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jueves, 10 de mayo de 2018

Educadores (EEE, EEI, Fisios): instrucciones y titulación

Reunión informativa: ¿aceptamos o rechazamos las instrucciones?

Actualmente nos encontramos en el transcurso de una negociación sobre las condiciones de trabajo -jornada, horarios, funciones, etc-,  relativa al personal que ocupa puestos de atención especial en el ámbito educativo, al amparo de la disposición adicional primera del Decreto 56/2013: personal educador de educación especial, personal educador de educación infantil, y personal fisioterapeuta.

Desde la GVA se realizó una propuesta de instrucciones a la que realizamos una serie de consideraciones y alegaciones, la mayoría de las cuales no se aceptaron. Aún así, nos encontramos ante la dicotomía de aceptar o no las instrucciones, que mejoran la situación actual del personal afectado, pero que no lo mejoran de forma suficiente.

Considerando que nuestro objetivo es siempre mejorar las condiciones de trabajo, y defender los derechos del personal empleado público, en este momento creemos necesario contar directamente con tu opinión como personal afectado.
Para ello, hemos convocado -el próximo jueves por la tarde- una "reunión informativa" sobre este aspecto en nuestra propia Sede:



Problemática sobre la titulación del personal EEE


Actualmente el personal EEE se encuentra regulado en el Cuerpo C1-03 del Anexo de Cuerpos y Escalas de la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana (LOGFPV), con el requisito de “Bachiller o ciclo formativo de grado medio de Formación Profesional”.

La situación actual del colectivo es que la mayoría de los integrantes del mismo -donde existe un altísimo porcentaje de personal interino o temporal-, o de aspirantes que forman parte de las bolsas de empleo temporal, disponen de los requisitos que establece la LOGFPV: bachiller o técnico medio.

Debido a ello, ante cualquier modificación de los requisitos de titulación, consideramos absolutamente necesario que se establezca un régimen transitorio que permita al personal interino y temporal, así como a los aspirantes en bolsa, continuar ocupando puestos de trabajo o acceder provisionalmente a los mismos con los requisitos de los que disponen. Así como participar en los procesos selectivos de acceso a función pública, durante un periodo de tiempo suficiente para la adquisición del título formativo que se regule.

Respecto a la posible titulación que se exija para el personal EEE, mientras la Administración podría proponer que se tratara de un grado medio de tipo asistencial o socio-sanitario, desde CSF consideramos que en todo caso debería tratarse de una titulación que optimice la capacidad del personal EEE para mejorar la integración y socialización del alumnado a quien presta servicios.


Consideramos que la titulación más adecuada para las funciones y formación del personal EEE sería la de Técnico Superior en Integración Social, regulada por el Real Decreto 1074/2012 (BOE 15 de agosto de 2012).

Por otro lado, considerando que la titulación de Técnico Superior se corresponde con el grupo B de clasificación profesional, y no con el grupo C1, tal modificación en el requisito de titulación debería suponer posteriormente la realización de procesos de promoción interna restringidos para reclasificar en grupo B al colectivo, tal y como se pretende con otros empleados de la Administración -como, a modo de ejemplo, el colectivo de delineantes-. En este caso, aquel personal que no adquiriese la titulación podría quedar en un cuerpo del C1 como personal EEE, siendo su puesto a extinguir cuando se produjera el final de su vida laboral.

Debido a todo ello, desde CSIF hemos presentado por escrito un escrito / propuesta a la Dirección General de Función Pública, donde solicitamos que:

(1) Se establezca el título de Técnico Superior de Integración Social como requisito de titulación para el cuerpo al que estén adscritos los puestos del personal EEE.

(2) Que, una vez se modificaran los requisitos de titulación:
  • Se permita al personal EEE que dispone de los requisitos de titulación de la actual LOGFPV (bachiller o técnico en grado medio de formación profesional) continuar ocupando los puestos de trabajo o integrarse en las bolsas de empleo temporal con dicha titulación
  • Se establezca un régimen transitorio -por el número de años suficiente para que se adquiera la nueva titulación, que no debería ser inferior a cinco- donde se permita el acceso al proceso selectivo al cuerpo correspondiente con los requisitos de titulación de la actual LOGFPV

(3) Que, en su momento, se convoquen los procesos restringidos de acceso al grupo B de clasificación profesional si la titulación exigida es del nivel de Técnico Superior, manteniendo la existencia del cuerpo C1 para el personal que no adquiera la titulación

3 comentarios:

  1. Pues ya han pasado unos cuantos años.
    Ha dado tiempo para sacarse hasta una carrera.

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  2. Cuánto me alegro que se reconozca ya la Titulación existente para EEE.
    Estamos totalmente en desventaja con los E.de Infantil. Porqué a este colectivo sí se les reconoce el Técnico superior de Educación Infantil y a nosotros Educadores de Especial no. Existiendo la titulación de Técnico superior de Integración Social desde hace años.

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  3. Me parece que en este punto, se deberia a instar a la Administración a que cumpla con su compromiso de contemplar la reclasificación tal y como se comprometió a hacer en el pacto suscrito en julio.

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