Tras unos tres años de negociaciones, y medio año de informes jurídicos, por fin se ha publicado el Reglamento de selección, provisión de
puestos de trabajo y movilidad del personal de la función
pública valenciana (Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell).
El texto del Decreto (47 páginas) lo puedes descargar del DOGV del 24 de enero de 2017 en este enlace.
Esta norma, que deroga el Decreto 33/1999, trae muchas novedades y una regulación más extensa de todas las materias sobre selección, provisión y movilidad del personal empleado público.
Estas son, a nuestro juicio, las principales novedades:
Mejora de empleo y funcionarización: puesta en marcha.
Con el Decreto, el personal funcionario de carrera que sea llamado de una bolsa de trabajo será nombrado en mejora de empleo -con reserva de puesto, carrera profesional, etc.-, y el personal que ahora está en "falsa mejora" podrá optar por regularizar su situación y participar en un concurso de traslados para obtener una plaza de reserva sin necesidad de ocuparla.
También será aplicable esa situación de "falsa mejora" regularizada para el personal interino que es laboral fijo en otro grupo, a través de un Acuerdo de CIVE que se plasmará en breve; e incluso dicho personal podrá funcionarizarse en el puesto de origen mientras sigue en mejora de empleo, motivo por el cual esperábamos al Decreto 3/17 para comenzar con la funcionarización (tanto los cursos como los procesos restringidos en la OPE).
Concursos de traslados y normalidad en la estructura pública.
Tras el Decreto -y el baremo de concursos que ya estamos negociando-, se irán convocando todos los concursos de traslados -con fase de resultas, en su caso- que minoren la enorme cantidad de comisiones de servicios, adscripciones provisionales y demás formas de provisión "extraodinarias" que padecemos.
En estos concursos no habrá valoración de una entrevista -salvo los específicos-, y deberán ofrecerse las vacantes al personal que ya es funcionario de carrera con anterioridad a la elección de nuevo destino de los compañeros que se incorporen tras aprobar las pruebas de acceso.
Otras cuestiones que dependerán de la ley: requisito lingüístico y motivos de salud.
El Decreto incluye los niveles de conocimiento del valenciano necesarios para los puestos de trabajo (como norma general, el mitjà para grupos A1/A2/B, elemental para C1/C2, oral para APF), quedando obligado el personal a asistir a cursos de perfeccionamiento si no acredita esos niveles; sin perjuicio de que la redacción sea mejor o peor, lo cierto es que parece provisional a la espera de la regulación del requisito lingüístico en la reforma de la Ley 10/2010, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Por otro lado, un avance del Decreto 3/17 es la posibilidad de cambio de puesto por motivos de salud para el personal interino; pero siguen siendo cambios al mismo cuerpo o APF debido a la regulación legal en la materia, por lo que también depende de la Ley 10/2010.