho a la carrera profesional de
interinos y temporales: no reconoce la integración en el sistema sino sólo la
percepción del complemento, y de su aplicación práctica se deduce que el
personal “partirá de cero” en la carrera ante cualquier cese (tanto si es
personal en falsa mejora que se regulariza, como si se aprueba una OPE y se
accede como funcionario de carrera, o hay un cese y posterior nombramiento
desde la bolsa).
Por tanto, consideramos que el texto debe ser
modificado en el sentido siguiente:
-
Reconocimiento
del derecho a la integración en el sistema de carrera profesional, y en su caso
del GDP correspondiente, a todo el personal interino y temporal de la
Administración del Consell; la referencia al “interino de larga duración” es incluso
innecesaria, ya que si se percibe el complemento retributivo de carrera
únicamente cuando se superan los cinco años de antigüedad -al igual que el
personal funcionario de carrera-, ya se cumple dicho requisito de tiempo de
servicios prestados para la consideración de “interino de larga duración” según
la jurisprudencia conocida del Tribunal Constitucional
-
Reconocimiento
del derecho a la carrera profesional en la situación de nombramiento
provisional por mejora de empleo en el grupo donde se presta servicios como
tal, sin que el personal afectado pueda sufrir un trato desfavorable por el
hecho de haber superado un proceso selectivo -como ocurre con el actual
sistema-.
Ambas cuestiones no pueden suponer más que la
plena igualdad, sin agravios comparativos, entre el distinto personal que
presta servicios en la Administración, sea cual sea la relación jurídica que le
une a ésta.
Sin perjuicio de lo anterior, y respecto a
cuestiones de procedimiento en la propuesta realizada por la Administración,
consideramos absolutamente necesario:
a)
La
elaboración y compromiso de un CALENDARIO EFECTIVO DE APLICACIÓN del sistema
“gvcarrera3”, debido a la cercanía del plazo de prescripción de cuatro años de
las obligaciones de la Hacienda Pública respecto al momento inicial de
aplicación de la carrera (1 de enero de 2015)
b)
Conscientes
de que el texto que se propone no aclara la aplicación en la práctica del
sistema con la enorme casuística que se produce en el historial administrativo
del personal interino y temporal, solicitamos que se elaboren unas
INSTRUCCIONES TÉCNICAS sobre la citada aplicación práctica
Finalmente, reiteramos que -como ha admitido la
propia Administración- estos agravios, como otros, se solucionarán cuando se
ponga en marcha el sistema GVCARRERA4, que en principio debe tener en cuenta
todo el tiempo trabajado, con la relación jurídica que sea y en los diversos
nombramientos o contratos que se hayan producido -como laboral temporal,
laboral fijo, funcionario interino o de carrera– para reconocerlo o ponderarlo
en el grupo donde se esté en la situación de servicio activo.
Por ello, solicitamos que se comience a
elaborar, negociar y aprobar cuanto antes el sistema gvcarrera4, debiendo la
Administración comprometerse también a ello y realizar las previsiones
oportunas sobre su aplicación.
Posición de los restantes sindicatos:
Estando todos en contra de la interpretación que realiza la GVA sobre la carrera profesional, destacan dos comentarios de la representación de UGT, con quien no podemos estar de acuerdo.
Según UGT:
- admite que el TSJ solo reconoce el complemento retributivo pero no el derecho del personal interino a la carrera profesional; aunque en cumplimiento de la Sentencia se debe computar toda la antigüedad y no solo un ultimo nombramiento ininterrumpido de más de cinco años
- que si el problema es de insuficiencia económica, se diga claramente por la GVA, y lo negociaremos, como se negoció una aplicación progresiva de la carrera en 2014, y se puso en marcha en tres años y no de golpe
Desde CSIF, consideramos que la forma de que compute toda la antigüedad, y no "se parta de cero" en cada nombramiento es precisamente a través del derecho a estar integrado en el sistema y no sólo percibir el complemento retributivo (diga lo que diga el TSJ, y considerando que el partido político Compromís decía otra cosa en 2015); y desde luego, no estamos dispuestos a negociar una "aplicación progresiva" que reste derechos a los interinos.
Conclusión:
La GVA nos responde que no puede darnos un calendario porque no depende de ellos, y discuten que no se produce tal prescripcion. Lo debatimos y es evidente que en cualquier caso, esa prescripcion no se producirá si se publica el Decreto modificado, y no ahora que sólo es una propuesta.
En cualquier caso, función pública indica que este texto no se negociaba -al ser en aplicación de sentencia-, y únicamente se trataba de dar información sobre el mismo, lo que se entiende cumplido.
Gvcarrera3 y personal laboral temporal:
Preguntamos sobre los efectos de gvcarrera3 para el personal laboral temporal, debido al plazo de prescripcion de un año.
La GVA nos discute -muy vehementemente- esa prescripcion, y se compromete (se hace constar en acta) que los efectos de la carrera para el personal laboral temporal serán desde el 1 de enero de 2015, en plena igualdad con el personal funcionario interino.
CONDUCTORES
Se iba a negociar una "Propuesta de acuerdo sobre las medidas a adoptar en relación con el colectivo del personal conductor", pero han llegado alegaciones de varias organizaciones sindicales -CSIF entre ellas- y como el documento no parecía tener consenso se deja para una nueva sectorial.
RUEGOS Y PREGUNTAS
Hoja de ruta de función pública.
Respecto a los concursos de traslados, está previsto hacer un calendario, que se intentará facilitar la semana que viene; ya se han convocado la mayoria de la OPE'15 y seguirá haciendose segun el orden que conocemos.
Funcionarizacion por curso, se espera la toma de posesión para el 1 de junio.
Funcionaizacion por OPE: se pretende publicar la convocatoria en el mes de abril, con prevision de finalizacion de la OPE -que va a ir tan rápida como se pueda- en el mes de septiembre u octubre; los concursos de personal subalterno, y el proceso de C2 promoción interna de la OPE16 podrían esperar a que finalizara este proceso para que el personal subalterno laboral, una vez funcionarizado, pudiera participar.
Las bolsas derivadas de los procesos selectivos de la OPE 2014 (incluyendo la del C1 general) están pendientes del servicio de traducción y se prevé su convocatoria en breve; en tal caso, la actual bolsa de C1 de mejora quedará como supletoria.
Plan de Estabilidad:
Consideramos urgente y necesario que se negocien y aprueben, en su caso, los criterios generales de la oferta de empleo público para 2017 y siguientes, incluyendo el plan de estabilidad 2017-2019/20 y la promoción interna.
Habiéndose entregado a las organizaciones sindicales una nueva propuesta por parte de la Administración, deseamos realizar consideraciones y matizaciones a la misma, y de ser posible, su aprobación a la mayor brevedad posible.
Según la GVA aún debe negociarse el texto en sesiones técnicas, al no existir consenso.
Mesa General y acuerdos con el Gobierno de la Nación de marzo:
Reiteramos la solicitud realizada el 14 de marzo de 2018 por CSIF, en la que instamos a la convocatoria de Mesa general para el debate y aprobación de todas las medidas indicadas en el Acuerdo, como el aumento de plazas para la estabilización y consolidación en la OPE 2018, la aplicación en la Generalitat de los fondos adicionales de incremento retributivo, la supresión del descuento retributivo en caso de ILT (baja médica), la bolsa de horas del 5% para motivos de conciliación, o la aplicación de la jornada de 35 horas y el aumento de la tasa de reposición ordinaria.
Se va a convocar en el mes de mayo Mesa General sobre ello, y previamente se harian las mesas técnicas sobre todo lo que se pudiera aprobar en la mesa general.
Reclasificacion de jornada 38:45 puestos de igualdad:
Indica Igualdad que esta pendiente del informe de presupuestos, cuya peticion se reitero el 11 de abril.
Dias adicionales que no se permiten disfrutar por la Conselleria Educación:
Se esta pendiente de los borradores de pacto, que esta semana proxima habrá que reunirse individualmente con los sindicatos y en breve en una reunion conjunta, si salen adelante esta vez dichos pactos se incluirá en los mismos.
CSIF también solicita sobre los cuerpos y escalas:
Considerando que nos resulta inverosímil que el Anteproyecto de Ley de Función Pública Valenciana que actualmente se encuentra en fase de negociación pueda ser aprobado esta legislatura, y ante la cercanía de Ofertas de Empleo Público, proponemos que se abra un periodo de debate y negociación del Anexo de cuerpos/escalas/APF que mejore la estructura del empleo público, sobre todo en lo referente a la Administración especial.
A su vez, entendemos que tal cuestión es urgente y necesaria, y que se trata de un trabajo y esfuerzo productivo aunque únicamente fuera como modificación de la actual LOGFPV 10/2010, pudiendo ser aplicable en la practica tanto como tal modificación o como incorporación a la nueva Ley, en caso de aprobarse ésta.
Sobre la carga de trabajo en función pública:
CSIF solicita, haciendo suyas las palabras del SAAP de "este Consell demuestra que hace lo posible por enderezar el rumbo de funcion publica", que incorporen mas gente a la DGFP para poder sacar el trabajo adelante, en defensa de los tecnicos y la directora que tienen demasiada carga de trabajo y también son empleados públicos.
Indica la GVA que por parte de todas las Consellerias se han cedido puestos para crear otros en Función Pública, que supondrá un aumento del personal disponible para bolsas, concursos y selección.